Circular 1/2000, de 9 de febrero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se establecen las condiciones particulares de admisión y permanencia del "Nuevo Mercado". | 1/2000 — Spain law | Esheria

Circular 1/2000, de 9 de febrero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se establecen las condiciones particulares de admisión y permanencia del "Nuevo Mercado".

La Circular fija reglas para el Nuevo Mercado: qué empresas pueden dirigirse a él, qué información deben publicar los emisores y qué reglas de contratación deben establecer las Bolsas.

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Jurisdiction
Spain
Instrument
Statute
Citation
1/2000
Version
Undated source snapshot
Language
es
Updated
Official source
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Statute overview

About this statute

La Circular fija reglas para el Nuevo Mercado: qué empresas pueden dirigirse a él, qué información deben publicar los emisores y qué reglas de contratación deben establecer las Bolsas. La Circular entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. El Nuevo Mercado se dirige a valores emitidos por empresas con actividad principal tecnológica innovadora o con actividades en sectores de alto potencial de crecimiento. Issuers must meet the general requirements in the securities law, its implementing rules, and the stock exchange regulation for their securities to be admitted to the Nuevo Mercado. Los emisores cuyos valores negocien en el Nuevo Mercado deben poner a disposición del público, al menos una vez al año, información explicativa sobre la evolución y perspectivas del negocio y sobre los planes de inversión y financiación previstos.