Real Decreto-ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de liquidez de las Administraciones públicas y en el ámbito financiero | BOE-A-2012-9365 — Spain law | Esheria

Real Decreto-ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de liquidez de las Administraciones públicas y en el ámbito financiero

This article creates a temporary, voluntary liquidity support mechanism for the Autonomous Communities.

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Jurisdiction
Spain
Instrument
Decree law
Citation
BOE-A-2012-9365
Version
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Language
es
Updated
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Statute overview

About this statute

El Fondo de Liquidez Autonómico se financia con 18.000 millones de euros para 2012, mediante un crédito extraordinario cubierto con Deuda Pública, y sus rendimientos netos se ingresan anualmente en el Tesoro Público. El programa de financiación del Estado debe incluir los importes procedentes de operaciones de endeudamiento cuando sean necesarios para financiar las operaciones de crédito del Fondo previstas en este real decreto-ley. El artículo asigna a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas la formulación, puesta a disposición, aprobación y rendición de cuentas del Fondo de Liquidez Autonómico. El Instituto de Crédito Oficial gestiona financieramente el Fondo de Liquidez Autonómico y realiza varias tareas financieras y de contratación relacionadas, bajo instrucciones y autorizaciones previstas en el artículo. El Estado debe concertar operaciones de crédito con las comunidades autónomas adheridas al mecanismo y gestionar el pago de su deuda pública en ciertos casos.