Circular 1/2016, de 16 de marzo, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se establecen los requisitos para eximir a determinadas sociedades emisoras de acciones exclusivamente negociadas en un sistema multilateral de negociación de solicitar su admisión a negociación en un mercado regulado. | 1/2016 — Spain law | Esheria

Circular 1/2016, de 16 de marzo, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se establecen los requisitos para eximir a determinadas sociedades emisoras de acciones exclusivamente negociadas en un sistema multilateral de negociación de solicitar su admisión a negociación en un mercado regulado.

La Circular fija cuándo ciertas sociedades pueden quedar exentas de pedir admisión a negociación en un mercado regulado y cuándo deben solicitarla.

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Jurisdiction
Spain
Instrument
Statute
Citation
1/2016
Version
Undated source snapshot
Language
es
Updated
Official source
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SMN to regulated market transition admisión a negociación capitalización bursátil cumplimiento normativo effective date exención exención de obligación free float listing and admission to trading market admission market-exemption criteria multilateral trading facility negociación de acciones negociación multilateral regulated market

Statute overview

About this statute

La Circular fija cuándo ciertas sociedades pueden quedar exentas de pedir admisión a negociación en un mercado regulado y cuándo deben solicitarla. This Circular enters into force the day after it is published in the Official State Gazette. La entidad rectora del sistema multilateral de negociación debe velar por el cumplimiento de la obligación del apartado 3 del artículo 77. This provision says the Circular sets requirements for exempting certain share-issuing companies from having to request admission to trading on a regulated market. Algunas entidades quedan exentas de pedir la admisión a negociación en un mercado regulado si cumplen ciertos requisitos de tipo de sociedad, cotización exclusiva en un sistema multilateral en España, capitalización superior a 500 millones de euros y free float inferior al 25%.