Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad. | BOE-A-2022-12482 — Spain law | Esheria

Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.

El trabajador autónomo debe declarar los rendimientos económicos netos que prevea obtener en el año del alta, con ciertas excepciones.

AI-assisted research synopsis — verify against the official legal text below.

Jurisdiction
Spain
Instrument
Decree law
Citation
BOE-A-2022-12482
Version
Undated source snapshot
Language
es
Updated
Official source
View official record ↗
Bonificaciones y reducciones Cuotas de seguridad social Regularización de cotizaciones base de cotización base de cotización mínima benefits administration contribution reductions and bonuses contributions cotizaciones cotización data reporting entry into force income tax return filing information sharing personal income tax pluriactividad prestaciones temporales public finance reduced fee registration regularización anual regulatory amendment regulatory compliance retirement +15 more

Statute overview

About this statute

El trabajador autónomo debe declarar los rendimientos económicos netos que prevea obtener en el año del alta, con ciertas excepciones. This article amends social security rules for self-employed workers, including data sharing, contribution calculation, and several benefit rules. Se regula cómo los trabajadores autónomos del régimen especial deben fijar, cambiar y regularizar su base de cotización, y cuándo la Tesorería General de la Seguridad Social puede actuar de oficio. Algunos trabajadores autónomos o del mar ya dados de alta deben comunicar por medios electrónicos ciertos datos a la Tesorería General de la Seguridad Social antes del 31 de octubre de 2023. La cotización de los trabajadores por cuenta propia del grupo primero del régimen especial de los trabajadores del mar se rige por la ley general y se aplica también en ciertos supuestos de rendimientos, prestaciones temporales y pluriactividad.