Resolución 59/1998 - AMPLIACION DE DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. DIVINO S.A.
Verify source ↗ AI-assisted research summary: The resolution expands prior investment benefits for DIVINO S.A., grants a tax exemption up to US$287,830, and sets a deadline of 30/06/2000 for the company to complete required capital and share-issuance formalities.
VISTOS: VISTO: la solicitud de la empresa DIVINO S.A., tendiente a que se le autorice a importar el equipamiento que detalla, al amparo de la Resolución del Poder Ejecutivo del 16 de abril de 1997, por la que se declaró de Interés Nacional la actividad de su proyecto de inversión, y se amplíen los beneficios fiscales otorgados. RESULTANDO: la Dirección Nacional de Industrias considera que puede accederse a lo solicitado, en atención a que esta inversión adicional es complementaria del proyecto anterior; ATENTO: a lo expuesto, lo informado por la Asesoría Jurídica y por la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería, y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del 28 de marzo de 1974; EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA RESUELVE FIRMANTES: SANGUINETTI - JULIO HERRERA - LUIS MOSCA 1 Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 16 de abril de 1997, por la que se Declaró de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión de la empresa DIVINO S.A., en el sentido de incluir una (1) máquina estilo FX completa, con accesorios y repuestos; una (1) máquina automática para medir y colocar manijas, completa con accesorios y repuestos y un (1) kit de repuestos para máquina automática para medir y colocar manijas, dentro del listado de equipamiento exonerado en su numeral 2o, declarado no competitivo nacional. 2 Otórgase a la firma DIVINO S.A. la exoneración prevista en el art. 1o. del Decreto Ley No. 15.548, con la redacción dada por el art. 419 de la Ley No. 15.903, hasta un monto máximo generador de dicha exoneración de US$ 287.830, que será aplicable a los ejercicios fiscales comprendidos entre el 1o./07/97 y el 30/06/99. En virtud del art. 3o. del Decreto Ley No. 15.548, el financiamiento del presente proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del ahorro previsto en el Decreto Ley No. 14.178, art. 9o. La empresa DIVINO S.A. tendrá un plazo máximo para realizar las modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios ampliando el capital autorizado, y emitir las acciones correspondientes al capital integrado, de acuerdo al inciso 1o. del presente numeral, hasta el día 30/06/2000. 3 Los bienes de activo fijo que se incorporen en virtud de la ampliación relacionada, del proyecto de inversión declarado de Interés Nacional, se podrán computar como activos exentos a los efectos de la liquidación del Impuesto al Patrimonio, por el término de tres años a partir del ejercicio de su incorporación inclusive. A los efectos del cómputo de los pasivos los citados bienes serán considerados activos gravados. 4 Comuníquese, etc.