Resolución 87/1995 - AUTORIZACION PARA EXPLOTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE. JOSE MARIA RODRIGUEZ S.R.L.
Verify source ↗ AI-assisted research summary: La resolución otorga un permiso originario para operar un servicio internacional de pasajeros entre Montevideo y Resistencia, pero la operación queda condicionada a obtener un permiso complementario argentino y a la autorización previa de horarios, tarifas y frecuencias en Uruguay.
VISTOS: Visto: La gestión promovida por la empresa Sucesores de José María Rodríguez S.R.L. como sucesores de MARAN S.R.L., tendiente a obtener el Permiso Originario de explotación de la línea internacional de transporte terrestre colectivo de pasajeros, entre las ciudades de Montevideo (República Oriental del Uruguay) y Resistencia (República Argentina) utilizando el Paso Fronterizo Salto-Concordia. Resultando: I) Que la precitada empresa ha presentado toda la documentación solicitada encontrándose en condiciones reglamentarias de obtener el Permiso Originario de la explotación de la citada línea, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento para la Concesión de Servicios Regulares de Transporte por Carretera aprobado por Decreto 228/991 de fecha 25 de abril de 1991.- II) Que tras las publicaciones de los edictos de estilo, no se presentó ninguna oposición a la presente gestión.- III) Que en la Reunión bilateral con la República Argentina celebrada el 21 de diciembre de 1993, se acordó el establecimiento de un servicio regular de transporte de pasajeros entre las ciudades de Resistencia y Montevideo.- Considerando: I) Que la empresa gestionante ha dado cumplimiento a los requisitos técnicos y administrativos establecidos en la normativa vigente. II) Que el Permiso Originario a conceder se ajusta al convenio sobre Transporte Internacional Terrestre aprobado por Decreto Ley 14.798 de fecha 27 de junio de 1978.- Atento: A lo expuesto y a lo informado por la Dirección Nacional de Transporte y la Dirección Servicios Jurídicos del Ministerio de Transporte y Obras Púbicas.- El Presidente de la República RESUELVE: FIRMANTES: LACALLE HERRERA - JOSE LUIS OVALLE 1 Otórgase Permiso Originario a la empresa sucesores de José María Rodríguez S.R.L. de Transporte Internacional Terrestre colectivo de pasajeros, entre las ciudades de Montevideo (República Oriental del Uruguay) y Resistencia (República Argentina) utilizando el paso fronterizo de Salto-Concordia, por las rutas uruguayas Nos. 5, 11, 23, 12, 2, 24 y 3, y en territorio argentino por las rutas Nos. 14, 119, 123 y 12 y viceversa, sobre un recorrido de 1.100 Kms. 2 Los servicios autorizados quedan condicionados a la obtención por parte de la empresa citada, del Permiso Complementario a expedirse por las autoridades competentes de la República Argentina. 3 El referido servicio quedará sometido a las disposiciones vigentes y las que en el futuro se dicten sobre el transporte de pasajeros por carretera, debiendo tener sus horarios, tarifas y frecuencias en territorio nacional, la previa autorización de la Dirección Nacional de Transporte. 4 El respectivo contrato de concesión se firmará dentro de un plazo de 20 (veinte) días a partir de la obtención del correspondiente permiso Complementario, y en su texto se indicará el plazo para la efectiva iniciación de los servicios. 5 El plazo de validez del Permiso Internacional otorgado será de 5 (cinco) años a contar desde la fecha de notificación de la presente Resolución. 6 Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte a sus efectos.