Decreto 103/2003 - APROBACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL SISTEMA DE APOYO LOGISTICO DEL EJERCITO
Verify source ↗ AI-assisted research summary: The decree approves the Army’s logistics support organization and functions regulations, activates two army services, and gives the Army Commander-in-Chief power to approve the related manual and needed future changes.
VISTOS: VISTO: la gestión promovida por el Comando General del Ejército, a los efectos de la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Sistema de Apoyo Logístico del Ejército y la activación de los Servicios de Transporte del Ejército y Sanitario del Ejército.- CONSIDERANDO: I) que el Reglamento propuesto clasifica y ordena las normas que regulan integralmente al Sistema en un conjunto de disposiciones coherentes, permitiendo de ese modo el cumplimiento de la misión.- II) que el presente Reglamento de Organización y Funciones, se estructura siguiendo los lineamientos establecidos en el Decreto 377/998 del 22 de diciembre de 1998.- III) que los Servicios de Transporte del Ejército y Sanitario del Ejército fueron creados por los artículos 36 y 37 del Decreto-Ley 15.688 (Orgánico del Ejército) de 30 de noviembre de 1984 y que su activación no genera nuevas erogaciones.- ATENTO: a lo precedentemente expuesto y al informe favorable del Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado, y de la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.- EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DECRETA: FIRMANTES: BATLLE - YAMANDU FAU Artículo 1 Apruébase el Reglamento de Organización y Funciones del Sistema de Apoyo Logístico del Ejército, (*) como asimismo su Organigrama los cuales constan en el Anexo adjunto que forma parte del presente Decreto.- [Nota: Ver: Texto.] Artículo 2 Activase el Servicio de Transporte del Ejército, creado según lo establecido en el artículo 36 del Decreto-Ley 15.688 (Orgánico del Ejército) de 30 de noviembre de 1984, inicialmente con los medios asignados a la actual Compañía de Transporte de la Brigada de Infantería Nro. 5 y la Sección Tránsito del Batallón de Policía Militar, el que funcionará bajo dependencia del Comando de Apoyo Logístico del Ejército.- Artículo 3 Activase el Servicio Sanitario del Ejército, creado según lo establecido en el articulo 37 del Decreto-Ley 15.688 (Orgánico del Ejército) de 30 de noviembre de 1984, inicialmente con los medios asignados al actual Departamento Sanitario del Estado Mayor del Ejército, el que funcionará bajo dependencia del Comando de Apoyo Logístico del Ejército.- Artículo 4 El Reglamento que se aprueba por el presente Decreto, será complementado por el Manual de Organización y Funciones que detallará las normas y procedimientos que aseguren el cumplimiento de la misión, facultándose al Comandante en Jefe del Ejército a la aprobación del mismo y de aquellas modificaciones que sean necesarias para adecuar el funcionamiento en el futuro.- Artículo 5 Comuníquese, publíquese y archívese.-