AI-assisted research summary: Caitex queda exonerada de aplicar los decretos 104/968 y 256/968 para concertar créditos con la Banca Privada.
VISTOS: Visto: la gestión promovida por la Comisión Administradora ley 13.469 (Caitex), tendiente a obtener la autorización pertinente que le permita acceder al crédito de la Banca Privada y a trabajar con la misma. Resultando: I) Aduce la mencionada Comisión que tal medida es necesaria adoptar pues es su deseo poder ampliar su volumen de negocios de exportación, dado que le es insuficiente el financiamiento actual para la adquisición de materia prima; II) La Asesoría Económica del Ministerio de Industria y Energía informa que la empresa regida por la Comisión aún cuando es de naturaleza estatal, también puede sostenerse que el legislador previó que funcionaría en régimen de empresa privada; III) Posee además un estatuto legal, ley 13.469 el cual por razones suficientemente justificadas, amplía el campo del poder reglamentario del Poder Ejecutivo confiándole la determinación del régimen aplicable a la Comisión y por tanto es procedente liberar a Caitex de la aplicación de los decretos 104/968 y 256/968; IV) La Asesoría Letrada del Ministerio de Industria y Energía, dictamina que comparte las conclusiones enunciadas precedentemente y que si bien la gestión de Caitex puede ser considerada una administración estatal por tratarse de un organismo delegado del Poder Ejecutivo para dar cumplimiento al mandato del legislador de asegurar la continuidad de la explotación no es menos cierto que el texto legal no ha asimilado su régimen jurídico con el de las administraciones públicas; V) Agrega que, en tal sentido, es evidente que se ha delegado en el Poder Ejecutivo la determinación de la forma y condiciones de funcionamiento de acuerdo a la reglamentación que al respecto formule según lo expuesto en el artículo 3 de la ley 13.469 estando facultado para analizar y resolver cuáles son las soluciones más adecuadas para que esa administración pueda desarrollar su gestión industrial en condiciones óptimas del punto de vista económico y financiero, que la sitúe en un plano de igualdad ante las demás empresas similares habilitándola a competir no sólo en el mercado local sino también en el internacional. Considerando: de los asesoramientos recabados al efecto, surge que es procedente y conveniente liberar a la Comisión Administradora ley 13.469 (Caitex) de la aplicación de los decretos 104/968 del 6 de febrero de 1968 y 256/968 del 16 de abril de 1968, a fin de facilitarle la compra de materia prima y la comercialización de sus productos. Atento: a lo expuesto, lo informado favorablemente por la Asesoría Económica del Ministerio de Industria y Energía y lo dictaminado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Industria y Energía, El Presidente de la República DECRETA: FIRMANTES: BORDABERRY - ADOLFO CARDOSO GUANI - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS Artículo 1 Exonérase a la Comisión Administradora ley 13.469 (Caitex), de la aplicación de los decretos 104/968 y 256/968, en la concertación de operaciones de crédito con la Banca Privada, para la adquisición de materias primas así como el otorgamiento de las garantías necesarias. Artículo 2 Dése cuenta al Consejo de Estado. Artículo 3 Comuníquese, publíquese, etc.