Resolución 91/2003 - OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. C.I.M.A. (COOPERATIVA INTEGRAL DE MEDICOS ASOCIADOS)
Verify source ↗ AI-assisted research summary: Se otorga por 90 días el Seguro por Desempleo a 28 trabajadores de C.I.M.A. que cumplan las condiciones legales.
VISTOS: VISTO: La solicitud de C.I.M.A. (COOPERATIVA INTEGRAL DE MEDICOS ASOCIADOS) a fin de que se otorgue el beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el Banco de Previsión Social, a 27 (veintisiete), de sus trabajadores. RESULTANDO: Que la caída de la actividad en la empresa, ha determinado el envío del personal de la misma al Seguro por Desempleo, que en la actualidad no puede ser reintegrado. CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 15.180. II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro por Desempleo, a efectos de permitir a la Empresa instrumentar las medidas necesarias a efectos de mantener la fuente de trabajo a dicho personal. ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA RESUELVE FIRMANTES: BATLLE - SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO 1 Otórgase por el plazo de 90 (noventa), días el beneficio de Seguro por Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 28 (veintiocho), trabajadores de C.I.M.A. (COOPERATIVA INTEGRAL DE MEDICOS ASOCIADOS) que se encuentren en condiciones legales de acceder al mismo. (*) [Nota: Redacción dada por: Resolución Nº 194/003 de 17/02/2003 numeral 1. TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 91/003 de 30/01/2003 numeral 1.] 2 El monto del Subsidio, que por esta Resolución se concede, se liquidará de conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981. 3 COMUNIQUESE, publíquese, etc.