Resolución 89/2008 - CONTRATO PARA ESTUDIOS DE PERFILES SISMICOS GRAVIMETRICOS Y MAGNETOMETRICOS. AUTORIZACION PARA CONTRATACION DIRECTA
Verify source ↗ AI-assisted research summary: Se autoriza a ANCAP a contratar directamente a Wavefield Inseis ASA para adquirir, procesar e interpretar sísmica 2D, bajo modalidad de sísmica multicliente.
VISTOS: VISTO: la gestión realizada por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, en la que solicita la autorización para la contratación directa con la firma Wavefield Inseis ASA para la adquisición y procesamiento de 2500 km. de sísmica 2D en costa afuera de la República Oriental del Uruguay, así como la interpretación de 9500 km. (7000 km. más 2500 km.) de sísmica 2D; RESULTANDO: I) que en el marco de lo dispuesto por Resolución del Poder Ejecutivo del 4 de mayo del 2007, la empresa Wavefield - Inseis ASA completó el relevamiento de los 7.000 km. de los perfiles sísmicos, gravimétricos y magnetométricos para lograr la información geofísica de carácter regional programada; II) que es conveniente complementar los datos actualmente disponibles con una sísmica 2D de semidetalle, para lo cual resulta conveniente realizar un relevamiento y procesamiento de 2500 km. en la plataforma continental Uruguay, así proceder a una interpretación integrada de los 7000 km. referidos en el numeral anterior, junto con los 2500 km. que vienen de referirse; CONSIDERANDO: I) que conforme lo dispuesto en los Decretos Leyes Nº 14.181 y 15.242 compete al Poder Ejecutivo la definición de la política relativa a fuentes de energía y especialmente lo relativo al mejor aprovechamiento de los recursos provenientes de los depósitos de hidrocarburos; II) que de acuerdo con la normativa citada, la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland es el Ente competente para ejecutar todas las actividades, negocios y operaciones de la industria de hidrocarburos, no obstante lo cual le compete al Poder Ejecutivo el otorgamiento de la autorización para una contratación directa en esta materia; ATENTO: a lo dispuesto en el art. 5 de la Ley Nº 14.181 y artículos 66 y siguientes de la Ley Nº 15.242 y concordantes; EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA RESUELVE: FIRMANTES: TABARE VAZQUEZ - JORGE LEPRA 1 Autorizar a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland a contratar directamente con la firma Wavefield Inseis ASA la adquisición y procesamiento de 2500 km. de sísmica 2D en costa afuera de la República Oriental del Uruguay, así como la interpretación de 9500 km. (7000 km. más 2500 km.) de sísmica 2D, bajo la modalidad de sísmica multicliente. 2 Aprobar los términos del contrato a suscribirse entre ANCAP y Wavefield Inseis ASA que se acompaña. (*) [Nota: Ver: Texto/imagen.] 3 Comuníquese, publíquese y pase a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland.-