Decreto 10/2011 - APROBACION DE LA LISTA POSITIVA DE RESINAS Y POLIMEROS PARA ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLASTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS
Verify source ↗ AI-assisted research summary: This decree updates the rules for plastic resins and polymers used in food-contact packaging and equipment by internalizing a MERCOSUR technical resolution.
VISTOS: VISTO: el Reglamento Bromatológico Nacional, aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo N° 315/994 de 5 de julio de 1994; RESULTANDO: I) que por la Resolución N° 24/004 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, se aprobó el "Reglamento Técnico MERCOSUR sobre la Lista positiva de polímeros y resinas para envases y equipamientos plásticos en contacto con alimentos"; II) que se ha solicitado la actualización de la normativa al respecto, mediante la internalización de la referida Resolución del Grupo Mercado Común del MERCOSUR; CONSIDERANDO: I) que dicha actualización de la reglamentación sobre materiales plásticos destinados a la elaboración de envases y equipamientos en contacto con alimentos, resulta necesaria y oportuna para cubrir las necesidades de la industria nacional al respecto; II) que según lo dispuesto en el Artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre la estructura institucional del MERCOSUR -Protocolo de Ouro Preto- aprobado por la Ley N° 16712 del 1º de setiembre de 1995, los Estados Parte se comprometen a adoptar todas las medidas necesarias, para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos correspondientes, previstos en el Artículo 2° del referido Protocolo; III) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la República en el Protocolo mencionado poniendo en vigencia en el derecho positivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas en el VISTO; IV) que la actualización planteada contribuye a permitir un mayor y más fluido relacionamiento comercial con otros países, circunstancia que beneficia el comercio exterior de nuestro País; V) que la citada actualización, elevada por el Sector Alimentos, Cosméticos y Domisanitarios, del Departamento de Evaluación de la Conformidad de la División Habilitación Sanitaria del Ministerio de Salud Pública, cuenta con la aprobación de la División Normas e Investigación de dicha Secretaría de Estado; VI) que la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud Pública, no realiza objeciones respecto de la internalización proyectada, por lo que corresponde proceder en consecuencia; ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 9.202 - Orgánica de Salud Pública-, de 12 de enero de 1934 y concordantes; EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DECRETA: FIRMANTES: JOSE MUJICA - DANIEL OLESKER - ROBERTO CONDE - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN Artículo 1 (*) [Nota: TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 10/011 de 14/01/2011 artículo 1.] Artículo 2 (*) [Nota: TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 10/011 de 14/01/2011 artículo 2.] Artículo 3 (*) [Nota: TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 10/011 de 14/01/2011 artículo 3.] Artículo 4 (*) [Nota: TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 10/011 de 14/01/2011 artículo 4.] Artículo 5 (*) [Nota: TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 10/011 de 14/01/2011 artículo 5.]