Resolución 79/2012 - AUTORIZACION PARA AUMENTO DE POTENCIA DE RADIODIFUSION. 104.5 MHZ CXC 283. PAYSANDU. MODIFICACION
Verify source ↗ AI-assisted research summary: This resolution corrects a prior broadcasting authorization, replacing the mistakenly named beneficiary with “Sr. Eduardo Espillar y otros.”
VISTOS: VISTO: la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 1° de febrero de 2012, por la que se autorizó un aumento de potencia a la emisora titular de la frecuencia 104.5 MHz CXC 283, de la ciudad de Paysandú, departamento de Paysandú; RESULTANDO: que en el referido acto administrativo, se cometió error al autorizar el aumento de potencia de la referida emisora al grupo de personas organizadas sin fines de lucro integrado por el Sr. "Jorge Eduardo Espillar" y otros, cuando debió decir por el Sr. "Eduardo Espillar" y otros; CONSIDERANDO: I) que por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 24 de octubre de 2008, se regularizó la prestación del servicio de radiodifusión comunitaria de los Grupos de Personas organizadas sin fines de lucro que se especifican en la misma, incluyéndose correctamente a "Eduardo Espillar" y otros; II) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería indica, que como surge de la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 24 de octubre de 2008, se ha padecido error en el acto administrativo de fecha 1 de febrero de 2012, razón por la cual sugiere su rectificación; ATENTO: a lo expuesto; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE FIRMANTES: JOSÉ MUJICA - EDGARDO ORTUÑO 1 Modifícase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 1° de febrero de 2012, por la que se autorizó a operar con una potencia efectiva de 1 Kw y una altura media de antena de 75 metros, a los titulares de la frecuencia 104.5 MHz CXC 283 de la ciudad de Paysandú, en el sentido de establecer que se autoriza al grupo de personas organizadas sin fines de lucro integrado por el "Sr. Eduardo Espillar y otros", y no por el "Sr. Jorge Eduardo Espillar y otros", como se indicó por error. 2 Comuníquese, publíquese, y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.