Resolución 96/2000 - ADJUDICACION DE FRECUENCIA DE RADIODIFUSION. 97.7 MHZ. PAYSANDU. PAYSANDU
Verify source ↗ AI-assisted research summary: Se autoriza a Juan Carlos Velázquez y Antonio Rodolfo Abreu Malgor a usar la frecuencia 97.7 MHz para operar una estación en Paysandú, con una autorización precaria y revocable.
VISTOS: VISTO: el llamado público efectuado a interesados para la explotación de la frecuencia 97.7 Mhz., para el funcionamiento de una estación en la localidad de Paysandú, departamento de Paysandú, autorizado por la Resolución del Poder Ejecutivo 268/999 de 27 de abril de 1999.- RESULTANDO: que de acuerdo a las actuaciones administrativas promovidas se presentó un interesado que acreditó cumplir con los requisitos establecidos por la normativa aplicable en la materia.- CONSIDERANDO: I) que el Poder Ejecutivo como responsable internacional respecto de la utilización de frecuencias, acorde a lo dispuesto por la Convención de la U.I.T. (Unión Internacional de Telecomunicaciones), debe seleccionar al futuro permisario acorde a las facultades legales y reglamentarias conferidas.- II) que en tal sentido debe adoptar criterios de selección fundados en la legalidad, la razonabilidad y el interés general debiendo por su parte evaluar las especificaciones técnicas al igual que los precitados requisitos a acreditarse por los postulantes.- III) que del estudio de la oferta producida surge la conveniencia de adjudicar la frecuencia de obrados para la operación de una estación, a los señores Juan Carlos Velázquez y Antonio Rodolfo Abreu Malgor.- ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones y a lo preceptuado por el artículo 4to. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción sustitutiva dada por el artículo 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991, Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, sus modificativos Decretos 327/980 y 350/986 de 10 de julio de 1980 y 8 de julio de 1986 respectivamente y Decreto 125/993 de 12 de marzo de 1993.- EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, RESUELVE: FIRMANTES: SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE 1 Autorízase a los señores Juan Carlos Velázquez y Antonio Rodolfo Abreu Malgor, el uso de la frecuencia 97.7 Mhz., para operar una estación en la localidad de Paysandú departamento de Paysandú, Canal 249, con una potencia adjudicada de 10 kws., altura media de antena de 100 metros y un área de cobertura de 41 kilómetros.- 2 Establécese que la presente autorización se otorga con carácter precario y revocable, no generando derecho a reclamo o indemnización de clase alguna.- 3 Los adjudicatarios deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4to. del Decreto 125/993 de 12 de marzo de 1993.- 4 Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.-