Resolución 75/1999 - TRANSFERENCIA DEL PERMISO PARA SUMINISTRAR EL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. LASCANO. ROCHA
Verify source ↗ AI-assisted research summary: Se autoriza la transferencia del permiso de televisión para abonados en Lascano a "LASCANO TV CABLE S.A.".
VISTOS: VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por el señor Horacio Pedro Abadie Malet, para que se autorice la transferencia del permiso que detenta para suministrar el servicio de televisión para abonados en la ciudad de Lascano, departamento de Rocha, a la sociedad "LASCANO TV CABLE S.A.".- RESULTANDO: que por la Resolución del Poder Ejecutivo 545/993 de 2 de julio de 1993, se autorizó al peticionante, a suministrar el servicio de televisión para abonados, en la citada ciudad.- CONSIDERANDO: I) lo dispuesto por el numeral 2) del artículo 4to. y numeral 3) del artículo 3ro. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción sustitutiva dada por los artículos 8vo. y 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991.- II) que la sociedad "LASCANO TV CABLE S.A." está integrada por el solicitante señor Horacio Pedro Abadie Malet y por el señor Carlos Eduardo Pérez Puig, quienes han cumplido los requisitos y exigencias establecidos en los Decretos 349/990 de 7 de agosto de 1990 y 125/993 de 12 de marzo de 1993 para los cambios de titularidad.- III) que se ha acreditado en autos los estatutos de la sociedad anónima referida, constando la constitución del capital con acciones nominativas, la inscripción en el Registro Nacional de Comercio y la realización de las publicaciones correspondientes.- IV) que ha transcurrido el plazo reglamentario de cinco años, que establece el artículo 19 del Decreto 349/990 antes citado, para la realización de modificaciones en la titularidad de las autorizaciones del servicio de televisión para abonados.- ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los Decretos-Leyes 15.671 de 8 de noviembre de 1984 y 14.670 de 23 de junio de 1977, por la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991, en los Decretos 349/990 de 7 de agosto de 1990, 125/993 de 12 de marzo de 1993, 586/990 de 7 de agosto de 1990, 347/992 de 21 de julio de 1992, y a lo informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones y lo dictaminado por las Asesorías Letradas de la Dirección Nacional de Comunicaciones y del Ministerio de Defensa Nacional.- EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, RESUELVE: FIRMANTES: SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE 1 Autorízase la transferencia del permiso otorgado al señor Horacio Pedro Abadie Malet, para suministrar el servicio de televisión para abonados en la ciudad de Lascano, departamento de Rocha, a la sociedad "LASCANO TV CABLE S.A.".- 2 Establécese que "LASCANO TV CABLE S.A." quedará integrada por los señores Horacio Abadie Malet y Carlos Eduardo Pérez Puig.- 3 Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos a la Dirección Nacional de Comunicaciones. Cumplido, archívese.-