Resolución 8/2012 - AUTORIZACION A AFRECOR S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE MONTEVIDEO. RESOLUCION ANP 589/3.615
Verify source ↗ AI-assisted research summary: The resolution approves AFRECOR S.A.’s authorization to provide port services in Montevideo and to be entered in the general register of port service providers.
VISTOS: VISTO: la gestión promovida por la empresa AFRECOR S.A., ante la Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización correspondiente para la prestación de servicios portuarios. RESULTANDO: I) Que la misma se extiende para el Grupo "Al Buque" "Cualesquiera otros, directos, indirectos o conexos, que se puedan prestar a las embarcaciones o artefactos navales y a sus tripulaciones", en el Puerto de Montevideo. II) Que las Oficinas Técnicas de la citada Administración Nacional, controlaron sin objeciones la documentación aportada por la interesada, en cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que se exigen reglamentariamente para la habilitación en cuestión. III) Que la Administración Nacional de Puertos por Resolución de su Directorio N° 589/3.615 de 16 de noviembre de 2011, procedió autorizar a dicha empresa la habilitación gestionada, supeditada a la aprobación del Poder Ejecutivo. IV) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo) y la División Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, se expidieron al respecto no formulando objeciones. ATENTO: a lo dispuesto en la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 y Decretos Reglamentarios N°s. 412/992 y 413/992 de 1° de setiembre de 1992. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE: FIRMANTES: JOSÉ MUJICA - ENRIQUE PINTADO 1 Apruébase la Resolución del Directorio de la Administración Nacional de Puertos N° 589/3.615 de 16 de noviembre de 2011 (*), por la cual se autorizó la habilitación a la empresa AFRECOR S.A., para prestar servicios portuarios en el Grupo "Al Buque" "Cualesquiera otros, directos, indirectos o conexos, que se puedan prestar a las embarcaciones o artefactos navales y a sus tripulaciones" en el Puerto de Montevideo, y posterior inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios. [Nota: Ver: Texto/imagen.] 2 Comuníquese y vuelva a la citada Administración Nacional, a sus efectos.