Decreto 106/1998 - SEGURIDAD SOCIAL. RECALIFICACION DE ACTIVIDADES INSALUBRES
Verify source ↗ AI-assisted research summary: The decree declares that certain rotating ANCAP alcohol division workers in Paysandú are covered by the service bonus for retirement calculation.
VISTOS: VISTO: El planteamiento efectuado sobre la procedencia de aplicar la bonificación en el cómputo jubilatorio prevista por el Decreto 59/95 de 8 de febrero de 1995, por los funcionarios turnantes de la División Alcoholes de ANCAP de la Planta Paysandú. RESULTANDO: Que dicho Decreto otorgó un cómputo jubilatorio bonificado a los servicios cumplidos por los funcionarios turnantes de la División Alcoholes de ANCAP, de cuatro años por cada tres. CONSIDERANDO: I) Que la gerencia del Area Asesoría Letrada del Banco de Previsión Social, se expidió afirmando que el Decreto 59/95 referido otorga un cómputo jubilatorio bonificado a los funcionarios turnantes de la División Alcoholes de ANCAP; en forma generica sin realizar ningún tipo de distinción. II) Que el grupo de Trabajo denominado Comisión de Servicios Bonificados, consagrado en Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 24 de octubre de 1990, entendió que las CYMAT de la Planta Paysandú de la División Alcoholes de ANCAP son similares a los de la Planta Capurro de la misma División del Ente Estatal. ATENTO: A lo precedentemente expuesto EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DECRETA FIRMANTES: SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA Artículo 1 Declárase que los funcionarios turnantes de la División Alcoholes de ANCAP, que cumplen funciones en la Planta del Departamento de Paysandú, están comprendidos en la bonificación de servicios prevista por el art. 1º del Decreto 59/995 de fecha 8 de febrero de 1995. Artículo 2 Comuníquese, publíquese, etc.