AI-assisted research summary: The decree approves a 1980 budget modification for the Municipality of Lavalleja and fixes the updated budget at N$ 45,140,000.
VISTOS: Visto: la gestión de la Administración Municipal de Lavalleja por la cual propone una modificación presupuestal para el ejercicio 1980. Resultando: que las ampliaciones presupuestales cuentan con la aprobación de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y el acuerdo del Tribunal de Cuentas. Considerando: que de no recaudarse los recursos provistos deberán abatirse gastos a los efectos de mantener el equilibrio presupuestal. Atento: a lo expuesto, El Presidente de la República DECRETA: FIRMANTES: MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI Artículo 1 Apruébase la modificación presupuestal para el ejercicio 1980, propuesta por la Administración Municipal de Lavalleja cuyos montos quedan fijados en N$ 45:140.000 (nuevos pesos cuarenta y cinco millones ciento cuarenta mil). Los mismos presentarán la siguiente composición: EGRESOS (En miles de nuevos pesos) Vigente Proyectado Retribuciones Personales............... 6.694.5 10.201.2 Beneficios y Cargas Sociales........... 1.929.5 2.772.4 ------- -------- Sub-total.............................. 8.624.0 12.973.6 Gastos de Funcionamiento............... 4.472.2 4.045.8 Inversiones............................ 3.946.0 28.120.6 ------- -------- TOTAL.................................. 17.042.2 45.140.0 -------- -------- I N G R E S O S (En miles de nuevos pesos) Vigente Proyectado Contribución Inmobiliaria Rural........ 2.800.0 3.400.0 Contribución Inmobiliaria Urbana....... 1.800.0 2.500.0 Adic. Cont. Inm. Urbana................ 1.150.0 1.600.0 Patente de Rodados..................... 2.000.2 3.500.0 Impuesto a los Remates................. 4.300.0 12.800.0 Tasa de Faena.......................... 960.0 1.200.0 Tasa de Expedición..................... 300.0 400.0 Tasa Bromatológica..................... 500.0 1.400.0 Tasa de Pav. y Bitum................... 375.0 ------- Contribución por Mejoras............... 655.0 875.0 Otros Recursos......................... 2.202.0 4.465.0 Endeudamiento.......................... ------- 13.000.0 Adq. Máq. Vial (BROU).................. ------- 13.000.0 -------- -------- T O T A L 17.042.2 45.140.0 -------- --------. [Nota: Fe de erratas publicada/s: 02/06/1981.] Artículo 2 En caso de no recaudarse la totalidad de los recursos previstos deberán abatirse gastos en forma proporcionada a efectos de mantener el equilibrio presupuestal. Artículo 3 Permanecen en vigencia todas las disposiciones presupuestales no mencionadas en la presente modificación. Artículo 4 Comuníquese, etc.