Resolución 88/2019 - APROBACION DEL CONTRATO DE PRESTAMO ENTRE URUGUAY Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO CONTRATO DE PRESTAMO
Verify source ↗ AI-assisted research summary: La resolución aprueba una enmienda al contrato de préstamo con el BIRF y designa a dos autoridades para firmar la documentación correspondiente.
VISTOS: VISTO: el Contrato de Préstamo N° 8794-UY, suscrito entre la República Oriental del Uruguay (ROU) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), el 8 de mayo de 2018, destinado al "Financiamiento Adicional para el Proyecto de Manejo Sustentable de Recursos Naturales y Cambio Climático". RESULTANDO: que se ha acordado con dicho organismo financiero internacional la enmienda de las disposiciones contenidas en el Anexo 2 (Ejecución del Proyecto) - "Schedule 2" ("Project Execution"), en la Sección III (Retiro de los Ingresos del Préstamo), Categoría (2) de la Tabla allí contenida, "Servicios de Consultoría y Capacitación", del Contrato de Préstamo antes referido. CONSIDERANDO: que se estima conveniente para los intereses de la República, en su calidad de Prestataria, autorizar la referida enmienda contractual y designar representante de la República para suscribir la documentación pertinente. ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 145 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986, y el artículo 33 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE: FIRMANTES: TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI - VÍCTOR ROSSI - ENZO BENECH 1 Apruébase la enmienda contractual del Contrato de Préstamo celebrado entre la República Oriental del Uruguay (ROU) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), con fecha 8 de mayo de 2018, de conformidad con el texto propuesto por el BIRF, que se adjunta (*) como Anexo de la presente Resolución y que forma parte de la misma. [Nota: Ver: Texto de la Norma Internacional.] 2 Desígnase al Señor Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Danilo Astori y al Señor Subsecretario de Economía y Finanzas, Cr. Pablo Ferreri, indistintamente, para suscribir en nombre y representación de la República la documentación que corresponda a efectos del otorgamiento de la respectiva enmienda contractual. 3 Pase a la Unidad de Relacionamiento con Organismos Multilaterales del Ministerio de Economía y Finanzas, a los efectos pertinentes. Fecho, archívese.