Resolución 9/2010 - MODIFICACION DE CONTRATO DE CONCESION. GRALADO S.A. AMPLIACION TERMINAL DE TRES CRUCES
Verify source ↗ AI-assisted research summary: Se aprueba una modificación parcial del contrato de concesión entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y GRALADO S.A., que incluye nuevas obras y un canon anual.
VISTOS: VISTO: la Modificación Parcial de Contrato de Concesión de Obra Pública suscrito el 29 de octubre de 2009 entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la firma GRALADO S.A. RESULTANDO: I) Que por Contrato de fecha 11 de julio de 1991, la Dirección Nacional de Transporte acordó con la citada firma el Proyecto, Construcción, Explotación Mantenimiento en la ciudad de Montevideo, por un plazo de 20 años, y en Régimen de Concesión de Obra Pública, de la Terminal de Omnibus de Transporte para líneas internacionales y nacionales de corta, mediana y larga distancia y los servicios de turismo que dicha Unidad Ejecutora considere convenientes. II) Que constituye objeto del citado Contrato, el Proyecto, Construcción, Explotación y Mantenimiento del Centro Comercial a erigirse en el mismo predio de la Terminal, en régimen de Usufructo, por un período de 50 años a partir de la entrega del predio. III) Que por Contrato de fecha 24 de febrero de 2005 las partes resolvieron modificar parcialmente el Contrato original en lo que hace al plazo de Concesión de Obra Pública, pasando el mismo de 20 a 30 años, manteniéndose inalterado el plazo de usufructo, ut-supra referido, y en contraprestación GRALADO S.A. operaría una rebaja del "toque de andén". IV) Que por Contrato de fecha 27 de marzo de 2009 se acordó entre las partes la ampliación del Area Comercial y del Estacionamiento del Complejo de Tres Cruces. V) Que en este nuevo acto se acuerda que GRALADO S.A. construirá áreas de servicio con destino propio, una ampliación del área lindera al local de emergencia médica, un área de depósito para el Nuevo Banco Comercial y un local comercial lindero a la boletería 1, hoy arrendada por una Agencia de Viajes. VI) Que como resultado de las diferentes actuaciones llevadas a cabo por parte de la Administración y la empresa Concesionaria se acordó el pago de un canon por parte de la firma, el cual surgió del análisis de costos y beneficios asociados a la propuesta realizada por la concesionaria, de modo que la misma obtuviera una Tasa Interna de Retorno (TIR) similar a la rentabilidad media del Complejo Tres Cruces en ese momento, resultando un monto de USS 11.000 por año a percibir a partir del año 2010 y hasta el 2024 inclusive. VII) Que la División Servicios Jurídicos (Departamento Notarial) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, ha tomado intervención en la formulación del documento de referencia. ATENTO: a lo establecido en el Pliego de Condiciones de la Licitación N° 32/89 (cláusulas 7 y 12.1), Contrato de Concesión de Obra Pública suscrito entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y GRALADO S.A. con fecha 1l de julio de 1991 (cláusulas 2, 15 y 17) y sus modificativos de fechas 24 de febrero de 1995 y 27 de marzo de 2009. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA RESUELVE: FIRMANTES: TABARE VAZQUEZ - VICTOR ROSSI 1 Apruébase -en todas sus partes- la Modificación Parcial de Contrato de Concesión de Obra Pública suscrito el 29 de octubre de 2009, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la firma GRALADO S.A., por el cual la segunda de las partes nombradas construirá áreas de servicio con destino propio, una ampliación del área lindera al local de emergencia médica, un área de depósito para el Nuevo Banco Comercial y un local comercial lindero a la boletería 1, arrendada por una Agencia de Viajes. 2 Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central - Carpeta N° 222.527) y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte para notificación del interesado y demás efectos.