Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Part 3 of 4 · provisions 401–600
No action or omission may be punished unless a prior law defined it as a crime; security measures may be applied only when the law’s prior requirements are met.
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- Jurisdiction
- Spain
- Instrument
- Act or statute
- Citation
- BOE-A-1995-25444
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- es
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Statute overview
About this statute
A judge or court may increase the penalty by one degree in serious cases, and by two degrees if the number of deaths is very high. The judge or court may impose a higher penalty, by one degree or by two degrees, if the case is especially serious and the stated injury-related conditions are met. Publicly distributing content online, by phone, or similar technologies that promotes or incites suicide of protected minors or disabled persons is punishable by 1 to 4 years in prison. People convicted of one or more offences covered by this Title may also be given supervised release if the victim is one of the persons listed in Article 173(2). People convicted of certain listed offences involving a minor victim may receive an additional special disqualification from work or activities involving regular, direct contact with minors.
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Legal text
Provisions of Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
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- Artículo 389 Verify source ↗
Artículo 389
AI-assisted research summary: This article punishes making, selling, importing, distributing, or using counterfeit postage stamps or stamped paper, with lighter penalties if the apparent value does not exceed 400 euros.
Artículo 389. El que falsificare o expendiere, en connivencia con el falsificador, sellos de correos o efectos timbrados, o los introdujera en España conociendo su falsedad, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años. El adquirente de buena fe de sellos de correos o efectos timbrados que, conociendo su falsedad, los distribuyera o utilizara será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a veinticuatro meses. No obstante, si el valor aparente de los sellos o efectos timbrados no excediera de 400 euros, se impondrá la pena de multa de uno a tres meses. - Artículo 39 Verify source ↗
Artículo 39
AI-assisted research summary: This article lists the kinds of penalties that deprive a person of rights, including disqualification, suspension, driving bans, weapons bans, restrictions on where to go, contact bans, community service, and loss of parental authority.
Artículo 39. Son penas privativas de derechos: a) La inhabilitación absoluta. b) Las de inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión, oficio, industria o comercio, u otras actividades, sean o no retribuidas, o de los derechos de patria potestad, tutela, guarda o curatela, tenencia de animales, derecho de sufragio pasivo o de cualquier otro derecho. c) La suspensión de empleo o cargo público. d) La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores. e) La privación del derecho a la tenencia y porte de armas. f) La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos. g) La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o el tribunal. h) La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal. i) Los trabajos en beneficio de la comunidad. j) La privación de la patria potestad. - Artículo 390 Verify source ↗
Artículo 390
AI-assisted research summary: Esta disposición castiga a la autoridad o funcionario público que cometa falsedad en el ejercicio de sus funciones, y también al responsable de una confesión religiosa en ciertos actos y documentos civiles.
Artículo 390. 1. Será castigado con las penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años, la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad: 1.º Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial. 2.º Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad. 3.º Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho. 4.º Faltando a la verdad en la narración de los hechos. 2. Será castigado con las mismas penas a las señaladas en el apartado anterior el responsable de cualquier confesión religiosa que incurra en alguna de las conductas descritas en los números anteriores, respecto de actos y documentos que puedan producir efecto en el estado de las personas o en el orden civil. - Artículo 391 Verify source ↗
Artículo 391
AI-assisted research summary: Si una autoridad o funcionario público comete por imprudencia grave ciertas falsedades, se le impondrá multa y suspensión del cargo o empleo público.
Artículo 391. La autoridad o funcionario público que por imprudencia grave incurriere en alguna de las falsedades previstas en el artículo anterior o diere lugar a que otro las cometa, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a un año. - Artículo 392 Verify source ↗
Artículo 392
AI-assisted research summary: This article punishes certain document falsifications and the trafficking or knowing use of a false identity document.
Artículo 392. 1. El particular que cometiere en documento público, oficial o mercantil, alguna de las falsedades descritas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses. 2. Las mismas penas se impondrán al que, sin haber intervenido en la falsificación, traficare de cualquier modo con un documento de identidad falso. Se impondrá la pena de prisión de seis meses a un año y multa de tres a seis meses al que hiciere uso, a sabiendas, de un documento de identidad falso. Esta disposición es aplicable aun cuando el documento de identidad falso aparezca como perteneciente a otro Estado de la Unión Europea o a un tercer Estado o haya sido falsificado o adquirido en otro Estado de la Unión Europea o en un tercer Estado si es utilizado o se trafica con él en España. - Artículo 393 Verify source ↗
Artículo 393
AI-assisted research summary: Knowingly presenting or using a false document in court, or to harm another person, is punished more lightly than the forgers.
Artículo 393. El que, a sabiendas de su falsedad, presentare en juicio o, para perjudicar a otro, hiciere uso de un documento falso de los comprendidos en los artículos precedentes, será castigado con la pena inferior en grado a la señalada a los falsificadores. - Artículo 394 Verify source ↗
Artículo 394
AI-assisted research summary: A public official in charge of telecommunications services who falsifies or substitutes a telegraph dispatch commits an offence and faces prison plus special disqualification. Anyone who knowingly uses a false dispatch to harm another is punished more lightly.
Artículo 394. 1. La autoridad o funcionario público encargado de los servicios de telecomunicación que supusiere o falsificare un despacho telegráfico u otro propio de dichos servicios, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a tres años e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años. 2. El que, a sabiendas de su falsedad, hiciere uso del despacho falso para perjudicar a otro, será castigado con la pena inferior en grado a la señalada a los falsificadores. - Artículo 395 Verify source ↗
Artículo 395
AI-assisted research summary: Quien, con intención de perjudicar a otro, cometa en un documento privado alguna de las falsedades del artículo 390.1 será castigado con prisión de seis meses a dos años.
Artículo 395. El que, para perjudicar a otro, cometiere en documento privado alguna de las falsedades previstas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años. - Artículo 396 Verify source ↗
Artículo 396
AI-assisted research summary: A person who knowingly uses a false document in court or to harm another is subject to a lower-degree penalty.
Artículo 396. El que, a sabiendas de su falsedad, presentare en juicio o, para perjudicar a otro, hiciere uso de un documento falso de los comprendidos en el artículo anterior, incurrirá en la pena inferior en grado a la señalada a los falsificadores. - Artículo 397 Verify source ↗
Artículo 397
AI-assisted research summary: A facultative who issues a false certificate is punished with a fine of three to twelve months.
Artículo 397. El facultativo que librare certificado falso será castigado con la pena de multa de tres a doce meses. - Artículo 398 Verify source ↗
Artículo 398
AI-assisted research summary: Una autoridad o funcionario público que expida una certificación falsa con poca trascendencia jurídica puede ser sancionado con suspensión de seis meses a dos años.
Artículo 398. La autoridad o funcionario público que librare certificación falsa con escasa trascendencia en el tráfico jurídico será castigado con la pena de suspensión de seis meses a dos años. Este precepto no será aplicable a los certificados relativos a la Seguridad Social y a la Hacienda Pública. - Artículo 399 Verify source ↗
Artículo 399
AI-assisted research summary: Falsifying these certifications, knowingly using them, or trafficking in them can be punished by a fine of three to six months.
Artículo 399. 1. El particular que falsificare una certificación de las designadas en los artículos anteriores será castigado con la pena de multa de tres a seis meses. 2. La misma pena se impondrá al que hiciere uso, a sabiendas, de la certificación, así como al que, sin haber intervenido en su falsificación, traficare con ella de cualquier modo. 3. Esta disposición es aplicable aun cuando el certificado aparezca como perteneciente a otro Estado de la Unión Europea o a un tercer Estado o haya sido falsificado o adquirido en otro Estado de la Unión Europea o en un tercer Estado si es utilizado en España. - Artículo 399 bis Verify source ↗
Artículo 399 bis
AI-assisted research summary: Prohíbe falsificar, poseer, usar o tener para tráfico instrumentos de pago falsificados, y prevé prisión o multa según el caso.
Artículo 399 bis. 1. El que altere, copie, reproduzca o de cualquier otro modo falsifique tarjetas de crédito o débito, cheques de viaje o cualquier otro instrumento de pago distinto del efectivo, será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años. Se impondrá la pena en su mitad superior cuando los efectos falsificados afecten a una generalidad de personas o cuando los hechos se cometan en el marco de una organización criminal dedicada a estas actividades. Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis una persona jurídica sea responsable de los anteriores delitos, se le impondrá la pena de multa de dos a cinco años. Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33. 2. La tenencia de tarjetas de crédito o débito, cheques de viaje o cualesquiera otros instrumentos de pago distintos del efectivo falsificados, destinados a la distribución o tráfico será castigada con la pena señalada a la falsificación. 3. El que sin haber intervenido en la falsificación usare, en perjuicio de otro y a sabiendas de la falsedad, tarjetas de crédito o débito, cheques de viaje o cualesquiera otros instrumentos de pago distintos del efectivo falsificados, será castigado con la pena de prisión de dos a cinco años. 4. El que, para su utilización fraudulenta y a sabiendas de su falsedad, posea u obtenga, para sí o para un tercero, tarjetas de crédito o débito, cheques de viaje o cualquier otro instrumento de pago distinto del efectivo será castigado con pena de prisión de uno a dos años. Téngase en cuenta que esta última actualización establecida por el art. 1.11 de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21800#ap , entra en vigor el 12 de enero de 2023, según determina su disposición final 6. Redacción anterior: " Artículo 399 bis. 1. El que altere, copie, reproduzca o de cualquier otro modo falsifique tarjetas de crédito o débito o cheques de viaje, será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años. Se impondrá la pena en su mitad superior cuando los efectos falsificados afecten a una generalidad de personas o cuando los hechos se cometan en el marco de una organización criminal dedicada a estas actividades. Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis una persona jurídica sea responsable de los anteriores delitos, se le impondrá la pena de multa de dos a cinco años. Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33. 2. La tenencia de tarjetas de crédito o débito o cheques de viaje falsificados destinados a la distribución o tráfico será castigada con la pena señalada a la falsificación. 3. El que sin haber intervenido en la falsificación usare, en perjuicio de otro y a sabiendas de la falsedad, tarjetas de crédito o débito o cheques de viaje falsificados será castigado con la pena de prisión de dos a cinco años." - Artículo 4 Verify source ↗
Artículo 4
AI-assisted research summary: Las leyes penales solo se aplican a los casos expresamente previstos. Si un juez o tribunal conoce de una conducta no penada pero que considera reprensible, debe dejar de tramitarla y comunicarlo al Gobierno; también debe informar al Gobierno sobre derogación, modificación o indulto en ciertos supuestos. Si hay petición de indulto y riesgo de vulneración del derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, debe suspender la ejecución de la pena; además, puede suspenderla cuando el indulto perdería su finalidad si se ejecutara la sentencia.
Artículo 4. 1. Las leyes penales no se aplicarán a casos distintos de los comprendidos expresamente en ellas. 2. En el caso de que un Juez o Tribunal, en el ejercicio de su jurisdicción, tenga conocimiento de alguna acción u omisión que, sin estar penada por la Ley, estime digna de represión, se abstendrá de todo procedimiento sobre ella y expondrá al Gobierno las razones que le asistan para creer que debiera ser objeto de sanción penal. 3. Del mismo modo acudirá al Gobierno exponiendo lo conveniente sobre la derogación o modificación del precepto o la concesión de indulto, sin perjuicio de ejecutar desde luego la sentencia, cuando de la rigurosa aplicación de las disposiciones de la Ley resulte penada una acción u omisión que, a juicio del Juez o Tribunal, no debiera serlo, o cuando la pena sea notablemente excesiva, atendidos el mal causado por la infracción y las circunstancias personales del reo. 4. Si mediara petición de indulto, y el Juez o Tribunal hubiere apreciado en resolución fundada que por el cumplimiento de la pena puede resultar vulnerado el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, suspenderá la ejecución de la misma en tanto no se resuelva sobre la petición formulada. También podrá el Juez o Tribunal suspender la ejecución de la pena, mientras no se resuelva sobre el indulto cuando, de ser ejecutada la sentencia, la finalidad de éste pudiera resultar ilusoria. - Artículo 435 bis Verify source ↗
Artículo 435 bis
AI-assisted research summary: For this chapter, “public official” means the persons determined by Articles 24 and 427.
Artículo 435 bis. A los efectos de este capítulo se entenderá por funcionario público los determinados por los artículos 24 y 427. - Artículo 432 bis Verify source ↗
Artículo 432 bis
AI-assisted research summary: A public authority or public official must not use public assets under their charge for private purposes; doing so can lead to prison and suspension from public office.
Artículo 432 bis. La autoridad o funcionario público que, sin ánimo de apropiárselo, destinare a usos privados el patrimonio público puesto a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a tres años, y suspensión de empleo o cargo público de uno a cuatro años. Si el culpable no reintegrara los mismos elementos del patrimonio público distraídos dentro de los diez días siguientes al de la incoación del proceso, se le impondrán las penas del artículo anterior. Téngase en cuenta que este artículo añadido por el art. 1.15 de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21800#ap , entra en vigor el 12 de enero de 2023, según establece su disposición final 6. - Artículo 433 ter Verify source ↗
Artículo 433 ter
AI-assisted research summary: This article defines “patrimonio público” as the set of assets and rights with economic value that belong to public administrations.
Artículo 433 ter. A los efectos del presente Código, se entenderá por patrimonio público todo el conjunto de bienes y derechos, de contenido económico-patrimonial, pertenecientes a las Administraciones públicas. Téngase en cuenta que este artículo añadido por el art. 1.17 de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21800#ap , entra en vigor el 12 de enero de 2023, según establece su disposición final 6. - Artículo 438 bis Verify source ↗
Artículo 438 bis
AI-assisted research summary: A public authority who has a large unexplained increase in assets or debt cancellation and openly refuses to answer competent requests can be punished.
Artículo 438 bis. La autoridad que, durante el desempeño de su función o cargo y hasta cinco años después de haber cesado en ellos, hubiera obtenido un incremento patrimonial o una cancelación de obligaciones o deudas por un valor superior a 250.000 euros respecto a sus ingresos acreditados, y se negara abiertamente a dar el debido cumplimiento a los requerimientos de los órganos competentes destinados a comprobar su justificación, será castigada con las penas de prisión de seis meses a tres años, multa del tanto al triplo del beneficio obtenido, e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de dos a siete años. Téngase en cuenta que este artículo añadido por el art. 1.19 de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21800#ap , entra en vigor el 12 de enero de 2023, según establece su disposición final 6. - Artículo 40 Verify source ↗
Artículo 40
AI-assisted research summary: This provision sets the durations for several penalties, including disqualification, suspension, driving/weapon bans, location bans, contact bans, and community work.
Artículo 40. 1. La pena de inhabilitación absoluta tendrá una duración de seis a 20 años; las de inhabilitación especial, de tres meses a 20 años, y la de suspensión de empleo o cargo público, de tres meses a seis años. 2. La pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, y la de privación del derecho a la tenencia y porte de armas, tendrán una duración de tres meses a 10 años. 3. La pena de privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos tendrá una duración de hasta 10 años. La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas, o de comunicarse con ellas, tendrá una duración de un mes a 10 años. 4. La pena de trabajos en beneficio de la comunidad tendrá una duración de un día a un año. 5. La duración de cada una de estas penas será la prevista en los apartados anteriores, salvo lo que excepcionalmente dispongan otros preceptos de este Código. - Artículo 400 Verify source ↗
Artículo 400
AI-assisted research summary: It punishes the manufacture, receipt, possession, distribution, making available, or sale of tools, materials, data, software, and other means specifically designed or adapted to commit the crimes described in the preceding chapters.
Artículo 400. La fabricación, recepción, obtención, tenencia, distribución, puesta a disposición o comercialización de útiles, materiales, instrumentos, sustancias, datos y programas informáticos, aparatos, elementos de seguridad o cualquier otro medio diseñado o adaptado específicamente para la comisión de los delitos descritos en los capítulos anteriores, se castigarán con la pena señalada en cada caso para los autores. Téngase en cuenta que esta última actualización establecida por el art. 1.13 de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21800#ap , entra en vigor el 12 de enero de 2023, según determina su disposición final 6. Redacción anterior: " Artículo 400. La fabricación, recepción, obtención o tenencia de útiles, materiales, instrumentos, sustancias, datos y programas informáticos, aparatos, elementos de seguridad, u otros medios específicamente destinados a la comisión de los delitos descritos en los Capítulos anteriores, se castigarán con la pena señalada en cada caso para los autores." - Artículo 400 bis Verify source ↗
Artículo 400 bis
AI-assisted research summary: En ciertos casos, se considera uso de documento falso el uso de documentos auténticos hecho por una persona no legitimada para hacerlo.
Artículo 400 bis. En los supuestos descritos en los artículos 392, 393, 394, 396 y 399 de este Código también se entenderá por uso de documento, despacho, certificación o documento de identidad falsos el uso de los correspondientes documentos, despachos, certificaciones o documentos de identidad auténticos realizado por quien no esté legitimado para ello. - Artículo 401 Verify source ↗
Artículo 401
AI-assisted research summary: A person who usurps another person's civil status is punishable by six months to three years in prison.
Artículo 401. El que usurpare el estado civil de otro será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años. - Artículo 402 Verify source ↗
Artículo 402
AI-assisted research summary: Whoever unlawfully acts as if they were a public authority or public official, while claiming official status, is punishable by prison.
Artículo 402. El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años. - Artículo 402 bis Verify source ↗
Artículo 402 bis
AI-assisted research summary: A person who is not authorized and publicly and improperly uses a uniform, outfit, or badge that gives an official character commits an offence and is fined for one to three months.
Artículo 402 bis. El que sin estar autorizado usare pública e indebidamente uniforme, traje o insignia que le atribuyan carácter oficial será castigado con la pena de multa de uno a tres meses. - Artículo 403 Verify source ↗
Artículo 403
AI-assisted research summary: Practising profession-specific acts without the required title can be punished by a fine, and in some cases by imprisonment.
Artículo 403. 1. El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de doce a veinticuatro meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de seis a doce meses. 2. Se impondrá una pena de prisión de seis meses a dos años si concurriese alguna de las siguientes circunstancias: a) Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido. b) Si el culpable ejerciere los actos a los que se refiere el apartado anterior en un local o establecimiento abierto al público en el que se anunciare la prestación de servicios propios de aquella profesión. - Artículo 404 Verify source ↗
Artículo 404
AI-assisted research summary: A public authority or official who knowingly issues an arbitrary administrative decision is subject to special disqualification for public office and passive voting rights for 9 to 15 years.
Artículo 404. A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años. - Artículo 405 Verify source ↗
Artículo 405
AI-assisted research summary: A public authority or official who knowingly and unlawfully appoints or installs a person in public office without the required legal qualifications is punishable.
Artículo 405. A la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de su competencia y a sabiendas de su ilegalidad, propusiere, nombrare o diere posesión para el ejercicio de un determinado cargo público a cualquier persona sin que concurran los requisitos legalmente establecidos para ello, se le castigará con las penas de multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años. - Artículo 406 Verify source ↗
Artículo 406
AI-assisted research summary: A person who accepts the proposal, appointment, or taking office from the previous article, knowing they do not meet the legal requirements, is subject to the same fine.
Artículo 406. La misma pena de multa se impondrá a la persona que acepte la propuesta, nombramiento o toma de posesión mencionada en el artículo anterior, sabiendo que carece de los requisitos legalmente exigibles. - Artículo 407 Verify source ↗
Artículo 407
AI-assisted research summary: Public officials or authorities who abandon their post to avoid preventing or prosecuting certain crimes are punished.
Artículo 407. 1. A la autoridad o funcionario público que abandonare su destino con el propósito de no impedir o no perseguir cualquiera de los delitos comprendidos en los Títulos XXI, XXII, XXIII y XXIV se le castigará con la pena de prisión de uno a cuatro años e inhabilitación absoluta para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años. Si hubiera realizado el abandono para no impedir o no perseguir cualquier otro delito, se le impondrá la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años. 2. Las mismas penas se impondrán, respectivamente, cuando el abandono tenga por objeto no ejecutar las penas correspondientes a estos delitos impuestas por la autoridad judicial competente. - Artículo 408 Verify source ↗
Artículo 408
AI-assisted research summary: La autoridad o funcionario que, de forma intencionada, no promueva la persecución de delitos conocidos o de sus responsables puede ser inhabilitado para empleo o cargo público.
Artículo 408. La autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. - Artículo 409 Verify source ↗
Artículo 409
AI-assisted research summary: Public authorities or public officials who organize, direct, or promote the collective unlawful abandonment of a public service can be fined and suspended from office; those who merely take part face a fine.
Artículo 409. A las autoridades o funcionarios públicos que promovieren, dirigieren u organizaren el abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público, se les castigará con la pena de multa de ocho a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. Las autoridades o funcionarios públicos que meramente tomaren parte en el abandono colectivo o manifiestamente ilegal de un servicio público esencial y con grave perjuicio de éste o de la comunidad, serán castigados con la pena de multa de ocho a doce meses. - Artículo 41 Verify source ↗
Artículo 41
AI-assisted research summary: La pena de inhabilitación absoluta quita definitivamente honores, cargos y empleos públicos y también impide obtenerlos o ser elegido durante la condena.
Artículo 41. La pena de inhabilitación absoluta produce la privación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos que tenga el penado, aunque sean electivos. Produce, además, la incapacidad para obtener los mismos o cualesquiera otros honores, cargos o empleos públicos, y la de ser elegido para cargo público, durante el tiempo de la condena. - Artículo 410 Verify source ↗
Artículo 410
AI-assisted research summary: Public authorities and officials must not openly refuse to comply with judicial resolutions or superior orders issued within competence and with legal formalities.
Artículo 410. 1. Las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior, dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales, incurrirán en la pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. 2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, no incurrirán en responsabilidad criminal las autoridades o funcionarios por no dar cumplimiento a un mandato que constituya una infracción manifiesta, clara y terminante de un precepto de Ley o de cualquier otra disposición general. - Artículo 411 Verify source ↗
Artículo 411
AI-assisted research summary: A public authority or official who disobeys superior orders after an unjustified suspension and after the suspension has been disapproved faces a fine and special disqualification from public office.
Artículo 411. La autoridad o funcionario público que, habiendo suspendido, por cualquier motivo que no sea el expresado en el apartado segundo del artículo anterior, la ejecución de las órdenes de sus superiores, las desobedeciere después de que aquéllos hubieren desaprobado la suspensión, incurrirá en las penas de multa de doce a veinticuatro meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años. - Artículo 412 Verify source ↗
Artículo 412
AI-assisted research summary: A public official must provide required assistance to justice or another public service, and several failures to assist are punishable with fines and suspension or disqualification.
Artículo 412. 1. El funcionario público que, requerido por autoridad competente, no prestare el auxilio debido para la Administración de Justicia u otro servicio público, incurrirá en las penas de multa de tres a doce meses, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. 2. Si el requerido fuera autoridad, jefe o responsable de una fuerza pública o un agente de la autoridad, se impondrán las penas de multa de doce a dieciocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de dos a tres años. 3. La autoridad o funcionario público que, requerido por un particular a prestar algún auxilio a que venga obligado por razón de su cargo para evitar un delito contra la vida de las personas, se abstuviera de prestarlo, será castigado con la pena de multa de dieciocho a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a seis años. Si se tratase de un delito contra la integridad, libertad sexual, salud o libertad de las personas, será castigado con la pena de multa de doce a dieciocho meses y suspensión de empleo o cargo público de uno a tres años. En el caso de que tal requerimiento lo fuera para evitar cualquier otro delito u otro mal, se castigará con la pena de multa de tres a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. - Artículo 413 Verify source ↗
Artículo 413
AI-assisted research summary: A public authority or official who knowingly removes, destroys, renders unusable, or conceals documents entrusted to them because of their office is subject to criminal penalties.
Artículo 413. La autoridad o funcionario público que, a sabiendas, sustrajere, destruyere, inutilizare u ocultare, total o parcialmente, documentos cuya custodia le esté encomendada por razón de su cargo, incurrirá en las penas de prisión de uno a cuatro años, multa de siete a veinticuatro meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a seis años. - Artículo 414 Verify source ↗
Artículo 414
AI-assisted research summary: Public officials responsible for custody of restricted documents must not knowingly destroy or disable access-blocking measures; private individuals are also punished if they destroy or disable those measures.
Artículo 414. 1. A la autoridad o funcionario público que, por razón de su cargo, tenga encomendada la custodia de documentos respecto de los que la autoridad competente haya restringido el acceso, y que a sabiendas destruya o inutilice los medios puestos para impedir ese acceso o consienta su destrucción o inutilización, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses y, en cualquier caso, inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años. 2. El particular que destruyere o inutilizare los medios a que se refiere el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de seis a dieciocho meses. - Artículo 415 Verify source ↗
Artículo 415
AI-assisted research summary: Public authorities or officials not covered by the previous article must not knowingly and बिना authorization access, or allow access to, secret documents entrusted to them by reason of office.
Artículo 415. La autoridad o funcionario público no comprendido en el artículo anterior que, a sabiendas y sin la debida autorización, accediere o permitiere acceder a documentos secretos cuya custodia le esté confiada por razón de su cargo, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años. - Artículo 416 Verify source ↗
Artículo 416
AI-assisted research summary: Private individuals who are accidentally entrusted with the handling or custody of documents by the Government or public authorities and commit the conduct described in the previous articles are punished with a prison term or fine lower than those set there.
Artículo 416. Serán castigados con las penas de prisión o multa inmediatamente inferiores a las respectivamente señaladas en los tres artículos anteriores los particulares encargados accidentalmente del despacho o custodia de documentos, por comisión del Gobierno o de las autoridades o funcionarios públicos a quienes hayan sido confiados por razón de su cargo, que incurran en las conductas descritas en los mismos. - Artículo 417 Verify source ↗
Artículo 417
AI-assisted research summary: A public authority or official must not disclose secrets or information learned by reason of office; violating this can lead to fines and disqualification, with harsher penalties if serious harm results or if the secrets belong to a private person.
Artículo 417. 1. La autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados, incurrirá en la pena de multa de doce a dieciocho meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años. Si de la revelación a que se refiere el párrafo anterior resultara grave daño para la causa pública o para tercero, la pena será de prisión de uno a tres años, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a cinco años. 2. Si se tratara de secretos de un particular, las penas serán las de prisión de dos a cuatro años, multa de doce a dieciocho meses, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años. - Artículo 418 Verify source ↗
Artículo 418
AI-assisted research summary: A private person who uses secret or privileged information obtained from a public official or authority can be fined and lose access to public subsidies, tax benefits, and social security benefits; if serious harm results, imprisonment applies.
Artículo 418. El particular que aprovechare para sí o para un tercero el secreto o la información privilegiada que obtuviere de un funcionario público o autoridad, será castigado con multa del tanto al triplo del beneficio obtenido o facilitado y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el período de uno a tres años. Si resultara grave daño para la causa pública o para tercero, la pena será de prisión de uno a seis años y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el periodo de seis a diez años. - Artículo 419 Verify source ↗
Artículo 419
AI-assisted research summary: La autoridad o funcionario público no puede pedir, recibir o aceptar dádivas, favores, retribuciones, ofertas o promesas para actuar contra sus deberes o para no actuar o retrasar injustificadamente un acto debido.
Artículo 419. La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, recibiere o solicitare, por sí o por persona interpuesta, dádiva, favor o retribución de cualquier clase o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo un acto contrario a los deberes inherentes al mismo o para no realizar o retrasar injustificadamente el que debiera practicar, incurrirá en la pena de prisión de tres a seis años, multa de doce a veinticuatro meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a doce años, sin perjuicio de la pena correspondiente al acto realizado, omitido o retrasado en razón de la retribución o promesa, si fuera constitutivo de delito. - Artículo 42 Verify source ↗
Artículo 42
AI-assisted research summary: La pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público implica perder definitivamente ese empleo o cargo, sus honores anexos y no poder obtener el mismo u otros similares durante la condena.
Artículo 42. La pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público produce la privación definitiva del empleo o cargo sobre el que recayere, aunque sea electivo, y de los honores que le sean anejos. Produce, además, la incapacidad para obtener el mismo u otros análogos, durante el tiempo de la condena. En la sentencia habrán de especificarse los empleos, cargos y honores sobre los que recae la inhabilitación. - Artículo 420 Verify source ↗
Artículo 420
AI-assisted research summary: A public official must not receive or request gifts, favors, or payments, or accept offers or promises, to perform an official act for their own benefit or a third party’s benefit.
Artículo 420. La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, recibiere o solicitare, por sí o por persona interpuesta, dádiva, favor o retribución de cualquier clase o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar un acto propio de su cargo, incurrirá en la pena de prisión de dos a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de cinco a nueve años. - Artículo 421 Verify source ↗
Artículo 421
AI-assisted research summary: Las penas de los artículos anteriores también se aplican si una autoridad o funcionario público recibe o solicita una dádiva, favor o retribución como recompensa por la conducta descrita en esos artículos.
Artículo 421. Las penas señaladas en los artículos precedentes se impondrán también cuando la dádiva, favor o retribución se recibiere o solicitare por la autoridad o funcionario público, en sus respectivos casos, como recompensa por la conducta descrita en dichos artículos. - Artículo 422 Verify source ↗
Artículo 422
AI-assisted research summary: A public authority or official who accepts a gift or gratuity offered because of the office or function, for their own benefit or someone else’s, is subject to prison and suspension from public office.
Artículo 422. La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, admitiera, por sí o por persona interpuesta, dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su cargo o función, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a un año y suspensión de empleo y cargo público de uno a tres años. - Artículo 423 Verify source ↗
Artículo 423
AI-assisted research summary: The preceding articles also apply to jurors, arbitrators, mediators, experts, judicially appointed administrators or intervener(s), insolvency administrators, and anyone participating in public function.
Artículo 423. Lo dispuesto en los artículos precedentes será igualmente aplicable a los jurados y árbitros, nacionales o internacionales, así como a mediadores, peritos, administradores o interventores designados judicialmente, administradores concursales o a cualesquiera personas que participen en el ejercicio de la función pública. - Artículo 424 Verify source ↗
Artículo 424
AI-assisted research summary: A private person who offers or gives a bribe to a public authority, official, or person carrying out public functions, or who pays it when asked, is punished with the same prison and fine penalties as the corrupted official. If the conduct relates to public procurement, subsidies, or public auctions, an additional disqualification penalty applies.
Artículo 424. 1. El particular que ofreciere o entregare dádiva o retribución de cualquier otra clase a una autoridad, funcionario público o persona que participe en el ejercicio de la función pública para que realice un acto contrario a los deberes inherentes a su cargo o un acto propio de su cargo, para que no realice o retrase el que debiera practicar, o en consideración a su cargo o función, será castigado en sus respectivos casos, con las mismas penas de prisión y multa que la autoridad, funcionario o persona corrompida. 2. Cuando un particular entregare la dádiva o retribución atendiendo la solicitud de la autoridad, funcionario público o persona que participe en el ejercicio de la función pública, se le impondrán las mismas penas de prisión y multa que a ellos les correspondan. 3. Si la actuación conseguida o pretendida de la autoridad o funcionario tuviere relación con un procedimiento de contratación, de subvenciones o de subastas convocados por las Administraciones o entes públicos, se impondrá al particular y, en su caso, a la sociedad, asociación u organización a que representare la pena de inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con entes, organismos o entidades que formen parte del sector público y para gozar de beneficios o incentivos fiscales y de la Seguridad Social por un tiempo de cinco a diez años. - Artículo 425 Verify source ↗
Artículo 425
AI-assisted research summary: If bribery occurs in a criminal case for the defendant’s benefit, the bribe-giver faces imprisonment from six months to one year.
Artículo 425. Cuando el soborno mediare en causa criminal a favor del reo por parte de su cónyuge u otra persona a la que se halle ligado de forma estable por análoga relación de afectividad, o de algún ascendiente, descendiente o hermano por naturaleza, por adopción o afines en los mismos grados, se impondrá al sobornador la pena de prisión de seis meses a un año. - Artículo 426 Verify source ↗
Artículo 426
AI-assisted research summary: A private person may be exempt from punishment for bribery if they report the facts before proceedings begin and within two months of the facts.
Artículo 426. Quedará exento de pena por el delito de cohecho el particular que, habiendo accedido ocasionalmente a la solicitud de dádiva u otra retribución realizada por autoridad o funcionario público, denunciare el hecho a la autoridad que tenga el deber de proceder a su averiguación antes de la apertura del procedimiento, siempre que no haya transcurrido más de dos meses desde la fecha de los hechos. - Artículo 427 Verify source ↗
Artículo 427
AI-assisted research summary: Las disposiciones anteriores también se aplican cuando las conductas descritas las realicen o afecten a ciertos cargos públicos, funcionarios o personas que gestionen intereses financieros de la UE.
Artículo 427. Lo dispuesto en los artículos precedentes será también aplicable cuando las conductas descritas sean realizadas por o afecten a: a) Cualquier persona que ostente un cargo o empleo legislativo, administrativo o judicial de un país de la Unión Europea o de cualquier otro país extranjero, tanto por nombramiento como por elección. b) Cualquier persona que ejerza una función pública para un país de la Unión Europea o cualquier otro país extranjero, incluido un organismo público o una empresa pública, para la Unión Europea o para otra organización internacional pública. c) Cualquier funcionario o agente de la Unión Europea o de una organización internacional pública. d) Cualquier persona a la que se haya asignado y que esté ejerciendo una función de servicio público que consista en la gestión, en los Estados miembros o en terceros países, de intereses financieros de la Unión Europea o en tomar decisiones sobre esos intereses. - Artículo 427 bis Verify source ↗
Artículo 427 bis
AI-assisted research summary: Si una persona jurídica responde por los delitos del capítulo, se le impondrá una multa, con cuantía variable según la pena prevista para la persona física y el beneficio obtenido.
Artículo 427 bis. Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis una persona jurídica sea responsable de los delitos recogidos en este Capítulo, se le impondrán las siguientes penas: a) Multa de dos a cinco años, o del triple al quíntuple del beneficio obtenido cuando la cantidad resultante fuese más elevada, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de prisión de más de cinco años. b) Multa de uno a tres años, o del doble al cuádruple del beneficio obtenido cuando la cantidad resultante fuese más elevada, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de más de dos años de privación de libertad no incluida en el anterior inciso. c) Multa de seis meses a dos años, o del doble al triple del beneficio obtenido si la cantidad resultante fuese más elevada, en el resto de los casos. Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33. - Artículo 428 Verify source ↗
Artículo 428
AI-assisted research summary: A public official or authority must not influence another public official or authority by using their office or personal/hierarchical relationship to obtain a decision that brings economic benefit to themselves or a third party.
Artículo 428. El funcionario público o autoridad que influyere en otro funcionario público o autoridad prevaliéndose del ejercicio de las facultades de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica con éste o con otro funcionario o autoridad para conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero, incurrirá en las penas de prisión de seis meses a dos años, multa del tanto al duplo del beneficio perseguido u obtenido e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de cinco a nueve años. Si obtuviere el beneficio perseguido, estas penas se impondrán en su mitad superior. - Artículo 429 Verify source ↗
Artículo 429
AI-assisted research summary: A private person who uses a personal relationship to influence a public official or authority to obtain an economic benefit may be punished.
Artículo 429. El particular que influyere en un funcionario público o autoridad prevaliéndose de cualquier situación derivada de su relación personal con éste o con otro funcionario público o autoridad para conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años, multa del tanto al duplo del beneficio perseguido u obtenido, y prohibición de contratar con el sector público, así como la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales y de la Seguridad Social por tiempo de seis a diez años. Si obtuviere el beneficio perseguido, estas penas se impondrán en su mitad superior. - Artículo 43 Verify source ↗
Artículo 43
AI-assisted research summary: La suspensión de empleo o cargo público impide al penado ejercer ese empleo o cargo durante la condena.
Artículo 43. La suspensión de empleo o cargo público priva de su ejercicio al penado durante el tiempo de la condena. - Artículo 430 Verify source ↗
Artículo 430
AI-assisted research summary: Certain persons who seek or accept gifts or promises for the conduct described in the two previous articles can be punished with prison; public officials face extra disqualification, and responsible legal persons can be fined.
Artículo 430. Los que, ofreciéndose a realizar las conductas descritas en los dos artículos anteriores, solicitaren de terceros dádivas, presentes o cualquier otra remuneración, o aceptaren ofrecimiento o promesa, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año. Si el delito fuere cometido por autoridad o funcionario público se le impondrá, además, la pena de inhabilitación especial para cargo o empleo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de uno a cuatro años. Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis una persona jurídica sea responsable de los delitos recogidos en este Capítulo, se le impondrá la pena de multa de seis meses a dos años. Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33. - Artículo 431 Verify source ↗
Artículo 431
AI-assisted research summary: For this chapter, “public officials” means the persons defined in articles 24 and 427.
Artículo 431. A los efectos de este capítulo se entenderán funcionarios públicos los determinados por los artículos 24 y 427. - Artículo 432 Verify source ↗
Artículo 432
AI-assisted research summary: Public officials or authorities who misappropriate public property for profit face prison and disqualification penalties.
Artículo 432. 1. La autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro, se apropiare o consintiere que un tercero, con igual ánimo, se apropie del patrimonio público que tenga a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas, será castigado con una pena de prisión de dos a seis años, inhabilitación especial para cargo o empleo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis a diez años. 2. Se impondrán las penas de prisión de cuatro a ocho años e inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años si en los hechos que se refieren en el apartado anterior hubiere concurrido alguna de las circunstancias siguientes: a) se hubiera causado un daño o entorpecimiento graves al servicio público, b) el valor del perjuicio causado o del patrimonio público apropiado excediere de 50.000 euros, c) las cosas malversadas fueran de valor artístico, histórico, cultural o científico; o si se tratare de efectos destinados a aliviar alguna calamidad pública. Si el valor del perjuicio causado o del patrimonio público apropiado excediere de 250.000 euros, se impondrá la pena de prisión en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la superior en grado. 3. Los hechos a que se refiere el presente artículo serán castigados con una pena de prisión de uno a dos años y multa de tres meses y un día a doce meses, y en todo caso inhabilitación especial para cargo o empleo público y derecho de sufragio pasivo por tiempo de uno a cinco años, cuando el perjuicio causado o el valor del patrimonio público sea inferior a 4.000 euros. Téngase en cuenta que esta última actualización establecida por el art. 1.14 de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21800#ap , entra en vigor el 12 de enero de 2023, según determina su disposición final 6. Redacción anterior: " Artículo 432. 1. La autoridad o funcionario público que cometiere el delito del artículo 252 sobre el patrimonio público, será castigado con una pena de prisión de dos a seis años, inhabilitación especial para cargo o empleo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis a diez años. 2. Se impondrá la misma pena a la autoridad o funcionario público que cometiere el delito del artículo 253 sobre el patrimonio público. 3. Se impondrán las penas de prisión de cuatro a ocho años e inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años si en los hechos a que se refieren los dos números anteriores hubiere concurrido alguna de las circunstancias siguientes: a) se hubiera causado un grave daño o entorpecimiento al servicio público, o b) el valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados excediere de 50.000 euros. Si el valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados excediere de 250.000 euros, se impondrá la pena en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la superior en grado." - Artículo 433 Verify source ↗
Artículo 433
AI-assisted research summary: A public authority or official who misapplies public assets they administer to a different public use may face prison, disqualification, and possibly a fine.
Artículo 433. La autoridad o funcionario público que, sin estar comprendido en los artículos anteriores, diere al patrimonio público que administrare una aplicación pública diferente de aquélla a la que estuviere destinado, incurrirá en las penas de prisión de uno a cuatro años e inhabilitación especial de empleo o cargo público de dos a seis años, si resultare daño o entorpecimiento graves del servicio al que estuviere consignado, y de inhabilitación de empleo o cargo público de uno a tres años y multa de tres a doce meses, si no resultare. Téngase en cuenta que esta última actualización establecida por el art. 1.16 de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21800#ap , entra en vigor el 12 de enero de 2023, según determina su disposición final 6. Redacción anterior: " Artículo 433. Los hechos a que se refiere el artículo anterior serán castigados con una pena de prisión de uno a dos años y multa de tres meses y un día a doce meses, y en todo caso inhabilitación especial para cargo o empleo público y derecho de sufragio pasivo por tiempo de uno a cinco años, cuando el perjuicio causado o el valor de los bienes o valores apropiados sea inferior a 4.000 euros." - Artículo 433 bis Verify source ↗
Artículo 433 bis
AI-assisted research summary: Public officials who falsify accounting or related economic documents, or give third parties false economic information, can be punished; if economic damage is actually caused, the penalties are more severe.
Artículo 433 bis. 1. La autoridad o funcionario público que, de forma idónea para causar un perjuicio económico a la entidad pública de la que dependa, y fuera de los supuestos previstos en el artículo 390, falseare su contabilidad, los documentos que deban reflejar su situación económica o la información contenida en los mismos, será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a diez años y multa de doce a veinticuatro meses. 2. Con las mismas penas se castigará a la autoridad o funcionario público, que de forma idónea para causar un perjuicio económico a la entidad pública de la que dependa, facilite a terceros información mendaz relativa a la situación económica de la misma o alguno de los documentos o informaciones a que se refiere el apartado anterior. 3. Si se llegare a causar el perjuicio económico a la entidad, se impondrán las penas de prisión de uno a cuatro años, inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a diez años y multa de doce a veinticuatro meses. - Artículo 434 Verify source ↗
Artículo 434
AI-assisted research summary: If the offender repairs the public damage fully before the oral trial starts, or actively helps authorities obtain decisive evidence, judges and courts must impose a lower penalty by one or two degrees.
Artículo 434. Si el culpable de cualquiera de los hechos tipificados en este capítulo hubiere reparado de modo efectivo e íntegro el perjuicio causado al patrimonio público antes del inicio del juicio oral, o hubiera colaborado activa y eficazmente con las autoridades o sus agentes para obtener pruebas decisivas para la identificación o captura de otros responsables o para el completo esclarecimiento de los hechos delictivos, los jueces y tribunales impondrán al responsable de este delito la pena inferior en uno o dos grados. Téngase en cuenta que esta última actualización establecida por el art. 1.18 de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21800#ap , entra en vigor el 12 de enero de 2023, según determina su disposición final 6. Redacción anterior: " Artículo 434. Si el culpable de cualquiera de los hechos tipificados en este Capítulo hubiere reparado de modo efectivo e íntegro el perjuicio causado al patrimonio público, o hubiera colaborado activamente con las autoridades o sus agentes para obtener pruebas decisivas para la identificación o captura de otros responsables o para el completo esclarecimiento de los hechos delictivos, los jueces y tribunales impondrán al responsable de este delito la pena inferior en uno o dos grados." - Artículo 435 Verify source ↗
Artículo 435
AI-assisted research summary: This article extends the chapter’s rules to several kinds of custodians and administrators, and sets fines for liable legal persons.
Artículo 435. Las disposiciones de este capítulo son extensivas: 1.º A los que se hallen encargados por cualquier concepto de fondos, rentas o efectos de las Administraciones públicas. 2.º A los particulares legalmente designados como depositarios de caudales o efectos públicos. 3.º A los administradores o depositarios de dinero o bienes embargados, secuestrados o depositados por autoridad pública, aunque pertenezcan a particulares. 4.º A los administradores concursales, con relación a la masa concursal o los intereses económicos de los acreedores. En particular, se considerarán afectados los intereses de los acreedores cuando de manera dolosa se alterara el orden de pagos de los créditos establecido en la ley 5.º A las personas jurídicas que de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis sean responsables de los delitos recogidos en este Capítulo. En estos casos se impondrán las siguientes penas: a) Multa de dos a cinco años, o del triple al quíntuple del valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados cuando la cantidad resultante fuese más elevada, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de prisión de más de cinco años. b) Multa de uno a tres años, o del doble al cuádruple del valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados cuando la cantidad resultante fuese más elevada, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de más de dos años de privación de libertad no incluida en el anterior inciso. c) Multa de seis meses a dos años, o del doble al triple del valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados si la cantidad resultante fuese más elevada, en el resto de los casos. Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33. - Artículo 436 Verify source ↗
Artículo 436
AI-assisted research summary: Public officials who collude or use fraud to deceive a public entity face prison and disqualification penalties; the private party who colludes faces the same prison term plus additional disqualification.
Artículo 436. La autoridad o funcionario público que, interviniendo por razón de su cargo en cualesquiera de los actos de las modalidades de contratación pública o en liquidaciones de efectos o haberes públicos, se concertara con los interesados o usase de cualquier otro artificio para defraudar a cualquier ente público, incurrirá en las penas de prisión de dos a seis años e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis a diez años. Al particular que se haya concertado con la autoridad o funcionario público se le impondrá la misma pena de prisión que a éstos, así como la de inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con entes, organismos o entidades que formen parte del sector público y para gozar de beneficios o incentivos fiscales y de la Seguridad Social por un tiempo de dos a siete años. - Artículo 437 Verify source ↗
Artículo 437
AI-assisted research summary: La autoridad o funcionario público no debe exigir, ni directa ni indirectamente, derechos, tarifas o minutas que no se deban o que superen lo legalmente fijado.
Artículo 437. La autoridad o funcionario público que exigiere, directa o indirectamente, derechos, tarifas por aranceles o minutas que no sean debidos o en cuantía mayor a la legalmente señalada, será castigado, sin perjuicio de los reintegros a que viniere obligado, con las penas de multa de seis a veinticuatro meses y de suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a cuatro años. - Artículo 438 Verify source ↗
Artículo 438
AI-assisted research summary: Si una autoridad o funcionario público abusa de su cargo y comete estafa o fraude de prestaciones de la Seguridad Social, se le imponen las penas previstas para esos delitos en su mitad superior, además de inhabilitación especial y privación del sufragio pasivo de 3 a 9 años, salvo que otra norma del Código prevea una pena más grave.
Artículo 438. La autoridad o funcionario público que, abusando de su cargo, cometiere algún delito de estafa o de fraude de prestaciones del Sistema de Seguridad Social del artículo 307 ter, incurrirá en las penas respectivamente señaladas a éstos, en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la superior en grado, e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de tres a nueve años, salvo que los hechos estén castigados con una pena más grave en algún otro precepto de este Código. - Artículo 439 Verify source ↗
Artículo 439
AI-assisted research summary: Una autoridad o funcionario público que intervenga por razón de su cargo no puede aprovechar esa situación para obtener o forzar participación en esos negocios; si lo hace, recibe prisión, multa e inhabilitación.
Artículo 439. La autoridad o funcionario público que, debiendo intervenir por razón de su cargo en cualquier clase de contrato, asunto, operación o actividad, se aproveche de tal circunstancia para forzar o facilitarse cualquier forma de participación, directa o por persona interpuesta, en tales negocios o actuaciones, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a dos años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de dos a siete años. - Artículo 44 Verify source ↗
Artículo 44
AI-assisted research summary: La inhabilitación especial para el sufragio pasivo impide al penado ser elegido para cargos públicos mientras dure la condena.
Artículo 44. La inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo priva al penado, durante el tiempo de la condena, del derecho a ser elegido para cargos públicos. - Artículo 440 Verify source ↗
Artículo 440
AI-assisted research summary: Ciertos peritos, árbitros, contadores partidores, tutores, curadores, albaceas y administradores concursales pueden ser castigados con multa e inhabilitación especial si actúan del modo previsto en el artículo anterior respecto de determinados bienes o derechos.
Artículo 440. Los peritos, árbitros y contadores partidores que se condujeren del modo previsto en el artículo anterior, respecto de los bienes o cosas en cuya tasación, partición o adjudicación hubieran intervenido, y los tutores, curadores o albaceas respecto de los pertenecientes a sus pupilos o testamentarías, y los administradores concursales respecto de los bienes y derechos integrados en la masa del concurso, serán castigados con la pena de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio, guarda, tutela o curatela, según los casos, por tiempo de tres a seis años, salvo que esta conducta esté sancionada con mayor pena en otro precepto de este Código. - Artículo 441 Verify source ↗
Artículo 441
AI-assisted research summary: Public authorities or officials must not do outside professional or advisory work for private entities or individuals in matters connected to their office, except where laws or regulations allow it.
Artículo 441. La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos admitidos en las leyes o reglamentos, realizare, por sí o por persona interpuesta, una actividad profesional o de asesoramiento permanente o accidental, bajo la dependencia o al servicio de entidades privadas o de particulares, en asunto en que deba intervenir o haya intervenido por razón de su cargo, o en los que se tramiten, informen o resuelvan en la oficina o centro directivo en que estuviere destinado o del que dependa, incurrirá en las penas de multa de seis a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de dos a cinco años. - Artículo 442 Verify source ↗
Artículo 442
AI-assisted research summary: Public authorities and officials must not use a secret or privileged information learned through their office to gain economic benefit; doing so can trigger fines, imprisonment, and special disqualification.
Artículo 442. La autoridad o funcionario público que haga uso de un secreto del que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo, o de una información privilegiada, con ánimo de obtener un beneficio económico para sí o para un tercero, incurrirá en las penas de multa del tanto al triplo del beneficio perseguido, obtenido o facilitado e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de dos a cuatro años. Si obtuviere el beneficio perseguido se impondrán las penas de prisión de uno a tres años, multa del tanto al séxtuplo del beneficio perseguido, obtenido o facilitado e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de cuatro a seis años. Si resultara grave daño para la causa pública o para tercero, la pena será de prisión de uno a seis años, e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a doce años. A los efectos de este artículo se entiende por información privilegiada toda información de carácter concreto que se tenga exclusivamente por razón del oficio o cargo público y que no haya sido notificada, publicada o divulgada. - Artículo 443 Verify source ↗
Artículo 443
AI-assisted research summary: Castiga a ciertos funcionarios o autoridades que soliciten sexualmente a personas vinculadas a asuntos pendientes o bajo su guarda, con prisión e inhabilitación.
Artículo 443. 1. Será castigado con la pena de prisión de uno a dos años e inhabilitación absoluta por tiempo de seis a 12 años, la autoridad o funcionario público que solicitare sexualmente a una persona que, para sí misma o para su cónyuge u otra persona con la que se halle ligado de forma estable por análoga relación de afectividad, ascendiente, descendiente, hermano, por naturaleza, por adopción, o afín en los mismos grados, tenga pretensiones pendientes de la resolución de aquel o acerca de las cuales deba evacuar informe o elevar consulta a su superior. 2. El funcionario de Instituciones Penitenciarias, de centros de protección o reforma de menores, centro de internamiento de personas extranjeras, o cualquier otro centro de detención, o custodia, incluso de estancia temporal, que solicitara sexualmente a una persona sujeta a su guarda, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años e inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años. 3. En las mismas penas incurrirán cuando la persona solicitada fuera ascendiente, descendiente, hermano, por naturaleza, por adopción, o afines en los mismos grados de persona que tuviere bajo su guarda. Incurrirá, asimismo, en estas penas cuando la persona solicitada sea cónyuge de persona que tenga bajo su guarda o se halle ligada a ésta de forma estable por análoga relación de afectividad. - Artículo 444 Verify source ↗
Artículo 444
AI-assisted research summary: The penalties in the previous article apply without affecting any penalties for sexual freedom offenses that were actually committed.
Artículo 444. Las penas previstas en el artículo anterior se impondrán sin perjuicio de las que correspondan por los delitos contra la libertad sexual efectivamente cometidos. - Artículo 445 Verify source ↗
Artículo 445
AI-assisted research summary: Provocation, conspiracy, or proposal to commit offences in this Title is punishable by a lower penalty by one or two degrees.
Artículo 445. La provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos previstos en este Título se castigará, respectivamente, con la pena inferior en uno o dos grados. - Artículo 445 bis Verify source ↗
Artículo 445 bis
AI-assisted research summary: This article is marked as suppressed.
Artículo 445 bis. (Suprimido) - Artículo 446 Verify source ↗
Artículo 446
AI-assisted research summary: A judge or magistrate who knowingly issues an unjust sentence or resolution is punished with imprisonment, fines, and disqualification, depending on the case.
Artículo 446. El juez o magistrado que, a sabiendas, dictare sentencia o resolución injusta será castigado: 1.º Con la pena de prisión de uno a cuatro años si se trata de sentencia injusta contra el reo en causa criminal por delito grave o menos grave y la sentencia no hubiera llegado a ejecutarse, y con la misma pena en su mitad superior y multa de doce a veinticuatro meses si se ha ejecutado. En ambos casos se impondrá, además, la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años. 2.º Con la pena de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años, si se tratara de una sentencia injusta contra el reo dictada en proceso por delito leve. 3.º Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez a veinte años, cuando dictara cualquier otra sentencia o resolución injustas. - Artículo 447 Verify source ↗
Artículo 447
AI-assisted research summary: A judge or magistrate who, through gross negligence or inexcusable ignorance, issues a manifestly unjust sentence or ruling can be disqualified from public employment or office for 2 to 6 years.
Artículo 447. El Juez o Magistrado que por imprudencia grave o ignorancia inexcusable dictara sentencia o resolución manifiestamente injusta incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a seis años. - Artículo 448 Verify source ↗
Artículo 448
AI-assisted research summary: A judge or magistrate who refuses to judge without legal cause, or by claiming legal obscurity, insufficiency, or silence, is punishable.
Artículo 448. El Juez o Magistrado que se negase a juzgar, sin alegar causa legal, o so pretexto de oscuridad, insuficiencia o silencio de la Ley, será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a cuatro años. - Artículo 449 Verify source ↗
Artículo 449
AI-assisted research summary: This article penalizes judges, magistrates, and judicial secretaries for malicious delay in the administration of justice, and applies a reduced penalty when the delay is attributable to another official.
Artículo 449. 1. En la misma pena señalada en el artículo anterior incurrirá el Juez, Magistrado o Secretario Judicial culpable de retardo malicioso en la Administración de Justicia. Se entenderá por malicioso el retardo provocado para conseguir cualquier finalidad ilegítima. 2. Cuando el retardo sea imputable a funcionario distinto de los mencionados en el apartado anterior, se le impondrá la pena indicada, en su mitad inferior. - Artículo 45 Verify source ↗
Artículo 45
AI-assisted research summary: La inhabilitación especial impide a la persona condenada ejercer las actividades o derechos afectados durante la condena, y el juez puede limitarla a ciertas funciones.
Artículo 45. La inhabilitación especial para profesión, oficio, industria o comercio u otras actividades, sean o no retribuidas, o cualquier otro derecho, que ha de concretarse expresa y motivadamente en la sentencia, priva a la persona penada de la facultad de ejercerlos durante el tiempo de la condena. La autoridad judicial podrá restringir la inhabilitación a determinadas actividades o funciones de la profesión u oficio, retribuido o no, permitiendo, si ello fuera posible, el ejercicio de aquellas funciones no directamente relacionadas con el delito cometido. - Artículo 450 Verify source ↗
Artículo 450
AI-assisted research summary: Quien pueda intervenir sin riesgo y no impida ciertos delitos contra la vida, integridad, salud, libertad o libertad sexual, o no avise a la autoridad, puede ser castigado con prisión o multa.
Artículo 450. 1. El que, pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no impidiere la comisión de un delito que afecte a las personas en su vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si el delito fuera contra la vida, y la de multa de seis a veinticuatro meses en los demás casos, salvo que al delito no impedido le correspondiera igual o menor pena, en cuyo caso se impondrá la pena inferior en grado a la de aquél. 2. En las mismas penas incurrirá quien, pudiendo hacerlo, no acuda a la autoridad o a sus agentes para que impidan un delito de los previstos en el apartado anterior y de cuya próxima o actual comisión tenga noticia. - Artículo 451 Verify source ↗
Artículo 451
AI-assisted research summary: A person who knowingly helps conceal or benefit from a crime after it has been committed can be punished with prison, and in some cases additional disqualification from public office.
Artículo 451. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años el que, con conocimiento de la comisión de un delito y sin haber intervenido en el mismo como autor o cómplice, interviniere con posterioridad a su ejecución, de alguno de los modos siguientes: 1.º Auxiliando a los autores o cómplices para que se beneficien del provecho, producto o precio del delito, sin ánimo de lucro propio. 2.º Ocultando, alterando o inutilizando el cuerpo, los efectos o los instrumentos de un delito, para impedir su descubrimiento. 3.º Ayudando a los presuntos responsables de un delito a eludir la investigación de la autoridad o de sus agentes, o a sustraerse a su busca o captura, siempre que concurra alguna de las circunstancias siguientes: a) Que el hecho encubierto sea constitutivo de traición, homicidio del Rey o de la Reina o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, de la Reina consorte o del consorte de la Reina, del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe o de la Princesa de Asturias, genocidio, delito de lesa humanidad, delito contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, rebelión, terrorismo, homicidio, piratería, trata de seres humanos o tráfico ilegal de órganos. b) Que el favorecedor haya obrado con abuso de funciones públicas. En este caso se impondrá, además de la pena de privación de libertad, la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a cuatro años si el delito encubierto fuere menos grave, y la de inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años si aquél fuera grave. - Artículo 452 Verify source ↗
Artículo 452
AI-assisted research summary: Imprisonment may not exceed the penalty for the concealed offence; otherwise it is replaced by a fine of 6 to 24 months, unless the concealed offence carries an equal or lower penalty.
Artículo 452. En ningún caso podrá imponerse pena privativa de libertad que exceda de la señalada al delito encubierto. Si éste estuviera castigado con pena de otra naturaleza, la pena privativa de libertad será sustituida por la de multa de seis a veinticuatro meses, salvo que el delito encubierto tenga asignada pena igual o inferior a ésta, en cuyo caso se impondrá al culpable la pena de aquel delito en su mitad inferior. - Artículo 453 Verify source ↗
Artículo 453
AI-assisted research summary: This chapter still applies even if the person who committed the concealed act is not responsible or is personally exempt from punishment.
Artículo 453. Las disposiciones de este capítulo se aplicarán aun cuando el autor del hecho encubierto sea irresponsable o esté personalmente exento de pena. - Artículo 454 Verify source ↗
Artículo 454
AI-assisted research summary: Certain relatives of an encubridor are exempt from the penalties imposed on encubridores, except for encubridores covered by article 451(1).
Artículo 454. Están exentos de las penas impuestas a los encubridores los que lo sean de su cónyuge o de persona a quien se hallen ligados de forma estable por análoga relación de afectividad, de sus ascendientes, descendientes, hermanos, por naturaleza, por adopción, o afines en los mismos grados, con la sola excepción de los encubridores que se hallen comprendidos en el supuesto del número 1.º del artículo 451. - Artículo 455 Verify source ↗
Artículo 455
AI-assisted research summary: Using violence, intimidation, or force in things to enforce one’s own right outside legal channels is punishable by a fine.
Artículo 455. 1. El que, para realizar un derecho propio, actuando fuera de las vías legales, empleare violencia, intimidación o fuerza en las cosas, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses. 2. Se impondrá la pena superior en grado si para la intimidación o violencia se hiciera uso de armas u objetos peligrosos. - Artículo 456 Verify source ↗
Artículo 456
AI-assisted research summary: Knowingly false or recklessly false accusations of facts that would be a crime can trigger criminal penalties, and proceedings against the complainant or accuser are limited until a final dismissal or equivalent order.
Artículo 456. 1. Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados: 1.º Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave. 2.º Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave. 3.º Con la pena de multa de tres a seis meses, si se imputara un delito leve. 2. No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada. Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido. - Artículo 457 Verify source ↗
Artículo 457
AI-assisted research summary: Quien, ante ciertos funcionarios, finge ser responsable o víctima de un delito, o denuncia uno inexistente y provoca actuaciones procesales, puede ser castigado con una multa.
Artículo 457. El que, ante alguno de los funcionarios señalados en el artículo anterior, simulare ser responsable o víctima de una infracción penal o denunciare una inexistente, provocando actuaciones procesales, será castigado con la multa de seis a doce meses. - Artículo 458 Verify source ↗
Artículo 458
AI-assisted research summary: A witness who gives false testimony in a judicial case can be punished with prison and a fine.
Artículo 458. 1. El testigo que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses. 2. Si el falso testimonio se diera en contra del reo en causa criminal por delito, las penas serán de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses. Si a consecuencia del testimonio hubiera recaído sentencia condenatoria, se impondrán las penas superiores en grado. 3. Las mismas penas se impondrán si el falso testimonio tuviera lugar ante Tribunales Internacionales que, en virtud de Tratados debidamente ratificados conforme a la Constitución Española, ejerzan competencias derivadas de ella, o se realizara en España al declarar en virtud de comisión rogatoria remitida por un Tribunal extranjero. - Artículo 459 Verify source ↗
Artículo 459
AI-assisted research summary: Experts or interpreters who maliciously tell the truth in their opinion or translation are punished more severely and also face special disqualification from profession, office, public employment, or public post for six to twelve years.
Artículo 459. Las penas de los artículos precedentes se impondrán en su mitad superior a los peritos o intérpretes que faltaren a la verdad maliciosamente en su dictamen o traducción, los cuales serán, además, castigados con la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio, empleo o cargo público, por tiempo de seis a doce años. - Artículo 46 Verify source ↗
Artículo 46
AI-assisted research summary: La persona condenada puede quedar privada de la patria potestad y de cargos como tutela, curatela, guarda o acogimiento; la autoridad judicial decide cuándo se aplica a menores o personas con discapacidad a su cargo.
Artículo 46. La inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento, priva a la persona condenada de los derechos inherentes a la primera, y supone la extinción de las demás, así como la incapacidad para obtener nombramiento para dichos cargos durante el tiempo de la condena. La pena de privación de la patria potestad implica la pérdida de la titularidad de la misma, subsistiendo aquellos derechos de los que sea titular el hijo o la hija respecto de la persona condenada que se determinen judicialmente. La autoridad judicial podrá acordar estas penas respecto de todas o algunas de las personas menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que estén a cargo de la persona condenada. Para concretar qué derechos de las personas menores de edad o personas con discapacidad han de subsistir en caso de privación de la patria potestad y para determinar respecto de qué personas se acuerda la pena, la autoridad judicial valorará el interés superior de la persona menor de edad o con discapacidad, en relación a las circunstancias del caso concreto. A los efectos de este artículo, la patria potestad comprende tanto la regulada en el Código Civil, incluida la prorrogada y la rehabilitada, como las instituciones análogas previstas en la legislación civil de las comunidades autónomas. - Artículo 460 Verify source ↗
Artículo 460
AI-assisted research summary: A witness, expert, or interpreter who distorts the truth by omissions, inaccuracies, or leaving out relevant known facts may be fined, and sometimes suspended from public office, profession, or trade.
Artículo 460. Cuando el testigo, perito o intérprete, sin faltar sustancialmente a la verdad, la alterare con reticencias, inexactitudes o silenciando hechos o datos relevantes que le fueran conocidos, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses y, en su caso, de suspensión de empleo o cargo público, profesión u oficio, de seis meses a tres años. - Artículo 461 Verify source ↗
Artículo 461
AI-assisted research summary: Knowingly presenting false witnesses, experts, or interpreters is punishable, and lawyers, solicitors, social graduates, or public prosecutors acting professionally face a heavier penalty plus special disqualification.
Artículo 461. 1. El que presentare a sabiendas testigos falsos o peritos o intérpretes mendaces, será castigado con las mismas penas que para ellos se establecen en los artículos anteriores. 2. Si el responsable de este delito fuese abogado, procurador, graduado social o representante del Ministerio Fiscal, en actuación profesional o ejercicio de su función, se impondrá en cada caso la pena en su mitad superior y la de inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio, por tiempo de dos a cuatro años. - Artículo 462 Verify source ↗
Artículo 462
AI-assisted research summary: A person who gave false testimony in a criminal case is exempt from punishment if they retract in time and tell the truth before judgment is issued.
Artículo 462. Quedará exento de pena el que, habiendo prestado un falso testimonio en causa criminal, se retracte en tiempo y forma, manifestando la verdad para que surta efecto antes de que se dicte sentencia en el proceso de que se trate. Si a consecuencia del falso testimonio, se hubiese producido la privación de libertad, se impondrán las penas correspondientes inferiores en grado. - Artículo 463 Verify source ↗
Artículo 463
AI-assisted research summary: A person properly summoned who knowingly fails to appear without just cause in a criminal trial, causing the oral hearing to be suspended, can be punished with prison or a fine.
Artículo 463. 1. El que, citado en legal forma, dejare voluntariamente de comparecer, sin justa causa, ante un juzgado o tribunal en proceso criminal con reo en prisión provisional, provocando la suspensión del juicio oral, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 24 meses. En la pena de multa de seis a 10 meses incurrirá el que, habiendo sido advertido, lo hiciera por segunda vez en causa criminal sin reo en prisión, haya provocado o no la suspensión. 2. Si el responsable de este delito fuese abogado, procurador o representante del Ministerio Fiscal, en actuación profesional o ejercicio de su función, se le impondrá la pena en su mitad superior y la de inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio, por tiempo de dos a cuatro años. 3. Si la suspensión tuviera lugar, en el caso del apartado 1 de este artículo, como consecuencia de la incomparecencia del juez o miembro del tribunal o de quien ejerza las funciones de secretario judicial, se impondrá la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 24 meses y, en cualquier caso, inhabilitación especial por tiempo de dos a cuatro años. - Artículo 464 Verify source ↗
Artículo 464
AI-assisted research summary: It is an offence to use violence or intimidation to try to influence certain people in a proceeding, and also to retaliate against them for their conduct in court.
Artículo 464. 1. El que con violencia o intimidación intentare influir directa o indirectamente en quien sea denunciante, parte o imputado, abogado, procurador, perito, intérprete o testigo en un procedimiento para que modifique su actuación procesal, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a veinticuatro meses. Si el autor del hecho alcanzara su objetivo se impondrá la pena en su mitad superior. 2. Iguales penas se impondrán a quien realizare cualquier acto atentatorio contra la vida, integridad, libertad, libertad sexual o bienes, como represalia contra las personas citadas en el apartado anterior, por su actuación en procedimiento judicial, sin perjuicio de la pena correspondiente a la infracción de que tales hechos sean constitutivos. - Artículo 465 Verify source ↗
Artículo 465
AI-assisted research summary: A lawyer or procurator who abuses their role to destroy, make unusable, or hide received documents or proceedings can be punished; a private individual doing the same faces a smaller fine.
Artículo 465. 1. El que, interviniendo en un proceso como abogado o procurador, con abuso de su función, destruyere, inutilizare u ocultare documentos o actuaciones de los que haya recibido traslado en aquella calidad, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años, multa de siete a doce meses e inhabilitación especial para su profesión, empleo o cargo público de tres a seis años. 2. Si los hechos descritos en el apartado primero de este artículo fueran realizados por un particular, la pena será de multa de tres a seis meses. - Artículo 466 Verify source ↗
Artículo 466
AI-assisted research summary: Lawyers, procurators, and certain justice officials are punished if they reveal secret procedural acts; other participating private persons are also punished, but with a lighter penalty.
Artículo 466. 1. El abogado o procurador que revelare actuaciones procesales declaradas secretas por la autoridad judicial, será castigado con las penas de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo, cargo público, profesión u oficio de uno a cuatro años. 2. Si la revelación de las actuaciones declaradas secretas fuese realizada por el Juez o miembro del Tribunal, representante del Ministerio Fiscal, Secretario Judicial o cualquier funcionario al servicio de la Administración de Justicia, se le impondrán las penas previstas en el artículo 417 en su mitad superior. 3. Si la conducta descrita en el apartado primero fuere realizada por cualquier otro particular que intervenga en el proceso, la pena se impondrá en su mitad inferior. - Artículo 467 Verify source ↗
Artículo 467
AI-assisted research summary: Abogados y procuradores can be punished if they represent conflicting interests without consent or seriously harm interests entrusted to them.
Artículo 467. 1. El abogado o procurador que, habiendo asesorado o tomado la defensa o representación de alguna persona, sin el consentimiento de ésta defienda o represente en el mismo asunto a quien tenga intereses contrarios, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para su profesión de dos a cuatro años. 2. El abogado o procurador que, por acción u omisión, perjudique de forma manifiesta los intereses que le fueren encomendados será castigado con las penas de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo, cargo público, profesión u oficio de uno a cuatro años. Si los hechos fueran realizados por imprudencia grave, se impondrán las penas de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para su profesión de seis meses a dos años. - Artículo 468 Verify source ↗
Artículo 468
AI-assisted research summary: Whoever breaches certain sentences, custody or security measures, or interferes with monitoring devices, may be punished with imprisonment or a fine.
Artículo 468. 1. Los que quebrantaren su condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año si estuvieran privados de libertad, y con la pena de multa de doce a veinticuatro meses en los demás casos. 2. Se impondrá en todo caso la pena de prisión de seis meses a un año a los que quebrantaren una pena de las contempladas en el artículo 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza impuesta en procesos criminales en los que el ofendido sea alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2, así como a aquellos que quebrantaren la medida de libertad vigilada. 3. Los que inutilicen o perturben el funcionamiento normal de los dispositivos técnicos que hubieran sido dispuestos para controlar el cumplimiento de penas, medidas de seguridad o medidas cautelares, no los lleven consigo u omitan las medidas exigibles para mantener su correcto estado de funcionamiento, serán castigados con una pena de multa de seis a doce meses. - Artículo 469 Verify source ↗
Artículo 469
AI-assisted research summary: People who are sentenced or imprisoned and escape custody using violence, intimidation, force, or by joining a riot are punishable by prison.
Artículo 469. Los sentenciados o presos que se fugaren del lugar en que estén recluidos, haciendo uso de violencia o intimidación en las personas o fuerza en las cosas o tomando parte en motín, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a cuatro años. - Artículo 47 Verify source ↗
Artículo 47
AI-assisted research summary: A convicted person is disabled from driving and from possessing/carrying weapons for the period set in the sentence.
Artículo 47. La imposición de la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores inhabilitará al penado para el ejercicio de ambos derechos durante el tiempo fijado en la sentencia. La imposición de la pena de privación del derecho a la tenencia y porte de armas inhabilitará al penado para el ejercicio de este derecho por el tiempo fijado en la sentencia. Cuando la pena impuesta lo fuere por un tiempo superior a dos años comportará la pérdida de vigencia del permiso o licencia que habilite para la conducción o la tenencia y porte, respectivamente. - Artículo 470 Verify source ↗
Artículo 470
AI-assisted research summary: A private person who helps a condemned person, prisoner, or detainee escape is punishable by prison and/or a fine; harsher prison applies if violence, intimidation, force, or bribery is used.
Artículo 470. 1. El particular que proporcionare la evasión a un condenado, preso o detenido, bien del lugar en que esté recluido, bien durante su conducción, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año y multa de doce a veinticuatro meses. 2. Si se empleara al efecto violencia o intimidación en las personas, fuerza en las cosas o soborno, la pena será de prisión de seis meses a cuatro años. 3. Si se tratara de alguna de las personas citadas en el artículo 454, se les castigará con la pena de multa de tres a seis meses, pudiendo en este caso el Juez o Tribunal imponer tan sólo las penas correspondientes a los daños causados o a las amenazas o violencias ejercidas. - Artículo 471 Verify source ↗
Artículo 471
AI-assisted research summary: A public official in charge of escorting or guarding a convicted person, prisoner, or detainee faces an aggravated penalty if the person escapes.
Artículo 471. Se impondrá la pena superior en grado, en sus respectivos casos, si el culpable fuera un funcionario público encargado de la conducción o custodia de un condenado, preso o detenido. El funcionario será castigado, además, con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis a diez años si el fugitivo estuviera condenado por sentencia ejecutoria, y con la inhabilitación especial para empleo o cargo público de tres a seis años en los demás casos. - Artículo 471 bis Verify source ↗
Artículo 471 bis
AI-assisted research summary: Este artículo castiga varias conductas relacionadas con mentir, presentar o alterar pruebas, obstaculizar testigos o funcionarios, y pedir o aceptar sobornos ante la Corte Penal Internacional.
Artículo 471 bis. 1. El testigo que, intencionadamente, faltare a la verdad en su testimonio ante la Corte Penal Internacional, estando obligado a decir verdad conforme a las normas estatutarias y reglas de procedimiento y prueba de dicha Corte, será castigado con prisión de seis meses a dos años. Si el falso testimonio se diera en contra del acusado, la pena será de prisión de dos a cuatro años. Si a consecuencia del testimonio se dictara un fallo condenatorio, se impondrá pena de prisión de cuatro a cinco años. 2. El que presentare pruebas ante la Corte Penal Internacional a sabiendas de que son falsas o han sido falsificadas será castigado con las penas señaladas en el apartado anterior de este artículo. 3. El que intencionadamente destruya o altere pruebas, o interfiera en las diligencias de prueba ante la Corte Penal Internacional será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de siete a 12 meses. 4. El que corrompiera a un testigo, obstruyera su comparecencia o testimonio ante la Corte Penal Internacional o interfiriera en ellos será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a 24 meses. 5. Será castigado con prisión de uno a cuatro años y multa de seis a 24 meses quien pusiera trabas a un funcionario de la Corte, lo corrompiera o intimidara, para obligarlo o inducirlo a que no cumpla sus funciones o a que lo haga de manera indebida. 6. El que tomara represalias contra un funcionario de la Corte Penal Internacional en razón de funciones que haya desempeñado él u otro funcionario será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a 24 meses. En la misma pena incurrirá quien tome represalias contra un testigo por su declaración ante la Corte. 7. El que solicitara o aceptara un soborno en calidad de funcionario de la Corte y en relación con sus funciones oficiales incurrirá en la pena de prisión de dos a cinco años y multa del tanto al triplo del valor de la dádiva solicitada o aceptada. - Artículo 472 Verify source ↗
Artículo 472
AI-assisted research summary: Se considera rebelión al levantamiento violento y público para los fines descritos en el artículo.
Artículo 472. Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes: 1.º Derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución. 2.º Destituir o despojar en todo o en parte de sus prerrogativas y facultades al Rey o a la Reina, al Regente o miembros de la Regencia, u obligarles a ejecutar un acto contrario a su voluntad. 3.º Impedir la libre celebración de elecciones para cargos públicos. 4.º Disolver las Cortes Generales, el Congreso de los Diputados, el Senado o cualquier Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, impedir que se reúnan, deliberen o resuelvan, arrancarles alguna resolución o sustraerles alguna de sus atribuciones o competencias. 5.º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional. 6.º Sustituir por otro el Gobierno de la Nación o el Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o usar o ejercer por sí o despojar al Gobierno o Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o a cualquiera de sus miembros de sus facultades, o impedirles o coartarles su libre ejercicio, u obligar a cualquiera de ellos a ejecutar actos contrarios a su voluntad. 7.º Sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del Gobierno. - Artículo 473 Verify source ↗
Artículo 473
AI-assisted research summary: People involved in rebellion face prison and disqualification, with harsher penalties if weapons are used or serious harm occurs.
Artículo 473. 1. Los que, induciendo a los rebeldes, hayan promovido o sostengan la rebelión, y los jefes principales de ésta, serán castigados con la pena de prisión de quince a veinticinco años e inhabilitación absoluta por el mismo tiempo; los que ejerzan un mando subalterno, con la de prisión de diez a quince años e inhabilitación absoluta de diez a quince años, y los meros participantes, con la de prisión de cinco a diez años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años. 2. Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas, exigido contribuciones o distraído los caudales públicos de su legítima inversión, las penas de prisión serán, respectivamente, de veinticinco a treinta años para los primeros, de quince a veinticinco años para los segundos y de diez a quince años para los últimos. - Artículo 474 Verify source ↗
Artículo 474
AI-assisted research summary: If a rebellion has no known leaders, the people who actually direct it, speak for it, sign documents in its name, or do similar representative acts are treated as leaders.
Artículo 474. Cuando la rebelión no haya llegado a organizarse con jefes conocidos, se reputarán como tales los que de hecho dirijan a los demás, o lleven la voz por ellos, o firmen escritos expedidos a su nombre, o ejerzan otros actos semejantes de dirección o representación. - Artículo 475 Verify source ↗
Artículo 475
AI-assisted research summary: Whoever recruits or gathers troops or other armed force to commit rebellion is punished as a rebel with prison and absolute disqualification.
Artículo 475. Serán castigados como rebeldes con la pena de prisión de cinco a diez años e inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años los que sedujeren o allegaren tropas o cualquier otra clase de fuerza armada para cometer el delito de rebelión. Si llegara a tener efecto la rebelión, se reputarán promotores y sufrirán la pena señalada en el artículo 473. - Artículo 476 Verify source ↗
Artículo 476
AI-assisted research summary: A military member who fails to use available means to stop a rebellion, or who does not immediately report a known planned rebellion, can be punished with prison and absolute disqualification.
Artículo 476. 1. El militar que no empleare los medios a su alcance para contener la rebelión en las fuerzas de su mando, será castigado con las penas de prisión de dos a cinco años e inhabilitación absoluta de seis a diez años. 2. Será castigado con las mismas penas previstas en el apartado anterior en su mitad inferior el militar que, teniendo conocimiento de que se trata de cometer un delito de rebelión, no lo denuncie inmediatamente a sus superiores o a las autoridades o funcionarios que, por razón de su cargo, tengan la obligación de perseguir el delito. - Artículo 477 Verify source ↗
Artículo 477
AI-assisted research summary: Provocation, conspiracy, or proposition to commit rebellion are punishable with prison reduced by one or two degrees, plus the disqualification mentioned in earlier articles.
Artículo 477. La provocación, la conspiración y la proposición para cometer rebelión serán castigadas, además de con la inhabilitación prevista en los artículos anteriores, con la pena de prisión inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente. - Artículo 478 Verify source ↗
Artículo 478
AI-assisted research summary: If an offender is an authority, the usual disqualification penalty is replaced by absolute disqualification for 15 to 20 years, unless that circumstance is already specifically included in the offence definition.
Artículo 478. En el caso de hallarse constituido en autoridad el que cometa cualquiera de los delitos previstos en este capítulo, la pena de inhabilitación que estuviese prevista en cada caso se sustituirá por la inhabilitación absoluta por tiempo de quince a veinte años, salvo que tal circunstancia se halle específicamente contemplada en el tipo penal de que se trate. - Artículo 479 Verify source ↗
Artículo 479
AI-assisted research summary: If rebellion appears, the governmental authority must order the rebels to immediately disband and withdraw.
Artículo 479. Luego que se manifieste la rebelión, la autoridad gubernativa intimará a los sublevados a que inmediatamente se disuelvan y retiren. Si los sublevados no depusieran su actitud inmediatamente después de la intimación, la autoridad hará uso de la fuerza de que disponga para disolverlos. No será necesaria la intimación desde el momento en que los rebeldes rompan el fuego. - Artículo 48 Verify source ↗
Artículo 48
AI-assisted research summary: El artículo limita al penado el derecho a residir, acercarse o comunicarse con la víctima y otras personas fijadas por el juez o tribunal; además, el juez puede ordenar control electrónico.
Artículo 48. 1. La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos impide al penado residir o acudir al lugar en que haya cometido el delito, o a aquel en que resida la víctima o su familia, si fueren distintos. En los casos en que exista declarada una discapacidad intelectual o una discapacidad que tenga su origen en un trastorno mental, se estudiará el caso concreto a fin de resolver teniendo presentes los bienes jurídicos a proteger y el interés superior de la persona con discapacidad que, en su caso, habrá de contar con los medios de acompañamiento y apoyo precisos para el cumplimiento de la medida. 2. La prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, impide al penado acercarse a ellos, en cualquier lugar donde se encuentren, así como acercarse a su domicilio, a sus lugares de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ellos, quedando en suspenso, respecto de los hijos, el régimen de visitas, comunicación y estancia que, en su caso, se hubiere reconocido en sentencia civil hasta el total cumplimiento de esta pena. 3. La prohibición de comunicarse con la víctima, o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, impide al penado establecer con ellas, por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual. 4. El juez o tribunal podrá acordar que el control de estas medidas se realice a través de aquellos medios electrónicos que lo permitan. - Artículo 480 Verify source ↗
Artículo 480
AI-assisted research summary: Quien esté implicado en una rebelión queda exento de pena si la revela a tiempo para evitar sus consecuencias; a los meros ejecutores o rebeldes que se sometan o se disuelvan en las condiciones indicadas se les aplica una pena de prisión inferior en grado.
Artículo 480. 1. Quedará exento de pena el que, implicado en un delito de rebelión, lo revelare a tiempo de poder evitar sus consecuencias. 2. A los meros ejecutores que depongan las armas antes de haber hecho uso de ellas, sometiéndose a las autoridades legítimas, se les aplicará la pena de prisión inferior en grado. La misma pena se impondrá si los rebeldes se disolvieran o sometieran a la autoridad legítima antes de la intimación o a consecuencia de ella. - Artículo 481 Verify source ↗
Artículo 481
AI-assisted research summary: Los delitos particulares cometidos en una rebelión, o con motivo de ella, se castigan conforme a las disposiciones del Código.
Artículo 481. Los delitos particulares cometidos en una rebelión o con motivo de ella serán castigados, respectivamente, según las disposiciones de este Código. - Artículo 482 Verify source ↗
Artículo 482
AI-assisted research summary: Las autoridades que no hayan resistido la rebelión serán castigadas con inhabilitación absoluta de doce a veinte años.
Artículo 482. Las autoridades que no hayan resistido la rebelión, serán castigadas con la pena de inhabilitación absoluta de doce a veinte años. - Artículo 483 Verify source ↗
Artículo 483
AI-assisted research summary: Public officials who keep serving under insurgents, or leave office without their resignation being accepted when rebellion is imminent, are subject to special disqualification from public office for 6 to 12 years.
Artículo 483. Los funcionarios que continúen desempeñando sus cargos bajo el mando de los alzados o que, sin habérseles admitido la renuncia de su empleo, lo abandonen cuando haya peligro de rebelión, incurrirán en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis a doce años. - Artículo 484 Verify source ↗
Artículo 484
AI-assisted research summary: People who accept employment from the rebels are punished with absolute disqualification for 6 to 12 years.
Artículo 484. Los que aceptaren empleo de los rebeldes, serán castigados con la pena de inhabilitación absoluta de seis a doce años. - Artículo 485 Verify source ↗
Artículo 485
AI-assisted research summary: Killing the King, Queen, Prince or Princess of Asturias is punishable by permanent reviewable imprisonment; killing certain royal relatives or the Regent is punishable by 20 to 25 years, or 25 to 30 years if two or more aggravating circumstances apply.
Artículo 485. 1. El que matare al Rey o a la Reina o al Príncipe o a la Princesa de Asturias será castigado con la pena de prisión permanente revisable. 2. El que matare a cualquiera de los ascendientes o descendientes del Rey o de la Reina, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, será castigado con la pena de prisión de veinte a veinticinco años, salvo que los hechos estuvieran castigados con una pena más grave en algún otro precepto de este Código. Si concurrieran en el delito dos o más circunstancias agravantes, se impondrá la pena de prisión de veinticinco a treinta años. 3. En el caso de tentativa de estos delitos podrá imponerse la pena inferior en un grado. - Artículo 486 Verify source ↗
Artículo 486
AI-assisted research summary: Harming certain royal and regency figures is punishable by prison terms, with the term depending on the type of injury.
Artículo 486. 1. El que causare al Rey, a la Reina o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe o a la Princesa de Asturias, lesiones de las previstas en el artículo 149, será castigado con la pena de prisión de quince a veinte años. Si se tratara de alguna de las lesiones previstas en el artículo 150, se castigará con la pena de prisión de ocho a quince años. 2. El que les causare cualquier otra lesión, será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años. - Artículo 487 Verify source ↗
Artículo 487
AI-assisted research summary: This article punishes anyone who deprives the King, Queen, certain close relatives, the Queen consort or consort of the Queen, the Regent, a member of the Regency, or the Prince or Princess of Asturias of personal liberty, with imprisonment of 15 to 20 years.
Artículo 487. Será castigado con la pena de prisión de quince a veinte años el que privare al Rey, a la Reina o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe o a la Princesa de Asturias, de su libertad personal, salvo que los hechos estén castigados con mayor pena en otros preceptos de este Código. - Artículo 488 Verify source ↗
Artículo 488
AI-assisted research summary: Provocation, conspiracy, or proposal for the offences in the preceding articles is punishable with a penalty one or two degrees lower than the penalty otherwise provided.
Artículo 488. La provocación, la conspiración y la proposición para los delitos previstos en los artículos anteriores se castigará con la pena inferior en uno o dos grados a las respectivamente previstas. - Artículo 489 Verify source ↗
Artículo 489
Artículo 489. El que con violencia o intimidación grave obligare a las personas referidas en los artículos anteriores a ejecutar un acto contra su voluntad, será castigado con la pena de prisión de ocho a doce años. En el caso previsto en el párrafo anterior, si la violencia o la intimidación no fueran graves, se impondrá la pena inferior en grado. - Artículo 49 Verify source ↗
Artículo 49
AI-assisted research summary: Community service cannot be imposed without the convicted person’s consent, and the person must perform unpaid work in public-interest activities for up to eight hours a day.
Artículo 49. Los trabajos en beneficio de la comunidad, que no podrán imponerse sin el consentimiento de la persona condenada, le obligan a prestar su cooperación no retribuida en determinadas actividades de utilidad pública, que podrán consistir, en relación con delitos de similar naturaleza al cometido por la persona condenada, en labores de reparación de los daños causados o de apoyo o asistencia a las víctimas, así como en la participación de la persona condenada en talleres o programas formativos de reeducación, laborales, culturales, de educación vial, sexual, resolución pacífica de conflictos, parentalidad positiva y otros similares. Su duración diaria no podrá exceder de ocho horas y sus condiciones serán las siguientes: 1.ª La ejecución se desarrollará bajo el control del Juez de Vigilancia Penitenciaria, que, a tal efecto, requerirá los informes sobre el desempeño del trabajo a la Administración, entidad pública o asociación de interés general en que se presten los servicios. 2.ª No atentará a la dignidad del penado. 3.ª El trabajo en beneficio de la comunidad será facilitado por la Administración, la cual podrá establecer los convenios oportunos a tal fin. 4.ª Gozará de la protección dispensada a los penados por la legislación penitenciaria en materia de Seguridad Social. 5.ª No se supeditará al logro de intereses económicos. 6.ª Los servicios sociales penitenciarios, hechas las verificaciones necesarias, comunicarán al Juez de Vigilancia Penitenciaria las incidencias relevantes de la ejecución de la pena y, en todo caso, si el penado: a) Se ausenta del trabajo durante al menos dos jornadas laborales, siempre que ello suponga un rechazo voluntario por su parte al cumplimiento de la pena. b) A pesar de los requerimientos del responsable del centro de trabajo, su rendimiento fuera sensiblemente inferior al mínimo exigible. c) Se opusiera o incumpliera de forma reiterada y manifiesta las instrucciones que se le dieren por el responsable de la ocupación referidas al desarrollo de la misma. d) Por cualquier otra razón, su conducta fuere tal que el responsable del trabajo se negase a seguir manteniéndolo en el centro. Una vez valorado el informe, el Juez de Vigilancia Penitenciaria podrá acordar su ejecución en el mismo centro, enviar al penado para que finalice la ejecución de la misma en otro centro o entender que el penado ha incumplido la pena. En caso de incumplimiento, se deducirá testimonio para proceder de conformidad con el artículo 468. 7.ª Si el penado faltara del trabajo por causa justificada no se entenderá como abandono de la actividad. No obstante, el trabajo perdido no se le computará en la liquidación de la condena, en la que se deberán hacer constar los días o jornadas que efectivamente hubiese trabajado del total que se le hubiera impuesto. - Artículo 490 Verify source ↗
Artículo 490
AI-assisted research summary: This article sets prison and fine penalties for unlawful entry by violence or intimidation, serious threats, and defamation or insult of the King, Queen, Regent, Regency members, or the Prince or Princess of Asturias in the specified context.
Artículo 490. 1. El que allanare con violencia o intimidación la morada de cualquiera de las personas mencionadas en los artículos anteriores será castigado con la pena de prisión de tres a seis años. Si no hubiere violencia o intimidación la pena será de dos a cuatro años. 2. Con la pena de prisión de tres a seis años será castigado el que amenazare gravemente a cualquiera de las personas mencionadas en el apartado anterior, y con la pena de prisión de uno a tres años si la amenaza fuera leve. 3. El que calumniare o injuriare al Rey, a la Reina o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe o a la Princesa de Asturias, en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la de multa de seis a doce meses si no lo son. - Artículo 491 Verify source ↗
Artículo 491
AI-assisted research summary: This article punishes certain insults or false accusations against specified royal persons, and punishes using their image in a way that may damage the prestige of the Crown.
Artículo 491. 1. Las calumnias e injurias contra cualquiera de las personas mencionadas en el artículo anterior, y fuera de los supuestos previstos en el mismo, serán castigadas con la pena de multa de cuatro a veinte meses. 2. Se impondrá la pena de multa de seis a veinticuatro meses al que utilizare la imagen del Rey o de la Reina o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o de la Reina consorte o del consorte de la Reina, o del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe o de la Princesa de Asturias, de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona. - Artículo 492 Verify source ↗
Artículo 492
AI-assisted research summary: If someone blocks the Cortes Generales from meeting to appoint the regency or a tutor when the Crown is vacant or the Sovereign is unable to act, they are punishable.
Artículo 492. Los que, al vacar la Corona o quedar inhabilitado su Titular para el ejercicio de su autoridad, impidieren a las Cortes Generales reunirse para nombrar la Regencia o el tutor del Titular menor de edad, serán sancionados con la pena de prisión de diez a quince años e inhabilitación absoluta por tiempo de diez a quince años, sin perjuicio de la pena que pudiera corresponderles por la comisión de otras infracciones más graves. - Artículo 493 Verify source ↗
Artículo 493
AI-assisted research summary: Whoever, without publicly rising up, forcibly, violently, or through intimidation invades the chambers of the Congress of Deputies, the Senate, or a legislative assembly of an autonomous community while they are in session is punishable by 3 to 5 years’ imprisonment.
Artículo 493. Los que, sin alzarse públicamente, invadieren con fuerza, violencia o intimidación las sedes del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, si están reunidos, serán castigados con la pena de prisión de tres a cinco años. - Artículo 494 Verify source ↗
Artículo 494
AI-assisted research summary: People who organize or lead demonstrations or meetings in front of certain legislative chambers while they are in session commit an offence and may be punished with prison or a fine.
Artículo 494. Incurrirán en la pena de prisión de seis meses a un año o multa de doce a veinticuatro meses los que promuevan, dirijan o presidan manifestaciones u otra clase de reuniones ante las sedes del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, cuando estén reunidos, alterando su normal funcionamiento. - Artículo 495 Verify source ↗
Artículo 495
AI-assisted research summary: It is an offence to try to enter the Congress, Senate, or a regional legislative assembly while carrying weapons or dangerous instruments in order to present petitions; organizers get a higher penalty.
Artículo 495. 1. Los que, sin alzarse públicamente, portando armas u otros instrumentos peligrosos, intentaren penetrar en las sedes del Congreso de los Diputados, del Senado o de la Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, para presentar en persona o colectivamente peticiones a los mismos, incurrirán en la pena de prisión de tres a cinco años. 2. La pena prevista en el apartado anterior se aplicará en su mitad superior a quienes promuevan, dirijan o presidan el grupo. - Artículo 496 Verify source ↗
Artículo 496
AI-assisted research summary: A person who seriously insults the Cortes Generales, a regional legislative assembly, or certain commissions while they are in session may be fined for 12 to 18 months.
Artículo 496. El que injuriare gravemente a las Cortes Generales o a una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, hallándose en sesión, o a alguna de sus Comisiones en los actos públicos en que las representen, será castigado con la pena de multa de doce a dieciocho meses. El imputado de las injurias descritas en el párrafo anterior quedará exento de pena si se dan las circunstancias previstas en el artículo 210. - Artículo 497 Verify source ↗
Artículo 497
AI-assisted research summary: People who are not members of the Congress, Senate, or a regional legislative assembly can be punished if they seriously disrupt a session; non-serious disruption is punished with a fine.
Artículo 497. 1. Incurrirán en la pena de prisión de seis meses a un año quienes, sin ser miembros del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, perturben gravemente el orden de sus sesiones. 2. Cuando la perturbación del orden de las sesiones a que se refiere el apartado anterior no sea grave, se impondrá la pena de multa de seis a doce meses. - Artículo 498 Verify source ↗
Artículo 498
AI-assisted research summary: Using force, violence, intimidation, or a serious threat to stop certain parliamentary members from attending meetings, or to restrict their opinions or vote, is punishable by 3 to 5 years in prison.
Artículo 498. Los que emplearen fuerza, violencia, intimidación o amenaza grave para impedir a un miembro del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma asistir a sus reuniones, o, por los mismos medios, coartaren la libre manifestación de sus opiniones o la emisión de su voto, serán castigados con la pena de prisión de tres a cinco años. - Artículo 499 Verify source ↗
Artículo 499
AI-assisted research summary: A public authority or public official who breaches the inviolability of the Cortes Generales or a regional legislative assembly may be punished with special disqualification from public employment or office for 10 to 20 years.
Artículo 499. La autoridad o funcionario público que quebrantare la inviolabilidad de las Cortes Generales o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, será castigado con las penas de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez a veinte años, sin perjuicio de las que pudieran corresponderle si el hecho constituyera otro delito más grave. - Artículo 5 Verify source ↗
Artículo 5
AI-assisted research summary: A penalty cannot be imposed unless there is intent or negligence.
Artículo 5. No hay pena sin dolo o imprudencia. - Artículo 580 bis Verify source ↗
Artículo 580 bis
AI-assisted research summary: If a legal person is liable for the offences in this Chapter, it is fined; judges and courts may also impose additional penalties under Article 33.7, subject to Article 66 bis.
Artículo 580 bis. Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis una persona jurídica sea responsable de los delitos recogidos en este Capítulo, se le impondrán las siguientes penas: a) Multa de dos a cinco años, o del doble al cuádruple del perjuicio causado cuando la cantidad resultante fuese más elevada, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de más de dos años de privación de libertad. b) Multa de seis meses a dos años, o del doble al triple del perjuicio causado si la cantidad resultante fuese más elevada, en el resto de los casos. Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33. - Artículo 50 Verify source ↗
Artículo 50
AI-assisted research summary: This article sets how fines are imposed, calculated, and paid, including day-fine limits, special rules for legal entities, and judicial discretion to allow deferred payment.
Artículo 50. 1. La pena de multa consistirá en la imposición al condenado de una sanción pecuniaria. 2. La pena de multa se impondrá, salvo que la Ley disponga otra cosa, por el sistema de días-multa. 3. Su extensión mínima será de diez días y la máxima de dos años. Las penas de multa imponibles a personas jurídicas tendrán una extensión máxima de cinco años. 4. La cuota diaria tendrá un mínimo de dos y un máximo de 400 euros, excepto en el caso de las multas imponibles a las personas jurídicas, en las que la cuota diaria tendrá un mínimo de 30 y un máximo de 5.000 euros. A efectos de cómputo, cuando se fije la duración por meses o por años, se entenderá que los meses son de treinta días y los años de trescientos sesenta. 5. Los Jueces o Tribunales determinarán motivadamente la extensión de la pena dentro de los límites establecidos para cada delito y según las reglas del capítulo II de este Título. Igualmente, fijarán en la sentencia, el importe de estas cuotas, teniendo en cuenta para ello exclusivamente la situación económica del reo, deducida de su patrimonio, ingresos, obligaciones y cargas familiares y demás circunstancias personales del mismo. 6. El tribunal, por causa justificada, podrá autorizar el pago de la multa dentro de un plazo que no exceda de dos años desde la firmeza de la sentencia, bien de una vez o en los plazos que se determinen. En este caso, el impago de dos de ellos determinará el vencimiento de los restantes. - Artículo 500 Verify source ↗
Artículo 500
AI-assisted research summary: La autoridad o funcionario público no debe detener a un miembro de las Cortes Generales o de una Asamblea Legislativa autonómica fuera de los supuestos o sin los requisitos legales.
Artículo 500. La autoridad o funcionario público que detuviere a un miembro de las Cortes Generales o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma fuera de los supuestos o sin los requisitos establecidos por la legislación vigente incurrirá, según los casos, en las penas previstas en este Código, impuestas en su mitad superior, y además en la de inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis a doce años. - Artículo 501 Verify source ↗
Artículo 501
AI-assisted research summary: La autoridad judicial no debe inculpar ni procesar a ciertos miembros parlamentarios sin cumplir los requisitos legales, o puede ser castigada con inhabilitación especial de 10 a 20 años.
Artículo 501. La autoridad judicial que inculpare o procesare a un miembro de las Cortes Generales o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma sin los requisitos establecidos por la legislación vigente, será castigada con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de diez a veinte años. - Artículo 502 Verify source ↗
Artículo 502
AI-assisted research summary: Quien sea requerido legalmente y no comparezca ante una comisión de investigación puede ser castigado; si es autoridad o funcionario, también puede suspenderse de cargo, y quien mienta ante una comisión parlamentaria puede recibir prisión o multa.
Artículo 502. 1. Los que, habiendo sido requeridos en forma legal y bajo apercibimiento, dejaren de comparecer ante una Comisión de investigación de las Cortes Generales o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, serán castigados como reos del delito de desobediencia. Si el reo fuera autoridad o funcionario público, se le impondrá además la pena de suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. 2. En las mismas penas incurrirá la autoridad o funcionario que obstaculizare la investigación del Defensor del Pueblo, Tribunal de Cuentas u órganos equivalentes de las Comunidades Autónomas, negándose o dilatando indebidamente el envío de los informes que éstos solicitaren o dificultando su acceso a los expedientes o documentación administrativa necesaria para tal investigación. 3. El que convocado ante una comisión parlamentaria de investigación faltare a la verdad en su testimonio será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses. - Artículo 503 Verify source ↗
Artículo 503
AI-assisted research summary: Quien entre por la fuerza o con intimidación en el local del Consejo de Ministros o de un Consejo de Gobierno autonómico, o impida la libertad del Gobierno o de sus miembros reunidos en Consejo, puede ser castigado con prisión de dos a cuatro años.
Artículo 503. Incurrirán en la pena de prisión de dos a cuatro años: 1.º Los que invadan violentamente o con intimidación el local donde esté constituido el Consejo de Ministros o un Consejo de Gobierno de Comunidad Autónoma. 2.º Los que coarten o por cualquier medio pongan obstáculos a la libertad del Gobierno reunido en Consejo o de los miembros de un Gobierno de Comunidad Autónoma, reunido en Consejo, salvo que los hechos sean constitutivos de otro delito más grave. - Artículo 504 Verify source ↗
Artículo 504
AI-assisted research summary: This article sets fines or prison terms for seriously insulting, slandering, or threatening certain state institutions and the Armed Forces/Security Forces, with limited exemption cases.
Artículo 504. 1. Incurrirán en la pena de multa de doce a dieciocho meses los que calumnien, injurien o amenacen gravemente al Gobierno de la Nación, al Consejo General del Poder Judicial, al Tribunal Constitucional, al Tribunal Supremo, o al Consejo de Gobierno o al Tribunal Superior de Justicia de una Comunidad Autónoma. El culpable de calumnias o injurias conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior quedará exento de pena si se dan las circunstancias previstas, respectivamente, en los artículos 207 y 210 de este Código. Se impondrá la pena de prisión de tres a cinco años a los que empleen fuerza, violencia o intimidación para impedir a los miembros de dichos Organismos asistir a sus respectivas reuniones. 2. Los que injuriaren o amenazaren gravemente a los Ejércitos, Clases o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, serán castigados con la pena de multa de doce a dieciocho meses. El culpable de las injurias previstas en el párrafo anterior quedará exento de pena si se dan las circunstancias descritas en el artículo 210 de este Código. - Artículo 505 Verify source ↗
Artículo 505
AI-assisted research summary: This article punishes people who seriously disrupt local council meetings, and people who use terrorist groups as a pretext to insult, threaten, coerce, or defame local council members.
Artículo 505. 1. Incurrirán en la pena de prisión de seis meses a un año quienes, sin ser miembros de la corporación local, perturben de forma grave el orden de sus plenos impidiendo el acceso a los mismos, el desarrollo del orden del día previsto, la adopción de acuerdos o causen desórdenes que tengan por objeto manifestar el apoyo a organizaciones o grupos terroristas. 2. Quienes, amparándose en la existencia de organizaciones o grupos terroristas, calumnien, injurien, coaccionen o amenacen a los miembros de corporaciones locales, serán castigados con la pena superior en grado a la que corresponda por el delito cometido. - Artículo 506 Verify source ↗
Artículo 506
AI-assisted research summary: A public authority or official who acts without authority by issuing a general measure or suspending its execution is subject to imprisonment, a fine, and special disqualification from public office.
Artículo 506. La autoridad o funcionario público que, careciendo de atribuciones para ello, dictare una disposición general o suspendiere su ejecución, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años, multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a doce años. - Artículo 506 bis Verify source ↗
Artículo 506 bis
AI-assisted research summary: This article is marked as removed.
Artículo 506 bis. (Suprimido) - Artículo 507 Verify source ↗
Artículo 507
AI-assisted research summary: A judge or magistrate who takes administrative powers they do not have, or blocks their lawful exercise by whoever holds them, can be punished.
Artículo 507. El Juez o Magistrado que se arrogare atribuciones administrativas de las que careciere, o impidiere su legítimo ejercicio por quien las ostentare, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año, multa de tres a seis meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años. - Artículo 508 Verify source ↗
Artículo 508
AI-assisted research summary: This article punishes public officials who claim judicial powers or block a judicial decision, and administrative or military officials who interfere with judges or magistrates.
Artículo 508. 1. La autoridad o funcionario público que se arrogare atribuciones judiciales o impidiere ejecutar una resolución dictada por la autoridad judicial competente, será castigado con las penas de prisión de seis meses a un año, multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años. 2. La autoridad o funcionario administrativo o militar que atentare contra la independencia de los Jueces o Magistrados, garantizada por la Constitución, dirigiéndoles instrucción, orden o intimación relativas a causas o actuaciones que estén conociendo, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años, multa de cuatro a diez meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a seis años. - Artículo 509 Verify source ↗
Artículo 509
AI-assisted research summary: A judge, magistrate, authority, or public official who has been legally asked to recuse themselves must not keep acting before the jurisdictional conflict is decided, unless the law allows it.
Artículo 509. El Juez o Magistrado, la autoridad o el funcionario público que, legalmente requerido de inhibición, continuare procediendo sin esperar a que se decida el correspondiente conflicto jurisdiccional, salvo en los casos permitidos por la Ley, será castigado con la pena de multa de tres a diez meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a un año. - Artículo 51 Verify source ↗
Artículo 51
AI-assisted research summary: If the convicted person’s economic situation changes after judgment, the judge or court may exceptionally change the amount of periodic instalments and the payment deadlines.
Artículo 51. Si, después de la sentencia, variase la situación económica del penado, el juez o tribunal, excepcionalmente y tras la debida indagación de dicha situación, podrá modificar tanto el importe de las cuotas periódicas como los plazos para su pago. - Artículo 510 Verify source ↗
Artículo 510
AI-assisted research summary: Se castiga con prisión y multa la incitación al odio o la violencia, la difusión de material idóneo para promoverlo, la negación o enaltecimiento de ciertos delitos en esos contextos, y la lesión de la dignidad de grupos protegidos.
Artículo 510. 1. Serán castigados con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses: a) Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquel, por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad. b) Quienes produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para fomentar, promover, o incitar directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquel, por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad. c) Quienes públicamente nieguen, trivialicen gravemente o enaltezcan los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, o enaltezcan a sus autores, cuando se hubieran cometido contra un grupo o una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia al mismo, por motivos racistas, antisemitas, antigitanos, u otros referentes a la ideología, religión o creencias, la situación familiar o la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad, cuando de este modo se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra los mismos. 2. Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses: a) Quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior, o de una parte de los mismos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a ellos por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad, o produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para lesionar la dignidad de las personas por representar una grave humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos mencionados, de una parte de ellos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a los mismos. b) Quienes enaltezcan o justifiquen por cualquier medio de expresión pública o de difusión los delitos que hubieran sido cometidos contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquel por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad, o a quienes hayan participado en su ejecución. Los hechos serán castigados con una pena de uno a cuatro años de prisión y multa de seis a doce meses cuando de ese modo se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra los mencionados grupos. 3. Las penas previstas en los apartados anteriores se impondrán en su mitad superior cuando los hechos se hubieran llevado a cabo a través de un medio de comunicación social, por medio de internet o mediante el uso de tecnologías de la información, de modo que, aquel se hiciera accesible a un elevado número de personas. 4. Cuando los hechos, a la vista de sus circunstancias, resulten idóneos para alterar la paz pública o crear un grave sentimiento de inseguridad o temor entre los integrantes del grupo, se impondrá la pena en su mitad superior, que podrá elevarse hasta la superior en grado. 5. En todos los casos, se impondrá además la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior entre tres y diez años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en su caso en la sentencia, atendiendo proporcionalmente a la gravedad del delito, el número de los cometidos y a las circunstancias que concurran en el delincuente. 6. El juez o tribunal acordará la destrucción, borrado o inutilización de los libros, archivos, documentos, artículos y cualquier clase de soporte objeto del delito a que se refieren los apartados anteriores o por medio de los cuales se hubiera cometido. Cuando el delito se hubiera cometido a través de tecnologías de la información y la comunicación, se acordará la retirada de los contenidos. En los casos en los que, a través de un portal de acceso a internet o servicio de la sociedad de la información, se difundan exclusiva o preponderantemente los contenidos a que se refiere el apartado anterior, se ordenará el bloqueo del acceso o la interrupción de la prestación del mismo. - Artículo 510 bis Verify source ↗
Artículo 510 bis
AI-assisted research summary: If a legal person is liable under Article 31 bis for the crimes in the two previous articles, it must be fined 2 to 5 years; judges and courts may also impose additional penalties under Article 33(7)(b)–(g).
Artículo 510 bis. Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis una persona jurídica sea responsable de los delitos comprendidos en los dos artículos anteriores, se le impondrá la pena de multa de dos a cinco años. Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33. En este caso será igualmente aplicable lo dispuesto en el número 3 del artículo 510 del Código Penal. - Artículo 511 Verify source ↗
Artículo 511
AI-assisted research summary: A person in charge of a public service must not deny a person a benefit they are entitled to for discriminatory reasons; public officials committing these acts face criminal penalties.
Artículo 511. 1. Incurrirá en la pena de prisión de seis meses a dos años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años el particular encargado de un servicio público que deniegue a una persona una prestación a la que tenga derecho por razón de su ideología, religión o creencias, su situación familiar, pertenencia a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, edad, orientación o identidad sexual o de género, razones de género, de aporofobia o de exclusión social, la enfermedad que padezca o su discapacidad. 2. Las mismas penas serán aplicables cuando los hechos se cometan contra una asociación, fundación, sociedad o corporación o contra sus miembros por razón de su ideología, religión o creencias, su situación familiar, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, edad, orientación o identidad sexual o de género, razones de género, de aporofobia o de exclusión social, la enfermedad que padezca o su discapacidad. 3. Los funcionarios públicos que cometan alguno de los hechos previstos en este artículo, incurrirán en las mismas penas en su mitad superior y en la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a cuatro años. 4. En todos los casos se impondrá además la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior entre uno y tres años al de la duración de la pena impuesta si esta fuera de privación de libertad, cuando la pena impuesta fuera de multa, la pena de inhabilitación especial tendrá una duración de uno a tres años. En todo caso se atenderá proporcionalmente a la gravedad del delito y a las circunstancias que concurran en el delincuente. - Artículo 512 Verify source ↗
Artículo 512
AI-assisted research summary: People or businesses acting professionally must not deny someone a service they are entitled to for the listed discriminatory reasons.
Artículo 512. Quienes en el ejercicio de sus actividades profesionales o empresariales denegaren a una persona una prestación a la que tenga derecho por razón de su ideología, religión o creencias, su situación familiar, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, edad, orientación o identidad sexual o de género, razones de género, de aporofobia o de exclusión social, la enfermedad que padezca o su discapacidad, incurrirán en la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio e inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre por un periodo de uno a cuatro años. - Artículo 513 Verify source ↗
Artículo 513
AI-assisted research summary: Certain meetings or demonstrations are punishable if they are held to commit a crime, or if attendees carry weapons, explosives, blunt objects, or other dangerous items.
Artículo 513. Son punibles las reuniones o manifestaciones ilícitas, y tienen tal consideración: 1.º Las que se celebren con el fin de cometer algún delito. 2.º Aquéllas a las que concurran personas con armas, artefactos explosivos u objetos contundentes o de cualquier otro modo peligroso. - Artículo 514 Verify source ↗
Artículo 514
AI-assisted research summary: Se castiga a organizadores, asistentes y otras personas por ciertos hechos relacionados con reuniones o manifestaciones, con penas de prisión y multa.
Artículo 514. 1. Los promotores o directores de cualquier reunión o manifestación comprendida en el número 1.º del artículo anterior y los que, en relación con el número 2.º del mismo, no hayan tratado de impedir por todos los medios a su alcance las circunstancias en ellos mencionadas, incurrirán en las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses. A estos efectos, se reputarán directores o promotores de la reunión o manifestación los que las convoquen o presidan. 2. Los asistentes a una reunión o manifestación que porten armas u otros medios igualmente peligrosos serán castigados con la pena de prisión de uno a dos años y multa de seis a doce meses. Los Jueces o Tribunales, atendiendo a los antecedentes del sujeto, circunstancias del caso y características del arma o instrumento portado, podrán rebajar en un grado la pena señalada. 3. Las personas que, con ocasión de la celebración de una reunión o manifestación, realicen actos de violencia contra la autoridad, sus agentes, personas o propiedades públicas o privadas, serán castigadas con la pena que a su delito corresponda, en su mitad superior. 4. Los que impidieren el legítimo ejercicio de las libertades de reunión o manifestación, o perturbaren gravemente el desarrollo de una reunión o manifestación lícita serán castigados con la pena de prisión de dos a tres años si los hechos se realizaran con violencia, y con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses si se cometieren mediante vías de hecho o cualquier otro procedimiento ilegítimo. 5. Los promotores o directores de cualquier reunión o manifestación que convocaren, celebraren o intentaren celebrar de nuevo una reunión o manifestación que hubiese sido previamente suspendida o prohibida, y siempre que con ello pretendieran subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública, serán castigados con las penas de prisión de seis meses a un año y multa de seis a doce meses, sin perjuicio de la pena que pudiera corresponder, en su caso, conforme a los apartados precedentes. - Artículo 515 Verify source ↗
Artículo 515
AI-assisted research summary: Illicit associations are punishable, including groups formed to commit crimes, groups that promote crimes after being formed, groups using violence or personality control for a lawful aim, paramilitary organizations, and groups that incite hatred, hostility, discrimination, or violence on listed grounds.
Artículo 515. Son punibles las asociaciones ilícitas, teniendo tal consideración: 1.º Las que tengan por objeto cometer algún delito o, después de constituidas, promuevan su comisión. 2.º Las que, aun teniendo por objeto un fin lícito, empleen medios violentos o de alteración o control de la personalidad para su consecución. 3.º Las organizaciones de carácter paramilitar. 4.º Las que fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra personas, grupos o asociaciones por razón de su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, edad, orientación o identidad sexual o de género, razones de género, de aporofobia o de exclusión social, situación familiar, enfermedad o discapacidad. - Artículo 516 Verify source ↗
Artículo 516
AI-assisted research summary: This article is marked as suppressed.
Artículo 516. (Suprimido) - Artículo 517 Verify source ↗
Artículo 517
AI-assisted research summary: For certain article 515 cases, founders, directors, and presidents of associations face prison, fines, and special disqualification; active members face prison and fines.
Artículo 517. En los casos previstos en los números 1.º y 3.º al 6.º del artículo 515 (*) se impondrán las siguientes penas: 1.º A los fundadores, directores y presidentes de las asociaciones, las de prisión de dos a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a doce años. 2.º A los miembros activos, las de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses. (*) La remisión a los números 1º y 3º al 6º del art. 515 se entiende hecha a los actuales números 1º a 4º del art. 515, tras la modificación efectuada por el art. único.239 de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3439#aunico . - Artículo 518 Verify source ↗
Artículo 518
AI-assisted research summary: Quienes, con cooperación económica o de otra clase, favorezcan de forma relevante la fundación, organización o actividad de ciertas asociaciones, pueden ser castigados con prisión, multa e inhabilitación.
Artículo 518. Los que con su cooperación económica o de cualquier otra clase, en todo caso relevante, favorezcan la fundación, organización o actividad de las asociaciones comprendidas en los números 1.o y 3.o al 6.o del artículo 515 (*) , incurrirán en la pena de prisión de uno a tres años, multa de doce a veinticuatro meses, e inhabilitación para empleo o cargo público por tiempo de uno a cuatro años. (*) La remisión a los números 1º y 3º al 6º del art. 515 se entiende hecha a los actuales números 1º a 4º del art. 515, tras la modificación efectuada por el art. único.239 de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3439#aunico . - Artículo 519 Verify source ↗
Artículo 519
AI-assisted research summary: Provocación, conspiración y proposición para cometer asociación ilícita se castigan con una pena inferior en uno o dos grados.
Artículo 519. La provocación, la conspiración y la proposición para cometer el delito de asociación ilícita se castigarán con la pena inferior en uno o dos grados a la que corresponda, respectivamente, a los hechos previstos en los artículos anteriores. - Artículo 52 Verify source ↗
Artículo 52
AI-assisted research summary: Las multas se fijan según el daño, el valor del delito o el beneficio obtenido, y los jueces pueden ajustarlas en casos especiales.
Artículo 52. 1. No obstante lo dispuesto en los artículos anteriores y cuando el Código así lo determine, la multa se establecerá en proporción al daño causado, el valor del objeto del delito o el beneficio reportado por el mismo. 2. En estos casos, los jueces y tribunales impondrán la multa dentro de los límites fijados para cada delito, considerando para determinar en cada caso su cuantía, no sólo las circunstancias atenuantes y agravantes del hecho, sino principalmente la situación económica del culpable. 3. Si, después de la sentencia, empeorase la situación económica del penado, el juez o tribunal, excepcionalmente y tras la debida indagación de dicha situación, podrá reducir el importe de la multa dentro de los límites señalados por la ley para el delito de que se trate, o autorizar su pago en los plazos que se determinen. 4. En los casos en los que este Código prevé una pena de multa para las personas jurídicas en proporción al beneficio obtenido o facilitado, al perjuicio causado, al valor del objeto, o a la cantidad defraudada o indebidamente obtenida, de no ser posible el cálculo en base a tales conceptos, el Juez o Tribunal motivará la imposibilidad de proceder a tal cálculo y las multas previstas se sustituirán por las siguientes: a) Multa de dos a cinco años, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de prisión de más de cinco años. b) Multa de uno a tres años, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de prisión de más de dos años no incluida en el inciso anterior. c) Multa de seis meses a dos años, en el resto de los casos. - Artículo 520 Verify source ↗
Artículo 520
AI-assisted research summary: Los jueces o tribunales deben ordenar la disolución de la asociación ilícita cuando se den los supuestos del artículo 515, y también pueden imponer otras consecuencias accesorias del artículo 129 cuando corresponda.
Artículo 520. Los Jueces o Tribunales, en los supuestos previstos en el artículo 515, acordarán la disolución de la asociación ilícita y, en su caso, cualquier otra de las consecuencias accesorias del artículo 129 de este Código. - Artículo 521 Verify source ↗
Artículo 521
AI-assisted research summary: If the accused in an illicit association offence is an authority, an authority’s agent, or a public official, they receive an additional absolute disqualification of 10 to 15 years.
Artículo 521. En el delito de asociación ilícita, si el reo fuera autoridad, agente de ésta o funcionario público, se le impondrá, además de las penas señaladas, la de inhabilitación absoluta de diez a quince años. - Artículo 521 bis Verify source ↗
Artículo 521 bis
AI-assisted research summary: This article has been deleted.
Artículo 521 bis. (Suprimido) - Artículo 522 Verify source ↗
Artículo 522
AI-assisted research summary: Using violence, intimidation, force, or other unlawful coercion to stop religious practice or to force religious acts is punishable by a fine of four to ten months.
Artículo 522. Incurrirán en la pena de multa de cuatro a diez meses: 1.º Los que por medio de violencia, intimidación, fuerza o cualquier otro apremio ilegítimo impidan a un miembro o miembros de una confesión religiosa practicar los actos propios de las creencias que profesen, o asistir a los mismos. 2.º Los que por iguales medios fuercen a otro u otros a practicar o concurrir a actos de culto o ritos, o a realizar actos reveladores de profesar o no profesar una religión, o a mudar la que profesen. - Artículo 523 Verify source ↗
Artículo 523
AI-assisted research summary: A person must not use violence, threats, a disturbance, or similar force to stop, interrupt, or disrupt religious acts or ceremonies registered with the Ministry of Justice and Interior.
Artículo 523. El que con violencia, amenaza, tumulto o vías de hecho, impidiere, interrumpiere o perturbare los actos, funciones, ceremonias o manifestaciones de las confesiones religiosas inscritas en el correspondiente registro público del Ministerio de Justicia e Interior, será castigado con la pena de prisión de seis meses a seis años, si el hecho se ha cometido en lugar destinado al culto, y con la de multa de cuatro a diez meses si se realiza en cualquier otro lugar. - Artículo 524 Verify source ↗
Artículo 524
AI-assisted research summary: A person who commits acts of profanation in a temple, a place of worship, or during religious ceremonies, offending legally protected religious feelings, is punishable by prison or a fine.
Artículo 524. El que en templo, lugar destinado al culto o en ceremonias religiosas ejecutare actos de profanación en ofensa de los sentimientos religiosos legalmente tutelados será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses. - Artículo 525 Verify source ↗
Artículo 525
AI-assisted research summary: Whoever publicly mocks or insults religious beliefs, rites, ceremonies, or believers, or publicly mocks non-believers, can be fined eight to twelve months.
Artículo 525. 1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican. 2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna. - Artículo 526 Verify source ↗
Artículo 526
AI-assisted research summary: Prohíbe profanar o dañar sepulcros, cadáveres, cenizas y ciertos elementos funerarios; la infracción se castiga con prisión o multa.
Artículo 526. El que, faltando al respeto debido a la memoria de los muertos, violare los sepulcros o sepulturas, profanare un cadáver o sus cenizas o, con ánimo de ultraje, destruyere, alterare o dañare las urnas funerarias, panteones, lápidas o nichos será castigado con la pena de prisión de tres a cinco meses o multa de seis a 10 meses. - Artículo 527 Verify source ↗
Artículo 527
AI-assisted research summary: Artículo 527. (Sin contenido)
Artículo 527. (Sin contenido) - Artículo 528 Verify source ↗
Artículo 528
AI-assisted research summary: This article is repealed.
Artículo 528. (Derogado) - Artículo 529 Verify source ↗
Artículo 529
AI-assisted research summary: A judge or magistrate who unlawfully hands over a criminal case to another authority or official can be punished with special disqualification from public office for 6 months to 2 years.
Artículo 529. 1. El Juez o Magistrado que entregare una causa criminal a otra autoridad o funcionario, militar o administrativo, que ilegalmente se la reclame, será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. 2. Si además entregara la persona de un detenido, se le impondrá la pena superior en grado. - Artículo 53 Verify source ↗
Artículo 53
AI-assisted research summary: Si no se paga la multa, el condenado puede quedar sujeto a responsabilidad personal subsidiaria; en ciertos casos el juez o tribunal puede sustituirla por trabajos comunitarios.
Artículo 53. 1. Si el condenado no satisficiere, voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que, tratándose de delitos leves, podrá cumplirse mediante localización permanente. En este caso, no regirá la limitación que en su duración establece el apartado 1 del artículo 37. También podrá el juez o tribunal, previa conformidad del penado, acordar que la responsabilidad subsidiaria se cumpla mediante trabajos en beneficio de la comunidad. En este caso, cada día de privación de libertad equivaldrá a una jornada de trabajo. 2. En los supuestos de multa proporcional los Jueces y Tribunales establecerán, según su prudente arbitrio, la responsabilidad personal subsidiaria que proceda, que no podrá exceder, en ningún caso, de un año de duración. También podrá el Juez o Tribunal acordar, previa conformidad del penado, que se cumpla mediante trabajos en beneficio de la comunidad. 3. Esta responsabilidad subsidiaria no se impondrá a los condenados a pena privativa de libertad superior a cinco años. 4. El cumplimiento de la responsabilidad subsidiaria extingue la obligación de pago de la multa, aunque mejore la situación económica del penado. 5. Podrá ser fraccionado el pago de la multa impuesta a una persona jurídica, durante un período de hasta cinco años, cuando su cuantía ponga probadamente en peligro la supervivencia de aquélla o el mantenimiento de los puestos de trabajo existentes en la misma, o cuando lo aconseje el interés general. Si la persona jurídica condenada no satisficiere, voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta en el plazo que se hubiere señalado, el Tribunal podrá acordar su intervención hasta el pago total de la misma. - Artículo 530 Verify source ↗
Artículo 530
AI-assisted research summary: A public authority or official who unlawfully deprives a detained, imprisoned, or sentenced person of liberty, in a case involving a crime, is punished with special disqualification from public office for 4 to 8 years.
Artículo 530. La autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, acordare, practicare o prolongare cualquier privación de libertad de un detenido, preso o sentenciado, con violación de los plazos o demás garantías constitucionales o legales, será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de cuatro a ocho años. - Artículo 531 Verify source ↗
Artículo 531
AI-assisted research summary: A public authority or public official must not order, carry out, or prolong the incommunicado detention of a detained person, prisoner, or sentenced person when that breaches constitutional or legal time limits or guarantees.
Artículo 531. La autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, decretare, practicare o prolongare la incomunicación de un detenido, preso o sentenciado, con violación de los plazos o demás garantías constitucionales o legales, será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a seis años. - Artículo 532 Verify source ↗
Artículo 532
AI-assisted research summary: If the conduct described in the two previous articles is committed through gross negligence, it is punishable by suspension from public employment or office for six months to two years.
Artículo 532. Si los hechos descritos en los dos artículos anteriores fueran cometidos por imprudencia grave, se castigarán con la pena de suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. - Artículo 533 Verify source ↗
Artículo 533
AI-assisted research summary: A penitentiary officer or a staff member in a juvenile protection or correction center who imposes undue sanctions or unnecessary harshness on inmates can be punished with special disqualification from public employment or office for 2 to 6 years.
Artículo 533. El funcionario penitenciario o de centros de protección o corrección de menores que impusiere a los reclusos o internos sanciones o privaciones indebidas, o usare con ellos de un rigor innecesario, será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a seis años. - Artículo 534 Verify source ↗
Artículo 534
AI-assisted research summary: A public authority or official may be punished for entering a home without the occupant’s consent, searching papers or items without free consent, or causing unjust vexation or unnecessary damage during a lawful search.
Artículo 534. 1. Será castigado con las penas de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de dos a seis años la autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, y sin respetar las garantías constitucionales o legales: 1.º Entre en un domicilio sin el consentimiento del morador. 2.º Registre los papeles o documentos de una persona o los efectos que se hallen en su domicilio, a no ser que el dueño haya prestado libremente su consentimiento. Si no devolviera al dueño, inmediatamente después del registro, los papeles, documentos y efectos registrados, las penas serán las de inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis a doce años y multa de doce a veinticuatro meses, sin perjuicio de la pena que pudiera corresponderle por la apropiación. 2. La autoridad o funcionario público que, con ocasión de lícito registro de papeles, documentos o efectos de una persona, cometa cualquier vejación injusta o daño innecesario en sus bienes, será castigado con las penas previstas para estos hechos, impuestas en su mitad superior, y, además, con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a seis años. - Artículo 535 Verify source ↗
Artículo 535
AI-assisted research summary: A public authority or official who, in a criminal case, intercepts private, postal, or telegraphic correspondence in breach of constitutional or legal guarantees is punishable by special disqualification from public office for 2 to 6 years.
Artículo 535. La autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, interceptare cualquier clase de correspondencia privada, postal o telegráfica, con violación de las garantías constitucionales o legales, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de dos a seis años. Si divulgara o revelara la información obtenida, se impondrá la pena de inhabilitación especial, en su mitad superior, y, además, la de multa de seis a dieciocho meses. - Artículo 536 Verify source ↗
Artículo 536
AI-assisted research summary: Public officials, authorities, or their agents may not intercept telecommunications or use technical devices to listen to, record, or reproduce communications unlawfully; if they disclose the information obtained, additional penalties apply.
Artículo 536. La autoridad, funcionario público o agente de éstos que, mediando causa por delito, interceptare las telecomunicaciones o utilizare artificios técnicos de escuchas, transmisión, grabación o reproducción del sonido, de la imagen o de cualquier otra señal de comunicación, con violación de las garantías constitucionales o legales, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de dos a seis años. Si divulgare o revelare la información obtenida, se impondrán las penas de inhabilitación especial, en su mitad superior y, además, la de multa de seis a dieciocho meses. - Artículo 537 Verify source ↗
Artículo 537
AI-assisted research summary: A public authority or official must not obstruct a detainee’s or prisoner’s access to a lawyer, pressure them to give it up, or fail to inform them promptly and understandably of their rights and reasons for detention.
Artículo 537. La autoridad o funcionario público que impida u obstaculice el derecho a la asistencia de abogado al detenido o preso, procure o favorezca la renuncia del mismo a dicha asistencia o no le informe de forma inmediata y de modo que le sea comprensible de sus derechos y de las razones de su detención, será castigado con la pena de multa de cuatro a diez meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de dos a cuatro años. - Artículo 538 Verify source ↗
Artículo 538
AI-assisted research summary: La autoridad o funcionario público no puede imponer censura previa ni, salvo los casos permitidos por la Constitución y las leyes, recoger ediciones o suspender su publicación o difusión; hacerlo conlleva inhabilitación absoluta de seis a diez años.
Artículo 538. La autoridad o funcionario público que establezca la censura previa o, fuera de los casos permitidos por la Constitución y las Leyes, recoja ediciones de libros o periódicos o suspenda su publicación o la difusión de cualquier emisión radiotelevisiva, incurrirá en la pena de inhabilitación absoluta de seis a diez años. - Artículo 539 Verify source ↗
Artículo 539
AI-assisted research summary: A public authority or official must not dissolve or suspend a legally constituted association without a prior judicial decision, or stop it holding sessions without a legitimate reason. Doing so is punished with special disqualification from public office and a fine.
Artículo 539. La autoridad o funcionario público que disuelva o suspenda en sus actividades a una asociación legalmente constituida, sin previa resolución judicial, o sin causa legítima le impida la celebración de sus sesiones, será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de ocho a doce años y multa de seis a doce meses. - Artículo 54 Verify source ↗
Artículo 54
AI-assisted research summary: Disqualification penalties are accessory when the law says other penalties include them and they are not imposed separately.
Artículo 54. Las penas de inhabilitación son accesorias en los casos en que, no imponiéndolas especialmente, la Ley declare que otras penas las llevan consigo. - Artículo 540 Verify source ↗
Artículo 540
AI-assisted research summary: A public authority or official must not prohibit or dissolve a peaceful meeting except in cases expressly allowed by law.
Artículo 540. La autoridad o funcionario público que prohiba una reunión pacífica o la disuelva fuera de los casos expresamente permitidos por las Leyes, será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de cuatro a ocho años y multa de seis a nueve meses. - Artículo 541 Verify source ↗
Artículo 541
AI-assisted research summary: A public authority or official who deprives a person of property outside permitted cases and without legal requirements faces special disqualification and a fine.
Artículo 541. La autoridad o funcionario público que expropie a una persona de sus bienes fuera de los casos permitidos y sin cumplir los requisitos legales, incurrirá en las penas de inhabilitación especial para empleo o cargo público de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses. - Artículo 542 Verify source ↗
Artículo 542
AI-assisted research summary: A public authority or official who knowingly blocks a person from exercising other civic rights can be punished with special disqualification from public employment or office for 1 to 4 years.
Artículo 542. Incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a cuatro años la autoridad o el funcionario público que, a sabiendas, impida a una persona el ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución y las Leyes. - Artículo 543 Verify source ↗
Artículo 543
AI-assisted research summary: Public insults or offenses against Spain, its autonomous communities, or their symbols or emblems, when made publicly, are punishable by a fine.
Artículo 543. Las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o a sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad, se castigarán con la pena de multa de siete a doce meses. - Artículo 544 Verify source ↗
Artículo 544
AI-assisted research summary: Article 544 is marked as suppressed; the text also preserves the former sedition definition for historical reference.
Artículo 544. (Suprimido) Téngase en cuenta que este artículo queda suprimido por el art. 1.20 de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21800#ap , desde el 12 de enero de 2023, según determina su disposición final 6. Redacción anterior: " Artículo 544. Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales." - Artículo 545 Verify source ↗
Artículo 545
AI-assisted research summary: El artículo está suprimido; el texto anterior establecía penas de prisión e inhabilitación para quienes indujeran, sostuvieran o dirigieran la sedición o fueran sus principales autores.
Artículo 545. (Suprimido) Téngase en cuenta que este artículo queda suprimido por el art. 1.20 de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21800#ap , desde el 12 de enero de 2023, según determina su disposición final 6. Redacción anterior: " Artículo 545. 1. Los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores, serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondrá, además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo. 2. Fuera de estos casos, se impondrá la pena de cuatro a ocho años de prisión, y la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de cuatro a ocho años." - Artículo 546 Verify source ↗
Artículo 546
AI-assisted research summary: This article is marked as repealed/suppressed.
Artículo 546. (Suprimido) Téngase en cuenta que este artículo queda suprimido por el art. 1.20 de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21800#ap , desde el 12 de enero de 2023, según determina su disposición final 6. Redacción anterior: " Artículo 546. Lo dispuesto en el artículo 474 es aplicable al caso de sedición cuando ésta no haya llegado a organizarse con jefes conocidos." - Artículo 547 Verify source ↗
Artículo 547
AI-assisted research summary: This article is suppressed; the prior text said judges or courts had to reduce penalties by one or two degrees if sedition did not seriously obstruct public authority and did not lead to another serious offence.
Artículo 547. (Suprimido) Téngase en cuenta que este artículo queda suprimido por el art. 1.20 de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21800#ap , desde el 12 de enero de 2023, según determina su disposición final 6. Redacción anterior: " Artículo 547. En el caso de que la sedición no haya llegado a entorpecer de un modo grave el ejercicio de la autoridad pública y no haya tampoco ocasionado la perpetración de otro delito al que la Ley señale penas graves, los Jueces o Tribunales rebajarán en uno o dos grados las penas señaladas en este capítulo." - Artículo 548 Verify source ↗
Artículo 548
AI-assisted research summary: Article 548 is suppressed; its former text punished provoking, conspiring in, or proposing sedition, with a lower penalty unless sedition actually occurred.
Artículo 548. (Suprimido) Téngase en cuenta que este artículo queda suprimido por el art. 1.20 de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21800#ap , desde el 12 de enero de 2023, según determina su disposición final 6. Redacción anterior: " Artículo 548. La provocación, la conspiración y la proposición para la sedición serán castigadas con las penas inferiores en uno o dos grados a las respectivamente previstas, salvo que llegue a tener efecto la sedición, en cuyo caso se castigará con la pena señalada en el primer apartado del artículo 545, y a sus autores se los considerará promotores." - Artículo 549 Verify source ↗
Artículo 549
AI-assisted research summary: This article is marked as suppressed.
Artículo 549. (Suprimido) Téngase en cuenta que este artículo queda suprimido por el art. 1.20 de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21800#ap , desde el 12 de enero de 2023, según determina su disposición final 6. Redacción anterior: " Artículo 549. Lo dispuesto en los artículos 479 a 484 es también aplicable al delito de sedición." - Artículo 55 Verify source ↗
Artículo 55
AI-assisted research summary: Las penas de prisión de 10 años o más llevan aparejada la inhabilitación absoluta durante la condena, salvo que ya sea pena principal. Además, el juez puede imponer otra inhabilitación o la privación de la patria potestad si esos derechos están directamente relacionados con el delito.
Artículo 55. La pena de prisión igual o superior a diez años llevará consigo la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, salvo que ésta ya estuviere prevista como pena principal para el supuesto de que se trate. El Juez podrá además disponer la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento, o bien la privación de la patria potestad, cuando estos derechos hubieren tenido relación directa con el delito cometido. Esta vinculación deberá determinarse expresamente en la sentencia. - Artículo 550 Verify source ↗
Artículo 550
AI-assisted research summary: Defines atentado against authorities, agents, public officials, and certain teachers or health workers, and sets prison and fine penalties.
Artículo 550. 1. Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas. En todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas. 2. Los atentados serán castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos. 3. No obstante lo previsto en el apartado anterior, si la autoridad contra la que se atentare fuera miembro del Gobierno, de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, del Congreso de los Diputados, del Senado o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, de las Corporaciones locales, del Consejo General del Poder Judicial, Magistrado del Tribunal Constitucional, juez, magistrado o miembro del Ministerio Fiscal, se impondrá la pena de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses. - Artículo 551 Verify source ↗
Artículo 551
AI-assisted research summary: Higher penalties apply if an assault is committed with weapons, dangerous objects, dangerous violence, a motor vehicle, or during a prison riot/collective incident.
Artículo 551. Se impondrán las penas superiores en grado a las respectivamente previstas en el artículo anterior siempre que el atentado se cometa: 1.º Haciendo uso de armas u otros objetos peligrosos. 2.º Cuando el acto de violencia ejecutado resulte potencialmente peligroso para la vida de las personas o pueda causar lesiones graves. En particular, están incluidos los supuestos de lanzamiento de objetos contundentes o líquidos inflamables, el incendio y la utilización de explosivos. 3.º Acometiendo a la autoridad, a su agente o al funcionario público haciendo uso de un vehículo de motor. 4.º Cuando los hechos se lleven a cabo con ocasión de un motín, plante o incidente colectivo en el interior de un centro penitenciario. - Artículo 552 Verify source ↗
Artículo 552
AI-assisted research summary: This article is marked as suppressed.
Artículo 552. (Suprimido) - Artículo 553 Verify source ↗
Artículo 553
AI-assisted research summary: Provocation, conspiracy, or proposition for offences in the preceding articles is punished with a penalty one or two degrees lower than the corresponding offence.
Artículo 553. La provocación, la conspiración y la proposición para cualquiera de los delitos previstos en los artículos anteriores, será castigada con la pena inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente. - Artículo 554 Verify source ↗
Artículo 554
AI-assisted research summary: Se castiga con las mismas penas a quien agreda, use violencia o intimide a ciertos protegidos: militares uniformados en servicio, personas que auxilien a la autoridad, bomberos, personal sanitario, equipos de socorro y personal de seguridad privada identificado en cooperación con las fuerzas de seguridad.
Artículo 554. 1. Los hechos descritos en los artículos 550 y 551 serán también castigados con las penas expresadas en ellos cuando se cometieren contra un miembro de las Fuerzas Armadas que, vistiendo uniforme, estuviera prestando un servicio que le hubiera sido legalmente encomendado. 2. Las mismas penas se impondrán a quienes acometan, empleen violencia o intimiden a las personas que acudan en auxilio de la autoridad, sus agentes o funcionarios. 3. También se impondrán las penas de los artículos 550 y 551 a quienes acometan, empleen violencia o intimiden gravemente: a) A los bomberos o miembros del personal sanitario o equipos de socorro que estuvieran interviniendo con ocasión de un siniestro, calamidad pública o situación de emergencia, con la finalidad de impedirles el ejercicio de sus funciones. b) Al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
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