Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
Part 3 of 5 · provisions 401–600
This article says bankruptcy proceedings can apply to any debtor, but public-sector entities cannot be declared bankrupt.
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- Jurisdiction
- Spain
- Instrument
- Decree law
- Citation
- BOE-A-2020-4859
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- es
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Statute overview
About this statute
La administración concursal puede pedir al juez que se aplaze el pago de la indemnización del alto directivo hasta que la sentencia de calificación sea firme. Changes to conditions in applicable collective agreements are allowed only for matters permitted by labor law and, in any case, require agreement from the workers’ legal representatives. The effects of a bankruptcy declaration on administrative contracts made by the bankrupt party with public administrations are governed by special legislation. If there is no specific rule, the effects of insolvency on private contracts made by the debtor with public administrations or other public-sector entities are governed by this law. The bankruptcy estate includes all assets and rights in the debtor’s estate at the date of the bankruptcy declaration, plus those recovered or acquired before the procedure ends. Legally unattachable assets and rights are excluded.
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Legal text
Provisions of Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
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Artículo 419
AI-assisted research summary: Article 419 is marked as deleted/suppressed.
Artículo 419. Aprobación del plan de liquidación. (Suprimido) - Artículo 420 Verify source ↗
Artículo 420
AI-assisted research summary: El artículo 420 figura como suprimido.
Artículo 420. Modificación del plan de liquidación. (Suprimido) - Artículo 421 Verify source ↗
Artículo 421
AI-assisted research summary: If the judge has not set special liquidation rules, the insolvency administrator must liquidate the insolvency estate’s assets and rights in the way most favorable to the insolvency proceeding, subject to later articles and Chapter III of Title IV of Book I.
Artículo 421. Regla general en materia de liquidación. De no haber establecido el juez reglas especiales de liquidación, el administrador concursal realizará los bienes y derechos de la masa activa del modo más conveniente para el interés del concurso, sin más limitaciones que las establecidas en los artículos siguientes y en el capítulo III del título IV del libro primero. - Artículo 422 Verify source ↗
Artículo 422
AI-assisted research summary: As a rule, the estate’s productive units must be sold as a whole unless the judge has authorized an individual sale.
Artículo 422. Regla del conjunto. 1. El conjunto de los establecimientos, explotaciones y cualesquiera otras unidades productivas de bienes o de servicios de la masa activa se enajenará como un todo, salvo que el juez, al establecer las reglas especiales de liquidación, hubiera autorizado la enajenación individualizada. 2. En todo caso, la administración concursal, cuando lo estime conveniente para el interés del concurso, podrá solicitar del juez la autorización para la enajenación individualizada de los establecimientos, explotaciones y cualesquiera otras unidades productivas o de algunas de ellas, o de los elementos de que se compongan. 3. Contra el auto que acuerde la enajenación individualizada de los establecimientos, explotaciones y cualesquiera otras unidades productivas o de algunas de ellas, o de los elementos de que se compongan, no cabrá recurso alguno. - Artículo 423 Verify source ↗
Artículo 423
AI-assisted research summary: Certain liquidation sales over a 5% value threshold must be conducted by electronic auction, unless the judge decides otherwise.
Artículo 423. Regla de la subasta. 1. La realización durante la fase de liquidación de la masa activa de cualquier bien o derecho o conjunto de bienes o derechos que, según el último inventario presentado por la administración concursal tuviera un valor superior al cinco por ciento del valor total de los bienes y derechos inventariados, se realizará mediante subasta electrónica, salvo que el juez, al establecer las reglas especiales de liquidación, hubiera decidido otra cosa. 2. La subasta electrónica de los bienes y derechos deberá realizarse mediante la inclusión de esos bienes o derechos o parte de ellos, bien en el portal de subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, bien en cualquier otro portal electrónico especializado en la liquidación de activos. - Artículo 424 Verify source ↗
Artículo 424
AI-assisted research summary: The insolvency administrator must file a quarterly liquidation report with the insolvency judge and send it electronically to known creditors.
Artículo 424. Informes trimestrales de liquidación. 1. Cada tres meses, a contar de la apertura de la fase de liquidación, la administración concursal presentará al juez del concurso un informe sobre el estado de las operaciones. A ese informe se acompañará una relación de los créditos contra la masa, en la que se detallarán y cuantificarán los devengados y pendientes de pago, con indicación de sus respectivos vencimientos. 2. El informe trimestral quedará de manifiesto en la oficina judicial y será remitido por la administración concursal de forma telemática a los acreedores de cuya dirección electrónica tenga constancia. El incumplimiento de este deber podrá determinar la separación de la administración concursal y la exigencia de la responsabilidad si ese incumplimiento hubiera causado daño a los acreedores. 3. El informe trimestral que se presente transcurrido un año desde la apertura de la fase de liquidación de la masa activa, deberá contener como anejo un plan detallado, meramente informativo, del modo y tiempo de liquidación de aquellos bienes y derechos de la masa activa que todavía no hubieran sido realizados por la administración concursal. En los siguientes informes trimestrales, la administración concursal detallará los actos realizados para el cumplimento de ese plan o las razones que hubieran impedido ese cumplimiento. - Artículo 425 Verify source ↗
Artículo 425
AI-assisted research summary: The judge may order a preventive deposit of up to 15% of certain proceeds or cash payments into the court account.
Artículo 425. De la consignación preventiva. 1. El juez, de oficio o a instancia de parte, podrá ordenar la consignación en la cuenta del juzgado de hasta un quince por ciento de lo que se obtenga en cada una de las enajenaciones de los bienes y derechos que integran la masa activa o de los pagos en efectivo que se realicen con cargo a la misma. 2. Las cantidades consignadas se utilizarán para hacer frente al pago de aquellos créditos concursales que resulten de los pronunciamientos judiciales estimatorios de los recursos de apelación interpuestos o que pudieran interponerse frente a sentencias de impugnación de la lista de acreedores o actos de liquidación. - Artículo 426 Verify source ↗
Artículo 426
AI-assisted research summary: Consigned amounts must be released once the appeal proceedings are resolved or the appeal-filing period expires.
Artículo 426. De la liberación de las cantidades consignadas. Las cantidades consignadas se liberarán cuando los recursos de apelación hayan sido resueltos o cuando el plazo para su interposición haya expirado. La parte del remanente consignado que haya quedado libre tras la resolución o expiración del plazo de interposición de los recursos, será entregada a la administración concursal para que esta la asigne de acuerdo con el orden de prelación legalmente establecido en esta ley, teniendo en cuenta la parte de los créditos que ya hubiere sido satisfecha. - Artículo 427 Verify source ↗
Artículo 427
AI-assisted research summary: After one year from the final insolvency-liquidation opening order, any interested person may ask the insolvency court to remove the current insolvency administrator and appoint a replacement.
Artículo 427. Separación de la administración concursal por prolongación indebida de la liquidación. 1. Transcurrido un año desde la firmeza de la resolución judicial por la que se hubiera procedido a la apertura de la fase de liquidación sin que hubiera finalizado esta, cualquier interesado podrá solicitar al juez del concurso la separación de la administración concursal y el nombramiento de otra nueva. 2. El juez, previa audiencia de la administración concursal, acordará la separación si no existiere causa que justifique la dilación y procederá al nombramiento de quien haya de sustituirla. 3. El auto por el que se acuerde la separación de la administración concursal por prolongación indebida de la liquidación se insertará en el Registro público concursal. - Artículo 42 Verify source ↗
Artículo 42
AI-assisted research summary: Jointly declared and accumulated insolvency proceedings must be handled in a coordinated way, without consolidating the estates.
Artículo 42. Tramitación coordinada. Los concursos declarados conjuntamente y acumulados se tramitarán de forma coordinada, sin consolidación de las masas. - Artículo 428 Verify source ↗
Artículo 428
AI-assisted research summary: Los administradores concursales separados por prolongación indebida de la liquidación pierden el derecho a cobrar las retribuciones devengadas y deben devolver a la masa activa lo que hubieran cobrado desde que comenzó la fase de liquidación.
Artículo 428. Pérdida del derecho a la retribución. Los administradores concursales separados por prolongación indebida de la liquidación perderán el derecho a percibir las retribuciones devengadas, debiendo reintegrar a la masa activa las cantidades que en ese concepto hubieran percibido desde la apertura de la fase de liquidación. - Artículo 429 Verify source ↗
Artículo 429
AI-assisted research summary: La administración concursal debe deducir de la masa activa los bienes y derechos necesarios antes de pagar los créditos concursales.
Artículo 429. Deducción para pagos de créditos contra la masa. Antes de proceder al pago de los créditos concursales, la administración concursal deducirá de la masa activa los bienes y derechos necesarios para satisfacer los créditos contra esta. - Artículo 430 Verify source ↗
Artículo 430
AI-assisted research summary: Special privileged credits are generally paid from the encumbered assets and rights. In some suspended-enforcement situations, the insolvency administrator may choose to pay them from the estate instead, but then must pay overdue instalments and interest immediately.
Artículo 430. Pago de créditos con privilegio especial. 1. El pago de los créditos con privilegio especial se hará con cargo a los bienes y derechos afectos, ya sean objeto de ejecución separada o colectiva. 2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, en tanto se encuentren paralizadas las ejecuciones de garantías reales y el ejercicio de acciones de recuperación asimiladas o subsista la suspensión de las ejecuciones iniciadas antes de la declaración de concurso, la administración concursal podrá comunicar a los titulares de estos créditos con privilegio especial que opta por atender su pago con cargo a la masa y sin realización de los bienes y derechos afectos. Comunicada esta opción, la administración concursal habrá de satisfacer de inmediato la totalidad de los plazos de amortización e intereses vencidos y asumirá la obligación de atender los sucesivos como créditos contra la masa y en cuantía que no exceda del valor de la garantía conforme figura en la lista de acreedores. En caso de incumplimiento, se realizarán los bienes y derechos afectos para satisfacer los créditos con privilegio especial conforme a lo dispuesto en el apartado siguiente. 3. El importe obtenido por la realización de los bienes o derechos afectos se destinará al pago del acreedor privilegiado en cantidad que no exceda de la deuda originaria. El resto, si lo hubiere, corresponderá a la masa activa. Si no se consiguiese la completa satisfacción del crédito, la parte no satisfecha será tratada en el concurso con la clasificación que le corresponda. - Artículo 431 Verify source ↗
Artículo 431
AI-assisted research summary: If the same asset or right is subject to more than one special-priority claim, payments must follow the time-based priority set by the specific law governing each claim’s enforceability against third parties.
Artículo 431. Prioridad temporal. Si un mismo bien o derecho se encontrase afecto a más de un crédito con privilegio especial, los pagos se realizarán conforme a la prioridad temporal que para cada crédito resulte del cumplimiento de los requisitos y formalidades previstos en su legislación específica para su oponibilidad a terceros. La prioridad para el pago de los créditos con hipoteca legal tácita será la que resulte de la regulación de esta. - Artículo 432 Verify source ↗
Artículo 432
AI-assisted research summary: El juez puede autorizar el pago de créditos con privilegio general antes de que terminen las impugnaciones, si adopta las medidas cautelares oportunas.
Artículo 432. Pago de créditos con privilegio general. 1. Deducidos de la masa activa los bienes y derechos necesarios para satisfacer los créditos contra la masa y con cargo a los bienes no afectos a privilegio especial o al remanente que de ellos quedase una vez pagados estos créditos, se atenderá al pago de aquellos que gozan de privilegio general, por el orden establecido en esta ley y, en su caso, a prorrata dentro de cada número. 2. El juez podrá autorizar el pago de estos créditos sin esperar a la conclusión de las impugnaciones promovidas adoptando las medidas cautelares que considere oportunas en cada caso para asegurar su efectividad y la de los créditos contra la masa de previsible generación. - Artículo 433 Verify source ↗
Artículo 433
AI-assisted research summary: Los créditos ordinarios se pagan después de los créditos contra la masa y los privilegiados; la administración concursal debe atender ese pago según la liquidez y puede hacer entregas de al menos el 5% del nominal de cada crédito.
Artículo 433. Pago de créditos ordinarios. 1. El pago de los créditos ordinarios se efectuará una vez satisfechos los créditos contra la masa y los privilegiados. 2. Los créditos ordinarios serán satisfechos a prorrata, conjuntamente con la parte de los créditos con privilegio especial en que no hubieran sido satisfechos con cargo a los bienes y derechos afectos, salvo que tuvieran la consideración de subordinados. 3. La administración concursal atenderá el pago de estos créditos en función de la liquidez de la masa activa y podrá disponer de entregas de cuotas cuyo importe no sea inferior al cinco por ciento del nominal de cada crédito. - Artículo 434 Verify source ↗
Artículo 434
AI-assisted research summary: El juez puede autorizar el pago anticipado de créditos ordinarios en casos excepcionales.
Artículo 434. Pago de créditos ordinarios con antelación. 1. En casos excepcionales, el juez, a solicitud de la administración concursal, podrá motivadamente autorizar la realización de pagos de créditos ordinarios con antelación cuando estime suficientemente cubierto el pago de los créditos contra la masa y de los créditos privilegiados. 2. El juez podrá también autorizar el pago de los créditos ordinarios antes de que concluyan las impugnaciones promovidas, adoptando en cada caso las medidas cautelares que considere oportunas para asegurar su efectividad y la de los créditos contra la masa de previsible generación. - Artículo 435 Verify source ↗
Artículo 435
AI-assisted research summary: Los créditos subordinados no se pagan hasta que los créditos ordinarios estén полностью satisfechos, y se pagan según el orden legal o, en su caso, a prorrata. Los pactos de subordinación relativa pueden reconocerse y ejecutarse en el concurso si no perjudican a terceros y el deudor forma parte del pacto.
Artículo 435. Pago de los créditos subordinados. 1. El pago de los créditos subordinados no se realizará hasta que hayan quedado íntegramente satisfechos los créditos ordinarios. 2. El pago de estos créditos se realizará por el orden establecido en esta ley y, en su caso, a prorrata dentro de cada número. 3. Siempre que no cause perjuicio a tercero y forme parte de él el deudor, el pacto de subordinación relativa entre acreedores se reconocerá en el concurso y será ejecutable dentro del mismo. La administración concursal realizará los pagos conforme a los previsto en los pactos. - Artículo 436 Verify source ↗
Artículo 436
AI-assisted research summary: If a credit is paid before its due date at the opening of liquidation, the payment must be reduced by the corresponding discount calculated at the legal interest rate.
Artículo 436. Pago anticipado. Si el pago de un crédito se realizare antes del vencimiento que tuviere a la fecha de la apertura de la liquidación, se hará con el descuento correspondiente, calculado al tipo de interés legal. - Artículo 437 Verify source ↗
Artículo 437
AI-assisted research summary: El acreedor puede cobrar en el concurso del deudor lo que corresponda hasta completar íntegramente su crédito, si antes del concurso ya había cobrado parte del crédito de un deudor solidario, fiador o avalista.
Artículo 437. Derecho del acreedor a la cuota del deudor solidario. El acreedor que, antes de la declaración de concurso, hubiera cobrado parte del crédito de un deudor solidario, de un fiador o de un avalista del deudor tendrá derecho a obtener en el concurso del deudor los pagos correspondientes a aquellos hasta que, sumados a los que perciba por su crédito, cubran el importe total de este. - Artículo 43 Verify source ↗
Artículo 43
AI-assisted research summary: El juez puede acordar, de forma excepcional, la consolidación de masas de concursos conjuntamente declarados o acumulados.
Artículo 43. Consolidación de masas. Excepcionalmente, el juez, de oficio o a solicitud de cualquier interesado, podrá acordar la consolidación de las masas de concursos declarados conjuntamente o acumulados cuando exista confusión de patrimonios y no sea posible deslindar la titularidad de activos y pasivos sin incurrir en demora en la tramitación del concurso o en un gasto injustificado. - Artículo 438 Verify source ↗
Artículo 438
AI-assisted research summary: If the same credit is recognized in two or more insolvency proceedings of solidary debtors, total amounts received cannot exceed the credit amount, and the insolvency administrator may hold payment until proof of what the creditor has already received is provided.
Artículo 438. Pago de crédito reconocido en dos o más concursos de deudores solidarios. 1. En el caso de que el crédito hubiera sido reconocido en dos o más concursos de deudores solidarios, la suma de lo percibido en todos los concursos no podrá exceder del importe del crédito. 2. La administración concursal podrá retener el pago hasta que el acreedor presente certificación acreditativa de lo percibido en los concursos de los demás deudores solidarios. Una vez efectuado el pago, lo pondrá en conocimiento de las administraciones concursales de los demás concursos. 3. El deudor solidario concursado que haya efectuado pago parcial al acreedor no podrá obtener el pago en los concursos de los codeudores mientras el acreedor no haya sido íntegramente satisfecho. - Artículo 439 Verify source ↗
Artículo 439
AI-assisted research summary: Quienes hayan recibido pagos parciales deben conservarlos y no pueden cobrar lo que les falte hasta que los demás acreedores de su misma clase hayan cobrado un porcentaje equivalente, salvo que se desvirtúe la presunción de legitimidad por sentencia firme de revocación.
Artículo 439. Coordinación con pagos anteriores en fase de convenio. 1. Si a la liquidación hubiese precedido el cumplimiento parcial de un convenio, se presumirán legítimos los pagos realizados en él, salvo que se probara la existencia de fraude, contravención al convenio o alteración de la igualdad de trato a los acreedores. 2. Quienes hubieran recibido pagos parciales cuya presunción de legitimidad no resultara desvirtuada por sentencia firme de revocación, los retendrán en su poder, pero no podrán cobrar lo que les faltara percibir hasta que el resto de los acreedores de su misma clasificación hubiera recibido pagos en un porcentaje equivalente. - Artículo 440 Verify source ↗
Artículo 440
AI-assisted research summary: If money remains after all bankruptcy claims are paid, suspended interest may be paid in whole or in part at the agreed rate, or at the legal rate if none was agreed.
Artículo 440. Pago de intereses. Si resultara remanente después del pago de la totalidad de los créditos concursales, procederá el pago, total o parcial, de los intereses cuyo devengo hubiese quedado suspendido por efecto de la declaración de concurso, calculados al tipo convencional y, si no existiera, al tipo legal. - Artículo 441 Verify source ↗
Artículo 441
AI-assisted research summary: The insolvency proceeding is classified as either fortuitous or culpable.
Artículo 441. Calificación del concurso. El concurso se calificará como fortuito o como culpable. - Artículo 442 Verify source ↗
Artículo 442
AI-assisted research summary: El concurso se calificará como culpable si la insolvencia se generó o agravó con dolo o culpa grave de determinadas personas vinculadas al deudor.
Artículo 442. Concurso culpable. El concurso se calificará como culpable cuando en la generación o agravación del estado de insolvencia hubiera mediado dolo o culpa grave del deudor o, si los tuviere, de sus representantes legales y, en caso de persona jurídica, de sus administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, directores generales, y de quienes, dentro de los dos años anteriores a la fecha de declaración del concurso, hubieren tenido cualquiera de estas condiciones. - Artículo 443 Verify source ↗
Artículo 443
AI-assisted research summary: El artículo enumera casos en los que el concurso se calificará como culpable.
Artículo 443. Supuestos especiales. En todo caso, el concurso se calificará como culpable en los siguientes supuestos: 1.º Cuando el deudor se hubiera alzado con la totalidad o parte de sus bienes en perjuicio de sus acreedores o hubiera realizado cualquier acto que retrase, dificulte o impida la eficacia de un embargo en cualquier clase de ejecución iniciada o de previsible iniciación. 2.º Cuando durante los dos años anteriores a la fecha de la declaración de concurso hubieran salido fraudulentamente del patrimonio del deudor bienes o derechos. 3.º Cuando antes de la fecha de declaración del concurso el deudor hubiese realizado cualquier acto jurídico dirigido a simular una situación patrimonial ficticia. 4.º Cuando el deudor hubiera cometido inexactitud grave en cualquiera de los documentos acompañados a la solicitud de declaración de concurso o presentados durante la tramitación del procedimiento, o hubiera acompañado o presentado documentos falsos. 5.º Cuando el deudor legalmente obligado a la llevanza de contabilidad hubiera incumplido sustancialmente esta obligación, llevara doble contabilidad o hubiera cometido en la que llevara irregularidad relevante para la comprensión de su situación patrimonial o financiera. 6.º Cuando la apertura de la liquidación haya sido acordada de oficio por incumplimiento del convenio debido a causa imputable al concursado. - Artículo 444 Verify source ↗
Artículo 444
AI-assisted research summary: El concurso se presume culpable salvo prueba en contrario cuando el deudor, o sus representantes, administradores o liquidadores, incumplen ciertos deberes de solicitud, colaboración, información, asistencia o contabilidad.
Artículo 444. Presunciones de culpabilidad. El concurso se presume culpable, salvo prueba en contrario, cuando el deudor o, en su caso, sus representantes legales, administradores o liquidadores: 1.º Hubieran incumplido el deber de solicitar la declaración del concurso. 2.º Hubieran incumplido el deber de colaboración con el juez del concurso y la administración concursal, no les hubieran facilitado la información necesaria o conveniente para el interés del concurso, o no hubiesen asistido, por sí o por medio de apoderado, a la junta de acreedores, siempre que su participación hubiera sido determinante para la adopción del convenio. 3.º Si, en alguno de los tres últimos ejercicios anteriores a la declaración de concurso, el deudor obligado legalmente a la llevanza de contabilidad no hubiera formulado las cuentas anuales, no las hubiera sometido a auditoría, debiendo hacerlo, o, una vez aprobadas, no las hubiera depositado en el Registro mercantil o en el registro correspondiente. - Artículo 445 Verify source ↗
Artículo 445
AI-assisted research summary: This article defines who counts as an accomplice in a culpable insolvency proceeding.
Artículo 445. Cómplices. Se consideran cómplices las personas que, con dolo o culpa grave, hubieran cooperado con el deudor o, si los tuviere, con sus representantes legales y, en caso de persona jurídica, con sus administradores o liquidadores, tanto de derecho como de hecho, o con sus directores generales, a la realización de cualquier acto que haya fundado la calificación del concurso como culpable. - Artículo 446 Verify source ↗
Artículo 446
AI-assisted research summary: When the common phase ends, the judge must order the formation of section six.
Artículo 446. Formación de la sección sexta. 1. En el mismo auto por el que se ponga fin a la fase común, el juez ordenará la formación de la sección sexta. 2. La sección se encabezará con copia auténtica del auto por el que se haya procedido a su formación y se incorporarán a ella copia auténtica de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación aportada por el deudor, del auto de declaración de concurso y del informe de la administración concursal con los documentos anejos. - Artículo 447 Verify source ↗
Artículo 447
AI-assisted research summary: During the claims-communication period, any creditor or person involved in the insolvency may email the insolvency administrator relevant information to support a finding that the insolvency is culpable, and may attach supporting documents if they wish.
Artículo 447. Alegaciones sobre la calificación del concurso. Durante el plazo para la comunicación de créditos cualquier acreedor o cualquier personado en el concurso podrá remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que considere oportunos. - Artículo 44 Verify source ↗
Artículo 44
AI-assisted research summary: Mercantile judges are the competent judges to declare and handle insolvency proceedings.
Artículo 44. Competencia objetiva. Son competentes para declarar y tramitar el concurso de acreedores los jueces de lo mercantil. - Artículo 448 Verify source ↗
Artículo 448
AI-assisted research summary: La administración concursal debe presentar un informe de calificación en 15 días y enviarlo por correo a quienes alegaron sobre la calificación; además, puede ampliarlo si surgen hechos relevantes.
Artículo 448. Informe de calificación del administrador concursal. 1. Dentro de los quince días siguientes al de la presentación del inventario y de la lista de acreedores provisionales, la administración concursal presentará un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución. Si los acreedores o los que sin ser acreedores se hayan personado en el concurso hubieran formulado alegaciones para la calificación del concurso como culpable, esas alegaciones se unirán como anejo al informe de calificación. 2. El informe de calificación tendrá la estructura propia de una demanda si el administrador concursal solicitara la calificación del concurso como culpable. 3. Si la administración concursal propusiera la calificación del concurso como culpable, el informe expresará la identidad de las personas a las que deba afectar la calificación y la de las que hayan de ser consideradas cómplices, justificando la causa, así como la determinación de los daños y perjuicios que, en su caso, se hayan causado por las personas anteriores y las demás pretensiones que se consideren procedentes conforme a lo previsto por la ley. 4. El mismo día de la presentación, el administrador concursal remitirá el informe a la dirección de correo electrónico de quienes hubieran formulado alegaciones sobre la calificación del concurso. 5. Si después de la presentación del informe de calificación la administración concursal tuviera conocimiento de algún hecho relevante para la calificación, podrá presentar una ampliación de su informe. - Artículo 449 Verify source ↗
Artículo 449
AI-assisted research summary: Certain creditors may file a reasoned, documented report about facts relevant to a culpable insolvency finding, within 10 days after the insolvency administrator’s qualification report is sent, if they previously made allegations and meet the stated threshold.
Artículo 449. Informe de calificación de los acreedores. Dentro de los diez días siguientes al de la remisión del informe de calificación del administrador concursal, los acreedores que hubieran formulado alegaciones para la calificación del concurso como culpable podrán presentar también un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso como culpable, con propuesta de resolución del concurso como culpable conforme a lo establecido en el artículo anterior, siempre que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo o sean titulares de créditos por importe superior a un millón de euros según la lista provisional presentada por la administración concursal. - Artículo 450 Verify source ↗
Artículo 450
AI-assisted research summary: Regulates the court steps and deadlines for handling the section, including hearing the debtor, summoning affected persons, setting a hearing, and archiving the case in one scenario.
Artículo 450. Tramitación de la sección. 1. Si en alguno de los informes emitidos se hubiera solicitado la calificación del concurso como culpable, el juez, dentro de los cinco días siguientes a aquel en que hubiera transcurrido el plazo a que se refiere el artículo anterior, ordenará, mediante providencia, que se dé audiencia al concursado por plazo de diez días y, en la misma resolución, ordenará emplazar a todas las demás personas que, según resulte de lo actuado, pudieran ser afectadas por la calificación del concurso o declaradas cómplices, a fin de que, en plazo de cinco días, comparezcan en la sección si no lo hubieran hecho con anterioridad. 2. El mismo día de la providencia, el letrado de la Administración de Justicia señalará fecha y hora para la celebración de la vista, que deberá tener lugar dentro de los dos meses siguientes a la fecha de esa resolución. 3. A las personas que comparezcan en plazo el letrado de la Administración de Justicia les dará vista del contenido de la sección para que, dentro de los diez días siguientes, aleguen cuanto convenga a su derecho. Si comparecieren con posterioridad al vencimiento del plazo, les tendrá por parte sin retroceder el curso de las actuaciones. Si no comparecieren, el letrado de la Administración de Justicia los declarará en rebeldía y seguirán su curso las actuaciones sin volver a citarlos. 4. Si la prueba propuesta en los informes emitidos en los que se hubiera solicitado la calificación del concurso como culpable y en las alegaciones presentadas por el deudor, las demás personas afectadas por la calificación y los cómplices, fuese únicamente documental, el juez podrá dejar sin efecto el señalamiento para la celebración de la vista. 5. Salvo en caso de allanamiento, las alegaciones del deudor, de las demás personas afectadas por la calificación y de los cómplices deberán tener la estructura propia de una contestación a la demanda. 6. Si el informe de la administración concursal solicitara la calificación del concurso como fortuito y los acreedores legitimados no hubieran presentado informe de calificación, el juez, sin más trámites, ordenará, mediante auto, el archivo de las actuaciones. Contra el auto que ordene el archivo de las actuaciones no cabrá recurso alguno. - Artículo 451 Verify source ↗
Artículo 451
AI-assisted research summary: If the bankrupt person or another appearance participant objects, they must do so in the form used for a statement of defence; if there is no objection, the judge must issue judgment within five days.
Artículo 451. Oposición a la calificación. 1. Si el concursado o alguno de los comparecidos formulase oposición deberá hacerlo en la forma prevista para un escrito de contestación a la demanda. Para los trámites posteriores el procedimiento se sustanciará según lo previsto para el incidente concursal. De ser varias las oposiciones, se sustanciarán juntas en el mismo incidente. 2. Si no se hubiere formulado oposición, el juez dictará sentencia en el plazo de cinco días. - Artículo 452 Verify source ↗
Artículo 452
AI-assisted research summary: Si se abre la liquidación por incumplimiento del convenio, el juez debe reabrir la sección sexta o crear una pieza separada, según el estado en que estuviera la sección de calificación. El plazo para presentar el informe de calificación empieza al día siguiente de la notificación de la apertura de la liquidación.
Artículo 452. Especialidades de la formación de la sección de calificación en caso de incumplimiento del convenio. 1. En la misma resolución judicial que acuerde la apertura de la liquidación por razón de incumplimiento del convenio, el juez procederá del siguiente modo: 1.º Si en la sección sexta se hubiera dictado sentencia de calificación o auto de archivo de la sección, ordenará la reapertura de esa sección, con incorporación a ella de la propia resolución que ordene esa reapertura. 2.º Si continuara en tramitación, ordenará la formación de una pieza separada dentro de la sección de calificación que se hallare abierta, para su tramitación de forma autónoma y conforme a las normas establecidas en este título que le sean de aplicación. 2. El plazo para la presentación del informe o informes de calificación se iniciará al siguiente día de la notificación de la apertura de la liquidación al administrador concursal y a los acreedores personados en el concurso. - Artículo 453 Verify source ↗
Artículo 453
AI-assisted research summary: Si hay incumplimiento del convenio y se pide que el concurso se califique como culpable, un acreedor o quien tenga interés legítimo puede comparecer antes de la vista para defender esa calificación.
Artículo 453. Personación de acreedores y demás legitimados. En caso de incumplimiento del convenio, si el informe o informes de calificación solicitaran la calificación del concurso como culpable, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección sexta o en la pieza separada, antes de la celebración de la vista, para defender esta calificación. - Artículo 454 Verify source ↗
Artículo 454
AI-assisted research summary: When the section is reopened or a separate part is formed, the qualification report must be limited to deciding whether fraud or gross negligence occurred in breaching the agreement, and it must include a proposal for resolution.
Artículo 454. Contenido de los informes. En el caso de reapertura de la sección o de formación de pieza separada, el informe o informes de calificación se limitarán a determinar si ha concurrido dolo o culpa grave en el incumplimiento del convenio, con propuesta de resolución. - Artículo 455 Verify source ↗
Artículo 455
AI-assisted research summary: If a bankruptcy is classified as culpable, the court must identify the affected persons and may impose disqualification, loss of creditor rights, return of wrongly obtained assets, and damages.
Artículo 455. Sentencia de calificación. 1. La sentencia declarará el concurso como fortuito o como culpable. Si lo calificara como culpable, expresará la causa o causas en que se fundamente la calificación. 2. La sentencia que califique el concurso como culpable contendrá, además, los siguientes pronunciamientos: 1.º La determinación de las personas afectadas por la calificación, así como, en su caso, la de las declaradas cómplices. En caso de persona jurídica, podrán ser consideradas personas afectadas por la calificación los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, los directores generales y quienes, dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración de concurso, hubieren tenido cualquiera de estas condiciones. Si alguna de las personas afectadas lo fuera como administrador o liquidador de hecho, la sentencia deberá motivar específicamente la atribución de esa condición. No tendrán la consideración de administradores de hecho los acreedores que, en virtud de lo pactado en el convenio tuvieran derechos especiales de información, de autorización de determinadas operaciones del deudor o cualesquiera otras de vigilancia o control sobre el cumplimiento del plan de viabilidad, salvo que se acreditara la existencia de alguna circunstancia de distinta naturaleza que pudiera justificar la atribución de esa condición. 2.º La inhabilitación de las personas naturales afectadas por la calificación para administrar los bienes ajenos durante un período de dos a quince años, así como para representar a cualquier persona durante el mismo período. Esta inhabilitación se notificará al Registro de la Propiedad y al Registro Mercantil para su constancia en la hoja de la concursada y en las demás del registro en que aparezca la persona inhabilitada, así como en el Índice único informatizado del artículo 242 bis de la Ley Hipotecaria. La duración del periodo de inhabilitación se fijará por el juez atendiendo a la gravedad de los hechos y a la entidad del perjuicio causado a la masa activa, así como a la existencia de otras sentencias de calificación del concurso como culpable en los que la misma persona ya hubiera sido inhabilitada. Excepcionalmente, en caso de convenio, si así lo hubiera solicitado la administración concursal en el informe de calificación, la sentencia podrá autorizar al inhabilitado a continuar al frente de la empresa o como administrador de la sociedad concursada durante el tiempo de cumplimiento del convenio o por periodo inferior. 3.º La pérdida de cualquier derecho que las personas afectadas por la calificación o declaradas cómplices tuvieran como acreedores concursales o de la masa. 4.º La condena a las personas afectadas por la calificación o declaradas cómplices a devolver los bienes o derechos que indebidamente hubieran obtenido del patrimonio del deudor o recibido de la masa activa. 5.º La condena a las personas afectadas por la calificación o declaradas cómplices a indemnizar, con o sin solidaridad, los daños y perjuicios causados. 3. En materia de costas, serán de aplicación las siguientes reglas especiales: 1.ª La sentencia que desestime la solicitud de calificación del concurso como culpable a solicitud de la administración concursal no condenará a esta al pago de las costas, salvo que concurra temeridad. 2.ª La sentencia que estime la solicitud de calificación del concurso como culpable no condenará a las personas afectadas por la calificación o declarados cómplices al pago de las costas en que hubieran incurrido los legitimados personados en la sección sexta para defender la calificación del concurso como culpable. 4. La sentencia declarará el incumplimiento del convenio como fortuito o como culpable. La sentencia que califique ese incumplimiento como culpable contendrá, además, los pronunciamientos a que se refieren los apartados 1 y 2. - Artículo 456 Verify source ↗
Artículo 456
AI-assisted research summary: A judge may order certain insolvency-related managers to cover all or part of the deficit, and must apportion the amount among multiple condemned persons.
Artículo 456. Condena a la cobertura del déficit. 1. Cuando la sección de calificación hubiera sido formada o reabierta como consecuencia de la apertura de la fase de liquidación, el juez, en la sentencia de calificación, podrá condenar, con o sin solidaridad, a la cobertura, total o parcial, del déficit a todos o a algunos de los administradores, liquidadores, de derecho o de hecho, o directores generales de la persona jurídica concursada que hubieran sido declarados personas afectadas por la calificación en la medida que la conducta de estas personas que haya determinado la calificación del concurso como culpable hubiera generado o agravado la insolvencia. 2. Se considera que existe déficit cuando el valor de los bienes y derechos de la masa activa según el inventario de la administración concursal sea inferior a la suma de los importes de los créditos reconocidos en la lista de acreedores. 3. En caso de pluralidad de condenados a la cobertura del déficit, la sentencia deberá individualizar la cantidad a satisfacer por cada uno de ellos, de acuerdo con la participación en los hechos que hubieran determinado la calificación del concurso. 4. En caso de reapertura de la sección sexta por incumplimiento del convenio, si el concurso hubiera sido ya calificado como culpable, el juez para fijar la condena a la cobertura, total o parcial, del déficit, atenderá tanto a los hechos declarados probados en la sentencia de calificación como a los determinantes de la reapertura. - Artículo 457 Verify source ↗
Artículo 457
AI-assisted research summary: The content of the judgment declaring the bankruptcy as culpable must be entered in the public bankruptcy register.
Artículo 457. Publicidad. El contenido de la sentencia de calificación del concurso como culpable se inscribirá en el Registro público concursal. - Artículo 45 Verify source ↗
Artículo 45
AI-assisted research summary: Este artículo fija qué juez es competente para declarar y tramitar el concurso según el territorio donde esté el centro de intereses principales del deudor, con una presunción para personas jurídicas y una regla especial sobre el domicilio.
Artículo 45. Competencia territorial. 1. La competencia para declarar y tramitar el concurso corresponde al juez en cuyo territorio tenga el deudor el centro de sus intereses principales. Por centro de los intereses principales se entenderá el lugar donde el deudor ejerce de modo habitual y reconocible por terceros la administración de tales intereses. 2. En caso de deudor persona jurídica, se presume que el centro de sus intereses principales se halla en el lugar del domicilio social. Será ineficaz a estos efectos el cambio de domicilio inscrito en el Registro mercantil dentro de los seis meses anteriores a la solicitud del concurso, cualquiera que sea la fecha en que se hubiera acordado o decidido. 3. Si el domicilio del deudor y el centro de sus intereses principales radicara en territorio español, aunque en lugares diferentes, será también competente, a elección del acreedor solicitante, el juez en cuyo territorio radique el domicilio. - Artículo 458 Verify source ↗
Artículo 458
AI-assisted research summary: If the same person is disqualified in two or more insolvency proceedings, the disqualification period is the sum of each period.
Artículo 458. Cumplimiento de las condenas de inhabilitación. En el caso de que una misma persona fuera inhabilitada en dos o más concursos, el período de inhabilitación será la suma de cada uno de ellos. - Artículo 459 Verify source ↗
Artículo 459
AI-assisted research summary: When the qualification judgment becomes final, the disqualified administrators and liquidators cease automatically. If that makes the administration or liquidation body unable to function, the insolvency administration must call a shareholders’ meeting to fill the vacancies, and the company pays the meeting costs.
Artículo 459. Cese y sustitución de los inhabilitados. 1. La firmeza de la sentencia de calificación producirá el cese automático de los administradores y liquidadores de la persona jurídica concursada que hubieran sido inhabilitados. 2. Si el cese impidiese el funcionamiento del órgano de administración o liquidación, la administración concursal, aunque hubiera sido cesada, convocará junta o asamblea de socios para el nombramiento de quienes hayan de cubrir las vacantes de los inhabilitados. Los gastos de la convocatoria serán a cargo de la sociedad. - Artículo 460 Verify source ↗
Artículo 460
AI-assisted research summary: People who were parties in the sixth section may appeal the qualification judgment.
Artículo 460. Recurso de apelación. Quienes hubieran sido parte en la sección sexta podrán interponer recurso de apelación contra la sentencia de calificación. - Artículo 461 Verify source ↗
Artículo 461
AI-assisted research summary: La administración concursal puede pedir la ejecución de la sentencia de calificación; si no lo hace dentro de un mes desde el requerimiento, los acreedores que la hayan pedido por escrito también pueden solicitarla. Lo obtenido en esa ejecución se incorpora a la masa activa del concurso.
Artículo 461. Ejecución de la sentencia de calificación. 1. La legitimación para solicitar la ejecución de la condena o de las condenas que contenga la sentencia de calificación corresponderá a la administración concursal. Los acreedores que hayan instado por escrito de la administración concursal la solicitud de la ejecución estarán legitimados para solicitarla si la administración concursal no lo hiciere dentro del mes siguiente al requerimiento. 2. Todas las cantidades que se obtengan en ejecución de la sentencia de calificación se integrarán en la masa activa del concurso. - Artículo 462 Verify source ↗
Artículo 462
AI-assisted research summary: La calificación no vincula a los jueces penales ni a los órganos contencioso-administrativos en los casos descritos.
Artículo 462. Regla de la no vinculación de los jueces de lo penal ni de los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa. La calificación no vinculará a los jueces de lo penal que conozcan de aquellas actuaciones de las personas afectadas por la calificación o declaradas cómplices que pudieran ser constitutivas de delito, ni a los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa que conozcan de actuaciones sobre responsabilidad en el ámbito administrativo de terceras personas relacionadas con el concursado. - Artículo 463 Verify source ↗
Artículo 463
AI-assisted research summary: La autoridad supervisora debe comunicar de inmediato la resolución al juez competente, y el juez puede dictar un auto para formar una sección autónoma de calificación sin previa declaración de concurso.
Artículo 463. Formación de la sección de calificación. 1. En los casos de adopción de medidas administrativas que comporten la disolución y liquidación de una entidad y excluyan la posibilidad de declarar el concurso, la autoridad supervisora que las hubiera acordado comunicará inmediatamente la resolución al juez que fuera competente para la declaración de concurso de esa entidad. 2. Una vez recibida la comunicación y, aunque la resolución administrativa no sea firme, el juez, de oficio o a solicitud de la autoridad administrativa, dictará auto acordando la formación de una sección autónoma de calificación, sin previa declaración de concurso. 3. Se dará al auto la publicidad prevista en esta ley para la resolución judicial de apertura de la liquidación. - Artículo 464 Verify source ↗
Artículo 464
AI-assisted research summary: Los interesados pueden personarse y actuar en la sección dentro de 15 días desde la publicación anterior; el informe de calificación lo emite la autoridad supervisora que acordó la medida, salvo designación distinta en legislación específica.
Artículo 464. Especialidades de la tramitación. 1. La sección se encabezará con la resolución administrativa que hubiere acordado las medidas. 2. Los interesados podrán personarse y ser parte en la sección en el plazo de quince días a contar desde la publicación prevista en el artículo anterior. 3. El informe sobre la calificación será emitido por la autoridad supervisora que hubiere acordado la medida de intervención, salvo que en la legislación específica se designe persona distinta. - Artículo 465 Verify source ↗
Artículo 465
AI-assisted research summary: The bankruptcy case may be closed and the proceedings filed if one of the listed causes occurs.
Artículo 465. Causas. La conclusión del concurso con el archivo de las actuaciones procederá en los siguientes casos: 1.º Cuando alcance firmeza el auto de la Audiencia Provincial que, estimando la apelación, revoque el auto de declaración de concurso. 2.º Cuando de la lista definitiva de acreedores resulte la existencia de un único acreedor. 3.º Cuando, terminada la fase común del concurso, alcance firmeza la resolución que acepte el desistimiento o la renuncia de los acreedores reconocidos, a menos que tras el desistimiento o renuncia resulte la existencia de un único acreedor en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el ordinal anterior. 4.º Cuando, dictado auto de cumplimiento del convenio, transcurra el plazo de caducidad de las acciones de declaración de incumplimiento o, en su caso, sean rechazadas por resolución judicial firme las que se hubieren ejercitado. 5.º Cuando, en cualquier estado del procedimiento, se compruebe el pago o la consignación de la totalidad de los créditos reconocidos o la íntegra satisfacción de los acreedores por cualquier otro medio. 6.º Cuando se hayan liquidado los bienes y derechos de la masa activa y aplicado lo obtenido en la liquidación a la satisfacción de los créditos. 7.º Cuando, en cualquier estado del procedimiento, se compruebe la insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, y concurran las demás condiciones establecidas en esta ley. 8.º Cuando, en los casos admitidos por la ley, la sociedad declarada en concurso se hubiera fusionado con otra u otras o hubiera sido absorbida por otra, se hubiera escindido totalmente o hubiera cedido globalmente el activo y el pasivo que tuviere. - Artículo 466 Verify source ↗
Artículo 466
AI-assisted research summary: The court clerk must formalize the conclusion of the bankruptcy proceedings once the court has notice that the Provincial Court’s revocation order is final.
Artículo 466. Revocación de la declaración de concurso. La conclusión del concurso se acordará mediante diligencia por el Letrado de la Administración de Justicia, una vez conste en el juzgado la firmeza del auto de la Audiencia Provincial que revoque el auto de declaración de concurso. - Artículo 467 Verify source ↗
Artículo 467
AI-assisted research summary: When the claim deadline for alleging breach has expired, or any filed claims have been finally dismissed, the judge must issue an order ending the proceedings.
Artículo 467. Cumplimiento del convenio. Una vez transcurrido el plazo de caducidad de las acciones de declaración de incumplimiento o, en su caso, rechazadas por resolución judicial firme las que se hubieran ejercitado, el juez dictará auto de conclusión del procedimiento. - Artículo 46 Verify source ↗
Artículo 46
AI-assisted research summary: El artículo asigna al juez competente para declarar concursos conjuntos y para decidir la acumulación y tramitación conjunta de concursos conexos.
Artículo 46. Competencia en caso de concursos conexos. 1. Será juez competente para la declaración conjunta de concurso el del lugar donde tenga el centro de sus intereses principales el deudor con mayor pasivo y, si se trata de un grupo de sociedades, el de la sociedad dominante o, en supuestos en que el concurso no se solicite respecto de esta, el de la sociedad de mayor pasivo. Si ya hubiera sido declarado el concurso de la sociedad dominante, será juez competente para la declaración del concurso de cualquiera de las sociedades del grupo aquel que esté conociendo del concurso de aquella. 2. Será competente para decidir sobre la acumulación de los concursos conexos, si estos hubiesen sido declarados por diferentes juzgados, y para su posterior tramitación conjunta, el juez que estuviera conociendo del concurso del deudor con mayor pasivo en el momento de la presentación de la solicitud de concurso o, en su caso, del concurso de la sociedad dominante o cuando esta no haya sido declarada en concurso, el que primero hubiera conocido del concurso de cualquiera de las sociedades del grupo. - Artículo 468 Verify source ↗
Artículo 468
AI-assisted research summary: El administrador concursal debe presentar el informe final de liquidación al juez, incluir cierta información sobre las operaciones y pagos, y comunicarlo a los acreedores conocidos por vía telemática.
Artículo 468. Presentación del informe final de liquidación. 1. Dentro del mes siguiente a la conclusión de la liquidación de la masa activa, la administración concursal presentará al juez del concurso el informe final de liquidación solicitando la conclusión del procedimiento. Si estuviera en tramitación la sección sexta, el informe final se presentará en el mes siguiente a la notificación de la sentencia de calificación. 2. En el informe final de liquidación, el administrador concursal expondrá las operaciones de liquidación que hubiera realizado y las cantidades obtenidas en cada una de esas operaciones, así como los pagos realizados y, en su caso, las consignaciones efectuadas para la satisfacción de los créditos contra la masa y de los créditos concursales. 3. En el informe final de liquidación el administrador concursal expondrá si el deudor tiene la propiedad de bienes o derechos legalmente inembargables, y si en la masa activa existen bienes o derechos desprovistos de valor de mercado o cuyo coste de realización sea manifiestamente desproporcionado respecto del previsible valor venal, así como si existen bienes o derechos pignorado o hipotecados. 4. El informe final se pondrá de manifiesto en la oficina judicial a todas las partes personadas por el plazo de quince días. 5. La administración concursal remitirá el informe final mediante comunicación telemática a los acreedores de cuya dirección electrónica tenga conocimiento. 6. Lo establecido en este artículo será de aplicación al informe justificativo de la procedencia de la conclusión del concurso por cualquier otra causa de conclusión del concurso y al escrito en el que el administrador concursal informe favorablemente la solicitud de conclusión deducida por otros legitimados. - Artículo 469 Verify source ↗
Artículo 469
AI-assisted research summary: If parties object within the hearing period, the objection is handled as an insolvency incident; if they do not, the judge decides on closing the proceeding in the same ruling as the accounts.
Artículo 469. Oposición a la conclusión. 1. Si en el plazo de audiencia concedido a las partes, computado desde la puesta de manifiesto del informe final en la oficina judicial, se formulase oposición a la conclusión del concurso, se dará a esta la tramitación del incidente concursal. 2. Si no se formulase oposición en el plazo indicado, el juez resolverá sobre la conclusión del procedimiento en la misma resolución que decida sobre la rendición de cuentas. - Artículo 470 Verify source ↗
Artículo 470
AI-assisted research summary: This article is suppressed.
Artículo 470. Presupuestos. (Suprimido) - Artículo 471 Verify source ↗
Artículo 471
AI-assisted research summary: This article is marked as suppressed and does not state an operative rule.
Artículo 471. Recurso contra el auto de conclusión del concurso. (Suprimido) - Artículo 472 Verify source ↗
Artículo 472
AI-assisted research summary: This article is suppressed.
Artículo 472. Especialidades en caso de concurso de persona natural. (Suprimido) - Artículo 473 Verify source ↗
Artículo 473
AI-assisted research summary: If the active estate becomes insufficient, the insolvency administration must ask the judge to end the bankruptcy and must attach and send a report.
Artículo 473. Informe de la administración concursal sobre la insuficiencia sobrevenida. 1. En caso de insuficiencia sobrevenida de la masa activa para satisfacer todos los créditos contra la masa, la administración concursal, una vez pagados o consignado el importe de aquellos ya devengados conforme al orden establecido en esta ley, deberá solicitar del juez la conclusión del concurso de acreedores, con rendición de cuentas. 2. A la solicitud de conclusión acompañará un informe con el mismo contenido establecido para el informe final de liquidación, en el que, además, razonará inexcusablemente: 1.º Que el deudor no ha realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley. 2.º Que no existe fundamento para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho de la persona jurídica concursada; o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados. 3.º Que no existe fundamento para que el concurso pueda ser calificado de culpable. 4.º Que lo que se pudiera obtener del ejercicio de las correspondientes acciones no sería suficiente para el pago de los créditos contra la masa pendientes de pago. 3. El mismo día de la presentación de la solicitud de conclusión del concurso la administración concursal remitirá el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica tenga constancia. 4. El mismo día de la presentación de la solicitud de conclusión o, si no fuera posible, en el siguiente, el letrado de la Administración de Justicia lo pondrá de manifiesto en la oficina judicial a todas las partes personadas por el plazo de diez días. - Artículo 474 Verify source ↗
Artículo 474
AI-assisted research summary: La administración concursal no puede pedir la conclusión del concurso por falta sobrevenida de masa activa mientras sigan en trámite ciertas actuaciones, salvo dos excepciones.
Artículo 474. Presupuesto de la solicitud. La administración concursal no podrá solicitar la conclusión del concurso por insuficiencia sobrevenida de la masa activa mientras esté en tramitación incidente de rescisión de cualquier acto del deudor perjudicial para la masa activa o de exigencia de responsabilidad de terceros o se encuentre en tramitación la sección de calificación, salvo que las correspondientes acciones ya ejercitadas hubiesen sido objeto de cesión o fuese manifiesto que lo que se obtuviera de ellas no sería suficiente para la satisfacción de los créditos contra la masa. - Artículo 475 Verify source ↗
Artículo 475
AI-assisted research summary: A person with a legitimate interest may oppose the conclusion of the insolvency case during the period when the report is available, but must support the opposition with proof of a deposit, consignment, or equivalent guarantee.
Artículo 475. Oposición a la conclusión. 1. Dentro del plazo en que el informe estuviera de manifiesto en la oficina judicial, cualquier persona que acredite interés legítimo podrá formular oposición a la conclusión del concurso, siempre que justifique la existencia de indicios suficientes para considerar que pueden ejercitarse acciones de reintegración o de exigencia de responsabilidad o acrediten por escrito hechos relevantes que pudieran conducir a la calificación de concurso como culpable. 2. Al escrito de oposición deberá acompañar documento acreditativo de la constitución de depósito o la consignación en el juzgado de una cantidad suficiente para la satisfacción de los previsibles créditos contra la masa. El depósito o consignación podrá hacerse también mediante aval solidario de duración indefinida, pagadero a primer requerimiento, emitido por entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca, o por cualquier otro medio que, a juicio del tribunal, garantice la inmediata disponibilidad de la cantidad. 3. Si el juez considerase suficientes los indicios y los hechos acreditados por quien hubiera formulado oposición y suficiente la garantía, la admitirá a trámite conforme a lo establecido para el incidente concursal. Si considerase insuficiente la garantía concederá a quien hubiera formulado oposición el plazo de cinco días para que pueda mejorarla. 4. Si dentro del plazo establecido por la ley ninguna persona con interés legítimo formulase oposición a la conclusión del concurso, el juez resolverá mediante auto sobre la conclusión solicitada. - Artículo 476 Verify source ↗
Artículo 476
AI-assisted research summary: Los acreedores y otros legitimados pueden pedir la continuación del concurso si cumplen los requisitos de tiempo, contenido, justificación y depósito o consignación.
Artículo 476. Solicitud de continuación del concurso. 1. Hasta la fecha en que se dicte el auto de conclusión del concurso, los acreedores y cualquier otro legitimado podrán solicitar la continuación del concurso siempre que justifiquen la existencia de indicios suficientes para considerar que pueden ejercitarse determinadas acciones de reintegración o aporten por escrito hechos relevantes que pudieran conducir a la calificación de concurso culpable y la constitución de depósito o la consignación en el juzgado de una cantidad suficiente para la satisfacción de los previsibles créditos contra la masa. El depósito o consignación podrá hacerse también mediante aval solidario de duración indefinida, pagadero a primer requerimiento, emitido por entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca, o por cualquier otro medio que, a juicio del tribunal, garantice la inmediata disponibilidad de la cantidad. 2. El Letrado de la Administración de Justicia admitirá a trámite la solicitud si cumple las condiciones de tiempo y contenido establecidas en esta ley. Si entiende que no concurren las condiciones o que no se han subsanado, dará cuenta al juez para que dicte auto aceptando o denegando la solicitud. 3. Si continuase el concurso, el instante estará legitimado para el ejercicio de las acciones de reintegración que hubiere identificado en la solicitud, estando en cuanto a las costas y gastos a lo establecido en esta ley para el ejercicio subsidiario de acciones por los acreedores. - Artículo 477 Verify source ↗
Artículo 477
AI-assisted research summary: Este artículo permite pedir la conclusión del concurso cuando los créditos están pagados o los acreedores quedan satisfechos, y regula el traslado, la oposición y la resolución judicial.
Artículo 477. Conclusión por satisfacción a los acreedores, desistimiento o renuncia. 1. El concursado, la administración concursal o cualquiera de los acreedores podrá alegar como causa de conclusión del concurso el pago o la consignación de la totalidad de los créditos reconocidos o la íntegra satisfacción de los acreedores por cualquier otro medio, así como, una vez terminada la fase común del concurso, la firmeza de la resolución que acepte el desistimiento o la renuncia de la totalidad de los acreedores reconocidos. La solicitud de conclusión del concurso de acreedores podrá presentarse aunque se encuentre en tramitación la sección sexta. 2. Cuando la solicitud de conclusión no la formule la propia administración concursal, se le dará traslado de la solicitud para que emita informe en el plazo de quince días, en el cual podrá oponerse a la conclusión de concurso. 3. Presentado el informe por la administración concursal o solicitada por esta la conclusión, el Letrado de la Administración de Justicia dará traslado a las demás partes personadas para que en el plazo de quince días puedan formular oposición a la solicitud de conclusión. 4. Si no se formula oposición, el juez resolverá sobre la conclusión del concurso en la misma resolución que decida sobre la rendición de cuentas. De formularse oposición a la conclusión de concurso, se le dará la tramitación del incidente concursal. 5. La conclusión del concurso no impedirá la continuación de la tramitación de la sección sexta ni la ejecución por la administración concursal de los pronunciamientos de la sentencia de calificación. - Artículo 47 Verify source ↗
Artículo 47
AI-assisted research summary: The declared bankruptcy has universal effect, and the active estate includes all the debtor’s assets and rights, whether inside or outside Spain.
Artículo 47. Efectos de la declaración de concurso. 1. Los efectos del concurso declarado conforme a las reglas de competencia establecidas en el artículo que regula la competencia territorial tendrán alcance universal. En el ámbito internacional, el concurso declarado conforme a esas reglas tendrá la consideración de concurso principal. 2. La masa activa comprenderá todos los bienes y derechos del deudor, estén situados dentro o fuera del territorio español, con independencia de que se abra o no en el extranjero un concurso territorial. En el caso de que sobre los bienes y derechos situados en el territorio extranjero se abra un procedimiento de insolvencia, se tendrán en cuenta las reglas sobre reconocimiento de procedimientos extranjeros y coordinación de procedimientos paralelos previstas en el libro cuarto. - Artículo 478 Verify source ↗
Artículo 478
AI-assisted research summary: El administrador concursal debe presentar una rendición de cuentas con varios detalles sobre su gestión, y el letrado de la Administración de Justicia debe remitirla electrónicamente al Registro público concursal.
Artículo 478. Rendición de cuentas. 1. Con el informe final de liquidación, con el informe justificativo de la procedencia de la conclusión del concurso por cualquier otra causa de conclusión del concurso o con el escrito en el que informe favorablemente la solicitud de conclusión deducida por otros legitimados, el administrador concursal presentará escrito de rendición de cuentas. 2. En el escrito de rendición de cuentas, el administrador concursal justificará cumplidamente la utilización que haya hecho de las facultades conferidas; señalará las acciones de reintegración de la masa activa y las acciones de responsabilidad que hubiera ejercitado, con expresión de los respectivos resultados; expondrá las operaciones de liquidación de la masa activa que hubiera realizado y la fecha y el modo en que hubieran sido hechas; enumerará los pagos y, en su caso, las consignaciones realizadas de los créditos contra la masa y de los créditos concursales; expresará los pagos de cualesquiera expertos, tasadores y entidades especializadas que hubiera contratado, con cargo a la retribución del propio administrador concursal; detallará la retribución que le hubiera sido fijada por el juez, especificando las cantidades y las fechas en que hubieran sido percibidas, con expresión de los pagos del auxiliar o auxiliares delegados, si hubieran sido nombrados. Asimismo, precisará el número de trabajadores o personal contratado a estos efectos que se hubieren asignado por la administración concursal al concurso y el número total de horas dedicadas por el conjunto de estos trabajadores al concurso. 3. El letrado de la Administración de Justicia remitirá el escrito de rendición de cuentas por medios electrónicos al Registro público concursal. - Artículo 479 Verify source ↗
Artículo 479
AI-assisted research summary: El concursado y los acreedores pueden oponerse razonadamente a la aprobación de las cuentas dentro del plazo de audiencia; según haya o no oposición, el juez resuelve sobre la conclusión del concurso y, en su caso, aprueba las cuentas.
Artículo 479. Oposición y resolución. 1. Dentro del plazo de audiencia para formular oposición a la conclusión del concurso, tanto el concursado como los acreedores podrán formular oposición razonada a la aprobación de las cuentas. 2. Si no se formulase oposición a las cuentas ni a la conclusión del concurso, el juez mediante auto decidirá sobre la conclusión de concurso, y de acordarse esta, declarará aprobadas las cuentas. 3. Si solo se formulase oposición a las cuentas, esta se sustanciará por los trámites del incidente concursal y en la sentencia que ponga fin a este incidente se resolverá sobre esta y se decidirá sobre la conclusión del concurso. 4. Si la oposición solo afecta a la conclusión de concurso, el juez aprobará las cuentas en la sentencia que decida sobre la conclusión, en el caso de que esta sea acordada. 5. Si se formulase oposición a la aprobación de las cuentas y también a la conclusión del concurso, ambas se sustanciarán en el mismo incidente y se resolverán en la misma sentencia. 6. A la sección segunda se unirá un testimonio de la resolución que decida sobre la rendición de cuentas. - Artículo 480 Verify source ↗
Artículo 480
AI-assisted research summary: If the accounts are disapproved, the insolvency administrator(s) are temporarily barred from being appointed in other insolvency cases for a judge-set period of at least six months and at most two years.
Artículo 480. Efectos de la aprobación o desaprobación de las cuentas. 1. La desaprobación de las cuentas comportará la inhabilitación temporal del administrador o administradores concursales para ser nombrados en otros concursos durante un período que determinará el juez en la sentencia de desaprobación y que no podrá ser inferior a seis meses ni superior a dos años. 2. La aprobación o la desaprobación de las cuentas no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales. - Artículo 481 Verify source ↗
Artículo 481
AI-assisted research summary: This article says there is no appeal against the order granting the conclusion of the insolvency proceedings, but an appeal may be filed against the order refusing it.
Artículo 481. Recursos. 1. Contra el auto que acuerde la conclusión del concurso no cabrá recurso alguno y contra el que la deniegue podrá interponerse recurso de apelación. 2. Contra la sentencia que resuelva la oposición a la conclusión del concurso, cabrán los recursos previstos en esta ley para las sentencias dictadas en incidentes concursales. - Artículo 482 Verify source ↗
Artículo 482
AI-assisted research summary: The resolution ending the procedure must be notified to the same people who were notified of the declaration of insolvency, and it must be published in the public insolvency register and by edict in the Official State Gazette.
Artículo 482. Publicidad. La resolución que acuerde la conclusión del procedimiento se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el «Boletín Oficial del Estado», - Artículo 483 Verify source ↗
Artículo 483
AI-assisted research summary: When the insolvency proceeding ends, restrictions on the debtor’s management and disposal powers cease, except those in the qualification judgment, the insolvency administration ends, and the judge orders the case to be archived.
Artículo 483. Efectos generales. En los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado, salvo las que se contengan en la sentencia de calificación, y cesará la administración concursal, ordenando el juez el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley. - Artículo 484 Verify source ↗
Artículo 484
AI-assisted research summary: If an individual debtor’s insolvency ends by liquidation or lack of assets, the debtor remains liable for unpaid claims unless the debt-discharge benefit is obtained.
Artículo 484. Efectos específicos en caso de concurso de persona natural. 1. En caso de conclusión del concurso por liquidación o insuficiencia de masa activa, el deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos insatisfechos, salvo que obtenga el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho. 2. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia firme de condena. - Artículo 485 Verify source ↗
Artículo 485
AI-assisted research summary: If a corporate insolvency is concluded, the judge must order the provisional closing of the company’s registry sheet; once that decision is final, a justice officer must issue and send the order to the relevant registry electronically. After one year without reopening the insolvency, the registrar must cancel the company’s registration and permanently close the sheet.
Artículo 485. Efectos específicos en caso de concurso de persona jurídica. 1. En la resolución que acuerde la conclusión del concurso por finalización de la liquidación o por insuficiencia de la masa activa del concursado persona jurídica, el juez ordenará el cierre provisional de la hoja abierta a esa persona jurídica en el registro público en el que figure inscrita. En cuanto esta resolución devenga firme, el letrado de la Administración de Justicia expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de la firmeza, que remitirá por medios electrónicos al registro correspondiente. 2. Transcurrido un año a contar desde que se hubiera ordenado por el juez el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja. - Artículo 486 Verify source ↗
Artículo 486
AI-assisted research summary: A natural person debtor, whether or not a business owner, may ask for discharge of unpaid liabilities if they are acting in good faith.
Artículo 486. Ámbito de aplicación. El deudor persona natural, sea o no empresario, podrá solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho en los términos y condiciones establecidos en esta ley, siempre que sea deudor de buena fe: 1.º Con sujeción a un plan de pagos sin previa liquidación de la masa activa, conforme al régimen de exoneración contemplado en la subsección 1.ª de la sección 3.ª siguiente; o 2.º Con liquidación de la masa activa sujetándose en este caso la exoneración al régimen previsto en la subsección 2.ª de la sección 3.ª siguiente si la causa de conclusión del concurso fuera la finalización de la fase de liquidación de la masa activa o la insuficiencia de esa masa para satisfacer los créditos contra la masa. - Artículo 487 Verify source ↗
Artículo 487
AI-assisted research summary: El deudor no puede obtener la exoneración del pasivo insatisfecho si concurre alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo.
Artículo 487. Excepción. 1. No podrá obtener la exoneración del pasivo insatisfecho el deudor que se encuentre en alguna de las circunstancias siguientes: 1.º Cuando, en los diez años anteriores a la solicitud de la exoneración, hubiera sido condenado en sentencia firme a penas privativas de libertad, aun suspendidas o sustituidas, por delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores, todos ellos siempre que la pena máxima señalada al delito sea igual o superior a tres años, salvo que en la fecha de presentación de la solicitud de exoneración se hubiera extinguido la responsabilidad criminal y se hubiesen satisfecho las responsabilidades pecuniarias derivadas del delito. 2.º Cuando, en los diez años anteriores a la solicitud de la exoneración, hubiera sido sancionado por resolución administrativa firme por infracciones tributarias muy graves, de seguridad social o del orden social, o cuando en el mismo plazo se hubiera dictado acuerdo firme de derivación de responsabilidad, salvo que en la fecha de presentación de la solicitud de exoneración hubiera satisfecho íntegramente su responsabilidad. En el caso de infracciones graves, no podrán obtener la exoneración aquellos deudores que hubiesen sido sancionados por un importe que exceda del cincuenta por ciento de la cuantía susceptible de exoneración por la Agencia Estatal de Administración Tributaria a la que se refiere el artículo 489.1.5.º, salvo que en la fecha de presentación de la solicitud de exoneración hubieran satisfecho íntegramente su responsabilidad. 3.º Cuando el concurso haya sido declarado culpable. No obstante, si el concurso hubiera sido declarado culpable exclusivamente por haber incumplido el deudor el deber de solicitar oportunamente la declaración de concurso, el juez podrá atender a las circunstancias en que se hubiera producido el retraso. 4.º Cuando, en los diez años anteriores a la solicitud de la exoneración, haya sido declarado persona afectada en la sentencia de calificación del concurso de un tercero calificado como culpable, salvo que en la fecha de presentación de la solicitud de exoneración hubiera satisfecho íntegramente su responsabilidad. 5.º Cuando haya incumplido los deberes de colaboración y de información respecto del juez del concurso y de la administración concursal. 6.º Cuando haya proporcionado información falsa o engañosa o se haya comportado de forma temeraria o negligente al tiempo de contraer endeudamiento o de evacuar sus obligaciones, incluso sin que ello haya merecido sentencia de calificación del concurso como culpable. Para determinar la concurrencia de esta circunstancia el juez deberá valorar: a) La información patrimonial suministrada por el deudor al acreedor antes de la concesión del préstamo a los efectos de la evaluación de la solvencia patrimonial. b) El nivel social y profesional del deudor. c) Las circunstancias personales del sobreendeudamiento. d) En caso de empresarios, si el deudor utilizó herramientas de alerta temprana puestas a su disposición por las Administraciones Públicas. 2. En los casos a que se refieren los números 3.º y 4.º del apartado anterior, si la calificación no fuera aún firme, el juez suspenderá la decisión sobre la exoneración del pasivo insatisfecho hasta la firmeza de la calificación. En relación con el supuesto contemplado en el número 6.º del apartado anterior, corresponderá al juez del concurso la apreciación de las circunstancias concurrentes respecto de la aplicación o no de la excepción, sin perjuicio de la prejudicialidad civil o penal. - Artículo 5 Verify source ↗
Artículo 5
AI-assisted research summary: The debtor must ask for the insolvency declaration within two months after knowing, or being expected to know, the current insolvency.
Artículo 5. Deber de solicitar la declaración de concurso. 1. El deudor deberá solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer el estado de insolvencia actual. 2. Salvo prueba en contrario, se presumirá que el deudor ha conocido que se encuentra en estado de insolvencia cuando hubiera acaecido alguno de los hechos que pueden servir de fundamento a una solicitud de cualquier otro legitimado. - Artículo 58 Verify source ↗
Artículo 58
AI-assisted research summary: En concursos con interés público, el juez puede nombrar un segundo administrador concursal; la representación frente a terceros corresponde al primer administrador concursal.
Artículo 58. Administración concursal dual. 1. En aquellos concursos en que concurra causa de interés público, el juez del concurso, de oficio o a instancia de un acreedor de carácter público, podrá nombrar como segundo administrador concursal a una Administración pública acreedora o a una entidad de derecho público acreedora vinculada o dependiente de aquella. 2. La representación de la administración concursal frente a terceros recaerá sobre el primer administrador concursal. - Artículo 588 Verify source ↗
Artículo 588
AI-assisted research summary: The court clerk must decide on the communication quickly, give a two-day fix period if there are defects, and may only treat it as effective when the stated conditions are met.
Artículo 588. Resolución sobre la comunicación. 1. En el plazo máximo de dos días, si el letrado de la Administración de Justicia estima que, con arreglo a las normas sobre competencia internacional o territorial, el juzgado es competente y comprueba que la comunicación no presenta defectos formales, la tendrá por efectuada por medio de decreto con efectos a la fecha en la que se hubiera presentado, con formación de los correspondientes autos. 2. Cuando el letrado de la Administración de Justicia estime que la comunicación presenta defectos, concederá al solicitante el plazo de dos días para que la subsane. Una vez subsanados los defectos, dictará resolución teniendo por realizada la comunicación con efectos desde la fecha en que se hubiera presentado. En caso de falta de subsanación, el letrado de la Administración de Justicia dictará resolución teniéndola por no efectuada. 3. La resolución teniendo por efectuada la comunicación se dictará sin necesidad de que el deudor acredite el estado en que se encuentre que hubiera alegado. 4. Si a la fecha de la comunicación se hubiera admitido a trámite solicitud de declaración de concurso necesario del deudor, la comunicación no producirá ningún efecto hasta que se resuelva esta solicitud. - Artículo 589 Verify source ↗
Artículo 589
AI-assisted research summary: If the court clerk thinks the court lacks international or territorial jurisdiction, they must immediately inform the judge; the judge must hear the applicant and the prosecutor, decide by order, and an appeal may be filed against an order declaring lack of jurisdiction.
Artículo 589. Control de la competencia internacional y territorial. Cuando el letrado de la Administración de Justicia estime que, con arreglo a las normas sobre competencia internacional o territorial, el juzgado no es competente para conocer de la comunicación, dará cuenta de inmediato al juez, quien oirá al solicitante y al Ministerio Fiscal por el plazo común de cinco días, resolviendo al siguiente mediante auto. Contra el auto que declare la falta de competencia internacional o territorial se podrá interponer recurso de apelación. - Artículo 590 Verify source ↗
Artículo 590
AI-assisted research summary: The court resolution must be sent electronically the same day to the judicial authorities handling enforcement actions, and any creditor may seek review within 5 days on specified grounds.
Artículo 590. Contenido de la resolución. 1. La resolución expresará la identidad del deudor o deudores que hubieran realizado la comunicación; los motivos en los que se funde la competencia internacional y territorial del juzgado al que se ha dirigido la comunicación y, en particular, si se basa en la localización del centro de los intereses principales o de un establecimiento del deudor; la fecha de la comunicación y de la resolución teniéndola por efectuada o no efectuada; el importe del pasivo total expresado en la comunicación, y si se hubiera nombrado a experto en la reestructuración, la identidad de este. 2. Si en la comunicación se hubiera expresado que se siguen ejecuciones contra bienes o derechos que el deudor considera necesarios para la continuidad de su actividad empresarial o profesional, o que determinadas garantías otorgadas por terceros han de quedar afectadas por la comunicación, en la resolución se identificarán esas ejecuciones y estas garantías. En el mismo día de la resolución el letrado de la Administración de Justicia la remitirá por medios electrónicos a cada una de las autoridades judiciales que esté conociendo de las ejecuciones a efectos de proceder a su suspensión. 3. Cualquier acreedor podrá interponer recurso de revisión contra la resolución por los siguientes motivos: 1.º Que el deudor hubiese presentado una comunicación dentro del año anterior; 2.º Que los bienes o derechos contra los que se siguen ejecuciones o frente a los que se pretende iniciarlas no son necesarios para la continuidad de la actividad empresarial o profesional del deudor; o 3.º Que los efectos de la comunicación no deben extenderse a determinadas garantías otorgadas por terceros. El plazo para la interposición del recurso será de cinco días a contar desde la inscripción de la resolución en el Registro público concursal o, en el caso de ejecuciones en tramitación, desde la notificación de la resolución por la que la autoridad judicial que estuviera conociendo de la ejecución la suspenda. - Artículo 591 Verify source ↗
Artículo 591
AI-assisted research summary: La resolución se publicará en el Registro público concursal, salvo que el deudor haya pedido que la comunicación se mantenga reservada; además, el deudor puede pedir en cualquier momento que se levante esa reserva.
Artículo 591. Publicidad de la resolución. La resolución que tenga por efectuada la comunicación se publicará en el Registro público concursal, salvo que en la propia comunicación el deudor hubiera solicitado que se mantuviera reservada. En cualquier momento el deudor podrá solicitar el levantamiento del carácter reservado de la comunicación. - Artículo 592 Verify source ↗
Artículo 592
AI-assisted research summary: Any creditor may raise a declinatoria for lack of international or territorial jurisdiction within 10 days.
Artículo 592. Declinatoria. 1. Cualquier acreedor podrá formular declinatoria por falta de competencia internacional o territorial en el plazo de diez días a contar desde la publicación en el Registro público concursal de la resolución teniendo por formulada la comunicación o, en el caso de que tuviera carácter reservado, desde el momento en que hubiere tenido conocimiento de esa comunicación. 2. La declinatoria ha de presentarse ante el juez, quien la tramitará y decidirá de conformidad con lo previsto en la legislación procesal civil. - Artículo 593 Verify source ↗
Artículo 593
AI-assisted research summary: The court competent for the insolvency case has exclusive jurisdiction over the communication, judicial decisions on its effects, extensions of those effects, and challenges to decisions on those matters.
Artículo 593. Carácter exclusivo y excluyente de la jurisdicción. El juzgado competente para conocer del concurso conocerá, con carácter exclusivo y excluyente, de la comunicación; de los efectos de la comunicación que requieran decisión judicial; de la prórroga de los efectos de la comunicación; y de las impugnaciones de las decisiones judiciales sobre esas materias. - Artículo 594 Verify source ↗
Artículo 594
AI-assisted research summary: A communication, and also a judge’s appointment of a restructuring expert when applicable, do not affect the debtor’s powers to manage or dispose of assets and rights in the debtor’s estate.
Artículo 594. Regla general. 1. La comunicación no tendrá efecto alguno sobre las facultades de administración y disposición sobre los bienes y derechos que integren el patrimonio del deudor. 2. El nombramiento por el juez de un experto en la reestructuración, cuando proceda, tampoco tendrá efecto alguno sobre las facultades de administración y disposición sobre los bienes y derechos que integren el patrimonio del deudor. - Artículo 595 Verify source ↗
Artículo 595
AI-assisted research summary: La sola comunicación no anticipa el vencimiento de los créditos a plazo, y son ineficaces las cláusulas que cambien sus términos o su vencimiento anticipado por esa sola causa o por solicitudes de suspensión de acciones y procedimientos ejecutivos, o por circunstancias análogas relacionadas.
Artículo 595. Efectos de la comunicación sobre los créditos a plazo. 1. La comunicación por sí sola no producirá el vencimiento anticipado de los créditos. 2. Serán ineficaces las cláusulas contractuales que prevean la modificación de los términos o condiciones del crédito, incluido su vencimiento anticipado, por esa sola causa, por la solicitud de suspensión general o singular de acciones y procedimientos ejecutivos o por otra circunstancia análoga o directamente relacionada con ellas. - Artículo 596 Verify source ↗
Artículo 596
AI-assisted research summary: A creditor may enforce a third-party personal or real guarantee once the secured debt has fallen due, and guarantors may not use the communication to harm the creditor.
Artículo 596. Garantía de terceros. 1. La comunicación, por sí sola, no impedirá que el acreedor que disponga de garantía personal o real de un tercero para la satisfacción de su crédito pueda hacerla efectiva si el crédito garantizado hubiese vencido. 2. Los garantes no podrán invocar la comunicación en perjuicio del acreedor, incluso aunque este participe en las negociaciones. 3. Como excepción a lo establecido en el apartado 1, la comunicación suspenderá la ejecución de las garantías personales o reales prestadas por cualquier otra sociedad del grupo no incluida en la comunicación cuando así lo haya solicitado la sociedad deudora acreditando que la ejecución de la garantía pueda causar la insolvencia del garante y de la propia deudora. - Artículo 597 Verify source ↗
Artículo 597
AI-assisted research summary: Communication alone does not affect contracts with reciprocal obligations still pending performance, and certain termination or suspension clauses are treated as not written.
Artículo 597. Principio general de vigencia de los contratos. La comunicación, por sí sola, no afectará a los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento. En particular, se tendrán por no puestas las cláusulas contractuales que prevean la suspensión, modificación, resolución o terminación anticipada del contrato por el mero motivo de: 1.º La presentación de la comunicación o su admisión a trámite. 2.º La solicitud de suspensión general o singular de acciones y procedimientos ejecutivos. 3.º Cualquier otra circunstancia análoga o directamente relacionada con las anteriores. - Artículo 59 Verify source ↗
Artículo 59
AI-assisted research summary: The competent judge may appoint a single bankruptcy administrator in connected insolvency cases, and may also do so when already-declared cases are combined.
Artículo 59. Administración concursal en los concursos conexos y acumulados. 1. En los concursos conexos, el juez competente para la declaración y tramitación de estos, podrá nombrar, cuando resulte conveniente, una administración concursal única. 2. En caso de acumulación de concursos ya declarados, el juez que conozca de los procedimientos concursales acumulados podrá nombrar de entre las existentes una única administración concursal. - Artículo 598 Verify source ↗
Artículo 598
AI-assisted research summary: This article limits certain contract termination and modification powers for contracts needed to keep the debtor’s business or professional activity going, and it lets the affected counterparty seek review in some cases.
Artículo 598. Resolución de contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento. 1. La comunicación no afectará a la facultad de suspensión, modificación, resolución o terminación anticipada de los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento por circunstancias distintas de las mencionadas en el artículo anterior. 2. Si se tratase de contratos necesarios para la continuidad de la actividad empresarial o profesional del deudor, las facultades de suspender el cumplimiento de las obligaciones de la contraparte o de modificar, resolver o terminar anticipadamente el contrato por incumplimientos anteriores a la comunicación no podrán ejercitarse mientras se mantengan los efectos de la comunicación sobre las acciones y los procedimientos ejecutivos. La contraparte afectada podrá interponer recurso de revisión si considera que su contrato no es necesario para la continuidad de la actividad empresarial o profesional del deudor. - Artículo 599 Verify source ↗
Artículo 599
AI-assisted research summary: Communications do not affect early maturity, resolution, or termination rights for certain contractual netting agreements, and essential supply contracts for the debtor’s business generally cannot be early terminated unless they are organized-market contracts replaceable at market value.
Artículo 599. Especialidades para determinados acuerdos de compensación contractual. 1. La comunicación no afectará a la facultad de vencimiento anticipado, resolución o terminación de los acuerdos de compensación contractual sujetos al Real Decreto-ley 5/2005, de 11 de marzo, de reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública. 2. El saldo resultante de la aplicación de una cláusula de vencimiento anticipado de los acuerdos a los que se refiere el apartado anterior quedará sujeto a las disposiciones de la sección 4.ª de este capítulo. 3. En ningún caso se podrán vencer anticipadamente, resolver o terminar los contratos de suministro de bienes, servicios o energía necesarios para la continuidad de la actividad empresarial o profesional del deudor, a menos que tales contratos se hubieran negociado en mercados organizados de modo que puedan ser sustituidos en cualquier momento por su valor de mercado. - Artículo 500 bis Verify source ↗
Artículo 500 bis
AI-assisted research summary: The debtor may abandon a provisional discharge obtained under a payment plan and request discharge with liquidation of the active estate.
Artículo 500 bis. Cambio de modalidad de exoneración. El deudor que hubiera solicitado y obtenido la exoneración provisional mediante un plan de pagos podrá dejarla sin efecto, solicitando la exoneración con liquidación de la masa activa conforme a lo previsto en la subsección siguiente. Si se hubiera revocado la exoneración provisional o no procediera la exoneración definitiva con un plan de pagos, el deudor podrá igualmente solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho con liquidación de la masa activa. - Artículo 508 bis Verify source ↗
Artículo 508 bis
AI-assisted research summary: The insolvency procedure cannot last more than 12 months, counted from opening section one to closing section five, unless the judge orders an extension.
Artículo 508 bis. Duración del procedimiento. La duración del procedimiento de concurso, desde la apertura de la sección primera al cierre de la quinta previstas en el artículo anterior, no podrá ser superior a doce meses, si bien el juez podrá acordar una ampliación del plazo de duración del mismo si fuera necesario en atención a la complejidad del concurso o a las circunstancias justificadas que pudieran concurrir. - Artículo 500 Verify source ↗
Artículo 500
AI-assisted research summary: The bankruptcy judge must grant final discharge of unpaid debt after the payment plan period ends if the discharge has not been revoked; in certain serious unforeseen cases, the judge may still grant it even if the debtor did not fully comply.
Artículo 500. Exoneración definitiva en caso de plan de pagos. 1. Transcurrido el plazo fijado para el cumplimiento del plan de pagos sin que se haya revocado la exoneración, el juez del concurso dictará auto concediendo la exoneración definitiva del pasivo insatisfecho. 2. Aunque el deudor no hubiese cumplido en su integridad el plan de pagos, el juez, previa audiencia de los acreedores, atendiendo a las circunstancias del caso, podrá conceder la exoneración definitiva del pasivo insatisfecho cuando el incumplimiento del plan de pagos resultara de accidente o enfermedad, u otros acontecimientos graves e imprevisibles, que afecten al deudor o a quienes con él convivan, siempre que el deudor hubiera en todo caso cumplido las limitaciones o prohibiciones a las facultades de disposición o administración, así como las medidas de cesión en pago, que se establezcan en el plan de pagos. 3. La resolución por la que se conceda la exoneración definitiva del pasivo insatisfecho se publicará en el Registro público concursal. Contra esta resolución no cabrá recurso alguno. - Artículo 501 Verify source ↗
Artículo 501
AI-assisted research summary: El concursado puede pedir la exoneración del pasivo insatisfecho en los supuestos indicados, dentro de plazo, y debe aportar una manifestación y ciertas declaraciones de IRPF.
Artículo 501. Solicitud de exoneración tras la liquidación de la masa activa. 1. En los casos de concurso sin masa en los que no se hubiera acordado la liquidación de la masa activa el concursado podrá presentar ante el juez del concurso solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho dentro de los diez días siguientes a contar bien desde el vencimiento del plazo para que los acreedores legitimados puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal sin que lo hubieran hecho, bien desde la emisión del informe por el administrador concursal nombrado si no apreciare indicios suficientes para la continuación del procedimiento. 2. Las mismas reglas se aplicarán en los casos de insuficiencia sobrevenida de la masa activa para satisfacer todos los créditos contra la masa y en los que, liquidada la masa activa, el líquido obtenido fuera insuficiente para el pago de la totalidad de los créditos concursales reconocidos. El concursado podrá presentar ante el juez del concurso solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho dentro del plazo de audiencia concedido a las partes para formular oposición a la solicitud de conclusión del concurso. 3. En la solicitud el concursado deberá manifestar que no está incurso en ninguna de las causas establecidas en esta ley que impiden obtener la exoneración, y acompañar las declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas correspondientes a los tres últimos años anteriores a la fecha de la solicitud que se hubieran presentado o debido presentarse. 4. El letrado de la Administración de Justicia dará traslado de la solicitud del deudor a la administración concursal y a los acreedores personados para que dentro del plazo de diez días aleguen cuanto estimen oportuno en relación a la concesión de la exoneración. - Artículo 502 Verify source ↗
Artículo 502
AI-assisted research summary: El juez del concurso debe conceder la exoneración del pasivo insatisfecho si se cumplen ciertos requisitos y no hay oposición en plazo; además, no puede dictar la conclusión del concurso hasta que sea firme la resolución del incidente.
Artículo 502. Resolución sobre la solicitud. 1. Si la administración concursal y los acreedores personados mostraran conformidad a la solicitud del deudor o no se opusieran a ella dentro del plazo legal, el juez del concurso, previa verificación de la concurrencia de los presupuestos y requisitos establecidos en esta ley, concederá la exoneración del pasivo insatisfecho en la resolución en la que declare la conclusión del concurso. 2. La oposición solo podrá fundarse en la falta de alguno de los presupuestos y requisitos establecidos en esta ley. La oposición se sustanciará por el trámite del incidente concursal. 3. No podrá dictarse auto de conclusión del concurso hasta que gane firmeza la resolución que recaiga en el incidente concediendo o denegando la exoneración solicitada. - Artículo 503 Verify source ↗
Artículo 503
AI-assisted research summary: If reopening of the insolvency case is appropriate, the same court that handled the original procedure must declare it and handle it in the same case file.
Artículo 503. Reapertura del concurso. En los casos en los que proceda, la reapertura del concurso será declarada por el mismo juzgado que hubiera conocido del procedimiento y se tramitará en los mismos autos. - Artículo 504 Verify source ↗
Artículo 504
AI-assisted research summary: La reapertura del concurso de una persona natural solo puede producirse dentro de los cinco años siguientes a la conclusión anterior por liquidación o insuficiencia de la masa activa.
Artículo 504. Reapertura del concurso del deudor persona natural. 1. La reapertura del concurso del deudor persona natural solo podrá tener lugar dentro de los cinco años siguientes a la conclusión por liquidación o insuficiencia de la masa activa. 2. La declaración de concurso de deudor persona natural después de los cinco años siguientes a la conclusión de otro por liquidación o insuficiencia de la masa activa tendrá la consideración de nuevo concurso. - Artículo 505 Verify source ↗
Artículo 505
AI-assisted research summary: Los acreedores insatisfechos pueden pedir la reapertura del concurso dentro del año siguiente a su conclusión, y el juez debe ordenar la liquidación de los bienes y derechos aparecidos después.
Artículo 505. Reapertura del concurso concluido por deudor persona jurídica. 1. La reapertura del concurso del deudor persona jurídica por liquidación o por insuficiencia de la masa activa solo podrá tener lugar cuando, después de la conclusión, aparezcan nuevos bienes. 2. En el año siguiente a la fecha de la conclusión del concurso por liquidación o por insuficiencia de la masa activa, cualquiera de los acreedores insatisfechos podrá solicitar la reapertura del concurso. En la solicitud de reapertura deberán expresarse las concretas acciones de reintegración que deban ejercitarse o, en su caso, exponerse aquellos hechos relevantes que pudieran conducir a la calificación de concurso como culpable, salvo que, en el concurso concluido, ya se hubiera calificado el concurso como culpable. 3. En la resolución judicial por la que se acuerde la reapertura del concurso, el juez ordenará la liquidación de los bienes y derechos aparecidos con posterioridad a la conclusión. - Artículo 506 Verify source ↗
Artículo 506
AI-assisted research summary: If a bankruptcy is reopened, it receives the same publicity as the original declaration of bankruptcy.
Artículo 506. Publicidad. 1. A la reapertura del concurso se le dará la misma publicidad que la que se hubiera dado a la declaración de concurso. 2. En caso de reapertura del concurso de persona jurídica, en el propio auto en que se acuerde la reapertura el juez ordenara la reapertura de la hoja registral de la concursada en la forma prevista en el Reglamento del Registro mercantil, aprobado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio. - Artículo 507 Verify source ↗
Artículo 507
AI-assisted research summary: The insolvency administrator must update the final inventory and creditors' list within two months after reopening.
Artículo 507. Inventario y lista de acreedores en caso de reapertura. 1. Los textos definitivos del inventario y de la lista de acreedores se actualizarán por la administración concursal en el plazo de dos meses. 2. La actualización se limitará, en cuanto al inventario, a suprimir de la relación los bienes y derechos aquellos que hubiesen salido del patrimonio del deudor, a corregir la valoración de los subsistentes y a incorporar y valorar los que hubiesen aparecido con posterioridad; y, en cuanto a la lista de acreedores, a indicar la cuantía actual y demás modificaciones acaecidas respecto de los créditos subsistentes y a incorporar a la relación los créditos posteriores. 3. La actualización se realizará y aprobará de conformidad con lo dispuesto en los títulos IV y V del libro I de esta ley para la determinación de la masa activa y pasiva. 4. La publicidad del informe de la administración concursal y de los documentos actualizados y la impugnación de estos se regirán por lo dispuesto en los capítulos I y II del título VI del libro I de esta ley. El juez rechazará de oficio y sin ulterior recurso aquellas pretensiones que no se refieran estrictamente a las cuestiones objeto de actualización. - Artículo 50 Verify source ↗
Artículo 50
AI-assisted research summary: The judge must review jurisdiction on their own initiative and determine the legal rule it is based on.
Artículo 50. Examen de oficio de la competencia. El juez examinará de oficio su competencia y determinará la regla legal en la que se funde. - Artículo 508 Verify source ↗
Artículo 508
AI-assisted research summary: The insolvency proceeding is divided into sections covering declaration, administration, assets, liabilities, agreement/liquidation, and qualification.
Artículo 508. Secciones. 1. El procedimiento de concurso se dividirá en las siguientes secciones, ordenándose las actuaciones de cada una de ellas en cuantas piezas separadas sean necesarias o convenientes: 1.ª La sección primera comprenderá lo relativo a la declaración de concurso, a las medidas cautelares, a la conclusión y, en su caso, a la reapertura del concurso. 2.ª La sección segunda comprenderá lo relativo a la administración concursal, al nombramiento y cese del titular o titulares de este órgano y, en su caso, del auxiliar delegado, a la determinación de las facultades de este órgano, al ejercicio del cargo, a la retribución, a la rendición de cuentas y, en su caso, a la responsabilidad civil en que el administrador o administradores concursales hubieran podido incurrir. En esta sección se incluirá en pieza separada el informe de la administración concursal con los documentos que lo acompañen y, en su caso, la relación definitiva de acreedores. 3.ª La sección tercera comprenderá lo relativo a la determinación de la masa activa, los incidentes relativos a qué bienes y derechos son necesarios para la continuidad de la actividad profesional o empresarial del concursado, a los alzamientos de los embargos, a las autorizaciones judiciales y a los créditos contra la masa. En esta sección se incluirá en pieza separada cada uno de los incidentes relativos a la reintegración y a la reducción de la masa activa. En esta sección se incluirán igualmente en pieza separada las ejecuciones que se inicien o se reanuden contra los bienes y derechos de la masa activa. 4.ª La sección cuarta comprenderá lo relativo a la determinación de la masa pasiva, a la comunicación, reconocimiento, graduación y clasificación de los créditos concursales y al pago de los acreedores. En esta sección se incluirá en pieza separada cada uno de los incidentes relativos a la inclusión o exclusión de créditos concursales, así como a la cuantía o a la clasificación de los reconocidos. En esta sección se incluirán igualmente en pieza separada los juicios declarativos que se acumulen al concurso de acreedores. 5.ª La sección quinta comprenderá en piezas separadas lo relativo al convenio y a la liquidación. 6.ª La sección sexta comprenderá lo relativo a la calificación del concurso, a los efectos de la calificación y a la ejecución de la sentencia de calificación del concurso como culpable. 2. En caso de concursos conexos, se abrirán tantas secciones como concursos se hubieran declarado conjuntamente o se hubieran acumulado, salvo las secciones tercera y cuarta que serán comunes cundo el juez hubiera acordado acumulación de masas. - Artículo 509 Verify source ↗
Artículo 509
AI-assisted research summary: This article says who must be treated as a necessary party in bankruptcy sections, including section six.
Artículo 509. Partes necesarias de las secciones. 1. En las distintas secciones del concurso serán reconocidos como parte, sin necesidad de comparecencia en forma, el deudor que hubiera comparecido en el concurso de acreedores y la administración concursal. 2. En la sección sexta solo serán partes necesarias la administración concursal y, si comparecen en ella, las personas que, según el informe de calificación, pudieran quedar afectadas por la calificación y los acreedores que hubieran propuesto en tiempo y forma la calificación del concurso como culpable. - Artículo 510 Verify source ↗
Artículo 510
AI-assisted research summary: The debtor in insolvency must always act through a court representative and a lawyer.
Artículo 510. Representación y defensa del deudor. El concursado actuará siempre representado por procurador y asistido de letrado. - Artículo 511 Verify source ↗
Artículo 511
AI-assisted research summary: The concursal administration is always heard without formal appearance, but if it takes part in incidents or appeals it must do so with a lawyer. If the appointed administrator or the deputy assistant is a lawyer, technical direction of those incidents and appeals is treated as part of their functions.
Artículo 511. Actuación de la administración concursal. La administración concursal será oída siempre sin necesidad de comparecencia en forma, pero cuando intervenga en incidentes o recursos deberá hacerlo asistida de letrado. Cuando el nombrado administrador concursal o el auxiliar delegado tengan la condición de letrado, la dirección técnica de estos incidentes y recursos se entenderá incluida en las funciones de la administración concursal o del auxiliar delegado. - Artículo 512 Verify source ↗
Artículo 512
AI-assisted research summary: Creditors and other legitimized persons must act through a procurator and with a lawyer for certain insolvency actions; creditors may also ask the insolvency administration to inspect documents or reports.
Artículo 512. Representación y defensa de los acreedores y demás legitimados. 1. Los acreedores y los demás legitimados para solicitar la declaración de concurso actuarán representados por procurador y asistidos por letrado para solicitar esa declaración y para comparecer en el procedimiento, así como para presentar solicitudes o demandas, actuar en los incidentes que se incoen o interponer recursos. 2. Los acreedores podrán solicitar de la administración concursal en cualquier momento el examen de aquellos documentos o de aquellos informes que consten en autos sobre los créditos que hubieran comunicado. 3. Cualesquiera otras personas que tengan interés legítimo en el concurso podrán comparecer siempre que lo hagan representados por procurador y asistidos de letrado. - Artículo 513 Verify source ↗
Artículo 513
AI-assisted research summary: This article says the preceding provisions do not affect special rules for public administrations or for workers’ representation and defense.
Artículo 513. Representación y defensa de las Administraciones públicas y de los trabajadores. 1. Lo dispuesto en los artículos anteriores se entenderá sin perjuicio de lo establecido para las Administraciones públicas en la normativa procesal específica. 2. Lo dispuesto en los artículos anteriores se entenderá sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley reguladora de la jurisdicción social, incluidas las facultades atribuidas a los graduados sociales y a los sindicatos para el ejercicio de cuantas acciones y recursos sean precisos en el proceso concursal para la efectividad de los créditos y derechos laborales. - Artículo 514 Verify source ↗
Artículo 514
AI-assisted research summary: El Fondo de Garantía Salarial debe ser parte del procedimiento cuando tenga que pagar salarios e indemnizaciones a los trabajadores.
Artículo 514. Condición de parte del Fondo de Garantía Salarial. El Fondo de Garantía Salarial será parte del procedimiento siempre que deba abonar salarios e indemnizaciones a los trabajadores, sea en concepto de créditos contra la masa o de créditos concursales. - Artículo 515 Verify source ↗
Artículo 515
AI-assisted research summary: After bankruptcy is declared, the court clerk must move the proceeding forward on their own initiative.
Artículo 515. Sustanciación de oficio. Declarado el concurso, el Letrado de la Administración de Justicia impulsará de oficio el proceso. - Artículo 516 Verify source ↗
Artículo 516
AI-assisted research summary: If the law does not set a deadline for issuing a decision, it must be issued without delay.
Artículo 516. Plazos para proveer. Cuando la ley no fije plazo para dictar una resolución, deberá dictarse sin dilación. - Artículo 517 Verify source ↗
Artículo 517
AI-assisted research summary: El juez y el Letrado de la Administración de Justicia pueden habilitar días y horas para ciertas actuaciones urgentes; el juez también puede practicar prueba fuera de su territorio si avisa antes al juez competente y se cumplen ciertas condiciones.
Artículo 517. Extensión de facultades del juez del concurso. 1. El juez podrá habilitar los días y horas necesarios para la práctica de las diligencias que considere urgentes en beneficio del concurso. El Letrado de la Administración de Justicia podrá habilitar los días y horas necesarios para la práctica de aquellas actuaciones procesales por él ordenadas o de las que tuvieran como finalidad dar cumplimiento a las resoluciones dictadas por el juez. 2. El juez podrá realizar actuaciones de prueba fuera del ámbito de su competencia territorial, poniéndolo previamente en conocimiento del juez competente, cuando no se perjudique la competencia del juez correspondiente y venga justificado por razones de economía procesal. - Artículo 51 Verify source ↗
Artículo 51
AI-assisted research summary: Regulates who may raise a declinatoria in insolvency proceedings, the filing deadlines, and what the judge must do before ruling on it.
Artículo 51. Declinatoria. 1. El deudor podrá plantear cuestión de competencia internacional y territorial por declinatoria dentro de los cinco días siguientes a aquel en que se le hubiera emplazado. También podrán plantearla los demás legitimados para solicitar la declaración de concurso, en el plazo de diez días desde la publicación del edicto de la declaración del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». 2. La interposición de declinatoria, en la que el promotor estará obligado a indicar cuál es el órgano competente para conocer del concurso, no suspenderá el procedimiento concursal. En ningún caso se pronunciará el juez sobre la oposición del deudor sin que, previa audiencia del Ministerio Fiscal, haya resuelto la cuestión de competencia planteada. En caso de que estime la cuestión de competencia, deberá inhibirse a favor del órgano al que corresponda, con emplazamiento de las partes y remisión de lo actuado. 3. Aunque se estime la declinatoria por falta de competencia territorial será válido todo lo actuado en el concurso. - Artículo 518 Verify source ↗
Artículo 518
AI-assisted research summary: Requests for judicial authorization must be made in writing, parties must be heard, the judge must decide within five days after the final response deadline, and the order is only appealable by reconsideration.
Artículo 518. Autorizaciones judiciales. 1. En los casos en que la ley establezca la necesidad de obtener autorización del juez o los administradores concursales la consideren conveniente, la solicitud se formulará por escrito. 2. De la solicitud presentada se dará traslado a todas las partes que deban ser oídas respecto de su objeto, concediéndoles para alegaciones plazo de igual duración no inferior a tres días ni superior a diez, atendidas la complejidad e importancia de la cuestión. 3. El juez resolverá sobre la solicitud mediante auto dentro de los cinco días siguientes al último vencimiento. 4. Contra el auto que conceda o deniegue la autorización solicitada no cabrá más recurso que el de reposición. - Artículo 519 Verify source ↗
Artículo 519
AI-assisted research summary: Criminal proceedings related to the debtor or relevant facts do not suspend the bankruptcy proceeding or its sections.
Artículo 519. Prejudicialidad penal. La incoación de procedimientos criminales relacionados con el deudor o por hechos que tuvieran relación o influencia en el concurso de acreedores no provocará la suspensión de la tramitación de este, ni de ninguna de las secciones en que se divide. - Artículo 520 Verify source ↗
Artículo 520
AI-assisted research summary: The bankruptcy judge has exclusive power, on request from a criminal judge or court, to impose certain asset-related precautionary measures after a criminal complaint or indictment is admitted.
Artículo 520. Medidas cautelares a solicitud de jueces o tribunales del orden jurisdiccional penal. 1. Admitida a trámite querella o denuncia criminal contra el deudor o por hechos que tuvieran relación o influencia en el concurso, será competencia exclusiva del juez del concurso, adoptar, a solicitud del juez o tribunal del orden jurisdiccional penal, cualquier medida cautelar de carácter patrimonial que afecte a la masa activa, incluidas las de retención de pagos a los acreedores inculpados en procedimientos criminales u otras análogas. 2. Las medidas cautelares acordadas en ningún caso deben impedir continuar la tramitación del procedimiento concursal, y se acordarán del modo más conveniente para garantizar la ejecución de los pronunciamientos patrimoniales de la eventual condena penal. 3. Las medidas cautelares acordadas no podrán alterar o modificar la clasificación de los créditos concursales, ni las preferencias de pagos establecida en esta ley. - Artículo 521 Verify source ↗
Artículo 521
AI-assisted research summary: If this law does not cover an issue, the Civil Procedure Law 1/2000 applies.
Artículo 521. Derecho procesal supletorio. En lo no previsto en esta ley será de aplicación lo dispuesto en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. - Artículo 522 Verify source ↗
Artículo 522
AI-assisted research summary: El artículo está suprimido.
Artículo 522. Aplicación facultativa del procedimiento abreviado. (Suprimido) - Artículo 523 Verify source ↗
Artículo 523
AI-assisted research summary: This article is marked as removed.
Artículo 523. Aplicación obligatoria del procedimiento abreviado. (Suprimido) - Artículo 524 Verify source ↗
Artículo 524
AI-assisted research summary: Article 524 is suppressed.
Artículo 524. Transformación del procedimiento. (Suprimido) - Artículo 525 Verify source ↗
Artículo 525
AI-assisted research summary: Article 525 is marked as suppressed and does not state an operative rule in this text.
Artículo 525. Reducción de los plazos para las actuaciones de la administración concursal. (Suprimido) - Artículo 526 Verify source ↗
Artículo 526
AI-assisted research summary: Article 526 is marked as suppressed.
Artículo 526. Tramitación de las impugnaciones. (Suprimido) - Artículo 527 Verify source ↗
Artículo 527
AI-assisted research summary: Article 527 is marked as suppressed.
Artículo 527. Plazo para la presentación ordinaria de propuesta de convenio. (Suprimido) - Artículo 52 Verify source ↗
Artículo 52
AI-assisted research summary: El juez del concurso tiene jurisdicción exclusiva sobre varias materias del concurso, con excepciones específicas.
Artículo 52. Carácter exclusivo y excluyente de la jurisdicción. 1. La jurisdicción del juez del concurso será exclusiva y excluyente en las siguientes materias: 1.ª Las acciones civiles con trascendencia patrimonial que se dirijan contra el concursado, con excepción de las que se ejerciten en los procesos civiles sobre adopción de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad, filiación, matrimonio y menores. 2.ª Las ejecuciones relativas a créditos concursales o contra la masa sobre los bienes y derechos del concursado integrados o que se integren en la masa activa, cualquiera que sea el tribunal o la autoridad administrativa que las hubiera ordenado, sin más excepciones que las previstas en la legislación concursal. 3.ª La determinación del carácter necesario de un bien o derecho para la continuidad de la actividad profesional o empresarial del deudor. 4.ª La declaración de la existencia de sucesión de empresa a efectos laborales y de seguridad social en los casos de transmisión de unidad o de unidades productivas, así como la determinación en esos casos de los elementos que las integran. 5.ª Las medidas cautelares que afecten o pudieran afectar a los bienes y derechos del concursado integrados o que se integren en la masa activa, cualquiera que sea el tribunal o la autoridad administrativa que las hubiera acordado, excepto las que se adopten en los procesos de adopción de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad, filiación, matrimonio y menores. 6.ª Las demás materias establecidas en la legislación concursal. 2. Cuando el deudor sea persona natural, la jurisdicción del juez del concurso será también exclusiva y excluyente en las siguientes materias: 1.ª Las que en el procedimiento concursal debe adoptar en relación con la asistencia jurídica gratuita. 2.ª La disolución y liquidación de la sociedad o comunidad conyugal del concursado. 3. Cuando el deudor sea persona jurídica, la jurisdicción del juez del concurso será también exclusiva y excluyente en las siguientes materias: 1.ª Las acciones de reclamación de deudas sociales que se ejerciten contra los socios de la sociedad concursada que sean subsidiariamente responsables del pago de esas deudas, cualquiera que sea la fecha en que se hubieran contraído, y las acciones para exigir a los socios de la sociedad concursada el desembolso de las aportaciones sociales diferidas o el cumplimiento de las prestaciones accesorias. 2.ª Las acciones de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho; contra la persona natural designada para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra las personas, cualquiera que sea su denominación, que tengan atribuidas facultades de la más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo de administración en uno o varios consejeros delegados o en una comisión ejecutiva, por los daños y perjuicios causados, antes o después de la declaración judicial de concurso, a la persona jurídica concursada. 3.ª Las acciones de responsabilidad contra los auditores por los daños y perjuicios causados, antes o después de la declaración judicial de concurso, a la persona jurídica concursada. - Artículo 528 Verify source ↗
Artículo 528
AI-assisted research summary: El artículo está suprimido.
Artículo 528. Apertura de la fase de liquidación. (Suprimido) - Artículo 529 Verify source ↗
Artículo 529
AI-assisted research summary: Article 529 is marked as suppressed.
Artículo 529. Solicitud de concurso con presentación de propuesta anticipada de convenio. (Suprimido) - Artículo 530 Verify source ↗
Artículo 530
AI-assisted research summary: Article 530 is titled “Solicitud de concurso con presentación de plan de liquidación” and is marked as suppressed.
Artículo 530. Solicitud de concurso con presentación de plan de liquidación. (Suprimido) - Artículo 531 Verify source ↗
Artículo 531
AI-assisted research summary: El artículo aparece suprimido.
Artículo 531. Normas que rigen el procedimiento abreviado. (Suprimido) - Artículo 532 Verify source ↗
Artículo 532
AI-assisted research summary: Issues raised during the insolvency proceeding, and actions that must be brought before the insolvency judge, are handled through the incidental proceeding. Requests to carry out specific administrative acts, or to challenge them on grounds of expediency, are not admitted as incidental proceedings.
Artículo 532. Ámbito del incidente concursal. 1. Todas las cuestiones que se susciten durante el concurso y no tengan señalada en esta ley otra tramitación, así como las acciones que deban ser ejercitadas ante el juez del concurso, se tramitarán por el cauce del incidente concursal. 2. No se admitirán aquellos incidentes concursales que tengan por objeto solicitar la realización de determinados actos de administración o impugnarlos por razones de oportunidad. - Artículo 533 Verify source ↗
Artículo 533
AI-assisted research summary: Los incidentes concursales no suspenden el concurso, pero el juez puede suspender actuaciones afectadas tras iniciarse un incidente.
Artículo 533. Continuación de la tramitación del concurso de acreedores. 1. Los incidentes concursales no suspenderán la tramitación del concurso de acreedores. 2. No obstante lo establecido en el apartado anterior, el juez, una vez incoado un incidente, podrá acordar, de oficio o a instancia de parte, la suspensión de aquellas actuaciones que estime puedan verse afectadas por la resolución que se dicte. - Artículo 534 Verify source ↗
Artículo 534
AI-assisted research summary: In a bankruptcy incident, the defendants are those targeted by the claim, and any person appearing in the bankruptcy may intervene under the civil procedure rules.
Artículo 534. Partes en el incidente concursal. 1. En el incidente concursal se considerarán partes demandadas aquellas contra las que se dirija la demanda. 2. Cualquier persona comparecida en el concurso podrá intervenir en el incidente concursal conforme al régimen establecido en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para la intervención de sujetos originariamente no demandantes ni demandados, sin necesidad de especial pronunciamiento del tribunal, ni audiencia de las partes cuando se trate de aquellas que ostenten previamente la condición de parte en el concurso o se trate de acreedores incluidos en la lista de acreedores. - Artículo 535 Verify source ↗
Artículo 535
AI-assisted research summary: The insolvency incident must be processed under the civil procedure rules for oral trial, with the special rules in this law.
Artículo 535. Régimen del incidente concursal. El incidente concursal se tramitará en la forma establecida en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil para el juicio verbal con las especialidades establecidas en esta ley. - Artículo 536 Verify source ↗
Artículo 536
AI-assisted research summary: Regula cómo se admite o inadmite un incidente y cómo deben actuar el juez y las demás partes.
Artículo 536. Demanda incidental y admisión a trámite. 1. La demanda se presentará en la forma prevista en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para el juicio ordinario. 2. Si el juez estima que la cuestión planteada es impertinente o carece de entidad necesaria para tramitarla por la vía incidental, resolverá, mediante auto, su inadmisión y, si procediera, acordará que se dé a la cuestión planteada la tramitación que corresponda. Contra este auto cabrá recurso de apelación. 3. En los demás casos, dictará providencia admitiendo a trámite el incidente y acordando se emplace a las demás partes personadas, con entrega de copia de la demanda o demandas, para que en el plazo común de diez días contesten en la forma prevenida en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para el juicio ordinario. - Artículo 537 Verify source ↗
Artículo 537
AI-assisted research summary: In certain incidents with non-matching claims, intervening parties must respond to the claims they oppose and clearly state the relief they seek.
Artículo 537. Acumulación de demandas incidentales. Cuando en un incidente se acumulen demandas cuyos pedimentos no resulten coincidentes, las partes que intervengan tendrán que contestar a las demandas a cuyas pretensiones se opongan, si el momento de su intervención lo permitiese, y expresar con claridad y precisión la tutela concreta que soliciten. De no hacerlo así, el juez rechazará de plano su intervención, sin que contra esta resolución quepa recurso alguno. - Artículo 53 Verify source ↗
Artículo 53
AI-assisted research summary: The bankruptcy judge has exclusive authority over certain labor claims, including substantial changes to working conditions, transfers, dismissals, contract suspensions, working-time reductions, and certain senior-management contract suspensions or terminations.
Artículo 53. Jurisdicción del juez del concurso en materia laboral. 1. La jurisdicción del juez del concurso es exclusiva y excluyente para conocer de las acciones sociales que tengan por objeto la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, el traslado, el despido, la suspensión de contratos y la reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que, conforme a la legislación laboral y a lo establecido en esta ley, tengan carácter colectivo, así como de las que versen sobre la suspensión o extinción de contratos de alta dirección. 2. La suspensión de contratos y la reducción de jornada tendrán carácter colectivo cuando afecten al número de trabajadores establecido en la legislación laboral para la modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo. - Artículo 538 Verify source ↗
Artículo 538
AI-assisted research summary: Si se plantean cuestiones procesales en la contestación, o el demandante las suscita al ver ese escrito, el juez debe resolverlas mediante la resolución procedente.
Artículo 538. Cuestiones procesales. Si en la contestación se plantearan cuestiones procesales o se suscitaran por el demandante a la vista de este escrito en el plazo de cinco días desde que se le hubiera dado traslado del mismo, el juez las resolverá dictando la resolución que proceda conforme a lo dispuesto en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para la resolución escrita de este tipo de cuestiones conforme a lo previsto en la audiencia previa del juicio ordinario. - Artículo 539 Verify source ↗
Artículo 539
AI-assisted research summary: In an insolvency incident, evidence is proposed in the pleadings, and admissibility is decided by court order.
Artículo 539. Proposición de medios de prueba. 1. En el incidente concursal, las pruebas se propondrán en los escritos de alegaciones, resolviéndose sobre la admisión mediante auto. 2. La aportación de la prueba documental no será necesaria si los documentos constasen en el concurso de acreedores, pero la parte interesada deberá designar el documento completo que proponga como prueba y señalar en qué trámite fue presentado. - Artículo 540 Verify source ↗
Artículo 540
AI-assisted research summary: The judge must issue a judgment in the insolvency incident, and in some cases may do so without calling the parties to a hearing and without further steps.
Artículo 540. Vista y sentencia. 1. El incidente concursal finalizará mediante sentencia. 2. El juez dictará sentencia sin citación a las partes para la vista y sin más trámites en los siguientes supuestos: 1.º Cuando no se haya presentado escrito de contestación a la demanda o no exista discusión sobre los hechos o estos no sean relevantes a juicio del juez y no se hayan admitido medios de prueba. 2.º Cuando la única prueba que resulte admitida sea la de documentos, y estos ya se hubieran aportado al proceso sin resultar impugnados. 3.º Cuando solo se hayan aportado informes periciales y las partes no soliciten ni el juez considere necesaria la presencia de los peritos en la vista para la ratificación de su informe. 3. En caso de que proceda la celebración de vista, esta se desarrollará en la forma prevista en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para los juicios verbales. Tras la práctica de la prueba, se otorgará a las partes un trámite oral de conclusiones. - Artículo 541 Verify source ↗
Artículo 541
AI-assisted research summary: This article sets the labor insolvency procedure for certain worker and wage-guarantee claims, with one-month filing deadlines and steps for correcting defects and scheduling the hearing.
Artículo 541. Incidente concursal en materia laboral. 1. Se dilucidarán por el trámite del incidente concursal en materia laboral las acciones que los trabajadores o el Fondo de Garantía Salarial ejerciten contra el auto que decida sobre la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, el traslado, el despido, la suspensión de contratos y la reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que, conforme a la ley, tengan carácter colectivo, así como las de trabajadores que tengan la condición de personal de alta dirección contra la decisión de la administración concursal de extinguir o suspender los contratos suscritos por el concursado con estos. 2. Los trabajadores deberán presentar la demanda, conforme a lo establecido en la legislación procesal civil en el plazo de un mes desde que conocieron o pudieron conocer la resolución judicial y el Fondo de Garantía Salarial desde que se le notifique la resolución. El personal de alta dirección deberá presentar la demanda en el mismo plazo desde que la administración concursal le notifique la decisión adoptada. 3. En el caso de que la demanda contuviera defectos, omisiones o imprecisiones, el Letrado de la Administración de la Justicia lo advertirá al demandante o demandantes a fin de que lo subsanen en el plazo de cuatro días, con el apercibimiento de que de no subsanarse procederá su archivo. En ningún caso podrá inadmitirse la demanda por estimar que la cuestión planteada fuera intrascendente o careciera de la entidad necesaria para tramitarse por vía incidental. 4. Admitida la demanda, el Letrado de la Administración de Justicia señalará dentro de los diez días siguientes el día y hora en que habrá de tener lugar el acto del juicio, citando a los demandados con entrega de copia de la demanda y demás documentos, debiendo mediar en todo caso un mínimo de cuatro días entre la citación y la efectiva celebración del juicio, que comenzará con el intento de conciliación o avenencia sobre el objeto del incidente. De no lograrse esta se ratificará el actor en su demanda o la ampliará sin alterar sustancialmente sus pretensiones, contestando oralmente el demandado, y proponiendo las partes a continuación las pruebas sobre los hechos en los que no hubiera conformidad, continuando el procedimiento conforme a los trámites del juicio verbal de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, si bien tras la práctica de la prueba se otorgará a las partes un trámite de conclusiones. 5. Tras la práctica de la prueba se otorgará a las partes un trámite oral de conclusiones. - Artículo 542 Verify source ↗
Artículo 542
AI-assisted research summary: Costs for insolvency incident judgments are governed by the Civil Procedure Act, and labor-matter insolvency incident judgments are governed by the Social Jurisdiction Act.
Artículo 542. Costas. 1. La sentencia que recaiga en el incidente concursal se regirá en materia de costas por lo dispuesto en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, tanto en cuanto a su imposición como en lo relativo a su exacción, y serán inmediatamente exigibles, una vez firme la sentencia, con independencia del estado en que se encuentre el concurso. 2. La sentencia que recaiga en el incidente concursal en materia laboral se regirá en materia de costas por lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. - Artículo 543 Verify source ↗
Artículo 543
AI-assisted research summary: Final judgments ending bankruptcy incidents produce res judicata effects.
Artículo 543. Cosa juzgada. Una vez firmes, las sentencias que pongan fin a los incidentes concursales producirán efectos de cosa juzgada. - Artículo 544 Verify source ↗
Artículo 544
AI-assisted research summary: Appeals against decisions of the court clerk in bankruptcy follow the same rules as the Civil Procedure Law 1/2000.
Artículo 544. Recursos contra resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia. Los recursos contra las resoluciones dictadas por el Letrado de la Administración de Justicia en el concurso serán los mismos que prevé la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y se sustanciarán en la forma que en ella se determina. - Artículo 545 Verify source ↗
Artículo 545
AI-assisted research summary: Appeals against the judge’s insolvency decisions are handled under the Civil Procedure Law, with later articles making modifications.
Artículo 545. Recursos contra las resoluciones del juez. Los recursos contra las resoluciones dictadas por el juez en el concurso se sustanciarán en la forma prevista por la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, con las modificaciones que se indican en los artículos siguientes y sin perjuicio de lo previsto en esta ley en materia laboral. - Artículo 546 Verify source ↗
Artículo 546
AI-assisted research summary: Against the bankruptcy judge’s orders and rulings, only a reconsideration appeal is available, unless this law excludes all appeal or, for rulings, expressly allows an appeal.
Artículo 546. Recursos contra providencias y autos. Contra las providencias y autos que dicte el juez del concurso solo cabrá recurso de reposición, salvo que en esta ley se excluya todo recurso o, en el caso de los autos, se otorgue expresamente recurso de apelación. - Artículo 547 Verify source ↗
Artículo 547
AI-assisted research summary: Judgments issued by the insolvency judge may be appealed.
Artículo 547. Recursos contra sentencias. Contra las sentencias dictadas por el juez del concurso cabrá recurso de apelación. - Artículo 54 Verify source ↗
Artículo 54
AI-assisted research summary: El juez del concurso controla ciertas medidas cautelares que afecten a bienes y derechos del concursado, con algunas excepciones.
Artículo 54. Medidas cautelares. 1. La jurisdicción exclusiva y excluyente del juez del concurso se extiende a cualquier medida cautelar que afecte o pudiera afectar a los bienes y derechos del concursado integrados o que se integren en la masa activa, cualquiera que sea el tribunal o la autoridad administrativa que la hubiera acordado, excepto las que se adopten en los procesos civiles sobre capacidad, filiación, matrimonio y menores, así como de cualquiera de las adoptadas por los árbitros en el procedimiento arbitral. 2. Si el juez del concurso considerase que las medidas adoptadas por otros tribunales o autoridades administrativas pueden suponer un perjuicio para la adecuada tramitación del concurso de acreedores, acordará la suspensión de las mismas, cualquiera que sea el órgano que las hubiera decretado, y podrá requerirle para que proceda al levantamiento de las medidas adoptadas. Si el requerido no atendiera de inmediato al requerimiento, el juez del concurso planteará conflicto de jurisdicción, conflicto de competencia o cuestión de competencia, según proceda. - Artículo 548 Verify source ↗
Artículo 548
AI-assisted research summary: Appeals against insolvency judge decisions are to be handled as a priority and resolved within two months after the case file reaches the Provincial Court.
Artículo 548. Carácter preferente. Los recursos de apelación que se interpongan contra las sentencias y, en su caso, contra los autos dictadas por el juez del concurso se tramitarán con carácter preferente y deberán estar resueltos dentro de los dos meses siguientes a la recepción de las actuaciones por la Audiencia Provincial. - Artículo 549 Verify source ↗
Artículo 549
AI-assisted research summary: The insolvency judge may suspend proceedings or the effects of a composition plan when an appeal is admitted or when suspension is requested with the appeal, and the Provincial Court may review that decision on request.
Artículo 549. Suspensión de actuaciones. 1. Al admitir un recurso de apelación, el juez del concurso, de oficio o a instancia de parte, podrá acordar motivadamente la suspensión de aquellas actuaciones que puedan verse afectadas por su resolución. 2. Si al recurrir la sentencia de aprobación del convenio se hubiera solicitado la suspensión de los efectos de este, el juez podrá acordarla con carácter total o parcial. 3. La decisión del juez sobre la suspensión de actuaciones o el retraso de la eficacia del convenio, podrá ser revisada por la Audiencia Provincial a solicitud de parte formulada mediante escrito presentado ante aquella en los cinco días siguientes a la notificación de la decisión del juez del concurso. Esta cuestión habrá de ser resuelta con carácter previo al examen del fondo del recurso y dentro de los diez días siguientes a la recepción de los autos por el tribunal. 4. Contra el auto que dicte la Audiencia Provincial no cabe interponer recurso alguno. - Artículo 550 Verify source ↗
Artículo 550
AI-assisted research summary: This article allows an extraordinary cassation appeal and an extraordinary appeal for procedural infringement against certain Provincial Court judgments.
Artículo 550. Recursos extraordinarios. Contra las sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales relativas a la aprobación o cumplimiento del convenio, a la calificación o conclusión del concurso, o que resuelvan acciones de las comprendidas en las secciones tercera y cuarta podrá interponerse recurso de casación y extraordinario por infracción procesal, de acuerdo con los criterios de admisión establecidos en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. - Artículo 551 Verify source ↗
Artículo 551
AI-assisted research summary: This article says who may appeal certain labor-related insolvency orders and judgments, and that those appeals do not stop the insolvency proceeding.
Artículo 551. Recursos en materia laboral. 1. Contra el auto que decida sobre la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, el traslado, el despido, la suspensión de contratos o la reducción de jornada, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que, conforme a la ley, tengan carácter colectivo y contra la sentencia que resuelva incidentes concursales relativos a acciones sociales cuyo conocimiento corresponda al juez del concurso, cabrá recurso de suplicación y los demás recursos previstos en la Ley reguladora de la jurisdicción social, que se tramitarán y resolverán ante los órganos jurisdiccionales del orden social, sin que ninguno de ellos tenga efectos suspensivos sobre la tramitación del concurso ni de ninguno de sus incidentes, secciones o piezas separadas. 2. La legitimación para recurrir el auto indicado en el apartado anterior corresponde a la administración concursal, al concursado, a los trabajadores a través de sus representantes y al Fondo de Garantía Salarial, así como, en caso de declaración de la existencia de grupo laboral de empresas, a aquellas entidades que lo integren. - Artículo 552 Verify source ↗
Artículo 552
AI-assisted research summary: Publicity of the bankruptcy declaration, other legally required resolutions, and related notifications and communications must be carried out by electronic means.
Artículo 552. Publicidad por medios electrónicos. La publicidad de la declaración de concurso, la publicidad de aquellas otras resoluciones exigida por esta ley y las notificaciones y comunicaciones que procedan se realizará por medios electrónicos. - Artículo 553 Verify source ↗
Artículo 553
AI-assisted research summary: The court should send edicts to the relevant publicity media by telematic means; if that is not possible, the solicitor of the insolvency applicant must pass them on immediately, and in one public-administration case the court officer sends them directly.
Artículo 553. Edictos. 1. El traslado de los oficios con los edictos se realizará preferentemente por vía telemática desde el juzgado a los medios de publicidad correspondientes. 2. Excepcionalmente, y si lo previsto en el apartado anterior no fuera posible, los oficios con los edictos serán entregados al procurador del solicitante del concurso, quien deberá remitirlos de inmediato a los correspondientes medios de publicidad. 3. Si el solicitante del concurso fuese una Administración pública que actuase representada y defendida por sus servicios jurídicos, el traslado de los oficios se realizará directamente por el Letrado de la Administración de Justicia a los medios de publicidad. - Artículo 554 Verify source ↗
Artículo 554
AI-assisted research summary: The required publicity for edicts about rulings issued by the bankruptcy judge is treated as satisfied when they are posted on the court notice board and in the public bankruptcy register, and, if provided, in the Official State Gazette.
Artículo 554. Difusión de los edictos. La publicidad exigida por esta ley de los edictos relativos a resoluciones dictadas por el juez del concurso se entenderá cumplida mediante la inserción en el tablón de anuncios del juzgado y en el Registro público concursal y, si así lo estableciera, en el «Boletín Oficial del Estado». - Artículo 555 Verify source ↗
Artículo 555
AI-assisted research summary: Certain required entries in public registries are made through a court-justice officer’s order. Preventive annotations for non-final decisions expire after four years, can be cancelled ex officio or on request, and may be extended once for four more years before expiry.
Artículo 555. Mandamientos. 1. Los asientos exigidos por esta ley en los registros públicos de personas y de bienes se practicarán en virtud de mandamiento librado por el Letrado de la Administración de Justicia. En el mandamiento se expresará el órgano judicial que hubiera dictado la resolución, la fecha y la naturaleza de la resolución, el número de autos y si la correspondiente resolución es o no firme. 2. Las anotaciones preventivas que deban extenderse en los registros públicos de personas o de bienes por falta de firmeza de la resolución caducarán, en todo caso, a los cuatro años desde la fecha de la anotación misma y se cancelarán de oficio o a instancia de cualquier interesado. El Letrado de la Administración de Justicia, antes de que se produzca la caducidad, podrá decretar la prórroga de la anotación por cuatro años más. - Artículo 556 Verify source ↗
Artículo 556
AI-assisted research summary: The procurador who receives the warrant must file it in the corresponding public registry the same day or the next business day, even if no funds advance was provided.
Artículo 556. Traslado de los mandamientos. 1. El traslado de los mandamientos y de la documentación necesaria para la práctica de los asientos se realizará preferentemente por medios electrónicos desde el juzgado a los registros correspondientes. Excepcionalmente, si no fuera posible, los mandamientos serán entregados al procurador del solicitante del concurso, para su presentación inmediata en los registros correspondientes. 2. El traslado o la entrega se realizarán el mismo día de la notificación a las partes de la resolución judicial a la que se refieran. El procurador que reciba el mandamiento deberá presentarlo en el registro público correspondiente ese mismo día o el siguiente hábil, aunque no le hubiera sido facilitada provisión de fondos. - Artículo 557 Verify source ↗
Artículo 557
AI-assisted research summary: Certain insolvency-related court resolutions must be recorded in the relevant person-register folio, and registering the content of an already noted resolution is free.
Artículo 557. Resoluciones objeto de publicidad en los registros de personas. 1. Serán objeto de anotación o de inscripción en el folio correspondiente al concursado en los registros de personas a que se refiere esta ley, las resoluciones relativas a la declaración y reapertura del concurso; las que se dicten en materia de intervención o suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre los bienes y derechos que integran la masa activa; las limitaciones que se establezcan en la sentencia de aprobación del convenio; la calificación del concurso como culpable; la conclusión del concurso, y cuantas resoluciones las modifiquen o las dejen sin efecto. 2. La práctica de una inscripción del contenido de una resolución ya anotada será gratuita. - Artículo 55 Verify source ↗
Artículo 55
AI-assisted research summary: The insolvency judge’s jurisdiction extends to certain related civil, administrative, and labour preliminary issues, except those excluded in earlier articles.
Artículo 55. Extensión objetiva de la jurisdicción. 1. La jurisdicción del juez del concurso se extiende a todas las cuestiones prejudiciales civiles, con excepción de las excluidas en los artículos anteriores, las administrativas y las sociales directamente relacionadas con el concurso o cuya resolución sea necesaria para la adecuada tramitación del procedimiento concursal. 2. La decisión sobre las cuestiones a las que se refiere el apartado anterior no surtirán efecto fuera del concurso de acreedores en que se produzca. - Artículo 558 Verify source ↗
Artículo 558
AI-assisted research summary: Certain insolvency-related resolutions must be recorded in the relevant property register; re-registering an already noted resolution is free; and registered support measures do not block public registration of infringing acts.
Artículo 558. Resoluciones objeto de publicidad en los registros de bienes. 1. Serán objeto de anotación o de inscripción en el folio correspondiente a cada uno de los bienes o derechos pertenecientes a la masa activa que figuren inscritos a nombre del concursado en los registros de bienes a que se refiere esta ley, las resoluciones relativas a la declaración y reapertura del concurso; las que se dicten en materia de intervención o suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre los bienes y derechos que integran la masa activa; las limitaciones que se establezcan en la sentencia de aprobación del convenio; la conclusión del concurso, y cuantas resoluciones las modifiquen o las dejen sin efecto. 2. La práctica de una inscripción del contenido de una resolución ya anotada será gratuita. 3. La anotación o la inscripción en los registros de personas y de bienes a que se refiere esta ley de las medidas de apoyo al concursado por razón de su discapacidad establecidas en el convenio no impedirá el acceso a los registros públicos de los actos que las infrinjan, pero perjudicará a cualquier titular registral la acción de ineficacia o de reintegración de la masa que, en su caso, se ejercite. - Artículo 559 Verify source ↗
Artículo 559
AI-assisted research summary: Regulations may establish coordination mechanisms between public registries for recording bankruptcy declarations and related resolutions.
Artículo 559. Coordinación entre registros públicos. Reglamentariamente podrán establecerse mecanismos de coordinación entre los diversos registros públicos en los que, conforme a lo establecido en esta ley, hayan de anotarse e inscribirse la declaración de concurso y aquellas otras resoluciones a que se refieren los artículos anteriores. - Artículo 560 Verify source ↗
Artículo 560
AI-assisted research summary: The public insolvency register is a free, permanent public information tool, and it sits under the Ministry of Justice.
Artículo 560. El Registro público concursal. 1. El Registro público concursal es un instrumento técnico de información, de acceso público, gratuito y permanente sobre las principales resoluciones que se dicten en los concursos de acreedores declarados en España o que hayan de producir efectos en España, sobre las comunicaciones de apertura de negociaciones, las homologaciones judiciales de los planes de reestructuración, así como de las personas naturales y jurídicas que puedan ser nombradas administradores concursales y de la información existente sobre liquidaciones y ventas de activos y unidades productivas. 2. El Registro público concursal se llevará bajo la dependencia del Ministerio de Justicia. 3. Reglamentariamente se desarrollarán la estructura, el contenido y el sistema de publicidad a través de este registro y los procedimientos de inserción y de acceso. - Artículo 561 Verify source ↗
Artículo 561
AI-assisted research summary: The public insolvency register must be organized into five sections and specific decisions or filings must be entered in each section.
Artículo 561. Organización del registro. El Registro público concursal constará de cinco secciones: 1.ª En la sección primera, de edictos concursales, se insertarán ordenados alfabéticamente por concursado y fechas, la declaración de concurso y las demás resoluciones que deban publicarse en este registro conforme a lo establecido en esta ley. 2.ª En la sección segunda, de publicidad registral, se insertarán, ordenadas alfabéticamente por concursado y fechas, las resoluciones judiciales en materia de limitación o de suspensión de las facultades de administración y de disposición sobre los bienes y derechos que integran la masa activa, las demás exigidas por esta ley y la sentencia de calificación del concurso como culpable. En esa sección existirá una subsección, de personas afectadas por la calificación, en la que se insertarán, ordenadas alfabéticamente por afectado, las correspondientes resoluciones judiciales una vez sean firmes. 3.ª En la sección tercera, de exoneración del pasivo insatisfecho, se insertarán, ordenadas alfabéticamente por concursado, las resoluciones judiciales por la que se conceda, con carácter provisional o definitivo, la exoneración, con expresión de la revocación total o parcial de la exoneración concedida. 4.ª En la sección cuarta, de administradores concursales y auxiliares delegados, se inscribirán, ordenadas alfabéticamente por orden de apellidos, si fueran personas naturales, y por denominación, si no lo fueran, las personas naturales y jurídicas que, cumpliendo los requisitos legales y reglamentarios para poder ser nombradas como administrador concursal y auxiliares delegados, hayan solicitado la inscripción en este registro manifestando la voluntad de ejercer como administrador concursal o auxiliar delegado. Si el administrador concursal estuviera habilitado para actuar en concursos de media o gran complejidad se hará costar en la inscripción. En esta sección se insertarán igualmente, en la parte relativa a cada una de esas personas, los nombramientos, los ceses, con expresión de la causa, y, en su caso, la inhabilitación de los administradores concursales y de los auxiliares delegados, con indicación del tribunal y de la clase y fecha de la resolución judicial, así como los autos en los que se fije o modifique su remuneración. Cuando un administrador concursal sea inhabilitado el letrado de la Administración de Justicia lo pondrá en conocimiento del Registro público concursal a fin de que se le dé de baja por el periodo de inhabilitación, sin perjuicio de que continúe actuando en aquellos concursos en los que hubiera sido nombrado antes de la firmeza de la resolución judicial que lo hubiera inhabilitado. 5.ª En la sección quinta, de planes de reestructuración, se insertarán, ordenadas alfabéticamente por deudor, las comunicaciones de la apertura de las negociaciones con los acreedores, salvo que tuviera carácter reservado, así como la homologación judicial de los planes de reestructuración. En esa sección existirá una subsección, de expertos en reestructuraciones, en la que se insertarán, ordenadas alfabéticamente por experto, los nombramientos que hubieran tenido. - Artículo 562 Verify source ↗
Artículo 562
AI-assisted research summary: The article is marked as suppressed.
Artículo 562. Inserción de resoluciones judiciales en la sección primera. (Suprimido) - Artículo 563 Verify source ↗
Artículo 563
AI-assisted research summary: The article requires natural persons and legal persons applying for registration in section four to provide specified identification and background details, and requires the public insolvency register to enter those data for each person.
Artículo 563. Solicitud de inscripción en la sección cuarta. 1. En el caso de personas naturales, en la solicitud de inscripción en la sección cuarta, se indicará la identidad del solicitante, la dirección profesional postal y electrónica, el número de identificación fiscal, y el ámbito o ámbitos territoriales en los que se hubiera manifestado la disposición para ejercer, así como la identidad de todas las personas jurídicas inscritas en esta sección con las que se encuentre relacionada profesionalmente para el ejercicio de la actividad de administrador concursal. En la solicitud se indicarán igualmente los concursos previos en los que hubiera sido nombrado administrador concursal o auxiliar delegado con expresión del tribunal en que se hubiera tramitado y el número de autos, señalando la identidad del concursado y el sector de actividad. 2. En el caso de las personas jurídicas, en la solicitud de inscripción en la sección cuarta se indicará la denominación, el domicilio, la forma jurídica, la dirección postal y electrónica, y el ámbito o ámbitos territoriales en los que se hubiera manifestado la disposición para ejercer, así como la identidad y la dirección de cada uno de los socios y de cualquier persona natural inscrita en esta sección que preste sus servicios para la persona jurídica. En la solicitud se indicarán igualmente los concursos previos en los que hubiera sido nombrada administradora concursal o auxiliar delegado con expresión del tribunal en que se hubiera tramitado y el número de autos, señalando la identidad del concursado y el sector de actividad, la identidad de la persona natural encargada de la dirección de los trabajos y de la representación de la persona jurídica en cada uno de ellos. 3. En la sección cuarta del Registro público concursal, en la parte relativa a cada una de esas personas, se insertarán todos los datos a que se refieren los dos apartados anteriores. - Artículo 564 Verify source ↗
Artículo 564
AI-assisted research summary: The public insolvency register is generally accessible online. Access to sections two and three is limited to people who can show a legitimate interest in checking the debtor’s situation.
Artículo 564. Libertad de acceso al Registro público concursal. 1. El contenido del Registro público concursal será accesible por internet u otros medios equivalentes de consulta telemática. 2. Por excepción a lo establecido en el apartado anterior, únicamente tendrán acceso a la sección segunda y sección tercera, aquellas personas que justifiquen la existencia de interés legítimo en averiguar la situación del deudor. La apreciación de la existencia de interés legítimo se realizará por quién esté a cargo del Registro público concursal. Se presumirá interés legítimo en las autoridades y empleados públicos en el ejercicio de sus funciones públicas. - Artículo 565 Verify source ↗
Artículo 565
AI-assisted research summary: The publication of court decisions or extracts in the public insolvency register is only informational, unless this law gives it other legal effects.
Artículo 565. Valor de la eficacia del Registro público concursal. La publicación de las resoluciones judiciales o sus extractos tendrá un valor meramente informativo salvo en aquellos casos en los que esta ley le atribuya otros efectos. - Artículo 566 Verify source ↗
Artículo 566
AI-assisted research summary: The public insolvency registry must have traceability mechanisms that let interested parties identify and verify when public disclosure of resolutions and included information begins.
Artículo 566. Control del inicio de la accesibilidad de la información. El Registro público concursal deberá contar con mecanismos de trazabilidad que permitan conocer y acreditar fehacientemente a solicitud de cualquier interesado el inicio de la difusión pública de las resoluciones y de la información que se incluya en el mismo. - Artículo 567 Verify source ↗
Artículo 567
AI-assisted research summary: The inheritance estate may be declared in insolvency proceedings while it has not been accepted purely and simply.
Artículo 567. Declaración de concurso de la herencia. El concurso de la herencia podrá declararse en tanto no haya sido aceptada pura y simplemente. - Artículo 56 Verify source ↗
Artículo 56
AI-assisted research summary: En asuntos internacionales, el juez del concurso solo puede conocer de acciones con base jurídica en la legislación concursal y relacionadas de forma inmediata con el concurso.
Artículo 56. Alcance internacional de la jurisdicción. En el ámbito internacional la jurisdicción del juez del concurso comprende únicamente el conocimiento de aquellas acciones que tengan su fundamento jurídico en la legislación concursal y guarden una relación inmediata con el concurso. - Artículo 568 Verify source ↗
Artículo 568
AI-assisted research summary: Determina quién puede pedir el concurso de una herencia no aceptada pura y simplemente y qué documentación debe aportar en la solicitud.
Artículo 568. Legitimación para solicitar la declaración de concurso. 1. Para solicitar la declaración de concurso de la herencia no aceptada pura y simplemente están legitimados el administrador de la herencia yacente, los herederos y los acreedores del deudor fallecido. 2. En la solicitud los legitimados deberán expresar los datos del causante y el carácter en el que formulan la declaración de concurso, acompañando el documento del que resulte su legitimación o proponiendo prueba para acreditarla. 3. La solicitud formulada por un heredero producirá los efectos de la aceptación de la herencia a beneficio de inventario. - Artículo 569 Verify source ↗
Artículo 569
AI-assisted research summary: La herencia se considera en concurso voluntario si la primera solicitud la presenta el administrador de la herencia yacente o un heredero; en otros casos, se considera necesario, con una excepción temporal de tres meses.
Artículo 569. Concurso voluntario y concurso necesario de la herencia. 1. El concurso de acreedores de la herencia tendrá la consideración de voluntario cuando la primera de las solicitudes presentadas hubiera sido la del administrador de la herencia yacente o la de un heredero. En los demás casos, el concurso se considerará necesario. 2. Por excepción a lo dispuesto en el apartado anterior, el concurso de acreedores de la herencia tendrá la consideración de necesario cuando, en los tres meses anteriores a la fecha de la solicitud del administrador de la herencia yacente o de un heredero, se hubiera presentado y admitido a trámite otra contra el deudor antes de su fallecimiento o contra la propia herencia por cualquier legitimado, aunque este hubiera desistido, no hubiera comparecido en la vista o no se hubiese ratificado en la solicitud. - Artículo 570 Verify source ↗
Artículo 570
AI-assisted research summary: Si hay concurso de la herencia, la administración concursal ejerce las facultades de administración y disposición sobre el caudal relicto, y el juez no puede cambiar esa situación.
Artículo 570. Efectos sobre el deudor. En caso de concurso de la herencia, corresponderá a la administración concursal el ejercicio de las facultades patrimoniales de administración y disposición sobre el caudal relicto, sin que el juez pueda modificar esta situación. - Artículo 571 Verify source ↗
Artículo 571
AI-assisted research summary: If the bankrupt person dies or is declared dead, the bankruptcy does not end and continues as an estate bankruptcy.
Artículo 571. Fallecimiento del concursado. 1. La muerte o declaración de fallecimiento del concursado no será causa de conclusión del concurso, que continuará tramitándose como concurso de la herencia, correspondiendo a la administración concursal el ejercicio de las facultades patrimoniales de administración y disposición del caudal relicto. 2. La representación de la herencia en el procedimiento corresponderá a quien la ostente conforme a derecho y, en su caso, a quien designen los herederos. 3. Fallecido el concursado, la herencia se mantendrá indivisa durante la tramitación del concurso. - Artículo 572 Verify source ↗
Artículo 572
AI-assisted research summary: This article requires certain court officials to notify specific authorities when an insolvency petition concerns listed financial, insurance, or social-security-related entities.
Artículo 572. Comunicaciones especiales de la solicitud de concurso voluntario o necesario. 1. En caso de solicitud de concurso de acreedores de una sociedad que tuviera emitidos valores o instrumentos financieros negociados en un mercado secundario oficial, el Letrado de la Administración de Justicia, una vez que el juez hubiera proveído sobre la misma, lo comunicará sin dilación a la Comisión Nacional del Mercado de Valores. 2. En caso de solicitud de concurso de acreedores de una entidad de crédito o a una empresa de servicios de inversión, el órgano judicial competente, suspendiendo la tramitación de la solicitud, lo notificará al supervisor competente y al FROB para dar cumplimiento a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 de la disposición adicional decimoquinta de la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión. A continuación, en caso de que así proceda el Letrado de la Administración de Justicia, una vez que el juez hubiera proveído sobre la misma, lo comunicará sin dilación al Banco de España, al FROB y a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y solicitará la relación de los sistemas de pagos y de liquidación de valores o instrumentos financieros, incluidos los derivados, a los que pertenezca la entidad afectada y la denominación y domicilio del gestor en los términos previstos en la legislación especial aplicable. 3. En caso de solicitud de concurso de acreedores de una entidad aseguradora o reaseguradora, el Letrado de la Administración de Justicia, una vez que el juez hubiera proveído sobre la misma, lo comunicará sin dilación a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. 4. En caso de solicitud de concurso de acreedores de una mutua colaboradora con la Seguridad Social, el Letrado de la Administración de Justicia, una vez que el juez hubiera proveído sobre la misma, lo comunicará sin dilación al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. - Artículo 573 Verify source ↗
Artículo 573
AI-assisted research summary: When a bankruptcy is declared for the entities covered by the previous article, the court clerk must notify the order the same day to the relevant public bodies and to the systems manager for the affected entity.
Artículo 573. Notificaciones especiales de la declaración de concurso. Declarado el concurso de cualquiera de las entidades a que se refiere el artículo anterior, el Letrado de la Administración de Justicia notificará el auto, en el mismo día de la fecha, a los mismos organismos y administraciones públicas a las que hubiera notificado o debido notificar la existencia de la solicitud, así como al gestor de los sistemas a los que pertenezca la entidad afectada. - Artículo 574 Verify source ↗
Artículo 574
AI-assisted research summary: El juez debe nombrar al administrador concursal según el tipo de entidad en concurso.
Artículo 574. Nombramiento de la administración concursal. 1. En el concurso de entidad de crédito el juez nombrará administrador concursal de entre las personas propuestas en terna por el FROB. 2. En el concurso de entidad aseguradora o reaseguradora el juez nombrará administrador concursal al Consorcio de Compensación de Seguros. 3. En el concurso de una entidad sometida a la supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores el juez nombrará administrador concursal de entre las personas propuestas en terna por esa Comisión. - Artículo 575 Verify source ↗
Artículo 575
AI-assisted research summary: Las reglas de incompatibilidad y prohibición para nombrar administrador concursal se aplican a las personas nombradas por el juez del concurso a propuesta del FROB, del Consorcio de Compensación de Seguros o de la CNMV, con dos excepciones específicas.
Artículo 575. Incompatibilidades y prohibiciones. 1. Las normas establecidas en esta ley sobre incompatibilidades y prohibiciones para ser nombrado administrador concursal serán de aplicación a las personas nombradas por el juez del concurso a propuesta del FROB, del Consorcio de Compensación de Seguros o de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. 2. Se exceptúan de lo establecido en el apartado anterior, las prohibiciones por razón del cargo o función pública que tuviera o hubiera tenido el nombrado; o, en caso de administración concursal dual, de las incompatibilidades por razón de la vinculación personal o profesional entre los miembros de la administración concursal. - Artículo 576 Verify source ↗
Artículo 576
AI-assisted research summary: Si el nombramiento recae en una persona propuesta por el FROB, el Consorcio de Compensación de Seguros o la CNMV, no hace falta aceptar el cargo. En todo caso, el nombrado debe comunicar al juzgado sus direcciones postal y electrónica dentro de 5 días, y el correo electrónico debe cumplir requisitos técnicos de seguridad.
Artículo 576. Aceptación del nombrado. 1. Cuando el nombramiento de la administración concursal recaiga en cualquiera de las personas propuestas por el FROB, el Consorcio de Compensación de Seguros o la Comisión Nacional del Mercado de Valores no será necesaria la aceptación del nombrado. 2. Dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación del nombramiento, el nombrado comunicará al juzgado las direcciones postal y electrónica en las que efectuar la comunicación de créditos, así como cualquier otra notificación. La dirección electrónica que se señale deberá cumplir las condiciones técnicas de seguridad de las comunicaciones electrónicas en lo relativo a la constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones. - Artículo 577 Verify source ↗
Artículo 577
AI-assisted research summary: Si las personas propuestas por el FROB, el Consorcio de Compensación de Seguros o la CNMV forman parte de esos organismos, no pueden cobrar con cargo a la masa activa.
Artículo 577. Carácter gratuito del cargo. Si las personas propuestas por el FROB, el Consorcio de Compensación de Seguros o la Comisión Nacional del Mercado de Valores para el ejercicio del cargo de administrador concursal formaran parte de estos organismos, no tendrán derecho a retribución con cargo a la masa activa. - Artículo 57 Verify source ↗
Artículo 57
AI-assisted research summary: La administración concursal debe estar formada por un solo miembro, que puede ser una persona física o jurídica.
Artículo 57. Administración concursal única. La administración concursal estará integrada por un único miembro, que podrá ser persona natural o jurídica. - Artículo 578 Verify source ↗
Artículo 578
AI-assisted research summary: Special insolvency rules apply to certain financial and market entities in bankruptcy proceedings.
Artículo 578. Régimen especial del concurso de acreedores. 1. En los concursos de entidades de crédito o entidades legalmente asimiladas a ellas, empresas de servicios de inversión y entidades aseguradoras, así como de entidades miembros de mercados oficiales de valores y entidades participantes en los sistemas de compensación y liquidación de valores, se aplicarán las especialidades que para el concurso de acreedores se hallen establecidas en su legislación específica. 2. Se considera legislación especial, a los efectos de la aplicación del apartado anterior, la contenida en las siguientes normas: 1.º La disposición adicional quinta de la Ley 3/1994, de 14 de abril, por la que se adapta la legislación española en materia de entidades de crédito a la Segunda Directiva de Coordinación Bancaria y se introducen otras modificaciones relativas al sistema financiero. 2.º La Ley 13/1994, de 1 de junio, de autonomía del Banco de España, por lo que respecta al régimen aplicable a las garantías constituidas a favor del Banco de España, del Banco Central Europeo o de otros Bancos Centrales Nacionales de la Unión Europea, en el ejercicio de sus funciones. 3.º La disposición adicional tercera de la Ley 1/1999, de 5 de enero, reguladora de las entidades de capital-riesgo y de sus sociedades gestoras. 4.º La Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores. 5.º El texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre. 6.º La Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva. 7.º El texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre. 8.º El capítulo II del título I del Real Decreto-ley 5/2005, de 11 de marzo, de reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública. 9.º La Ley 6/2005, de 22 de abril, sobre saneamiento y liquidación de las entidades de crédito. 10.º La Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva. 11.º El artículo 16.4 y la disposición adicional cuarta, punto 7, de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial. 12.º La Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión. 13.º Los títulos VI y VII de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras y el título VII del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. 14.º El texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y su normativa de desarrollo. 15.º El Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre. 16.º El Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva. 17.º El Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de bonos garantizados, distribución transfronteriza de organismos de inversión colectiva, datos abiertos y reutilización de la información del sector público, ejercicio de derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en línea y a las retransmisiones de programas de radio y televisión, exenciones temporales a determinadas importaciones y suministros, de personas consumidoras y para la promoción de vehículos de transporte por carretera limpios y energéticamente eficientes. 3. Las normas legales enumeradas en el apartado anterior se aplicarán con el alcance subjetivo y objetivo previsto en las mismas a las operaciones o contratos que en ella se contemplan. - Artículo 579 Verify source ↗
Artículo 579
AI-assisted research summary: En ciertos concursos de concesionarias, contratistas públicos y concesiones sobre dominio público, se aplican reglas especiales; en concesiones portuarias de personas jurídicas, la disolución o extinción acordada en el concurso extingue automáticamente la concesión.
Artículo 579. Concurso de concesionarias de obras y servicios públicos, de contratistas de las administraciones públicas y de titulares de concesiones sobre el dominio público. En los concursos de empresas concesionarias de obras y servicios públicos o contratistas de las administraciones públicas se aplicarán las especialidades establecidas en la legislación de contratos del sector público y en la legislación específica reguladora de cada tipo de contrato administrativo. Los efectos de la declaración de concurso o de las resoluciones adoptadas en el seno de dicho procedimiento en las concesiones sobre el dominio público que ostente el concursado se regularán por su normativa específica. En el caso de concesiones sobre el dominio público portuario de titularidad de personas jurídicas, la disolución o extinción de dichas entidades por resoluciones acordadas en el seno del concurso será causa automática de extinción de la concesión, sin que esta pueda ser objeto de enajenación o liquidación en el concurso desde que aquellas se dicten. - Artículo 580 Verify source ↗
Artículo 580
AI-assisted research summary: Las administraciones públicas pueden presentar propuesta de convenio en ciertos concursos, aunque no sean acreedoras.
Artículo 580. Legitimación adicional para presentar propuesta de convenio. En los concursos de empresas concesionarias de obras y servicios públicos o contratistas de las administraciones públicas, además de los legitimados con carácter general para presentar propuesta de convenio, podrán presentarla las administraciones públicas, incluidos los organismos, entidades y sociedades mercantiles vinculadas o dependientes de ellas, aunque no sean acreedores, en las mismas condiciones de tiempo, forma y contenido establecidas en esta ley. - Artículo 581 Verify source ↗
Artículo 581
AI-assisted research summary: If multiple related insolvency proceedings meet the stated conditions, they must be consolidated, and the judge handling the largest-debt case gets jurisdiction over the consolidated proceedings.
Artículo 581. De la acumulación de concursos de concesionarias de obras y servicios públicos o contratistas de las administraciones públicas. 1. Cuando en los concursos de dos o más empresas concesionarias de obras y servicios públicos o contratistas de las administraciones públicas se presenten propuestas de convenio que afecten a todas ellas, procederá la acumulación de los procedimientos en tramitación, cualquiera que sea la fase en que se encuentren, aunque la eficacia de los respectivos convenios no esté condicionada a la eficacia de los demás. 2. La acumulación procederá aunque los concursos hayan sido declarados por diferentes juzgados. En este caso, la competencia para la tramitación de los concursos acumulados corresponderá al juez que estuviera conociendo del concurso de la concesionaria o de la contratista con mayor pasivo en el momento de la presentación de la solicitud de concurso. - Artículo 582 Verify source ↗
Artículo 582
AI-assisted research summary: For sports entities in official competitions, insolvency proceedings follow the special rules of state sports law and its implementing rules; a judicial declaration of insolvency does not stop the activity or block the rules governing participation in the competition.
Artículo 582. Concurso de entidades deportivas. 1. En los concursos de entidades deportivas que participen en competiciones oficiales, se aplicarán las especialidades que para el concurso de acreedores prevea la legislación estatal del deporte y sus normas de desarrollo. 2. La declaración judicial de concurso de una entidad deportiva no interrumpirá la continuación de la actividad que viniera ejerciendo ni impedirá la aplicación de la normativa reguladora de la participación de esa entidad en la competición. - Artículo 583 Verify source ↗
Artículo 583
AI-assisted research summary: Certain business or professional debtors may open restructuring negotiations with creditors or ask for approval of a restructuring plan.
Artículo 583. Presupuesto subjetivo. 1. Cualquier persona natural o jurídica que lleve a cabo una actividad empresarial o profesional podrá efectuar la comunicación de apertura de negociaciones con los acreedores o solicitar directamente la homologación de un plan de reestructuración de conformidad con lo previsto en este libro. 2. No quedan comprendidos en el presupuesto subjetivo del apartado 1 los deudores que constituyan: a) Empresas de seguros o de reaseguros, tal como se definen en el artículo 13, puntos 1 y 4, de la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, sobre el seguro de vida, el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (Solvencia II), incorporada a nuestro ordenamiento interno por la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. b) Entidades de crédito, tal como se definen en el artículo 4, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n° 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n° 648/2012. c) Empresas de inversión u organismos de inversión colectiva, tal como se definen en el artículo 4, apartado 1, puntos 2 y 7, del Reglamento (UE) 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n° 648/2012. d) Entidades de contrapartida central, tal como se definen en el artículo 2, punto 1, del Reglamento (UE) n° 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones. e) Depositarios centrales de valores, tal como se definen en el artículo 2, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n° 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la mejora de la liquidación de valores en la Unión Europea y los depositarios centrales de valores y por el que se modifican las Directivas 98/26/CE y 2014/65/UE y el Reglamento (UE) n° 236/2012. f) Otras entidades y entes financieros recogidos en el artículo 1, apartado 1, párrafo primero, de la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por la que se establece un marco para la recuperación y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, y por la que se modifican la Directiva 82/891/CEE del Consejo, y las Directivas 2001/24/CE, 2002/47/CE, 2004/25/CE, 2005/56/CE, 2007/36/CE, 2011/35/UE, 2012/30/UE y 2013/36/UE, y los Reglamentos (UE) n° 1093/2010 y (UE) n° 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, incorporada a nuestro ordenamiento interno en la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de créditos y empresas de servicios de inversión. 3. Las entidades que integran la organización territorial del Estado, los organismos públicos y demás entes de derecho público no quedan comprendidas en el presupuesto subjetivo del apartado 1. 4. Los deudores incluidos en el ámbito de aplicación del libro tercero se sujetarán exclusivamente a las disposiciones de ese libro. 5. Lo dispuesto en el libro segundo se entenderá sin perjuicio de los requisitos de garantía para la protección de los fondos recibidos de los usuarios de servicios de pago o recibidos a través de otro proveedor de servicios de pago para la ejecución de operaciones de pago, y de los fondos recibidos a cambio del dinero electrónico emitido o en relación con la prestación de servicios de pago no vinculados a dicha emisión aplicables a las entidades de pago y a las entidades de dinero electrónico que se exigen, respectivamente, en el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, y en la Ley 21/2011, de 26 de julio, de dinero electrónico. - Artículo 584 Verify source ↗
Artículo 584
AI-assisted research summary: A debtor may open negotiations or seek approval of a restructuring plan when it is in probability of insolvency, imminent insolvency, or actual insolvency.
Artículo 584. Presupuesto objetivo. 1. La comunicación de apertura de negociaciones o la homologación de un plan de reestructuración procederán cuando el deudor se encuentre en probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o insolvencia actual. 2. Se considera que existe probabilidad de insolvencia cuando sea objetivamente previsible que, de no alcanzarse un plan de reestructuración, el deudor no podrá cumplir regularmente sus obligaciones que venzan en los próximos dos años. - Artículo 585 Verify source ↗
Artículo 585
AI-assisted research summary: El deudor puede informar al juzgado de que está negociando con sus acreedores, o de que va a empezar esas negociaciones, cuando haya probabilidad de insolvencia o insolvencia inminente.
Artículo 585. Comunicación de la apertura de negociaciones. 1. En caso de probabilidad de insolvencia o de insolvencia inminente, el deudor, sea persona natural o jurídica, podrá comunicar al juzgado competente para la declaración del concurso la existencia de negociaciones con sus acreedores, o la intención de iniciarlas de inmediato, para alcanzar un plan de reestructuración que permita superar la situación en que se encuentra. 2. El deudor que se encuentre en estado de insolvencia actual podrá efectuar la comunicación a que se refiere el apartado anterior en tanto no se haya admitido a trámite solicitud de declaración de concurso necesario. 3. En caso de persona jurídica, la competencia para presentar la comunicación corresponde al órgano de administración del deudor. - Artículo 586 Verify source ↗
Artículo 586
AI-assisted research summary: El deudor debe presentar al juzgado una comunicación con información específica sobre su situación, acreedores, actividad y documentación relacionada, por medios electrónicos salvo excepción.
Artículo 586.Contenido de la comunicación. 1. En la comunicación al juzgado, que deberá hacerse a través de la sede judicial electrónica o por medios telemáticos o electrónicos excepto en el caso de personas no obligadas a comunicarse con la Administración de Justicia por medios electrónicos, el deudor expresará: 1.º Las razones que justifican la comunicación, con referencia al estado en que se encuentra, sea probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o insolvencia actual. 2.º El fundamento de la competencia del juzgado para conocer de la comunicación. 3.º La relación de los acreedores con los que se haya iniciado o tenga intención de iniciar negociaciones, el importe de los créditos de cada uno de ellos y el importe total de los créditos. Si entre ellos figurasen acreedores especialmente relacionados con el deudor se indicará cuáles tienen esta condición. En el caso de los créditos de derecho público, deberá figurar la fecha de devengo de los mismos. 4.º Cualquier circunstancia existente o que pueda sobrevenir susceptible de afectar al desarrollo o al buen fin de las negociaciones. 5.º La actividad o actividades que desarrolle, así como el importe del activo y del pasivo, la cifra de negocios y el número de trabajadores al cierre del ejercicio inmediatamente anterior a aquel en que presente la comunicación. 6.º Los bienes o derechos que se consideren necesarios para la continuidad de su actividad empresarial o profesional. Si se siguieran ejecuciones contra esos bienes, identificará en la comunicación cada una de las que se encuentren en tramitación. 7.º Los contratos necesarios para la continuidad de su actividad. 8.º En su caso, la solicitud por el deudor de nombramiento de experto en la reestructuración. 9.º En su caso, la solicitud del carácter reservado de la comunicación. 10.º En el caso de que se pretenda que el plan de reestructuración afecte al crédito público, la acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, mediante la presentación por el deudor en el juzgado de las correspondientes certificaciones emitidas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, o la declaración del deudor de que no se encuentra en dicha situación. 2. Si el deudor fuera miembro de un grupo de sociedades, indicará las garantías otorgadas por otras sociedades del grupo que pretenda que queden afectadas por la comunicación. 3. En cualquier momento, mientras estén en vigor los efectos de la comunicación, podrá comunicar el deudor al juzgado la ampliación o la reducción de los acreedores con los que mantiene las negociaciones y la modificación del importe individual o total de los créditos. 4. Cuando en este título se establezca algún porcentaje del pasivo para el ejercicio de determinados derechos o facultades, se calculará sobre la base de los datos más recientes comunicados al juzgado, salvo que el interesado acredite otra cosa. - Artículo 587 Verify source ↗
Artículo 587
AI-assisted research summary: Se permite una comunicación conjunta en ciertos concursos de acreedores, con información desglosada por cada participante y reglas sobre qué juzgado conoce del asunto.
Artículo 587. Comunicación conjunta. 1. Las personas que pueden solicitar la declaración conjunta de los respectivos concursos de acreedores podrán realizar una comunicación conjunta. En el caso de grupos de sociedades, podrá efectuarse la comunicación sin necesidad de incluir a la sociedad dominante ni a todas las sociedades del grupo. 2. La información a que se refiere el artículo anterior se facilitará desglosada por cada una de las personas que efectúe conjuntamente la comunicación. En la comunicación se expresarán, además, las relaciones existentes entre todas y cada una de ellas, los créditos y las deudas recíprocos y las garantías de cualquier clase que se hubieran otorgado. 3. La competencia para conocer de la comunicación conjunta corresponderá al juzgado del lugar donde tenga el centro de intereses principales el deudor con mayor pasivo y, si se trata de un grupo de sociedades, el de la sociedad dominante o, si no estuviera incluida en la comunicación, el de la sociedad de mayor pasivo. - Artículo 6 Verify source ↗
Artículo 6
AI-assisted research summary: The debtor who files for their own bankruptcy must state whether insolvency is current or imminent and attach the documents needed to prove it.
Artículo 6. Solicitud del deudor. 1. El deudor que inste la declaración del propio concurso deberá expresar en la solicitud el estado de insolvencia actual o inminente en que se encuentre y acompañar todos los documentos que considere necesarios para acreditar la existencia de ese estado. 2. La solicitud se presentará por procurador en el modelo oficial, con la firma de este y de abogado. El poder en el que el deudor otorgue la representación al procurador habrá de estar autorizado por notario o ser conferido apud acta por comparecencia personal ante el letrado de la Administración de Justicia de cualquier oficina judicial o por comparecencia electrónica en la correspondiente sede judicial y deberá ser especial para solicitar el concurso. - Artículo 68 Verify source ↗
Artículo 68
AI-assisted research summary: The court office must issue and hand over an accreditation document when the insolvency administrator accepts the role, and the credential must be returned to the court when that administrator stops serving.
Artículo 68. Credencial del administrador concursal. 1. En el mismo momento de aceptación del cargo, el Letrado de la Administración de Justicia expedirá y entregará al nombrado documento acreditativo de su condición de administrador concursal. 2. La credencial deberá ser devuelta al juzgado en el momento en el que por cualquier causa se produzca el cese del administrador concursal. - Artículo 688 Verify source ↗
Artículo 688
AI-assisted research summary: The debtor must not submit seriously inaccurate forms or false documents in the special procedure; if a possible crime is detected, the electronic case file must be made available to the Public Prosecutor.
Artículo 688. Presentación de información o documentación gravemente inexacta o falsa. 1. El procedimiento especial se calificará como culpable, en todo caso, cuando el deudor hubiera cometido inexactitud grave en cualquiera de los formularios normalizados remitidos o en los documentos acompañados a los mismos presentados durante la tramitación del procedimiento especial, o hubiera acompañado o presentado documentos falsos. 2. Si el juez, las partes o, en su caso, la administración concursal, apreciaran la posible existencia de un hecho que ofrezca apariencia de delito no perseguible únicamente a instancia de persona agraviada, se acordará poner a disposición del Ministerio Fiscal el expediente judicial electrónico, por si hubiere lugar al ejercicio de la acción penal. Se entenderá que se incurre en inexactitud grave cuando el importe total de un ejercicio, del pasivo o el del activo o el de los ingresos o el de los gastos fuese realmente superior o inferior al veinte por ciento del consignado en el formulario, siempre que suponga un importe de al menos 10.000 euros. - Artículo 689 Verify source ↗
Artículo 689
AI-assisted research summary: The special procedure for microenterprises applies the rules from Books 1 and 2 subsidiarily, with any adaptations needed, and uses Book 1 rules for appointing and paying the insolvency administrator.
Artículo 689. Regulación supletoria. 1. Se aplicará supletoriamente al procedimiento especial para microempresas lo establecido en los libros primero y segundo, con las adaptaciones que resulten precisas para acomodar los principios que presiden este procedimiento especial y las reglas que integran este libro tercero. 2. A efectos del nombramiento del administrador concursal, los procedimientos especiales para microempresas se integrarán en la clase de concursos que les corresponda de acuerdo con lo dispuesto en el libro primero, efectuándose el nombramiento, en defecto de acuerdo entre los acreedores o el deudor, conforme a lo dispuesto para dicha clase. La retribución del administrador concursal también se regirá por lo dispuesto en el libro primero. - Artículo 690 Verify source ↗
Artículo 690
AI-assisted research summary: Una microempresa puede comunicar al juzgado competente el inicio de negociaciones con acreedores, y esa comunicación debe hacerse electrónicamente mediante formulario normalizado.
Artículo 690. Comunicación de la apertura de negociaciones para microempresas. 1. Cualquier microempresa podrá comunicar al juzgado competente para la declaración de concurso la apertura de negociaciones con los acreedores con la finalidad de acordar un plan de continuación o una liquidación con transmisión de empresa en funcionamiento en el marco de un procedimiento especial, siempre que se encuentre en probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o insolvencia actual. 2. La comunicación será por medios electrónicos mediante formulario normalizado. 3. Será de aplicación el régimen jurídico regulado en el libro segundo, título II, capítulos I y II, con las siguientes especialidades: 1.ª Las referencias al concurso de acreedores se entenderán hechas al procedimiento especial de este libro tercero. 2.ª No será preceptivo el nombramiento de experto en el periodo de negociaciones abierto a solicitud del deudor. 3.ª Los efectos de la comunicación de apertura de negociaciones no podrán prorrogarse. 4. La suspensión de ejecuciones no podrá afectar en ningún caso a los acreedores públicos. Si la ejecución recayera sobre bienes o derechos necesarios para la continuidad de la actividad empresarial o profesional del deudor, una vez iniciado el procedimiento de ejecución, se podrá suspender exclusivamente en la fase de realización o enajenación por el juez que esté conociendo del mismo. Cuando la ejecución sea extrajudicial, la suspensión la podrá ordenar el juez ante el que se haya presentado la comunicación, exclusivamente en la fase de realización o enajenación. En ambos casos, la suspensión, en su caso, acordada, decaerá perdiendo toda su eficacia una vez transcurridos tres meses desde el día de la comunicación, quedando sin efectos la suspensión, sin que sea preciso dictar resolución judicial alguna o, en su caso, acto alguno por el letrado de la Administración de Justicia. 5. Durante el periodo de negociaciones y hasta que transcurran tres meses desde la fecha de la comunicación no se admitirán a trámite las solicitudes de procedimiento especial presentadas por otros legitimados distintos del deudor. Las presentadas antes de la comunicación que no hubieran sido admitidas a trámite quedarán en suspenso. 6. Las solicitudes suspendidas y las que se presenten una vez transcurridos los tres meses del periodo de negociaciones se proveerán dentro de los cinco días hábiles siguientes a la expiración del plazo sin que el deudor hubiera solicitado la apertura del procedimiento especial. 7. Transcurridos los tres meses del periodo de negociaciones, el deudor que se encuentre en situación de insolvencia actual deberá solicitar la apertura del procedimiento especial dentro de los cinco días hábiles siguientes. 8. Mientras estén en vigor los efectos de la comunicación, quedará en suspenso el deber legal de acordar la disolución por existir pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social. - Artículo 691 Verify source ↗
Artículo 691
AI-assisted research summary: El deudor puede pedir la apertura del procedimiento especial con un formulario normalizado, pero debe hacerlo dentro de un mes tras tres meses de impago y con asistencia de abogado.
Artículo 691. Solicitud de apertura del procedimiento especial por el deudor. 1. El deudor, que deberá comparecer asistido por abogado, cuando se encuentre en probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o insolvencia actual, podrá solicitar la apertura del procedimiento especial mediante la presentación del formulario normalizado. 2. El formulario normalizado se presentará y tramitará electrónicamente bien a través de la sede judicial electrónica, bien en las notarías u oficinas del registro mercantil o cámaras de comercio que hayan asumido tales funciones. En aquellos casos en los que el deudor no disponga de los medios tecnológicos necesarios para acceder a la sede judicial electrónica, las notarías, las oficinas del registro mercantil o las cámaras de comercio que hayan asumido tal función podrán prestar el servicio que resulte necesario, el cual tendrá carácter gratuito, a los efectos de facilitar la presentación electrónica del formulario. Las personas especialmente habilitadas deberán comprobar la identidad del solicitante y, en su caso, la representación que ostenten. 3. Para su válida tramitación, el formulario normalizado que presente el deudor deberá estar íntegramente cumplimentado, e incluirá, en todo caso, los siguientes extremos: 1.º Identificación del deudor, incluida la localización de su domicilio, de su centro principal de intereses y de cualquier otro establecimiento. 2.º Breve memoria explicativa que justifique la solicitud, que incluya una descripción de la situación económica, de la situación de los trabajadores, y una descripción de las causas y del alcance de las dificultades financieras, incluyendo el tipo de insolvencia en que el deudor alega encontrarse. 3.º Si el deudor fuera persona casada, indicará en la memoria la identidad del cónyuge, con expresión del régimen económico del matrimonio. 4.º Elección del procedimiento de continuación o del procedimiento de liquidación, y, en este último supuesto, si se prevé la transmisión de la empresa en funcionamiento. 5.º Elección de alguno de los módulos regulados en el capítulo IV del título II o en el capítulo II del título III de este libro tercero. 6.º El activo, con valoración de cada partida, y el pasivo, con identificación individualizada de cada acreedor, de la cuantía de cada crédito, de su naturaleza concursal y de si está o no vencido, incluyéndose de manera separada los créditos litigiosos. 7.º Enumeración y detalles de los contratos pendientes de ejecución. 8.º Enumeración de posibles contingencias susceptibles de afectar al valor de la empresa. 9.º Si el deudor fuera empleador, el número de trabajadores con expresión del centro de trabajo al que estuvieran afectados, y la identidad de los integrantes del órgano de representación de los mismos si los hubiera, con expresión de la dirección electrónica de cada uno de ellos. 4. En caso de deudor persona jurídica, la competencia para solicitar la apertura del procedimiento especial corresponderá al órgano de administración. 5. El deudor deberá solicitar la apertura de este procedimiento especial en el plazo de un mes, una vez transcurridos los tres meses de incumplimiento en el pago a que se refiere el artículo 2.4.5.º. Esta solicitud se realizará por formulario normalizado y se presentará y tramitará electrónicamente bien a través de la sede judicial electrónica, bien en las notarías u oficinas del registro mercantil. De no solicitarse el procedimiento en el plazo anterior, las quitas y esperas que resulten de la aprobación del plan de continuación no afectarán a los créditos tributarios y de seguridad social. - Artículo 692 Verify source ↗
Artículo 692
AI-assisted research summary: El juez debe dictar el auto de apertura del procedimiento especial y el letrado de la Administración de Justicia debe notificarlo y enviarlo al Registro público concursal. El deudor o cualquier acreedor puede impugnar la apertura por falta de competencia dentro de 10 días.
Artículo 692. Resolución de apertura del procedimiento especial. 1. La apertura del procedimiento especial se realizará mediante auto dentro de los dos días hábiles siguientes a la admisión a trámite de la solicitud, o, en caso de oposición del deudor, en el auto que la resuelva en los términos previstos en el artículo anterior. El auto de apertura incluirá la identificación del deudor, el tipo de procedimiento especial, y, en su caso, mención de los distintos módulos seleccionados por el solicitante, de acuerdo con lo previsto en el capítulo IV del título II o en el capítulo II del título III de este libro. Además, deberá especificar si, conforme a la documentación e información facilitada en el formulario, el procedimiento especial se declara sobre la base de probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o insolvencia actual. 2. En el auto, el juez indicará el fundamento de su competencia judicial internacional, indicando si es un procedimiento principal o territorial. 3. El deudor o cualquier acreedor podrá impugnar la resolución de apertura por falta de competencia judicial internacional o territorial mediante declinatoria en el plazo de diez días a contar desde la publicación en el Registro público concursal de la resolución de apertura del procedimiento especial. 4. El letrado de la Administración de Justicia notificará el auto al deudor y, en su caso, al acreedor solicitante, y lo remitirá al Registro público concursal. - Artículo 693 Verify source ↗
Artículo 693
AI-assisted research summary: El deudor y los acreedores solicitantes pueden elegir entre liquidación o continuación; ciertos acreedores pueden pedir la conversión a liquidación si superan los umbrales y se cumplen las condiciones, y el juez decidirá según oposición y requisitos.
Artículo 693. Elección y conversión del procedimiento especial. 1. Tanto el deudor como los acreedores solicitantes podrán optar entre un procedimiento especial de liquidación o uno de continuación. 2. Los acreedores cuyos créditos representen más de la mitad del pasivo podrán, en cualquier momento, solicitar la conversión del procedimiento de continuación en uno de liquidación sin necesidad de justificación adicional, siempre que el deudor se encuentre en insolvencia actual. 3. Los acreedores cuyos créditos representen un veinticinco por ciento del pasivo podrán, en cualquier momento, solicitar la conversión de un procedimiento de continuación en uno de liquidación cuando, objetivamente, no exista la posibilidad de continuación de la actividad en el corto y medio plazo. 4. Los acreedores, en la cuantía prevista en los apartados 2 y 3, realizarán la solicitud por medio del formulario normalizado. Recibida la solicitud y comprobada la cuantía del pasivo en virtud de la documentación disponible, el letrado de la Administración de Justicia notificará la solicitud al deudor y al resto de los acreedores. En el plazo de tres días hábiles desde la notificación, el deudor y los acreedores podrán oponerse a la conversión alegando, exclusivamente, la insuficiencia de la cuantía del pasivo instante de la conversión, en el caso del apartado 2, y la insuficiencia del pasivo o la posibilidad objetiva de continuación, en el del apartado 3, adjuntando en todo caso la documentación que consideren oportuna. En ambos casos, el deudor podrá oponerse alegando que no se encuentra en estado de insolvencia actual. 5. El juez resolverá mediante auto sobre la conversión del procedimiento transcurridos los tres días sin que se haya producido oposición. Cuando el deudor o los acreedores se hayan opuesto, el juez, excepcionalmente, podrá convocar a las partes a una vista, que habrá de celebrarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la oposición. Si se convoca la vista, el juez resolverá en el acto de la vista o en los tres días hábiles siguientes. Si no considera necesaria la vista, el juez resolverá dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la oposición. 6. El juez rechazará la conversión si no se han alcanzado las mayorías requeridas del pasivo o, en el caso del supuesto regulado en el apartado 3, si se acredita objetivamente la posibilidad de continuación de la actividad a corto y medio plazo, y, en ambos casos, cuando quede acreditado que el deudor no se encuentra en estado de insolvencia actual. 7. La apertura del procedimiento especial de liquidación se realizará mediante auto. - Artículo 694 Verify source ↗
Artículo 694
AI-assisted research summary: Regla los efectos de abrir el procedimiento especial: el deudor conserva sus facultades de administración y disposición, pero solo puede hacer actos de disposición ligados a continuar la actividad y a precios normales de mercado; además, la apertura paraliza ciertas ejecuciones, con excepciones.
Artículo 694. Efectos generales de la apertura del procedimiento especial. 1. Desde la apertura del procedimiento especial hasta su conclusión, el deudor mantendrá las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, aunque solo podrá realizar aquellos actos de disposición que tengan por objeto la continuación de la actividad empresarial o profesional, siempre que se ajusten a las condiciones normales de mercado. 2. Las facultades de administración y disposición podrán ser sometidas a las limitaciones establecidas en el capítulo IV del título II o en el capítulo II del título III de este libro tercero. 3. Salvo supuesto de fraude, no podrán ser rescindidas las compensaciones de créditos producidas en el marco de un contrato de cuenta corriente o de financiación del circulante, en el marco de la actividad empresarial o profesional ordinaria, en los tres meses anteriores al comienzo del procedimiento especial. 4. La apertura del procedimiento especial supondrá la paralización de las ejecuciones judiciales o extrajudiciales sobre los bienes y derechos del deudor, con independencia de si la ejecución se había ya iniciado o no en el momento de la solicitud y de la condición del crédito o del acreedor, siendo de aplicación lo previsto en el capítulo II del título II del libro segundo, con las especialidades aquí previstas. La suspensión de las ejecuciones no afectará a los créditos con garantía real, sin perjuicio de que el deudor lo solicite de acuerdo con los supuestos que así lo permitan en este libro tercero. Tampoco se suspenderán las ejecuciones de los créditos que no se vean afectados por el plan de continuación. Así, en el supuesto de los créditos públicos, no se suspenderá la ejecución de los créditos que tengan la calificación de privilegiados de acuerdo con las reglas generales ni, en todo caso, de los porcentajes de las cuotas de la seguridad social cuyo abono corresponda a la empresa por contingencias comunes y contingencias profesionales ni a los porcentajes de la cuota del trabajador que se refieran a contingencias comunes o accidentes de trabajo y enfermedad profesional. - Artículo 695 Verify source ↗
Artículo 695
AI-assisted research summary: Creditors and personally liable partners may share information and seek rescission-related steps within set deadlines and percentage thresholds.
Artículo 695. Acciones rescisorias. 1. Desde la comunicación de la apertura del procedimiento especial y durante los treinta días hábiles siguientes, los acreedores y los socios personalmente responsables de las deudas del deudor podrán comunicar cualquier información que pueda resultar relevante a los efectos del posible ejercicio de acciones rescisorias contra actos realizados por el deudor, de acuerdo con las reglas de la sección 1.ª del capítulo IV del título IV del libro primero. 2. Los acreedores y los socios personalmente responsables de las deudas del deudor comunicarán la información mediante formulario normalizado. 3. Dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la comunicación de la apertura del procedimiento especial, los acreedores cuyos créditos representen al menos el veinte por ciento del pasivo total podrán solicitar el nombramiento de un experto en la reestructuración o un administrador concursal a los efectos del ejercicio de acciones rescisorias. Los acreedores que representen un porcentaje del pasivo mayor al que ha solicitado el nombramiento pueden oponerse al mismo, salvo que los solicitantes asuman íntegramente la retribución del experto en la reestructuración o del administrador concursal. 4. Si ya hubiera un experto en la reestructuración o un administrador concursal en el procedimiento especial, acreedores que representen al menos el diez por ciento del pasivo total podrán solicitar del mismo el ejercicio de la acción rescisoria. En caso de negativa del experto en la reestructuración o del administrador concursal, o en caso de falta de respuesta dentro de los quince días hábiles siguientes, los acreedores solicitantes tendrán legitimación subsidiaria para entablar la acción rescisoria. Los acreedores litigarán a su costa en interés del procedimiento especial, según el régimen jurídico previsto para la legitimación activa subsidiaria de acreedores en el libro primero. 5. Esta acción no suspenderá el normal desarrollo procesal del procedimiento especial. 6. La acción rescisoria solo podrá ser presentada en caso de insolvencia actual del deudor. 7. La acción rescisoria puede ser objeto de cesión a un tercero y, en caso de procedimiento especial de continuación, su ejercicio puede incluirse en el plan de continuación. - Artículo 696 Verify source ↗
Artículo 696
AI-assisted research summary: The rules from the previous article apply to liability actions against company administrators, liquidators, or auditors when the claim seeks civil liability.
Artículo 696. Acciones de responsabilidad. Las reglas del artículo anterior se aplicarán para el ejercicio de las acciones de responsabilidad contra los administradores, liquidadores o auditores de la sociedad deudora cuando se dirijan a exigir responsabilidad civil. - Artículo 697 Verify source ↗
Artículo 697
AI-assisted research summary: El deudor o los acreedores pueden presentar el plan de continuación con la solicitud de apertura o dentro de 10 días hábiles desde la apertura del procedimiento especial.
Artículo 697. Presentación del plan de continuación. 1. El plan de continuación podrá ser presentado por el deudor o por los acreedores con la solicitud de apertura del procedimiento especial o en los diez días hábiles siguientes a la declaración de apertura del procedimiento especial. 2. La falta de presentación del plan de continuación en el plazo señalado supone la automática conversión del procedimiento en uno de liquidación, salvo que el deudor no se encontrase en situación de insolvencia actual, en cuyo caso podrá plantear oposición conforme a lo dispuesto en los apartados 4 y 5 del artículo 693. La resolución del juez estimando la oposición del deudor supondrá la conclusión del procedimiento especial.
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