Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. — Part 2 | BOE-A-2020-4859 — Spain law | Esheria

Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.

Part 2 of 5 · provisions 201–400

This article says bankruptcy proceedings can apply to any debtor, but public-sector entities cannot be declared bankrupt.

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Jurisdiction
Spain
Instrument
Decree law
Citation
BOE-A-2020-4859
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es
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About this statute

La administración concursal puede pedir al juez que se aplaze el pago de la indemnización del alto directivo hasta que la sentencia de calificación sea firme. Changes to conditions in applicable collective agreements are allowed only for matters permitted by labor law and, in any case, require agreement from the workers’ legal representatives. The effects of a bankruptcy declaration on administrative contracts made by the bankrupt party with public administrations are governed by special legislation. If there is no specific rule, the effects of insolvency on private contracts made by the debtor with public administrations or other public-sector entities are governed by this law. The bankruptcy estate includes all assets and rights in the debtor’s estate at the date of the bankruptcy declaration, plus those recovered or acquired before the procedure ends. Legally unattachable assets and rights are excluded.

Legal text

Provisions of Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.

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  1. Artículo 261

    Artículo 261

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    AI-assisted research summary: Regula cómo se tratan en el concurso los créditos sujetos a condición resolutoria o suspensiva.

    Artículo 261. Créditos sometidos a condición. 1. Los créditos sometidos a condición resolutoria se reconocerán como condicionales y, en tanto no se cumpla la condición, disfrutarán de los derechos concursales que correspondan a su cuantía y clasificación. 2. En caso de cumplimiento de la condición, podrán anularse, a petición de parte, las actuaciones y decisiones en las que el acto, la adhesión o el voto del acreedor condicional hubiere sido decisivo. Las demás actuaciones se mantendrán, sin perjuicio del deber de devolución a la masa, en su caso, de las cantidades cobradas por el acreedor condicional, y de la responsabilidad en que dicho acreedor hubiere podido incurrir frente a la masa o frente a los acreedores. 3. Los créditos sometidos a condición suspensiva serán reconocidos en el concurso como créditos contingentes sin cuantía propia y con la clasificación que corresponda, admitiéndose a sus titulares como acreedores legitimados en el procedimiento sin más limitaciones que la suspensión de los derechos de adhesión, de voto y de cobro. 4. La confirmación del crédito contingente o su reconocimiento en sentencia firme o susceptible de ejecución provisional, otorgará a su titular la totalidad de los derechos concursales que correspondan a su cuantía y clasificación. 5. Cuando el juez del concurso estime probable el cumplimiento de la condición resolutoria o la confirmación del crédito contingente, podrá, a petición de parte, adoptar las medidas cautelares de constitución de provisiones con cargo a la masa, de prestación de fianzas por las partes y cualesquiera otras que considere oportunas en cada caso.
  2. Artículo 262

    Artículo 262

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    AI-assisted research summary: Credits litigiosos are treated under the same regime as credits subject to a suspensive condition, and a credit becomes litigioso once the related lawsuit is answered.

    Artículo 262. Créditos litigiosos. 1. Los créditos litigiosos seguirán el mismo régimen de los créditos sometidos a condición suspensiva. 2. A los efectos de esta ley tendrá la condición de crédito litigioso desde que se conteste la demanda relativa al mismo.
  3. Artículo 263

    Artículo 263

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    AI-assisted research summary: Regula cómo se reconocen y reclasifican ciertos créditos en un concurso cuando existe excusión previa del patrimonio del deudor principal o fianza de tercero.

    Artículo 263. Créditos garantizados con un patrimonio adicional de responsabilidad. 1. Los créditos que no puedan ser hechos efectivos contra el concursado sin la previa excusión del patrimonio del deudor principal se reconocerán como créditos contingentes mientras el acreedor no justifique cumplidamente a la administración concursal haber agotado la excusión, confirmándose, en tal caso, el reconocimiento del crédito en el concurso por el saldo subsistente. 2. Los créditos en los que el acreedor disfrute de fianza de tercero se reconocerán por su importe sin limitación alguna y sin perjuicio de la sustitución del titular del crédito en caso de pago por el fiador. Una vez realizado el pago, con subrogación del fiador en la posición jurídica del acreedor afianzado, la administración concursal deberá reclasificar el crédito optando por la clasificación de inferior grado de entre las que correspondan al acreedor o al fiador.
  4. Artículo 264

    Artículo 264

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    AI-assisted research summary: A creditor who has received a partial payment from a guarantor, surety, or joint debtor may ask to be entered in the creditors’ list for the unpaid balance and for the amount corresponding to the payer’s reimbursement or solidarity share.

    Artículo 264. Reconocimiento en caso de pagos parciales previos. A solicitud del acreedor que hubiese cobrado parte de su crédito de un avalista, fiador o deudor solidario del concursado, podrán incluirse a su favor en la lista de acreedores tanto el resto de su crédito no satisfecho como la totalidad del que, por reembolso o por cuota de solidaridad, corresponda a quien hubiere hecho el pago parcial, aunque este no hubiere comunicado su crédito o hubiere hecho remisión de la deuda.
  5. Artículo 265

    Artículo 265

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    AI-assisted research summary: Certain public claims are treated as conditional or contingent in bankruptcy, depending on whether they were challenged, arise from inspections, or relate to alleged fraud or crime.

    Artículo 265. Créditos públicos. 1. Los créditos de derecho público de las Administraciones públicas y sus organismos públicos que a la fecha de la declaración de concurso hubieran sido recurridos en vía administrativa o jurisdiccional, tendrán la consideración de créditos sometidos a condición resolutoria, aun cuando su ejecutividad se encuentre cautelarmente suspendida. 2. Los créditos de derecho público de las Administraciones públicas y sus organismos públicos que pudieran resultar de procedimientos de comprobación o inspección se reconocerán como contingentes hasta su cuantificación, a partir de la cual tendrán el carácter que les corresponda con arreglo a su naturaleza sin que sea posible su subordinación por comunicación tardía. 3. En el caso de no existir liquidación administrativa, los créditos tributarios y los créditos de la seguridad social por cantidades defraudadas a la Hacienda Pública o a la Tesorería General de la Seguridad Social se reconocerán como contingentes desde la admisión a trámite de la querella o denuncia hasta que sean reconocidos por sentencia. 4. También se reconocerán como contingentes las liquidaciones vinculadas a delito, hasta que recaiga sentencia firme.
  6. Artículo 266

    Artículo 266

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    AI-assisted research summary: Si antes de presentar la lista definitiva de acreedores se cumple la condición o sucede la contingencia, la administración concursal debe incluir las modificaciones que correspondan.

    Artículo 266. Efectos del cumplimiento de la condición o del acaecimiento de la contingencia. Si antes de la presentación de la lista definitiva de acreedores se hubiera cumplido la condición o hubiera acaecido la contingencia a que se refieren los artículos de esta Subsección, la administración concursal, de oficio o a solicitud del interesado, deberá incluir en esa lista las modificaciones que procedan.
  7. Artículo 267

    Artículo 267

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    AI-assisted research summary: For insolvency liability calculations, recognized claims are valued in money and stated in legal tender, with special rules for foreign-currency claims, non-cash claims, and future monetary claims.

    Artículo 267. Cómputo de los créditos en dinero. 1. A los solos efectos de la cuantificación del pasivo, todos los créditos que se reconozcan se computarán en dinero y se expresarán en moneda de curso legal, sin que ello suponga su conversión ni modificación. 2. Los créditos expresados en otra moneda se computarán en la de curso legal según el tipo de cambio oficial en la fecha de la declaración de concurso. 3. Los créditos que tuvieran por objeto prestaciones no dinerarias o prestaciones dinerarias determinadas por referencia a un bien distinto del dinero se computarán por el valor de las prestaciones o del bien en la fecha de la declaración de concurso. 4. Los créditos que tuvieran por objeto prestaciones dinerarias futuras se computarán por su valor a la fecha de la declaración de concurso, efectuándose la actualización conforme al tipo de interés legal vigente en ese momento.
  8. Artículo 26

    Artículo 26

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    AI-assisted research summary: If an appeal is upheld, the higher court must set the bankruptcy declaration date as the date of the appealed decision.

    Artículo 26. Estimación del recurso. En el caso de que, interpuesto recurso de apelación contra el auto de desestimación de la solicitud, el recurso fuera estimado por el tribunal superior, en el auto se fijará como fecha de la declaración de concurso la de la resolución apelada.
  9. Artículo 268

    Artículo 268

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    AI-assisted research summary: After the objection period for the creditors list ends and before the final list is filed, new credit claims may be submitted and are then reviewed by the insolvency administration.

    Artículo 268. Comunicación extemporánea de créditos. 1. Una vez concluido el plazo de impugnación de la lista de acreedores y antes de la presentación de la lista definitiva, se podrán presentar nuevas comunicaciones de créditos. Estos créditos serán reconocidos o excluidos por la administración concursal conforme a las reglas generales establecidas para el reconocimiento o la exclusión, sin más excepciones que las establecidas en esta ley. 2. Si los créditos objeto de la comunicación extemporánea fueran reconocidos, se clasificarán como créditos subordinados. Cuando el acreedor justifique no haber tenido noticia de la existencia de los mismos antes de la conclusión del plazo de impugnación, estos créditos serán clasificados según la naturaleza que les corresponda.
  10. Artículo 269

    Artículo 269

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    AI-assisted research summary: This article classifies insolvency claims into privileged, ordinary, or subordinated categories, and says only privileges recognized by law are allowed.

    Artículo 269. Clases de créditos. 1. Los créditos concursales se clasificarán, a efectos del concurso, en privilegiados, ordinarios y subordinados. 2. Los créditos privilegiados se clasificarán, a su vez, en créditos con privilegio especial, si afectan a determinados bienes o derechos de la masa activa, y créditos con privilegio general, si afectan a la totalidad de esa masa. En el concurso no se admitirá ningún privilegio o preferencia que no esté reconocido en la ley. 3. Se clasificarán como créditos ordinarios aquellos que en esta ley no tengan la consideración de créditos privilegiados o subordinados.
  11. Artículo 270

    Artículo 270

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    AI-assisted research summary: This article lists the types of claims that have special privilege over specified collateral or assets.

    Artículo 270. Créditos con privilegio especial. Son créditos con privilegio especial: 1.º Los créditos garantizados con hipoteca legal o voluntaria, inmobiliaria o mobiliaria, o con prenda sin desplazamiento, sobre los bienes o derechos hipotecados o pignorados. 2.º Los créditos garantizados con anticresis, sobre los frutos del inmueble gravado. 3.º Los créditos refaccionarios, sobre los bienes refaccionados, incluidos los de los trabajadores sobre los objetos por ellos elaborados mientras sean propiedad o estén en posesión del concursado. 4.º Los créditos por contratos de arrendamiento financiero o de compraventa con precio aplazado de bienes muebles o inmuebles, a favor de los arrendadores o vendedores y, en su caso, de los financiadores, sobre los bienes arrendados o vendidos con reserva de dominio, con prohibición de disponer o con condición resolutoria en caso de falta de pago. 5.º Los créditos con garantía de valores representados mediante anotaciones en cuenta, sobre los valores gravados. 6.º Los créditos garantizados con prenda constituida en documento público, sobre los bienes o derechos pignorados que estén en posesión del acreedor o de un tercero. 7.º Los créditos a favor de los tenedores de bonos garantizados, respecto de los préstamos y créditos, y otros activos que los garanticen, integrados en el conjunto de cobertura, conforme al Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de bonos garantizados, distribución transfronteriza de organismos de inversión colectiva, datos abiertos y reutilización de la información del sector público, ejercicio de derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en línea y a las retransmisiones de programas de radio y televisión, exenciones temporales a determinadas importaciones y suministros, de personas consumidoras y para la promoción de vehículos de transporte por carretera limpios y energéticamente eficientes, hasta donde alcance su valor. Téngase en cuenta que este apartado 7, añadido por la disposición final 4.1 del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre. Ref. BOE-A-2021-17910#df-4 , entra en vigor el 8 de julio de 2022 según establece su disposición final 10.a).
  12. Artículo 271

    Artículo 271

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    AI-assisted research summary: This article sets conditions for certain privileged credits to be opposable to third parties, mainly requiring the relevant security to be constituted before the insolvency declaration.

    Artículo 271. Requisitos del privilegio especial. 1. Los créditos a que se refieren los números 1.º a 5.º del artículo anterior deberán tener constituida la respectiva garantía antes de la declaración de concurso con los requisitos y formalidades establecidos por la legislación específica para que sea oponible a terceros, salvo que se trate de los créditos con hipoteca legal tácita o de los refaccionarios de los trabajadores. 2. Si se tratare de prenda de créditos de la masa activa, será suficiente con que la constitución de la garantía conste en documento con fecha fehaciente anterior a la declaración de concurso. 3. Si se tratare de prenda sobre créditos futuros, será necesario que, antes de la declaración de concurso, concurran los dos siguientes requisitos: 1.º Que los créditos futuros hubieran nacido de contratos perfeccionados o de relaciones jurídicas constituidas antes de esa declaración. 2.º Que la prenda estuviera constituida en documento público o, en el caso de prenda sin desplazamiento, se hubiera inscrito en el registro público correspondiente. 4. Si se tratara de créditos futuros derivados de la resolución de contratos de concesión de obras o de contratos de concesión de servicios, además de lo exigido en el apartado anterior, será necesario que, antes de la declaración de concurso, la pignoración se hubiera constituido en garantía de créditos que guarden relación con la concesión o el contrato y hubiera sido autorizada por el órgano de contratación con arreglo a la normativa sobre contratos del sector público.
  13. Artículo 272

    Artículo 272

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    AI-assisted research summary: The special privilege is limited to the reasonable value of the secured asset or right, with deductions provided by law.

    Artículo 272. Límite del privilegio especial. 1. A los efectos del convenio y de los planes de reestructuración, el privilegio especial estará limitado al valor razonable del bien o derecho sobre el que se hubiera constituido la garantía, con las deducciones establecidas en esta ley. 2. El importe del crédito que exceda del reconocido como privilegio especial será clasificado según corresponda.
  14. Artículo 273

    Artículo 273

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    AI-assisted research summary: This article explains how to determine the fair value of assets and rights for the special privilege limit, including rules for real estate, listed securities, other assets, and foreign-currency guarantees.

    Artículo 273. Determinación del valor razonable. 1. A los efectos de la determinación del límite del privilegio especial, se entenderá por valor razonable de los bienes y derechos de la masa activa: 1.º En caso de bienes inmuebles, el resultante de informe emitido por una sociedad de tasación homologada e inscrita en el Registro especial del Banco de España. Este informe no será necesario cuando dicho valor hubiera sido determinado por una sociedad de tasación homologada e inscrita en el Registro especial del Banco de España dentro de los seis meses anteriores a la fecha de declaración de concurso. 2.º En caso de valores mobiliarios que coticen en un mercado regulado, el precio medio ponderado al que hubieran sido negociados en uno o varios mercados regulados en el último trimestre anterior a la fecha de declaración de concurso, de conformidad con la certificación emitida por la sociedad rectora del mercado secundario oficial o del mercado regulado de que se trate. 3.º En caso de bienes o derechos distintos de los señalados en los números anteriores el resultante de informe emitido por experto independiente de conformidad con los principios y las normas de valoración generalmente reconocidos para esos bienes. Este informe no será necesario cuando dicho valor hubiera sido determinado por experto independiente, dentro de los seis meses anteriores a la fecha de declaración del concurso. 2. Los bienes o derechos sobre los que estuviesen constituidas garantías denominadas en moneda distinta al euro, se convertirán al euro aplicando el tipo de cambio de la fecha de la valoración, entendido como el tipo de cambio medio de contado. 3. El informe no será necesario cuando la garantía se hubiera constituido sobre efectivo, sobre el saldo de cuentas corrientes y de ahorro, sobre dinero electrónico o sobre imposiciones a plazo fijo.
  15. Artículo 274

    Artículo 274

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    AI-assisted research summary: For completed homes, the real-estate report may be replaced by an updated valuation if no more than six years have passed since the last valuation. If valuation-company data on reasonable-value variation is unavailable or not representative, the last value may instead be updated using the housing-price variation set by the National Statistics Institute for the relevant Autonomous Community, as long as no more than three years have passed.

    Artículo 274. Especialidades en caso de viviendas terminadas. 1. En caso de viviendas ya terminadas, el informe sobre bienes inmuebles previsto en el artículo anterior podrá sustituirse por una valoración actualizada cuando, entre la fecha de la última valoración disponible y la fecha de la valoración actualizada, no hubieran transcurrido más de seis años. La valoración actualizada se obtendrá aplicando al último valor de tasación disponible realizado por una sociedad de tasación homologada e inscrita en el Registro especial del Banco de España la variación acumulada constatada por el valor razonable de los inmuebles situados en la misma zona y con similares características desde la emisión de la última tasación a la fecha de valoración. 2. En el supuesto de no disponerse de información sobre la variación en el valor razonable proporcionado por una sociedad de tasación o si no se considerase representativa, el último valor disponible podrá actualizarse con la variación acumulada del precio de la vivienda establecido por el Instituto Nacional de Estadística para la Comunidad Autónoma en la que radique el inmueble, diferenciando entre si es vivienda nueva o de segunda mano, siempre que entre la fecha de la última valoración disponible y la fecha de la valoración actualizada no hayan transcurrido más de tres años.
  16. Artículo 275

    Artículo 275

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    AI-assisted research summary: La administración concursal debe hacer ciertas deducciones al calcular el límite del privilegio especial después de fijar el valor razonable.

    Artículo 275. Deducciones del valor razonable. 1. Una vez determinado el valor razonable, para calcular el límite del privilegio especial la administración concursal procederá a realizar las siguientes deducciones: 1.º El diez por ciento del valor razonable del bien o derecho sobre el que esté constituida la garantía. 2.º El importe de los créditos pendientes que gocen de garantía preferente sobre el mismo bien o sobre el mismo derecho. 2. En ningún caso el valor de la garantía puede ser inferior a cero ni superior al valor del crédito con privilegio especial, así como tampoco al valor de la responsabilidad máxima hipotecaria o pignoraticia que se hubiera pactado.
  17. Artículo 276

    Artículo 276

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    AI-assisted research summary: If one guarantee securing the same debt covers several assets, the rules in the previous articles apply to each asset, and the total value of the guarantees cannot exceed the creditor’s claim.

    Artículo 276. Garantías constituidas sobre varios bienes. En el caso de que la garantía a favor de un mismo crédito recayera sobre varios bienes de la masa activa, se aplicarán sobre cada uno de los bienes las reglas establecidas en los artículos anteriores, sin que el valor conjunto de las garantías constituidas pueda exceder del valor del crédito del acreedor correspondiente.
  18. Artículo 277

    Artículo 277

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    AI-assisted research summary: If a security is held pro indiviso over assets or rights of the estate for multiple credits, each credit’s secured value is calculated by applying the special privilege limit in proportion to each credit’s share.

    Artículo 277. Garantías constituidas en proindiviso. En caso de garantía constituida en proindiviso sobre uno o varios bienes o derechos de la masa activa a favor de dos o más créditos, el valor de la garantía correspondiente a cada crédito será el resultante de aplicar al límite del privilegio especial la proporción que en el mismo corresponda a cada uno de ellos, según las normas y acuerdos que rijan el proindiviso.
  19. Artículo 27

    Artículo 27

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    AI-assisted research summary: Si se desestima la solicitud de concurso, el deudor puede pedir al juez la liquidación de los daños y perjuicios causados; después, el solicitante del concurso debe pagar los daños fijados o se iniciará su cobro forzoso.

    Artículo 27. Indemnización de daños y perjuicios. 1. En caso de desestimación de la solicitud de concurso, una vez firme el auto, el deudor podrá presentar escrito ante el juez que hubiera conocido de la misma solicitando liquidación de los daños y perjuicios que considere que le han sido causados por esa solicitud, acompañando una relación detallada de esos daños y perjuicios. Al escrito podrá acompañar los documentos, dictámenes e informes periciales que estime convenientes. 2. La determinación de la existencia y de la cuantía de los reclamados se ajustará a lo establecido en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para la liquidación de daños y perjuicios. 3. Una vez determinados los daños y perjuicios, se requerirá de pago al solicitante del concurso, procediéndose de inmediato, si no los pagase, a su exacción forzosa.
  20. Artículo 278

    Artículo 278

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    AI-assisted research summary: The cost of reports or valuations is charged to the bankruptcy estate and deducted from the insolvency administrator’s unpaid remuneration. If the affected creditor asks for a contradictory valuation report, it is issued at that creditor’s expense.

    Artículo 278. Coste de los informes y de las valoraciones. 1. El coste de los informes o valoraciones será liquidado con cargo a la masa y se deducirá de la retribución que corresponda a la administración concursal que esté pendiente de cobro. 2. Si el acreedor afectado solicitase un informe de valoración contradictorio, se emitirá a su costa.
  21. Artículo 279

    Artículo 279

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    AI-assisted research summary: If new circumstances could significantly change the fair value of the secured goods or rights, a new valuation report must be provided. If the affected creditor alleges circumstances requiring a new valuation, the report is at that creditor’s expense.

    Artículo 279. Modificación del límite del privilegio especial. 1. Si concurrieran nuevas circunstancias que pudieran modificar significativamente el valor razonable de los bienes o derechos sobre los que se hubiera constituido la garantía, deberá aportarse un nuevo informe de sociedad de tasación homologada e inscrita en el Registro especial del Banco de España o de experto independiente, según proceda. 2. Cuando se alegue por el acreedor afectado la concurrencia de circunstancias que hagan necesaria una nueva valoración, el informe se emitirá a su costa.
  22. Artículo 280

    Artículo 280

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    AI-assisted research summary: This provision lists categories of claims that have general priority in insolvency.

    Artículo 280. Créditos con privilegio general. Son créditos con privilegio general: 1.º Los créditos anteriores a la declaración de concurso por salarios que no tengan la consideración de créditos contra la masa ni reconocido privilegio especial, en la cuantía que resulte de multiplicar el triple del salario mínimo interprofesional por el número de días de salario pendientes de pago; por indemnizaciones derivadas de la extinción de los contratos, en la cuantía correspondiente al mínimo legal calculada sobre una base que no supere el triple del salario mínimo interprofesional; y por los capitales coste de seguridad social de los que sea legalmente responsable el concursado y los recargos sobre las prestaciones por incumplimiento de las obligaciones en materia de salud laboral devengadas con anterioridad a la declaración de concurso. 2.º Las cantidades correspondientes a retenciones tributarias y de seguridad social debidas por el concursado en cumplimiento de una obligación legal. 3.º Los créditos de personas naturales derivados del trabajo personal no dependiente y los que correspondan al propio autor por la cesión de los derechos de explotación de la obra objeto de propiedad intelectual, devengados durante los seis meses anteriores a la declaración de concurso. 4.º Los créditos tributarios, los créditos de la seguridad social y demás de derecho público que no tengan privilegio especial ni el privilegio general del número 2.º de este artículo. Respecto de los créditos públicos señalados, el privilegio general a que se refiere este número solo alcanzará al cincuenta por ciento del importe de los respectivos créditos, deducidos de la base para el cálculo del porcentaje los créditos con privilegio especial, los créditos con privilegio general conforme al número 2.º de este mismo artículo y los créditos subordinados. 5.º Los créditos por responsabilidad civil extracontractual por daños causados antes de la declaración de concurso distintos de aquellos a que se refiere el número 1.º del apartado 1 del artículo 242, las liquidaciones vinculadas a delito contra la Hacienda Pública reguladas en el Título VI de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y los créditos por responsabilidad civil derivada del delito contra la Hacienda Pública y contra la Tesorería General de la Seguridad Social, cualquiera que sea la fecha de la resolución judicial que los declare. Si los daños estuvieran asegurados, el crédito del asegurador por subrogación, regreso o reembolso tendrá la consideración de crédito concursal ordinario. 6.º El cincuenta por ciento del importe de los créditos derivados de la financiación interina o de la nueva financiación concedidos en el marco de un plan de reestructuración homologado cuando los créditos afectados por ese plan representen al menos el cincuenta y uno por ciento del pasivo total. En el caso de que la financiación hubiera sido concedida o comprometida por personas especialmente relacionadas con el deudor, será necesario que los créditos afectados por el plan representen más del sesenta por ciento del pasivo total, con deducción de los créditos de aquellas personas para calcular esa mayoría. 7.º Los créditos de que fuera titular el acreedor a instancia del cual se hubiere declarado el concurso excluidos los que tuvieren el carácter de subordinados, hasta el cincuenta por ciento de su importe.
  23. Artículo 281

    Artículo 281

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    AI-assisted research summary: This article lists the types of claims that are treated as subordinated, and it sets out exceptions where certain related persons’ claims are not subordinated.

    Artículo 281. Créditos subordinados. 1. Son créditos subordinados: 1.º Los créditos que se clasifiquen como subordinados por la administración concursal por comunicación extemporánea, salvo que se trate de créditos de reconocimiento forzoso, o por las resoluciones judiciales que resuelvan los incidentes de impugnación de la lista de acreedores y por aquellas otras que atribuyan al crédito esa clasificación. 2.º Los créditos que por pacto contractual tengan el carácter de subordinados respecto de todos los demás créditos contra el concursado, incluidos los participativos. 3.º Los créditos por recargos e intereses de cualquier clase, incluidos los moratorios, salvo los correspondientes a créditos con garantía real hasta donde alcance la respectiva garantía. 4.º Los créditos por multas y demás sanciones pecuniarias. 5.º Los créditos de que fuera titular alguna de las personas especialmente relacionadas con el concursado en los términos establecidos en esta ley. 6.º Los créditos que como consecuencia de rescisión concursal resulten a favor de quien en la sentencia haya sido declarado parte de mala fe en el acto impugnado. 7.º Los créditos derivados de los contratos con obligaciones recíprocas, a cargo de la contraparte del concursado, o del acreedor, en caso de rehabilitación de contratos de financiación o de adquisición de bienes con precio aplazado, cuando el juez constate, previo informe de la administración concursal, que el acreedor obstaculiza de forma reiterada el cumplimiento del contrato en perjuicio del interés del concurso. 2. Por excepción a lo establecido en el número 5.º del apartado anterior, los créditos de que fuera titular alguna de las personas especialmente relacionadas con el concursado no serán objeto de subordinación en los siguientes casos: 1.º Los créditos por alimentos nacidos y vencidos antes de la declaración de concurso, que tendrán la consideración de créditos contra la masa, de acuerdo con lo que dispone el artículo 242.1.3.º. 2.º Los créditos a que se refiere el número 1.º del artículo 280 cuando el concursado sea persona natural. 3.º Los créditos a que se refieren los números 1.º y 4.º del artículo 283 cuando los titulares respectivos reúnan las condiciones de participación en el capital que allí se indican, salvo que procedan de préstamos o de actos con análoga finalidad.
  24. Artículo 282

    Artículo 282

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    AI-assisted research summary: This article defines which persons are specially related to an individual debtor in insolvency proceedings.

    Artículo 282. Personas especialmente relacionadas con el concursado persona natural. Se consideran personas especialmente relacionadas con el concursado persona natural: 1.º El cónyuge del concursado o quién lo hubiera sido dentro de los dos años anteriores a la declaración de concurso, su pareja de hecho inscrita o las personas que convivan con análoga relación de afectividad o hubieran convivido habitualmente con él dentro de los dos años anteriores a la declaración de concurso. 2.º Los ascendientes, descendientes y hermanos del concursado o de cualquiera de las personas a que se refiere el número anterior. 3.º Los cónyuges de los ascendientes, de los descendientes y de los hermanos del concursado. 4.º Las personas jurídicas controladas por el concursado o por las personas mencionadas en los números anteriores así como sus administradores de derecho o de hecho. Se presumirá que existe control cuando concurra alguna de las situaciones previstas en el apartado primero del artículo 42 del Código de Comercio. 5.º Las personas jurídicas que formen parte del mismo grupo de empresas que las previstas en el número anterior. 6.º Las personas jurídicas de las que las personas descritas en los números anteriores sean administradoras de derecho o de hecho.
  25. Artículo 283

    Artículo 283

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    AI-assisted research summary: This provision lists who counts as a person especially related to an insolvent legal entity, and excludes certain creditors who refinanced or capitalized claims.

    Artículo 283. Personas especialmente relacionadas con el concursado persona jurídica. 1. Se consideran personas especialmente relacionadas con el concursado persona jurídica: 1.º Los socios que conforme a la ley sean personal e ilimitadamente responsables de las deudas sociales y aquellos otros que, en el momento del nacimiento del derecho de crédito, sean titulares, directa o indirectamente, de, al menos, un cinco por ciento del capital social, si la sociedad declarada en concurso tuviera valores admitidos a negociación en el mercado secundario oficial, o un diez por ciento si no los tuviera. Cuando los socios sean personas naturales se considerarán también personas especialmente relacionadas con la persona jurídica concursada las personas que lo sean con los socios conforme a lo dispuesto en el artículo anterior. 2.º Los administradores, de derecho o de hecho, los liquidadores del concursado persona jurídica y los directores generales de la persona jurídica concursada con poderes generales de la empresa, así como quienes lo hubieran sido dentro de los dos años anteriores a la declaración de concurso. 3.º Las sociedades que formen parte del mismo grupo que la sociedad declarada en concurso. 4.º Los socios comunes de la sociedad declarada en concurso y de otra sociedad del mismo grupo, siempre que, en el momento de nacimiento del derecho de crédito, sean titulares en esa otra sociedad, directa o indirectamente, de, al menos, un cinco por ciento del capital social, si la sociedad tuviera valores admitidos a negociación en el mercado secundario oficial, o un diez por ciento si no los tuviera. 2. No tendrán la consideración de personas especialmente relacionadas con el concursado los acreedores que hayan capitalizado directa o indirectamente todo o parte de sus créditos en cumplimiento de un acuerdo de refinanciación adoptado de conformidad con lo dispuesto en esta ley, de un acuerdo extrajudicial de pagos o de un convenio concursal, a los efectos de la calificación de los créditos que ostenten contra el concursado como consecuencia de la refinanciación otorgada en virtud de dicho acuerdo o convenio y aunque hubieran asumido cargos en la administración del deudor por razón de la capitalización. Tampoco tendrán la consideración de administradores de hecho los acreedores que hayan suscrito un acuerdo de refinanciación, convenio concursal o acuerdo extrajudicial de pagos por las obligaciones que asuma el deudor en relación con el plan de viabilidad salvo que se probase la existencia de alguna circunstancia que pudiera justificar esta condición.
  26. Artículo 284

    Artículo 284

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    AI-assisted research summary: This article creates a rebuttable presumption that certain credit transferees or assignees are specially related to the bankrupt person if the credit was acquired within the two years before bankruptcy.

    Artículo 284. Presunción de especial relación con el concursado. Salvo prueba en contrario, se presumen personas especialmente relacionadas con el concursado los cesionarios o adjudicatarios de créditos pertenecientes a cualquiera de las personas mencionadas en los dos artículos anteriores, siempre que la adquisición se hubiere producido dentro de los dos años anteriores a la declaración de concurso.
  27. Artículo 285

    Artículo 285

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    AI-assisted research summary: The creditor list, as of the bankruptcy request date, must include one list of admitted creditors and another of excluded creditors, both in alphabetical order.

    Artículo 285. Estructura de la lista de acreedores. La lista de acreedores, referida a la fecha de solicitud del concurso, comprenderá una relación de los incluidos y otra de los excluidos, ambas ordenadas alfabéticamente.
  28. Artículo 286

    Artículo 286

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    AI-assisted research summary: The creditor list must identify included and excluded creditors and specify key details about their claims, security, and classification.

    Artículo 286. Contenido de la lista de acreedores. 1. La relación de los acreedores incluidos expresará la identidad de cada uno de ellos; la causa, la cuantía por principal y por intereses, y las fechas de origen y vencimiento de los créditos reconocidos de que fueren titulares; las garantías personales o reales prestadas o constituidas, con indicación del valor atribuido en el inventario, conforme a lo establecido en esta ley, al bien o derecho sobre el que se hubiera constituido la garantía, y la calificación jurídica de cada uno de los créditos de que el acreedor fuera titular. En su caso, se indicará en esa relación el carácter de condicionales, litigiosos o pendientes de la previa excusión del patrimonio del deudor principal que tuviera cada uno de los créditos. 2. La relación de los excluidos expresará la identidad de cada uno de ellos y los motivos de la exclusión. 3. Si las hubiere, se harán constar expresamente en la lista las diferencias entre la comunicación y el reconocimiento y las consecuencias de la falta de comunicación oportuna. 4. Cuando el concursado fuere persona casada en régimen de gananciales o cualquier otro de comunidad de bienes, se relacionarán separadamente los créditos que solo puedan hacerse efectivos sobre su patrimonio privativo y los que pueden hacerse efectivos también sobre el patrimonio común.
  29. Artículo 287

    Artículo 287

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    AI-assisted research summary: This article classifies certain privileged credits into categories for the creditor list, including public-law, labor, financial, and other credits.

    Artículo 287. Subclasificación de los créditos privilegiados. Si en el momento de la presentación de la lista de acreedores no estuviera en tramitación la fase de liquidación o el concursado no hubiera solicitado la apertura de esa fase, los créditos que tuvieran privilegio general o especial respectivamente deberán incluirse en esa lista en alguna de las siguientes clases: 1.º Los créditos de derecho público. 2.º Los créditos laborales. Se consideran créditos laborales los créditos de los acreedores por derecho laboral y los créditos de los trabajadores autónomos económicamente dependientes en cuantía que no exceda de la prevista en el número 1.º del artículo 280. No tendrán la consideración de créditos laborales los derivados de una relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección en la parte que exceda de la cuantía prevista en el número 1.º del artículo 280. 3.º Los créditos financieros. Se consideran créditos financieros los créditos procedentes de cualquier endeudamiento financiero por parte del deudor, con independencia de que los titulares de esos créditos estén o no sometidos a supervisión financiera. 4.º Los restantes créditos. En esta clase se incluirán los de los acreedores por operaciones comerciales y el resto de acreedores no incluidos en las categorías anteriores.
  30. Artículo 3

    Artículo 3

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    AI-assisted research summary: El deudor, sus acreedores y ciertos socios pueden solicitar la declaración de concurso; si el deudor es una persona jurídica, el órgano de administración o liquidación decide sobre esa solicitud.

    Artículo 3. Legitimación. 1. Para solicitar la declaración de concurso están legitimados el deudor y cualquiera de sus acreedores. Si el deudor fuera persona jurídica, será competente para decidir sobre la presentación de la solicitud el órgano de administración o de liquidación. 2. Por excepción a lo dispuesto en el apartado anterior, no está legitimado el acreedor que, dentro de los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud, hubiera adquirido el crédito por actos ínter vivos y a título singular, después de su vencimiento. 3. Para solicitar la declaración de concurso de una sociedad, están también legitimados los socios que sean personalmente responsables de las deudas de aquella.
  31. Artículo 38

    Artículo 38

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    AI-assisted research summary: Certain debtors in a qualifying relationship may ask for a joint court declaration of their respective insolvency proceedings.

    Artículo 38. Declaración conjunta de concurso voluntario de varios deudores. Aquellos deudores que sean cónyuges, socios o administradores total o parcialmente responsables de las deudas de una persona jurídica y las sociedades pertenecientes al mismo grupo podrán solicitar la declaración judicial conjunta de los respectivos concursos.
  32. Artículo 388

    Artículo 388

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    AI-assisted research summary: El juez no puede cambiar el contenido del convenio sometido a su aprobación, pero sí puede corregir errores materiales o de cálculo y, cuando sea necesario, fijar la interpretación correcta de sus cláusulas.

    Artículo 388. Facultades del juez en orden a la aprobación del convenio. 1. El juez no podrá modificar el contenido del convenio sometido a su aprobación, aunque sí podrá subsanar errores materiales o de cálculo. 2. Cuando fuera necesario, el juez podrá fijar la correcta interpretación de las cláusulas del convenio.
  33. Artículo 389

    Artículo 389

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    AI-assisted research summary: El juez debe dictar sentencia aprobando o rechazando el convenio en los plazos indicados y, si lo aprueba, incluir íntegramente el convenio en el auto.

    Artículo 389. Aprobación judicial del convenio. Dentro de los cinco días siguientes al del vencimiento del plazo para oponerse a la aprobación, sin que se hubiere formulado oposición, o dentro del plazo de diez días una vez tramitado el incidente, si se hubiera formulado, el juez dictará sentencia aprobando o rechazando el convenio. En el auto en que se apruebe el juez deberá incluir íntegramente el convenio aprobado.
  34. Artículo 390

    Artículo 390

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    AI-assisted research summary: The judgment approving the agreement must be given the same publicity as the order declaring insolvency.

    Artículo 390. Publicidad de la sentencia aprobatoria. A la sentencia por la que se apruebe el convenio se le dará la misma publicidad que a la del auto de declaración de concurso.
  35. Artículo 391

    Artículo 391

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    AI-assisted research summary: Si la sentencia estima la oposición, declara rechazado el convenio y puede interponerse recurso de apelación contra esa sentencia.

    Artículo 391. Sentencia estimatoria de la oposición. La sentencia que estime la oposición declarará rechazado el convenio. Contra la misma podrá interponerse recurso de apelación.
  36. Artículo 392

    Artículo 392

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    AI-assisted research summary: The judge must reject the creditors’ accepted agreement on its own initiative if there is a ground for opposition.

    Artículo 392. Rechazo de oficio del convenio aceptado. El juez rechazará de oficio el convenio aceptado por los acreedores si apreciare la existencia de motivo de oposición, aunque esta no hubiera sido presentada o lo hubiera sido por motivo distinto a aquel en que se fundamente el rechazo.
  37. Artículo 393

    Artículo 393

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    AI-assisted research summary: El convenio empieza a producir efectos desde la sentencia que lo aprueba, salvo que el juez acuerde retrasar ese inicio hasta que la sentencia sea firme.

    Artículo 393. Comienzo de la eficacia del convenio. 1. El convenio adquirirá eficacia desde la fecha de la sentencia que lo apruebe. 2. No obstante lo establecido en el apartado anterior, el juez, por razón del contenido del convenio, podrá acordar, de oficio o a instancia de parte, retrasar esa eficacia a la fecha en que la sentencia de aprobación alcance firmeza. El retraso de la eficacia del convenio podrá acordarse con carácter parcial.
  38. Artículo 394

    Artículo 394

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    AI-assisted research summary: When the agreement becomes effective, the effects of the insolvency declaration stop and are replaced by whatever the agreement itself sets out. Duties of collaboration and information continue until the procedure ends.

    Artículo 394. Cesación de los efectos de la declaración de concurso. 1. Desde la eficacia del convenio cesarán todos los efectos de la declaración de concurso, que quedarán sustituidos por los que, en su caso, se establezcan en el propio convenio. 2. Los deberes de colaboración e información subsistirán hasta la conclusión del procedimiento.
  39. Artículo 395

    Artículo 395

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    AI-assisted research summary: When the compromise becomes effective, the insolvency administration ceases. It must account to the insolvency judge within the period the judge sets, but it can still continue pending incidents and act in the sixth section.

    Artículo 395. Cese de la administración concursal. 1. Desde la eficacia del convenio cesará la administración concursal. 2. La administración concursal rendirá cuentas de su actuación ante el juez del concurso dentro del plazo que este señale. 3. No obstante el cese, la administración concursal conservará plena legitimación para continuar los incidentes en curso así como para actuar en la sección sexta, con facultades para solicitar la ejecución provisional o definitiva de las sentencias que se dicten en esos incidentes y de la sentencia de calificación.
  40. Artículo 396

    Artículo 396

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    AI-assisted research summary: El convenio vincula al deudor y a los acreedores ordinarios y subordinados sobre créditos anteriores al concurso, aunque no se hubieran adherido o reconocido.

    Artículo 396. Extensión necesaria del convenio. 1. El contenido del convenio vinculará al deudor y a los acreedores ordinarios y subordinados, respecto de los créditos de cualquiera de estas clases que fuesen anteriores a la declaración de concurso, aunque no se hubieran adherido a la propuesta de convenio o aunque, por cualquier causa, no hubiesen sido reconocidos. 2. Los acreedores subordinados quedarán afectados por las mismas quitas y esperas establecidas en el convenio para los ordinarios, pero cada uno de los plazos anuales de espera establecidos para los créditos ordinarios se computarán como plazos trimestrales de espera para los créditos subordinados desde el íntegro cumplimiento del convenio respecto de los primeros sin que la totalidad de la espera desde el comienzo del cumplimiento del convenio pueda ser superior a diez años para todos los acreedores. Quedan a salvo los efectos que pueda producir el ejercicio de la facultad de elección por los acreedores subordinados.
  41. Artículo 397

    Artículo 397

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    AI-assisted research summary: Los acreedores privilegiados quedan vinculados al convenio en los casos previstos, including by adhesion or by reaching the required class majority.

    Artículo 397. Extensión del convenio a los créditos privilegiados. 1. Los acreedores privilegiados quedarán vinculados al convenio aprobado por el juez si hubieren sido autores de la propuesta o si se hubieran adherido a ella, salvo que hubieran revocado la adhesión, así como si se adhieren en forma al convenio ya aceptado por los acreedores o aprobado por el juez antes de la declaración judicial de su cumplimiento. 2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, los acreedores privilegiados quedarán también vinculados al convenio cuando, dentro de la misma clase a la que pertenezcan, se hubieran obtenido las siguientes mayorías: 1.º El sesenta por ciento del importe de los créditos privilegiados de la misma de la clase, cuando el convenio consista en el pago íntegro de los créditos en plazo no superior a tres años o en el pago inmediato de los créditos vencidos con quita inferior al veinte por ciento; o cuando contenga quitas iguales o inferiores a la mitad del importe del crédito; esperas, ya sean de principal, de intereses o de cualquier otra cantidad adeudada, con un plazo no superior a cinco años; o, en el caso de acreedores distintos de los públicos o los laborales, la conversión de los créditos en créditos participativos durante el mismo plazo. 2.º El setenta y cinco por ciento del importe de los créditos privilegiados de la misma clase, en los convenios que tuvieran otro contenido. En el caso de acreedores con privilegio especial, el cómputo de las mayorías se hará en función de la proporción de las garantías aceptantes sobre el valor total de las garantías otorgadas dentro de cada clase. En el caso de los acreedores con privilegio general, el cómputo se realizará en función del pasivo aceptante sobre el total del pasivo que se beneficie de privilegio general dentro de cada clase.
  42. Artículo 39

    Artículo 39

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    AI-assisted research summary: El acreedor puede pedir judicialmente un concurso conjunto de varios deudores si son cónyuges, si las sociedades pertenecen al mismo grupo o si hay confusión de patrimonios.

    Artículo 39. Declaración conjunta de concurso necesario de varios deudores. El acreedor podrá solicitar la declaración judicial conjunta de concurso de varios de sus deudores cuando sean cónyuges, cuando se trate de sociedades que formen parte del mismo grupo o cuando exista entre ellos confusión de patrimonios.
  43. Artículo 398

    Artículo 398

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    AI-assisted research summary: The arrangement affects ordinary and subordinated claims by extinguishing them to the extent of any reduction and delaying their enforceability for the waiting period; privileged claims are treated the same if the arrangement’s effects extend to them.

    Artículo 398. Eficacia objetiva del convenio. Los créditos ordinarios y los créditos subordinados quedarán extinguidos en la parte a que alcance la quita, aplazados en su exigibilidad por el tiempo de espera y, en general, afectados por el contenido del convenio. La misma regla será de aplicación a aquellos créditos privilegiados a los que se extienda la eficacia del convenio.
  44. Artículo 399

    Artículo 399

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    AI-assisted research summary: El convenio no perjudica ciertos derechos de acreedores frente a obligados solidarios, fiadores o avalistas, y estos no pueden usar el convenio en perjuicio de esos acreedores.

    Artículo 399. Conservación de derechos. 1. El convenio no producirá efectos respecto de los derechos de los acreedores frente a los obligados solidarios con el concursado ni frente a los fiadores o avalistas, salvo que esos acreedores hubiesen sido autores de la propuesta, se hubieran adherido a ella, salvo que hubieran revocado la adhesión, o hubieran votado a favor de la misma. Los obligados solidarios, los fiadores y los avalistas no podrán invocar la aprobación del convenio ni el contenido de este en perjuicio de aquellos. 2. La responsabilidad de los obligados solidarios, fiadores o avalistas del concursado frente a los acreedores que hubiesen sido autores de la propuesta, se hubieran adherido a ella, salvo que hubieran revocado la adhesión, o hubieran votado a favor de la misma se regirá por los pactos que sobre el particular hubieran establecido y, en su defecto, por las normas legales aplicables a la obligación que hubieren contraído.
  45. Artículo 37 bis

    Artículo 37 bis

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    AI-assisted research summary: This article says when a case is treated as a “concurso sin masa”: if the debtor has no legally attachable assets, or selling the assets would cost far more than their likely sale value, or unencumbered assets are worth less than the expected procedure cost, or existing liens and charges exceed market value.

    Artículo 37 bis. Concurso sin masa. Se considera que existe concurso sin masa cuando concurran los supuestos siguientes por este orden: a) El concursado carezca de bienes y derechos que sean legalmente embargables. b) El coste de realización de los bienes y derechos del concursado fuera manifiestamente desproporcionado respecto al previsible valor venal. c) Los bienes y derechos del concursado libres de cargas fueran de valor inferior al previsible coste del procedimiento. d) Los gravámenes y las cargas existentes sobre los bienes y derechos del concursado lo sean por importe superior al valor de mercado de esos bienes y derechos.
  46. Artículo 37 ter

    Artículo 37 ter

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    AI-assisted research summary: If the debtor is in one of the listed no-asset insolvency situations, the judge must declare bankruptcy and arrange publication; qualifying creditors may request an insolvency administrator within 15 days, and a natural-person debtor may seek discharge if no timely request is made.

    Artículo 37 ter. Especialidades de la declaración de concurso sin masa. 1. Si de la solicitud de declaración de concurso y de los documentos que la acompañen resultare que el deudor se encuentra en cualquiera de las situaciones a que se refiere el artículo anterior, el juez dictará auto declarando el concurso de acreedores, con expresión del pasivo que resulte de la documentación, sin más pronunciamientos, ordenando la remisión telemática al «Boletín Oficial del Estado» para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos: 1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley. 2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados. 3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable. 2. En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho. 3. El auto de declaración de concurso, en caso de que el deudor fuera empleador, se notificará a la representación legal de las personas trabajadoras.
  47. Artículo 37 quater

    Artículo 37 quater

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    AI-assisted research summary: Si lo piden acreedores que representen al menos el 5% del pasivo dentro de plazo, el juez nombrará un administrador concursal; el deudor debe entregar de inmediato la información que se le pida.

    Artículo 37 quater. Solicitud de nombramiento de administrador concursal. 1. En el caso de que, dentro de plazo, acreedor o acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo formularan solicitud de nombramiento de administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el artículo anterior, el juez, mediante auto, procederá al nombramiento para que, en el plazo de un mes a contar desde la aceptación, emita el informe solicitado. En el mismo auto fijará la retribución del administrador por la emisión del informe encomendado, cuya satisfacción corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado. 2. El deudor deberá facilitar de inmediato toda la información que le sea requerida por el administrador concursal para la elaboración del informe a que se refiere el artículo anterior.
  48. Artículo 37 quinquies

    Artículo 37 quinquies

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    AI-assisted research summary: If the insolvency administrator identifies certain indicators, the judge must issue a supplementary order. The administrator must bring certain actions within two months of the report, and if they do not, the requesting creditor(s) may do so in the next two months.

    Artículo 37 quinquies. Auto complementario. 1. Si en el informe el administrador concursal apreciara la existencia de los indicios a que se refiere el artículo 37 ter, el juez dictará auto complementario con los demás pronunciamientos de la declaración de concurso y apertura de la fase de liquidación de la masa activa, continuando el procedimiento conforme a lo establecido en esta ley. 2. El administrador concursal deberá ejercitar las acciones rescisorias y las acciones sociales de responsabilidad antes de que transcurran dos meses a contar desde la presentación del informe a que se refiere el artículo anterior. Si no lo hiciera, el acreedor o los acreedores que hubieran solicitado el nombramiento de administrador concursal estarán legitimados para el ejercicio de esas acciones dentro de los dos meses siguientes. El régimen de las costas y de los gastos será el establecido en esta ley para los casos de ejercicio subsidiario de acciones por los acreedores.
  49. Artículo 317 bis

    Artículo 317 bis

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    AI-assisted research summary: A proposal of agreement may include a structural modification of the bankrupt legal person, but if it does, it must also be signed by the relevant representatives with sufficient authority. The resulting companies listed in the article may not end up with negative net assets because of the restructuring.

    Artículo 317 bis. Propuesta de convenio con modificación estructural. 1. En la propuesta de convenio podrá incluirse la modificación estructural de la persona jurídica concursada. En ese caso la propuesta deberá ser firmada, además, por los respectivos representantes, con poder suficiente, de la entidad o entidades que sean parte en cualquiera de esas modificaciones estructurales. 2. En ningún caso la sociedad transformada, la sociedad absorbente, la nueva sociedad, las sociedades beneficiarias de la escisión o la sociedad cesionaria pueden llegar a tener un patrimonio neto negativo como consecuencia de la modificación estructural.
  50. Artículo 399 bis

    Artículo 399 bis

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    AI-assisted research summary: Los administradores pueden aumentar el capital social para convertir créditos en acciones o participaciones si el convenio fue aprobado por el juez; los socios no tienen derecho de preferencia.

    Artículo 399 bis. Aumento del capital en ejecución de convenio. 1. Si el convenio en que se hubiera previsto la conversión de créditos concursales en acciones o participaciones de la sociedad deudora fuera aprobado por el juez, los administradores de la sociedad estarán facultados para aumentar el capital social en la medida necesaria para la conversión de los créditos, sin necesidad de acuerdo de la junta general de socios. En la suscripción de las nuevas acciones o en la asunción de las nuevas participaciones los socios no tendrán derecho de preferencia. 2. Aunque los estatutos sociales contengan cláusulas limitativas de la libre transmisibilidad de las acciones, las nuevas que se emitan en ejecución del convenio serán libremente transmisibles por actos inter vivos hasta que transcurran diez años a contar desde la inscripción del aumento del capital en el registro mercantil. Las nuevas participaciones sociales que se creen en ejecución del convenio serán libremente transmisibles hasta que transcurran diez años a contar desde la inscripción del aumento del capital en el registro mercantil.
  51. Artículo 399 ter

    Artículo 399 ter

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    AI-assisted research summary: If the plan provides for a structural change, insolvency creditors do not have certain individual protection rights. Registration of a merger, total demerger, or global transfer of assets and liabilities that ends the insolvent company causes the insolvency case to close.

    Artículo 399 ter. Fusión, escisión o cesión global de activo y pasivo en ejecución del convenio. 1. En el caso de que el convenio previera una modificación estructural los acreedores concursales no tendrán los derechos de tutela individual reconocidos en el libro primero del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea. 2. La inscripción de la fusión, de la escisión total o la cesión global de activo y pasivo que produzca la extinción de la sociedad declarada en concurso, será causa de conclusión del concurso de acreedores.
  52. Artículo 300

    Artículo 300

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    AI-assisted research summary: Las impugnaciones se tramitan por el incidente concursal, y el juez puede acumularlas de oficio para resolver varias juntas.

    Artículo 300. Tramitación de las impugnaciones. 1. Las impugnaciones se sustanciarán por los trámites del incidente concursal. 2. El juez podrá de oficio acumular todas o varias de ellas para resolverlas conjuntamente.
  53. Artículo 301

    Artículo 301

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    AI-assisted research summary: Article 301 is marked as suppressed.

    Artículo 301. Publicidad de las impugnaciones. (Suprimido)
  54. Artículo 302

    Artículo 302

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    AI-assisted research summary: El juez del concurso debe extinguir las garantías sobre bienes y derechos de la masa activa en ciertos créditos subordinados, y no puede hacerlo en el caso de concurso de persona natural respecto de ciertos créditos privilegiados generales.

    Artículo 302. Cancelación de garantías. 1. Si el titular de un crédito clasificado como subordinado no impugnare en tiempo y forma esta calificación, el juez del concurso, vencido el plazo de impugnación y sin más trámites, dictará auto declarando extinguidas las garantías de cualquier clase constituidas sobre bienes y derechos de la masa activa a favor de los créditos de que aquel fuera titular, ordenando, en su caso, la restitución posesoria y la cancelación de los asientos en los registros correspondientes. En caso de impugnación de esa calificación, el juez procederá del mismo modo cuando devenga firme la resolución judicial desestimatoria de la impugnación. 2. Cuando el concursado sea persona natural no procederá la cancelación de las garantías constituidas sobre bienes y derechos de la masa activa a favor de los créditos de los que sean titulares personas especialmente relacionadas con el deudor que según esta ley deban estar incluidos en la clasificación de créditos con privilegio general por salarios, indemnizaciones por extinción de contratos laborales, indemnizaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional, capitales coste de seguridad social de los que sea responsable el concursado y recargos sobre prestaciones por incumplimiento de las obligaciones en materia de salud laboral.
  55. Artículo 303

    Artículo 303

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    AI-assisted research summary: Artículo 303 is marked as suprimido and does not state an operative rule.

    Artículo 303. Presentación de los textos definitivos. (Suprimido)
  56. Artículo 304

    Artículo 304

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    AI-assisted research summary: The court clerk and the bankruptcy administrator must send the final documents electronically on the same day they are filed.

    Artículo 304. Remisión de los textos definitivos. 1. El mismo día de la presentación de los documentos definitivos, el letrado de la Administración de Justicia los remitirá por medios electrónicos al Registro público concursal. 2. El mismo día de la presentación de los documentos definitivos, el administrador concursal los remitirá por medios electrónicos al deudor y a los acreedores reconocidos de cuya dirección electrónica tenga constancia y a quienes estuvieran personados en el concurso, aunque no fueran acreedores. Si no tuviera constancia de la dirección electrónica, el administrador concursal efectuará la remisión al procurador que los represente.
  57. Artículo 305

    Artículo 305

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    AI-assisted research summary: This article is marked as suppressed (“Suprimido”).

    Artículo 305. Impugnaciones relativas a créditos comunicados extemporáneamente. (Suprimido)
  58. Artículo 306

    Artículo 306

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    AI-assisted research summary: This article is marked as deleted/suppressed.

    Artículo 306. Finalización de la fase común. (Suprimido)
  59. Artículo 307

    Artículo 307

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    AI-assisted research summary: El artículo aparece suprimido.

    Artículo 307. Finalización anticipada de la fase común. (Suprimido)
  60. Artículo 30

    Artículo 30

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    AI-assisted research summary: The insolvency declaration order opens the common phase of the insolvency case.

    Artículo 30. Apertura de la fase común. 1. El auto de declaración de concurso abrirá la fase común del concurso. 2. Si el deudor hubiera solicitado la liquidación de la masa activa, el juez la acordará en el propio auto en el que declare el concurso solicitado, con simultánea apertura de la fase de liquidación y con los demás pronunciamientos establecidos en esta ley.
  61. Artículo 308

    Artículo 308

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    AI-assisted research summary: The final creditor list may be changed in specific listed situations.

    Artículo 308. Modificaciones de la lista definitiva de acreedores. El texto definitivo de la lista de acreedores podrá modificarse en los casos siguientes: 1.º Cuando se estimen los recursos interpuestos contra las resoluciones del juez del concurso en los incidentes de impugnación de la lista de acreedores. 2.º Cuando se resuelva la impugnación de las modificaciones derivadas de la comunicación extemporánea de créditos. 3.º Cuando se dicten resoluciones judiciales en el concurso de las que resulte la existencia, la modificación del importe o de la clase del crédito o la extinción de un crédito concursal. 4.º Cuando, en un procedimiento administrativo de comprobación o inspección iniciado después de presentado el informe de la administración concursal o el texto definitivo de la lista de acreedores, se dicte resolución administrativa que suponga la existencia de un crédito concursal de derecho público. 5.º Cuando, en un proceso penal iniciado después de la presentación del informe de la administración concursal o del texto definitivo de la lista de acreedores, se dicte sentencia que suponga la existencia de un crédito concursal. 6.º Cuando, en un proceso laboral iniciado después de la presentación del informe de la administración concursal o del texto definitivo de la lista de acreedores, se dicte sentencia que suponga la existencia de un crédito concursal. 7.º Cuando, después de presentados los textos definitivos, se hubiera cumplido la condición o contingencia prevista o los créditos hubieran sido reconocidos o confirmados por acto administrativo, por laudo o por resolución procesal firme o susceptible de ejecución provisional con arreglo a su naturaleza o cuantía.
  62. Artículo 309

    Artículo 309

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    AI-assisted research summary: Recognized credits that change the final creditors list are classified either as set by the court in the first three cases of the previous article, or otherwise according to their nature; late communication cannot make them subordinate.

    Artículo 309. Tratamiento de los créditos que modifican la lista definitiva de acreedores. En caso de que resulten reconocidos, los créditos tendrán la siguiente clasificación: 1.º En los tres primeros casos del artículo precedente, la que les hubiera asignado la resolución judicial. 2.º En los demás casos, la que les corresponda con arreglo a su naturaleza, sin que sea posible su subordinación por comunicación tardía.
  63. Artículo 310

    Artículo 310

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    AI-assisted research summary: Si cambia el acreedor inicial, se mantiene la clasificación del crédito, salvo reglas especiales para ciertos créditos salariales, públicos y casos de pago por terceros o por personas especialmente relacionadas.

    Artículo 310. Sustituciones del acreedor inicial en la lista definitiva de acreedores. 1. En caso de sustitución de un acreedor reconocido, bien por adquisición del crédito, bien por subrogación en la titularidad del mismo, se mantendrá la clasificación del crédito correspondiente al acreedor inicial. 2. Por excepción a lo establecido en el apartado anterior, serán de aplicación las siguientes reglas: 1.º Respecto de los créditos salariales o por indemnización derivada de extinción de la relación laboral, la subrogación únicamente procederá a favor del Fondo de Garantía Salarial. 2.º Respecto de los créditos por cantidades correspondientes a retenciones tributarias y de seguridad social debidas por el concursado en cumplimiento de una obligación legal y de los créditos de derecho público que gozasen de privilegio general, el carácter privilegiado únicamente se mantendrá cuando el acreedor posterior sea un organismo público. 3.º En caso de pago por deudor solidario, por fiador o por avalista, la administración concursal procederá a reclasificar el crédito optando por la clasificación de inferior grado de entre las que correspondan al acreedor o al deudor solidario, al fiador o al avalista que hubiera pagado. 4.º En el supuesto en que el acreedor posterior fuera una persona especialmente relacionada con el concursado, la administración concursal procederá a reclasificar el crédito optando por la clasificación de inferior grado de entre las que correspondan al acreedor o a dicha persona especialmente relacionada con el concursado.
  64. Artículo 311

    Artículo 311

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    AI-assisted research summary: Regulates how the final list of creditors is modified, including who must request or report the change and the court steps that follow.

    Artículo 311. Procedimiento de modificación de la lista definitiva de acreedores. 1. Cuando la modificación de la lista definitiva sea consecuencia de una resolución judicial dictada en el concurso, la administración concursal modificará el texto definitivo de la lista de acreedores en cuanto tenga constancia de la misma. 2. En los demás casos, la modificación del texto definitivo de la lista de acreedores deberá solicitarse antes de que recaiga resolución por la que se apruebe el convenio o se presente en el juzgado el informe final de liquidación o la comunicación de insuficiencia de la masa activa para atender los créditos contra la masa. A tal efecto los acreedores dirigirán a la administración concursal una solicitud con justificación de la modificación pretendida, así como de la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en este capítulo. 3. En el plazo de cinco días, la administración concursal informará por escrito al juez sobre la solicitud. 4. Si el informe fuera contrario a la modificación pretendida, el solicitante podrá promover incidente, dentro del plazo de diez días, para que se reconozca el crédito. Incoado el incidente, se estará a lo que se decida en el mismo. Si no lo promoviera en el plazo indicado, el juez rechazará la solicitud. 5. Si el informe fuera favorable a la modificación pretendida, se dará traslado del mismo, por término de diez días, a las partes personadas. Si no se efectuaran alegaciones o no fueran contrarias a la pretensión formulada, el juez acordará la modificación por medio de auto sin ulterior recurso. En otro caso, el juez resolverá, igualmente por medio de auto contra el que cabe interponer recurso de apelación.
  65. Artículo 312

    Artículo 312

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    AI-assisted research summary: Filing the request does not stop the arrangement or liquidation phase, and the agreed modification does not affect earlier valid arrangements or liquidation/payment operations.

    Artículo 312. Efectos de la modificación de la lista definitiva de acreedores. 1. La tramitación de la solicitud no impedirá la continuación de la fase de convenio o liquidación. 2. La modificación acordada no afectará a la validez del convenio que se hubiera podido alcanzar o de las operaciones de liquidación o pago realizadas antes de la presentación de la solicitud o tras ella hasta su introducción por resolución firme.
  66. Artículo 313

    Artículo 313

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    AI-assisted research summary: El juez del concurso puede adoptar medidas cautelares, a petición del solicitante, si considera probable la modificación de la lista definitiva de acreedores.

    Artículo 313. Medidas cautelares en orden a la modificación de la lista definitiva de acreedores. Cuando estime probable la introducción de la modificación pretendida, el juez del concurso, a petición del solicitante, podrá adoptar las medidas cautelares que en cada caso considere oportunas para asegurar la efectividad de la resolución a dictar.
  67. Artículo 314

    Artículo 314

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    AI-assisted research summary: A judge may order provisional enforcement of a decision modifying the final list of creditors, at a party’s request.

    Artículo 314. Ejecución provisional de la resolución judicial relativa a la modificación de la lista definitiva de acreedores. El juez, a petición de parte, podrá acordar la ejecución provisional de la resolución relativa a la modificación de la lista definitiva de acreedores a fin de que: 1.º La modificación se admita provisionalmente, en todo o en parte, a los efectos del ejercicio de los derechos de adhesión y voto y para el cálculo de las mayorías necesarias para la aceptación de la propuesta de convenio. 2.º Los pagos a realizar tengan en cuenta las modificaciones pretendidas, quedando, no obstante, las cantidades correspondientes en la masa activa hasta que sea firme la resolución que decida sobre la modificación pretendida, salvo que garantice su devolución por aval o fianza suficiente.
  68. Artículo 315

    Artículo 315

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    AI-assisted research summary: El deudor y ciertos acreedores pueden presentar una propuesta de convenio si cumplen las condiciones de esta ley.

    Artículo 315. Autoría de la propuesta de convenio. 1. El deudor y los acreedores cuyos créditos superen una quinta parte de la masa pasiva podrán presentar propuesta de convenio en las condiciones de tiempo, forma y contenido establecidas en esta ley. 2. En ningún caso podrá presentarse propuesta de convenio si el concursado hubiera solicitado la liquidación de la masa activa.
  69. Artículo 316

    Artículo 316

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    AI-assisted research summary: La propuesta de convenio debe constar por escrito y estar firmada por el deudor, por todos los acreedores proponentes, o por sus representantes con poder suficiente; si incluye compromisos adicionales, también deben firmarla los compromitentes, y las firmas deben legitimarse.

    Artículo 316. Firma de la propuesta de convenio. 1. La propuesta de convenio se formulará por escrito y estará firmada por el deudor o por todos los acreedores proponentes, o por sus respectivos representantes con poder suficiente. 2. Cuando la propuesta contuviera compromisos a cargo de acreedores o de terceros para realizar pagos, prestar garantías o financiación o asumir cualquier otra obligación, deberá ir firmada, además, por los compromitentes o sus respectivos representantes con poder suficiente, incluso aunque la propuesta tuviera contenido alternativo o atribuya trato singular a los acreedores que acepten esas nuevas obligaciones. 3. Las firmas de la propuesta y, en su caso, la justificación de su carácter representativo, deberán estar legitimadas.
  70. Artículo 317

    Artículo 317

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    AI-assisted research summary: La propuesta de convenio debe incluir quitas, esperas o ambas, y la espera no puede superar diez años.

    Artículo 317. Contenido de la propuesta de convenio. 1. La propuesta de convenio deberá contener proposiciones de quita, de espera o de quita y espera. La espera no podrá ser superior a diez años. 2. La propuesta de convenio podrá contener, para todos o algunos acreedores o para determinadas clases de acreedores, con excepción de los acreedores públicos, cuantas proposiciones adicionales considere convenientes el proponente o proponentes sin más limitaciones que las establecidas por la ley. 3. En la propuesta de convenio podrá incluirse la modificación estructural de la persona jurídica concursada.
  71. Artículo 31

    Artículo 31

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    AI-assisted research summary: El letrado de la Administración de Justicia debe abrir determinadas secciones del concurso en el momento y supuestos indicados por el artículo.

    Artículo 31. Apertura de secciones. 1. El mismo día de la declaración de concurso, el letrado de la Administración de Justicia procederá a la formación de la sección primera, si el concurso se hubiera declarado a solicitud del deudor, que se encabezará con la solicitud y todos los documentos que la acompañaren, y, cualquiera que hubiera sido el solicitante, la formación de las secciones segunda, tercera y cuarta, cada una de las cuales se encabezará por el auto o, en su caso, la sentencia de declaración de concurso. 2. Si el deudor hubiera solicitado la liquidación de la masa activa, el letrado de la Administración de Justicia procederá a la formación de la sección quinta, que se encabezará por la solicitud de liquidación.
  72. Artículo 318

    Artículo 318

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    AI-assisted research summary: La propuesta de convenio no puede hacer cambios prohibidos en los créditos, su clasificación o la liquidación de la masa activa, y tiene límites especiales para créditos públicos, laborales y ciertas cuotas de seguridad social.

    Artículo 318. Prohibiciones. 1. En ningún caso la propuesta de convenio podrá suponer: 1.º La alteración de la cuantía de los créditos establecida por esta ley, sin perjuicio de los efectos de la quita o quitas que pudiera contener. 2.º La alteración de la clasificación de los créditos establecida por esta ley. 3.º La liquidación de la masa activa para la satisfacción de los créditos. 2. La propuesta de convenio no podrá suponer para los créditos de derecho público ni para los créditos laborales el cambio de la ley aplicable; el cambio de deudor, sin perjuicio de que un tercero asuma sin liberación de ese deudor la obligación de pago; la modificación o extinción de las garantías que tuvieren; o la conversión de los créditos en acciones o participaciones sociales, en créditos o préstamos participativos o en cualquier otro crédito de características o de rango distintos de aquellos que tuviere el crédito originario. 3. La propuesta de convenio no podrá suponer quita ni espera respecto de los créditos correspondientes a los porcentajes de las cuotas de la seguridad social a abonar por el empresario por contingencias comunes y por contingencias profesionales, así como respecto de los créditos correspondientes a los porcentajes de la cuota del trabajador que se refieran a contingencias comunes o accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
  73. Artículo 319

    Artículo 319

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    AI-assisted research summary: A proposal that makes the effectiveness of an agreement subject to any condition is treated as not filed, except in connected insolvency cases.

    Artículo 319. Propuestas condicionadas. 1. La propuesta que someta la eficacia del convenio a cualquier clase de condición se tendrá por no presentada. 2. Por excepción a lo dispuesto en el apartado anterior, en caso de concursos conexos, la propuesta que presente uno de los concursados podrá condicionarse a que en otro u otros adquiera eficacia un convenio con un contenido determinado.
  74. Artículo 320

    Artículo 320

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    AI-assisted research summary: If the arrangement proposal contains no haircut proposal, it may include full or partial payment of interest suspended by the insolvency declaration.

    Artículo 320. Propuesta con cláusula de intereses. Cuando la propuesta de convenio no contenga proposiciones de quita podrá incluir el pago, total o parcial, de los intereses cuyo devengo hubiese quedado suspendido por efecto de la declaración de concurso, calculados al tipo legal o, si fuera menor, al convencional.
  75. Artículo 321

    Artículo 321

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    AI-assisted research summary: A proposal for an arrangement may limit the debtor’s management and disposal powers over assets and rights of the estate during the arrangement period, and those measures may be recorded in the relevant public registries.

    Artículo 321. Propuesta con limitación de facultades. 1. La propuesta de convenio podrá contener medidas prohibitivas o limitativas del ejercicio por el deudor de las facultades de administración y de disposición, durante el periodo de cumplimiento del convenio, sobre bienes y derechos de la masa activa. 2. Las medidas prohibitivas o limitativas serán inscribibles en los registros públicos correspondientes y, en particular, en los que figuren inscritos los bienes o derechos afectados por ellas.
  76. Artículo 322

    Artículo 322

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    AI-assisted research summary: La propuesta de convenio puede atribuir funciones determinadas a un miembro de la administración concursal o al auxiliar delegado, si hay consentimiento previo del interesado o interesados.

    Artículo 322. Propuesta con atribución de funciones a la administración concursal durante el período de cumplimiento del convenio. En la propuesta de convenio se podrá atribuir a cualquier miembro de la administración concursal o al auxiliar delegado, con el previo consentimiento del interesado o interesados, el ejercicio de funciones determinadas durante el período de cumplimiento del convenio, fijando la remuneración que se considere oportuna.
  77. Artículo 323

    Artículo 323

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    AI-assisted research summary: A plan of arrangement may include the sale of encumbered assets or rights, and the privileged creditor must receive the proceeds up to the original debt limit.

    Artículo 323. Propuesta de convenio con previsiones para la realización de bienes o derechos afectos a créditos con privilegio especial. 1. La propuesta de convenio podrá contener previsiones para la enajenación de bienes o derechos afectos a créditos con privilegio especial, que deberán atenerse a los modos de realización y reglas establecidos al efecto en esta ley. 2. El acreedor privilegiado sujeto al convenio deberá recibir el importe que resulte de la realización del bien o derecho en cantidad que no exceda de la deuda originaria en los términos que resulten de las previsiones del convenio. Si hubiera remanente, corresponderá a la masa activa. 3. Si con dicha realización no se consiguiese la completa satisfacción del crédito en los términos que resulten de las previsiones del convenio, el resto será tratado con la clasificación que le corresponda.
  78. Artículo 324

    Artículo 324

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    AI-assisted research summary: La propuesta de convenio puede prever la compra de bienes, derechos o unidades productivas con continuidad de la actividad y pago de créditos concursales.

    Artículo 324. La propuesta de convenio con asunción. 1. La propuesta de convenio podrá consistir en la adquisición por una persona natural o jurídica, determinada en la propia propuesta, bien del conjunto de bienes y derechos de la masa activa afectos a la actividad profesional o empresarial del concursado, bien de determinadas unidades productivas, con asunción por el adquirente del compromiso de continuidad de esa actividad durante el tiempo mínimo que se establezca en la propuesta, y de la obligación de pago, total o parcial, de todos o de algunos de los créditos concursales. 2. La transmisión de la unidad o de las unidades productivas al adquirente determinado en la propuesta de convenio estará sometida a las reglas especiales establecidas en esta ley para esta clase de transmisiones.
  79. Artículo 325

    Artículo 325

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    AI-assisted research summary: The settlement proposal may include other alternatives for some or all claims or claim classes, subject to legal limits and not affecting public creditors.

    Artículo 325. Propuesta de convenio con contenido alternativo. Además de una proposición de quita, de espera o de quita y espera, la propuesta de convenio podrá contener cualesquiera otras alternativas para todos o algunos créditos o clases de créditos, sin más limitaciones que las establecidas por la ley, que en ningún caso afectarán a los acreedores públicos.
  80. Artículo 326

    Artículo 326

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    AI-assisted research summary: The proposal for an agreement with alternative content must set the deadline for exercising the choice option, and the deadline cannot be longer than one month from the final court order approving the agreement.

    Artículo 326. Facultad de elección. 1. En la propuesta de convenio con contenido alternativo deberá determinarse el plazo para el ejercicio de la facultad de elección, así como la alternativa aplicable en caso de falta de ejercicio de esa facultad. 2. El plazo para el ejercicio de la facultad de elección no podrá ser superior a un mes a contar desde la fecha de la firmeza de la resolución judicial que apruebe el convenio.
  81. Artículo 327

    Artículo 327

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    AI-assisted research summary: An alternative agreement proposal may include converting credits into shares, convertible bonds, participative credits, subordinated credits, capitalizable-interest credits, or other financial instruments with different characteristics, rank, or maturity.

    Artículo 327. Propuesta de convenio con conversión de créditos. En la propuesta de convenio de contenido alternativo se podrá incluir como una de las alternativas la conversión de los créditos en acciones, participaciones o cuotas o en obligaciones convertibles de la propia sociedad concursada o de otra sociedad, o la conversión de los créditos en créditos participativos por período no superior a diez años, en créditos subordinados, en créditos con intereses capitalizables o en cualquier otro instrumento financiero con características, rango o vencimiento distintos de aquellos que tuvieran los créditos originarios.
  82. Artículo 32

    Artículo 32

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    AI-assisted research summary: The order declaring insolvency takes effect immediately and is enforceable even if it is not final.

    Artículo 32. Eficacia del auto de declaración de concurso. El auto de declaración de concurso producirá de inmediato los efectos establecidos en esta ley y tendrá fuerza ejecutiva aunque no sea firme.
  83. Artículo 328

    Artículo 328

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    AI-assisted research summary: La conversión de créditos en acciones o participaciones sociales puede hacerse aunque los créditos no sean líquidos, vencidos o exigibles. Además, para acordar el aumento de capital por conversión de créditos concursales, no hace falta la mayoría reforzada prevista por la ley o los estatutos.

    Artículo 328. Propuesta de convenio con conversión de créditos en acciones o participaciones sociales. 1. La conversión de créditos en acciones o participaciones sociales, con o sin prima, podrá realizarse aunque los créditos a compensar no sean líquidos, no estén vencidos o no sean exigibles. 2. Para la adopción por la junta general de socios del acuerdo de aumentar el capital social por conversión de créditos concursales en acciones o participaciones de la sociedad concursada no será necesaria la mayoría reforzada establecida por la ley o por los estatutos sociales.
  84. Artículo 329

    Artículo 329

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    AI-assisted research summary: A reorganisation proposal may include paying creditors with assets or rights from the estate, but only if those assets are not needed to keep the debtor’s business or professional activity going.

    Artículo 329. Propuesta de convenio con cesión en pago. 1. En la propuesta de convenio de contenido alternativo se podrá incluir como una de esas alternativas la cesión en pago de bienes o derechos de la masa activa a los acreedores. 2. Los bienes o derechos de la masa activa objeto de cesión en pago no podrán ser los necesarios para la continuación de la actividad profesional o empresarial del concursado. 3. En la propuesta deberá determinarse, conforme a lo establecido en esta ley, cuál es el valor razonable de los bienes o derechos objeto de cesión. 4. El valor de los bienes y derechos objeto de cesión deberá ser igual o inferior al importe de los créditos que se extinguen. Si fuere superior, la diferencia se deberá integrar por el cesionario o cesionarios en la masa activa. 5. En ningún caso se impondrá la cesión en pago a los acreedores públicos.
  85. Artículo 330

    Artículo 330

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    AI-assisted research summary: An alternative-content settlement proposal may include the transfer of reintegration actions of the estate to one or more creditors or classes of creditors.

    Artículo 330. Propuesta de convenio con cesión de las acciones o de los efectos de la reintegración. En la propuesta de convenio de contenido alternativo se podrá incluir como una de esas alternativas la cesión a uno o a varios acreedores o clases de acreedores de las acciones de reintegración de la masa activa.
  86. Artículo 331

    Artículo 331

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    AI-assisted research summary: Concurso proposals must be submitted with a payment plan.

    Artículo 331. El plan de pagos. 1. Las propuestas de convenio deberán presentarse acompañadas de un plan de pagos. 2. En el plan de pagos se determinarán, además, los recursos previstos para su cumplimiento, incluidos, en su caso, los procedentes de la enajenación de determinados bienes o derechos de la masa activa.
  87. Artículo 332

    Artículo 332

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    AI-assisted research summary: Si el convenio prevé usar ingresos de la continuación de la actividad, la propuesta debe ir acompañada de un plan de viabilidad.

    Artículo 332. El plan de viabilidad. 1. Cuando para el cumplimiento del convenio se prevea contar con los recursos que genere la continuación, total o parcial, del ejercicio de la actividad profesional o empresarial, la propuesta deberá ir acompañada, además del plan de pagos, de un plan de viabilidad en el que se especifiquen los recursos necesarios, los medios y condiciones de su obtención y, en su caso, los compromisos de su prestación por terceros. 2. Los créditos comprometidos por acreedores o terceros que se concedan al concursado para financiar la continuidad de la actividad se satisfarán en los términos fijados en el propio convenio.
  88. Artículo 333

    Artículo 333

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    AI-assisted research summary: This article is marked as suppressed.

    Artículo 333. Presentación anticipada de la propuesta convenio. (Suprimido)
  89. Artículo 334

    Artículo 334

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    AI-assisted research summary: Artículo 334 está suprimido.

    Artículo 334. Adhesiones iniciales a la propuesta anticipada de convenio. (Suprimido)
  90. Artículo 335

    Artículo 335

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    AI-assisted research summary: Article 335 is marked as suppressed.

    Artículo 335. Prohibiciones. (Suprimido)
  91. Artículo 336

    Artículo 336

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    AI-assisted research summary: This article is marked as suppressed and its title refers to a right to present a new proposal or keep the anticipated agreement proposal.

    Artículo 336. Derecho a presentar nueva propuesta o a mantener la propuesta anticipada de convenio. (Suprimido)
  92. Artículo 337

    Artículo 337

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    AI-assisted research summary: El concursado puede presentar una propuesta de convenio.

    Artículo 337. Presentación de la propuesta de convenio por el concursado. El concursado podrá presentar propuesta de convenio, acompañada o no de las adhesiones que considere conveniente, junto con la solicitud de declaración de concurso o en cualquier momento posterior siempre que no hayan transcurrido quince días a contar desde la presentación del informe de la administración concursal.
  93. Artículo 33

    Artículo 33

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    AI-assisted research summary: El Letrado de la Administración de Justicia debe notificar el auto de declaración de concurso a las partes comparecidas y, en ciertos casos, al cónyuge, a la pareja inscrita y a dos administraciones públicas por medios electrónicos.

    Artículo 33. Notificación del auto de declaración de concurso. 1. El Letrado de la Administración de Justicia notificará el auto a las partes que hubiesen comparecido. Si el deudor no hubiera comparecido, la publicación de la declaración de concurso en el «Boletín Oficial del Estado» producirá, respecto de él, los efectos de notificación del auto. 2. Si el concursado estuviera casado, el auto se notificará al cónyuge. Del mismo modo procederá el Letrado de la Administración de Justicia en el caso de que el concursado tuviera pareja inscrita. 3. El auto de declaración de concurso se notificará por medios electrónicos a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.
  94. Artículo 338

    Artículo 338

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    AI-assisted research summary: Certain creditors who have appeared in the insolvency may submit a settlement proposal if their claims exceed one fifth of the total liabilities.

    Artículo 338. Presentación de la propuesta de convenio por los acreedores. 1. Desde la declaración de concurso hasta que finalice el plazo establecido en el artículo anterior, el acreedor o acreedores personados cuyos créditos, individual o conjuntamente, superen una quinta parte del total pasivo podrán presentar propuesta de convenio. 2. Si la propuesta se presenta antes de que la administración concursal hubiera presentado la lista provisional de acreedores, ese porcentaje se calculará por la lista que el deudor hubiera acompañado a la solicitud o, en caso de concurso necesario, por la que hubiera presentado, una vez declarado el concurso, dentro del plazo establecido por la ley. Si la propuesta de convenio se presenta después de la presentación de la lista provisional de acreedores, se estará lo que resulte de esta lista.
  95. Artículo 339

    Artículo 339

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    AI-assisted research summary: Si una propuesta de convenio no se admite a trámite, el juez debe acordar de oficio la apertura de la liquidación el mismo día.

    Artículo 339. Efectos de la no admisión a trámite de las propuestas de convenio. Si la propuesta o propuestas presentadas no se hubieran admitido a trámite, el juez acordará de oficio, mediante auto, la apertura de la liquidación el mismo día en que hubiera tenido lugar esa inadmisión.
  96. Artículo 340

    Artículo 340

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    AI-assisted research summary: If no composition proposal is filed, the judge must, on their own initiative, order the opening of liquidation within three days after the filing period ends.

    Artículo 340. Efectos de la falta de presentación de propuestas de convenio. Dentro de los tres días siguientes al de la finalización del plazo para la presentación sin que se hubiera presentado propuesta de convenio, el juez, de oficio, acordará mediante auto la apertura de la fase de liquidación.
  97. Artículo 341

    Artículo 341

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    AI-assisted research summary: The court clerk must send the proposed agreement to the parties appearing in the case, but not to creditors who have already joined it.

    Artículo 341. Traslado de la propuesta de convenio. 1. El letrado de la Administración de Justicia dará traslado de la propuesta o propuestas presentadas a las partes personadas en el procedimiento. 2. El traslado de la propuesta o propuestas no procederá a aquellos acreedores que se hubieran adherido a la misma.
  98. Artículo 342

    Artículo 342

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    AI-assisted research summary: The judge must admit a settlement proposal if it meets the legal requirements on time, form, and content.

    Artículo 342. Admisión a trámite de la propuesta de convenio. 1. El juez admitirá a trámite la propuesta o las propuestas de convenio si cumplieran las condiciones de tiempo, forma y contenido establecidas en esta ley. 2. Si la propuesta de convenio previera la adquisición por un tercero bien del conjunto de bienes y derechos de la masa activa afectos a la actividad profesional o empresarial del concursado, bien de determinadas unidades productivas, con asunción por el adquirente del compromiso de continuidad de esa actividad, no podrá admitirse a trámite sin la previa audiencia de los representantes de los trabajadores. 3. Si el concursado hubiera solicitado la liquidación, no procederá la admisión a trámite de la propuesta o propuestas que se hubieran presentado.
  99. Artículo 343

    Artículo 343

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    AI-assisted research summary: El juez debe decidir sobre la admisión a trámite de la propuesta de convenio, ya sea en el mismo auto de declaración de concurso o, si se presenta después, dentro de los tres días siguientes.

    Artículo 343. Forma y momento de la admisión a trámite. 1. Cuando la propuesta de convenio se hubiera presentado con la solicitud de concurso voluntario, el juez resolverá sobre su admisión a trámite en el mismo auto de declaración de concurso. 2. Cuando la propuesta de convenio se hubiera presentado después de la declaración de concurso, el juez resolverá sobre su admisión a trámite mediante auto, que dictará dentro de los tres días siguientes al de la presentación.
  100. Artículo 344

    Artículo 344

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    AI-assisted research summary: If the judge finds defects in a proposed arrangement, the judge must notify the debtor and, where applicable, creditors; they may then fix the defect within three days after notice.

    Artículo 344. Defectos de la propuesta de convenio. De apreciar algún defecto en la propuesta o propuestas de convenio presentadas, el juez, dentro del mismo plazo establecido para la admisión a trámite, dispondrá que se notifique al concursado y, en su caso, a los acreedores para que dentro de los tres días siguientes al de la notificación puedan subsanarlo.
  101. Artículo 345

    Artículo 345

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    AI-assisted research summary: Only a motion for reconsideration may be filed against the judicial ruling on whether to admit a proposed agreement for processing, and no appeal is allowed against the order deciding that motion.

    Artículo 345. Recursos. Contra el pronunciamiento judicial que resolviere sobre la admisión a trámite de cualquier propuesta de convenio solo podrá interponerse recurso de reposición. Contra el auto resolutorio del recurso de reposición no cabrá recurso alguno.
  102. Artículo 346

    Artículo 346

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    AI-assisted research summary: Las propuestas de convenio no pueden modificarse ni revocarse después de ser admitidas a trámite.

    Artículo 346. Prohibición de modificar o revocar la propuesta de convenio. Las propuestas de convenio no podrán modificarse ni revocarse una vez hayan sido admitidas a trámite, pero el concursado podrá dejarlas sin efecto en cualquier momento mediante la solicitud de la liquidación de la masa activa.
  103. Artículo 347

    Artículo 347

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    AI-assisted research summary: La administración concursal debe presentar una evaluación de la propuesta de convenio en un plazo improrrogable de diez días tras recibir el traslado.

    Artículo 347. Evaluación de la propuesta de convenio por la administración concursal. En la resolución que admita a trámite cualquier propuesta de convenio se acordará dar traslado de la misma a la administración concursal para que, en el plazo improrrogable de diez días, presente evaluación de la propuesta.
  104. Artículo 34

    Artículo 34

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    AI-assisted research summary: Court notices about the judicial declaration of bankruptcy must be carried out under the direction of the court clerk on the same day as the order date.

    Artículo 34. Fecha de las notificaciones. Las notificaciones de la declaración judicial de concurso se efectuarán bajo la dirección del Letrado de la Administración de Justicia en el mismo día de la fecha del auto.
  105. Artículo 348

    Artículo 348

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    AI-assisted research summary: The insolvency administrator must evaluate the proposed agreement, considering the payment plan and, if there is one, the viability plan.

    Artículo 348. Contenido de la evaluación de la propuesta de convenio. 1. La administración concursal evaluará el contenido de la propuesta de convenio en relación con el plan de pagos y, en su caso, con el plan de viabilidad que la acompañe. 2. La evaluación deberá contener necesariamente un juicio favorable, con o sin reservas, o desfavorable, acerca de la viabilidad del cumplimiento del convenio propuesto.
  106. Artículo 349

    Artículo 349

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    AI-assisted research summary: La administración concursal debe comunicar la evaluación por vía telemática a los acreedores cuyo correo electrónico conozca.

    Artículo 349. Comunicación de la evaluación a los acreedores. 1. La administración concursal comunicará de forma telemática la evaluación a los acreedores de cuya dirección electrónica tenga conocimiento. 2. La evaluación realizada antes de la presentación del informe de la administración concursal se unirá a este y la realizada con posterioridad se pondrá de manifiesto en la oficina judicial desde el mismo día de su presentación.
  107. Artículo 350

    Artículo 350

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    AI-assisted research summary: This article is marked as suppressed.

    Artículo 350. Evaluación desfavorable o con reservas de la propuesta anticipada de convenio. (Suprimido)
  108. Artículo 351

    Artículo 351

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    AI-assisted research summary: Los acreedores pueden aceptar, adherirse o oponerse a propuestas de convenio, pero deben hacerlo dentro de los plazos y con los efectos previstos en la ley.

    Artículo 351. Adhesión u oposición. 1. Los acreedores podrán aceptar cualquier propuesta de convenio mediante la adhesión a la misma dentro de los plazos y con los efectos establecidos en esta ley. 2. En caso de existir más de una propuesta de convenio, el acreedor podrá adherirse a una sola, a varias o a todas las presentadas expresando en esos casos el orden en el que debe computarse la adhesión. De no indicar el orden se considerará que opta por el orden legal de verificación de las propuestas. 3. Los acreedores podrán oponerse a cualquier propuesta de convenio dentro de los plazos y con los efectos establecidos en esta ley.
  109. Artículo 352

    Artículo 352

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    AI-assisted research summary: Some creditors cannot join the proposed composition agreement, but they may join for other claims they hold.

    Artículo 352. Acreedores sin derecho de adhesión. 1. Los titulares de créditos subordinados no tendrán derecho de adhesión a la propuesta de convenio, así como tampoco las personas especialmente relacionadas con el concursado que hubiesen adquirido un crédito ordinario o privilegiado por actos entre vivos después de la declaración de concurso. 2. Los acreedores a que se refiere el apartado anterior podrán adherirse a la propuesta de convenio por los demás créditos de que fueran titulares.
  110. Artículo 353

    Artículo 353

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    AI-assisted research summary: Los titulares de créditos sindicados se consideran adheridos a la propuesta de convenio cuando las adhesiones alcancen al menos el 75% de esos créditos, salvo que el pacto de sindicación prevea una mayoría menor.

    Artículo 353. Acreedores sindicados. En caso de créditos que, tras la declaración del concurso, continúen sujetos a un régimen o pacto de sindicación, se considerará que los titulares de esos créditos se adhieren a la propuesta de convenio cuando la suma de las adhesiones represente, al menos, el setenta y cinco por ciento de los créditos sindicados, salvo que en el régimen o el pacto de sindicación se hubiera establecido una mayoría inferior.
  111. Artículo 354

    Artículo 354

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    AI-assisted research summary: A creditor who joins a proposed arrangement must state the amount and class of the claim, and the joining must be unconditional and unmodified.

    Artículo 354. Contenido de la adhesión. 1. En la adhesión a la propuesta de convenio el acreedor expresará el importe del crédito o de los créditos de que fuera titular con los que se adhiere, así como su clase. Si la adhesión tuviere lugar antes de la presentación de la lista de acreedores, el importe y clase deberán ser los que se hubieran comunicado a la administración concursal. Si la adhesión tuviera lugar después, el importe y la clase deberán ser los que figuren en esa lista. 2. La adhesión a la propuesta de convenio será pura y simple, sin introducir modificación ni condicionamiento alguno. En otro caso, se tendrá al acreedor por no adherido.
  112. Artículo 355

    Artículo 355

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    AI-assisted research summary: Adhesion or opposition to the proposed arrangement must be submitted in writing, signed by hand or electronically with a qualified certificate, and delivered or sent to the insolvency administrator.

    Artículo 355. Formas de adhesión y de oposición. La adhesión o la oposición a la propuesta de convenio habrá de efectuarse por escrito con firma ológrafa o electrónica basada en un certificado cualificado que se entregará o remitirá a la administración concursal con acreditación de la identidad del firmante y, en su caso, de las facultades representativas que tuviere.
  113. Artículo 356

    Artículo 356

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    AI-assisted research summary: If a creditor has both privileged and ordinary claims, the adhesion is presumed to cover only the ordinary claims unless the creditor expressly says otherwise.

    Artículo 356. Acreedores con créditos de distinta clase. En el caso de que un acreedor sea simultáneamente titular de créditos privilegiados y ordinarios, la adhesión se presumirá realizada exclusivamente respecto de los ordinarios, y solo afectará a los créditos privilegiados si así se hubiera manifestado expresamente en el acto de adhesión.
  114. Artículo 357

    Artículo 357

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    AI-assisted research summary: Public creditors must adhere to the proposed agreement under the special legal and regulatory rules that apply.

    Artículo 357. Adhesión de acreedores públicos. La adhesión a la propuesta de convenio por parte de los titulares de créditos públicos se realizará conforme a las normas legales y reglamentarlas especiales que resulten aplicables.
  115. Artículo 35

    Artículo 35

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    AI-assisted research summary: The court legal secretary must electronically send the bankruptcy notice on the same day the insolvency administrator accepts the post; the judge may also order extra publicity.

    Artículo 35. Publicidad de la declaración de concurso. 1. El mismo día de la aceptación del cargo por el administrador concursal, el letrado de la Administración de Justicia remitirá por medios electrónicos al "Boletín Oficial del Estado", para su publicación en el suplemento del tablón judicial edictal único, y al Registro público concursal el edicto relativo a la declaración de concurso, redactado en el modelo oficial para que sea publicado con la mayor urgencia. La publicación del edicto tendrá carácter gratuito. El edicto contendrá los datos indispensables para la identificación del concursado, incluyendo el número de identificación fiscal que tuviera; el órgano judicial que hubiera declarado el concurso, el número de autos y el número de identificación general del procedimiento; la fecha de presentación de la solicitud, la fecha en que se hubiera repartido, la fecha del auto de declaración de concurso; el régimen de intervención o de suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre los bienes y derechos que integren la masa activa; la identidad del administrador o de los administradores concursales; el plazo para la comunicación de los créditos, la dirección electrónica y postal, para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos y cuantas otras comunicaciones dirijan a la administración concursal, y la dirección electrónica del Registro público concursal en el que se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso. 2. En el mismo auto de declaración del concurso o en resolución posterior, el juez, de oficio o a instancia de interesado, podrá acordar cualquier publicidad complementaria que considere imprescindible para la efectiva difusión del concurso de acreedores.
  116. Artículo 358

    Artículo 358

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    AI-assisted research summary: Los acreedores pueden adherirse u oponerse a una propuesta de convenio dentro de dos meses desde su admisión a trámite, con posible prórroga automática o judicial en ciertos casos.

    Artículo 358. Plazo de adhesión o de oposición. 1. Los acreedores podrán adherirse u oponerse a la propuesta o propuestas de convenio durante los dos meses siguientes a contar desde la fecha de la admisión a trámite de cada una de ellas. Si el término final venciera después del plazo legal para la presentación de la lista provisional de acreedores por la administración concursal, el plazo para la adhesión o la oposición se prorrogará automáticamente hasta los quince días siguientes a la fecha de presentación de la lista provisional. 2. Si las adhesiones presentadas fueran suficientes para considerar aceptada la propuesta de convenio presentada por el concursado, podrá este dar por finalizado en cualquier momento el periodo de adhesiones mediante simple comunicación al juzgado, aunque no hubiera finalizado el plazo de adhesión de otra u otras que hubieran presentado los acreedores. 3. Siempre que exista causa justificada y conste suficientemente acreditada, el juez del concurso podrá conceder, a instancias del deudor, una prórroga del plazo para recoger adhesiones a la propuesta de convenio, que, en ningún caso, podrá exceder del plazo de dos meses a contar desde la finalización del plazo de adhesiones previsto en el apartado 1 de este artículo.
  117. Artículo 359

    Artículo 359

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    AI-assisted research summary: The debtor in insolvency may accept the creditors’ composition proposal within the adhesion period; that acceptance does not cancel the debtor’s own proposal.

    Artículo 359. Aceptación de la propuesta de convenio por el concursado. 1. El concursado podrá aceptar la propuesta o propuestas de convenio presentada por los acreedores dentro del plazo para las adhesiones. La aceptación no supone revocación de la que el concursado hubiera presentado. 2. En defecto de aceptación, el convenio al que la propuesta o propuestas de los acreedores se refieran no podrá ser aprobado por el juez.
  118. Artículo 360

    Artículo 360

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    AI-assisted research summary: A creditor’s adhesion may be revoked within 15 days after the provisional list of creditors is filed if the stated credit amount or class does not match the list; after the agreement is approved, a timely and proper adhesion cannot be revoked.

    Artículo 360. Revocación de la adhesión. 1. Las adhesiones que hubieran tenido lugar antes de la presentación de la lista provisional de acreedores por la administración concursal podrán revocarse dentro de los quince días siguientes a la fecha de la presentación de esa lista si el importe o la clase del crédito o créditos expresado en la adhesión no coincidiera con los que figuren en esa lista. 2. La revocación deberá realizarse mediante la misma forma utilizada para la adhesión. 3. Una vez aprobado el convenio, aunque la sentencia que recaiga en el incidente de impugnación modifique el importe o la clase del crédito, la adhesión efectuada en tiempo y forma no podrá ser revocada.
  119. Artículo 361

    Artículo 361

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    AI-assisted research summary: El administrador concursal debe presentar al juzgado, al siguiente día hábil tras vencer el plazo de revocación, un escrito con el resultado de las adhesiones y las relaciones de créditos adheridos y opuestos.

    Artículo 361. Resultado de las adhesiones. 1. Al siguiente día hábil al del vencimiento del plazo de revocación, la administración concursal presentará al juzgado escrito haciendo constar el resultado de las adhesiones, acompañado de una relación de los créditos ordinarios o privilegiados adheridos, con expresión del importe total que representen, y de una relación de los que se hubieran opuesto, con expresión del importe total que representen, acompañadas de copia de los escritos de adhesión y de oposición. 2. El escrito en el que conste el resultado y las dos relaciones adjuntas se remitirán por el administrador concursal al concursado y a los acreedores de cuya dirección electrónica tenga conocimiento. Estos documentos y las copias de los escritos de adhesión y de oposición quedarán de manifiesto en la oficina judicial donde podrán ser examinados por quienes estén personados en el procedimiento.
  120. Artículo 362

    Artículo 362

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    AI-assisted research summary: Article 362 is suppressed.

    Artículo 362. Deber de asistencia. (Suprimido)
  121. Artículo 363

    Artículo 363

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    AI-assisted research summary: This article is suppressed and does not state an operative rule.

    Artículo 363. Derecho de asistencia. (Suprimido)
  122. Artículo 364

    Artículo 364

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    AI-assisted research summary: Article 364 is marked as suppressed.

    Artículo 364. Mesa de la junta. (Suprimido)
  123. Artículo 365

    Artículo 365

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    AI-assisted research summary: This article is suppressed.

    Artículo 365. Lista de asistentes. (Suprimido)
  124. Artículo 366

    Artículo 366

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    AI-assisted research summary: Artículo 366 is marked as suppressed (“Suprimido”).

    Artículo 366. Constitución de la junta. (Suprimido)
  125. Artículo 367

    Artículo 367

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    AI-assisted research summary: Article 367 is titled “Opening of the session” and is suppressed.

    Artículo 367. Apertura de la sesión. (Suprimido)
  126. Artículo 36

    Artículo 36

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    AI-assisted research summary: Si una persona en concurso es inscribible, el registro correspondiente debe anotar e inscribir la declaración de concurso y ciertas circunstancias; si no hay hoja abierta, primero debe inscribirse al concursado en el Registro mercantil.

    Artículo 36. Anotación e inscripción en los registros públicos de personas. 1. Si el concursado fuera persona natural, se anotarán y, una vez el auto devenga firme, se inscribirán en el Registro civil la declaración de concurso, con indicación del órgano judicial que la hubiera dictado, del carácter de la resolución y de la fecha en que se hubiera producido; la intervención o, en su caso, la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre los bienes y derechos que integren la masa activa, así como la identidad del administrador o de los administradores concursales. 2. Si el concursado, persona natural o jurídica, fuera sujeto inscribible en el Registro mercantil, se anotarán y, una vez el auto devenga firme, se inscribirán en la hoja que esa persona tuviera abierta la declaración de concurso, con indicación del órgano judicial que la hubiera dictado, del carácter de la resolución y de la fecha en que se hubiera producido; la intervención o, en su caso, la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre los bienes y derechos que integren la masa activa, así como la identidad del administrador o de los administradores concursales. Cuando no constase hoja abierta al concursado, se practicará previamente la inscripción de este en el Registro mercantil. Si la concursada fuera persona jurídica no inscribible en el Registro mercantil pero que constara o debiera constar inscrita en otro registro público, se inscribirán en este las mismas circunstancias señaladas en el párrafo anterior.
  127. Artículo 368

    Artículo 368

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    AI-assisted research summary: Artículo 368 is marked as suprimido.

    Artículo 368. Derecho de información. (Suprimido)
  128. Artículo 369

    Artículo 369

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    AI-assisted research summary: This article is suppressed.

    Artículo 369. Debate sobre las propuestas. (Suprimido)
  129. Artículo 370

    Artículo 370

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    AI-assisted research summary: El artículo figura como suprimido.

    Artículo 370. Votación de las propuestas. (Suprimido)
  130. Artículo 371

    Artículo 371

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    AI-assisted research summary: Artículo 371 está suprimido.

    Artículo 371. Prórroga de la junta. (Suprimido)
  131. Artículo 372

    Artículo 372

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    AI-assisted research summary: Article 372 is marked as suppressed.

    Artículo 372. Acta de la junta. (Suprimido)
  132. Artículo 373

    Artículo 373

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    AI-assisted research summary: El artículo 373 figura como suprimido.

    Artículo 373. Grabación de la junta de acreedores. (Suprimido)
  133. Artículo 374

    Artículo 374

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    AI-assisted research summary: Article 374 is marked as suppressed.

    Artículo 374. Tramitación escrita. (Suprimido)
  134. Artículo 375

    Artículo 375

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    AI-assisted research summary: Article 375 is suppressed.

    Artículo 375. Régimen de la tramitación escrita. (Suprimido)
  135. Artículo 376

    Artículo 376

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    AI-assisted research summary: This article sets the voting majorities needed to accept different types of convenio proposals.

    Artículo 376. Mayorías necesarias para la aceptación de propuestas de convenio. 1. Cuando la propuesta de convenio consista en el pago íntegro de los créditos ordinarios en plazo no superior a tres años o en el pago inmediato de los créditos ordinarios vencidos con quita inferior al veinte por ciento y el resto a su respectivo vencimiento, será necesario que el pasivo que representen los acreedores adheridos a la propuesta sea superior al pasivo de los acreedores que hubieran manifestado su oposición a la misma. 2. Cuando la propuesta de convenio contenga quitas iguales o inferiores a la mitad del importe del crédito, o esperas, ya sean de principal, de intereses o de cualquier otra cantidad adeudada, con un plazo no superior a cinco años, será necesario que el pasivo que representen los acreedores adheridos a la propuesta sea superior al cincuenta por ciento del pasivo ordinario. 3. Cuando la propuesta de convenio o alguna de las alternativas que contenga tuviera cualquier otro contenido, será necesario el sesenta y cinco por ciento del pasivo ordinario.
  136. Artículo 377

    Artículo 377

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    AI-assisted research summary: For accepting the agreement (convenio), ordinary liabilities are calculated as the sum of ordinary credits plus certain privileged credits of creditors who signed the proposal or joined it.

    Artículo 377. Regla de cómputo del pasivo ordinario. A los efectos de la aceptación del convenio, se considerará pasivo ordinario la suma de los créditos ordinarios y de aquellos créditos privilegiados, especiales o generales, de los acreedores firmantes de la propuesta o que se hubieran adherido a ella.
  137. Artículo 37

    Artículo 37

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    AI-assisted research summary: Si el concursado tiene bienes o derechos inscritos en registros públicos, la declaración de concurso se anotará y luego se inscribirá; además, se hará constar la intervención o suspensión de sus facultades y la identidad del administrador concursal.

    Artículo 37. Anotación e inscripción en los registros públicos de bienes y derechos. 1. Si el concursado tuviera bienes o derechos inscritos en registros públicos, se anotarán y, una vez el auto devenga firme, se inscribirán en el folio correspondiente a cada uno de ellos la declaración de concurso, con indicación del órgano judicial que la hubiera dictado, del carácter de la resolución y de la fecha en que se hubiera producido; la intervención o, en su caso, la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre los bienes y derechos que integren la masa activa, así como la identidad del administrador o de los administradores concursales. 2. Una vez practicada la anotación o la inscripción, no podrán anotarse respecto de aquellos bienes o derechos más embargos o secuestros posteriores a la declaración de concurso que los acordados por el juez de este, sin más excepciones que las establecidas en esta ley.
  138. Artículo 378

    Artículo 378

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    AI-assisted research summary: A proposal for a creditor arrangement with special treatment is accepted only if it also gets support from the unaffected liabilities in the same proportion.

    Artículo 378. Trato singular. 1. Para que se considere aceptada una propuesta de convenio que atribuya un trato singular a ciertos créditos o a grupos de créditos determinados por sus características será preciso, además de la obtención de la mayoría que corresponda, la adhesión, en la misma proporción, del pasivo no afectado por el trato singular. 2. A estos efectos, no se considerará que existe un trato singular cuando la propuesta de convenio mantenga a favor de los acreedores privilegiados que se adhieran a la propuesta las ventajas propias del privilegio de que gocen, siempre que esos acreedores queden sujetos a quita, espera o a ambas en la misma medida que los ordinarios. 3. Tampoco se considera como trato singular la aplicación de las prohibiciones del artículo 318.
  139. Artículo 379

    Artículo 379

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    AI-assisted research summary: This article sets the order for checking proposals to decide whether they are accepted, starting with the debtor’s proposal.

    Artículo 379. Determinación de la aceptación de las propuestas. 1. El orden legal de verificación de las propuestas para determinar la aceptación de las mismas se iniciará por la presentada por el concursado. Si no resultara aceptada, se procederá a la determinación de la aceptación de las presentadas por los acreedores que hubieran sido aceptadas por el concursado por el orden que resulte de la cuantía mayor o menor del total de los créditos titulados por quienes las hubieran presentado. 2. Aceptada una propuesta no procederá computar el resultado de las siguientes.
  140. Artículo 380

    Artículo 380

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    AI-assisted research summary: If ordinary creditors accept a composition proposal, the court clerk must proclaim the result by decree within 3 days after the adhesion period ends, and must warn entitled persons that they may object to judicial approval.

    Artículo 380. Proclamación del resultado. Aceptada una propuesta de convenio por los acreedores ordinarios el letrado de la Administración de Justicia proclamará el resultado mediante decreto que dictará dentro de los tres días siguientes a aquel en que hubiere finalizado el plazo de adhesiones, con advertencia a los legitimados del derecho a oponerse a la aprobación judicial del convenio.
  141. Artículo 381

    Artículo 381

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    AI-assisted research summary: Si la propuesta de convenio obtiene la aceptación necesaria de los acreedores, el Letrado de la Administración de Justicia debe someter el convenio aceptado a la aprobación del juez.

    Artículo 381. Sometimiento a la aprobación judicial. Si la propuesta de convenio hubiera obtenido la aceptación de los acreedores con las mayorías del pasivo concursal exigidas por la ley, el Letrado de la Administración de Justicia, en el mismo día de la proclamación del resultado o en el siguiente hábil, someterá el convenio aceptado a la aprobación del juez.
  142. Artículo 382

    Artículo 382

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    AI-assisted research summary: Only people who did not join the proposal, and the insolvency administrator, may oppose judicial approval of the agreement.

    Artículo 382. Legitimación para formular oposición. La legitimación activa para oponerse a la aprobación judicial del convenio corresponde a quienes no se hubieran adherido a la propuesta, así como a la administración concursal.
  143. Artículo 383

    Artículo 383

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    AI-assisted research summary: La oposición solo puede basarse en los motivos enumerados en este artículo.

    Artículo 383. Motivos de oposición. La oposición solo podrá fundarse en los siguientes motivos: 1.º En la infracción de las normas que esta ley establece sobre el contenido del convenio. 2.º En la infracción de las normas que esta ley establece sobre la forma y el contenido de las adhesiones cuando las adhesiones en que se hubiera producido esa infracción hubieran sido decisivas para la aceptación de una propuesta de convenio. 3.º En la adhesión a la propuesta por quien o quienes no fueren titulares legítimos de los créditos, o en la obtención de las adhesiones mediante maniobras que afecten a la paridad de trato entre los acreedores ordinarios, cuando esas adhesiones hubieran sido decisivas para la aceptación de una propuesta de convenio. 4.º En el error en la proclamación del resultado de las adhesiones. 5.º En caso de propuesta de convenio presentada por acreedores, en la falta de aceptación de esa propuesta por el deudor. 6.º En caso de que quien formule oposición podría obtener en la liquidación de la masa activa una cuota de satisfacción en cualquiera de los créditos de que fuera titular superior a la que obtendría con el cumplimiento del convenio. A estos efectos se comparará el valor de lo que habría de obtener conforme al convenio con el valor de lo que pueda razonablemente presumirse que recibiría en caso de que la liquidación de la masa activa se realizase dentro de los dos años a partir de la fecha en que finalice el plazo para oponerse a la aprobación judicial del convenio.
  144. Artículo 384

    Artículo 384

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    AI-assisted research summary: Certain creditors and the insolvency administrator may oppose judicial approval of the agreement if performance of the agreement is objectively unfeasible.

    Artículo 384. Oposición por inviabilidad objetiva del cumplimiento del convenio. Los acreedores legitimados para formular oposición a la aprobación judicial del convenio que, individualmente o agrupados, sean titulares, al menos, del cinco por ciento de los créditos ordinarios y la administración concursal podrán oponerse, además, a la aprobación judicial del convenio cuando el cumplimiento de este sea objetivamente inviable.
  145. Artículo 385

    Artículo 385

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    AI-assisted research summary: Opposition to judicial approval of the agreement must be filed within 10 days.

    Artículo 385. Plazo de oposición. La oposición a la aprobación judicial del convenio deberá presentarse en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la fecha de proclamación del resultado por el Letrado de la Administración de Justicia.
  146. Artículo 386

    Artículo 386

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    AI-assisted research summary: Oppositions to judicial approval of the agreement are handled through the bankruptcy incident procedure.

    Artículo 386. Tramitación de la oposición. La oposición a la aprobación judicial del convenio se ventilará por los cauces del incidente concursal.
  147. Artículo 387

    Artículo 387

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    AI-assisted research summary: El juez puede adoptar medidas cautelares durante la oposición y, entre ellas, ordenar que empiece el cumplimiento del convenio aceptado bajo condiciones provisionales.

    Artículo 387. Medidas cautelares durante la tramitación de la oposición. El juez, al admitir a trámite la oposición y emplazar a las demás partes para que contesten, podrá tomar cuantas medidas cautelares procedan para evitar que la demora derivada de la tramitación de la oposición impida, por sí sola, el cumplimiento futuro del convenio aceptado, en caso de desestimarse la oposición. Entre tales medidas cautelares podrá acordar que se inicie el cumplimiento del convenio aceptado, bajo las condiciones provisionales que determine.
  148. Artículo 4

    Artículo 4

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    AI-assisted research summary: El Ministerio Fiscal debe pedir al juez que comunique ciertos hechos a los acreedores y, en su caso, al juez del concurso cuando aparezcan indicios de insolvencia en un procedimiento penal.

    Artículo 4. De la intervención del Ministerio Fiscal. 1. Cuando en las actuaciones por delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico se pongan de manifiesto indicios de estado de insolvencia de algún presunto responsable penal, el Ministerio Fiscal instará del juez que conozca de la causa la comunicación de aquellos hechos a los acreedores cuya identidad resulte de las actuaciones penales en curso, a fin de que, en su caso, puedan solicitar la declaración de concurso o ejercitar las acciones que les correspondan. 2. De igual modo, el Ministerio Fiscal instará del juez que esté conociendo de la causa la comunicación de los hechos al juez competente para conocer del concurso del deudor por si respecto de este se encontrase en tramitación un concurso de acreedores.
  149. Artículo 48

    Artículo 48

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    AI-assisted research summary: If bankruptcy declaration requests are filed in two or more competent courts, priority goes to the court where the first request was filed.

    Artículo 48. Preferencia para la declaración de concurso. Si se hubieran presentado solicitudes de declaración del concurso ante dos o más juzgados competentes, será preferente aquel ante el que se hubiera presentado la primera solicitud, aunque esa solicitud o la documentación que la acompañe adolezcan de algún defecto procesal o material o aunque la documentación sea insuficiente.
  150. Artículo 488

    Artículo 488

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    AI-assisted research summary: New applications for discharge of unpaid liabilities are subject to waiting periods, and they can never include public credit.

    Artículo 488. Prohibición. 1. Para presentar una nueva solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho tras una exoneración mediante plan de pagos será preciso que hayan transcurrido, al menos, dos años desde la exoneración definitiva. 2. Para presentar una nueva solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho tras una exoneración con liquidación de la masa activa será preciso que hayan transcurrido, al menos, cinco años desde la resolución que hubiera concedido la exoneración. 3. Las nuevas solicitudes de exoneración del pasivo insatisfecho no alcanzarán en ningún caso al crédito público.
  151. Artículo 489

    Artículo 489

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    AI-assisted research summary: La exoneración del pasivo insatisfecho se aplica a todas las deudas impagadas, salvo varias categorías excluidas; el juez puede excluir total o parcialmente otras deudas en casos excepcionales.

    Artículo 489. Extensión de la exoneración. 1. La exoneración del pasivo insatisfecho se extenderá a la totalidad de las deudas insatisfechas, salvo las siguientes: 1.º Las deudas por responsabilidad civil extracontractual, por muerte o daños personales, así como por indemnizaciones derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional, cualquiera que sea la fecha de la resolución que los declare. 2.º Las deudas por responsabilidad civil derivada de delito. 3.º Las deudas por alimentos. 4.º Las deudas por salarios correspondientes a los últimos sesenta días de trabajo efectivo realizado antes de la declaración de concurso en cuantía que no supere el triple del salario mínimo interprofesional, así como los que se hubieran devengado durante el procedimiento, siempre que su pago no hubiera sido asumido por el Fondo de Garantía Salarial. 5.º Las deudas por créditos de Derecho público. No obstante, las deudas para cuya gestión recaudatoria resulte competente la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrán exonerarse hasta el importe máximo de diez mil euros por deudor; para los primeros cinco mil euros de deuda la exoneración será integra, y a partir de esta cifra la exoneración alcanzará el cincuenta por ciento de la deuda hasta el máximo indicado. Asimismo, las deudas por créditos en seguridad social podrán exonerarse por el mismo importe y en las mismas condiciones. El importe exonerado, hasta el citado límite, se aplicará en orden inverso al de prelación legalmente establecido en esta ley y, dentro de cada clase, en función de su antigüedad. 6.º Las deudas por multas a que hubiera sido condenado el deudor en procesos penales y por sanciones administrativas muy graves. 7.º Las deudas por costas y gastos judiciales derivados de la tramitación de la solicitud de exoneración. 8.º Las deudas con garantía real, sean por principal, intereses o cualquier otro concepto debido, dentro del límite del privilegio especial, calculado conforme a lo establecido en esta ley. 2. Excepcionalmente, el juez podrá declarar que no son total o parcialmente exonerables deudas no relacionadas en el apartado anterior cuando sea necesario para evitar la insolvencia del acreedor afectado por la extinción del derecho de crédito. 3. El crédito público será exonerable en la cuantía establecida en el párrafo segundo del apartado 1.5.º, pero únicamente en la primera exoneración del pasivo insatisfecho, no siendo exonerable importe alguno en las sucesivas exoneraciones que pudiera obtener el mismo deudor.
  152. Artículo 490

    Artículo 490

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    AI-assisted research summary: Some creditors cannot take action against the debtor to collect discharged debts, except to request revocation of the discharge. Creditors with non-discharged debts keep their claims and may seek judicial or extra-judicial enforcement.

    Artículo 490. Efectos de la exoneración sobre los acreedores. Los acreedores cuyos créditos se extingan por razón de la exoneración no podrán ejercer ningún tipo de acción frente el deudor para su cobro, salvo la de solicitar la revocación de la exoneración. Los acreedores por créditos no exonerables mantendrán sus acciones contra el deudor y podrán promover la ejecución judicial o extrajudicial de aquellos.
  153. Artículo 491

    Artículo 491

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    AI-assisted research summary: If the debtor is under a common-property marital regime that has not been liquidated, the debt discharge does not extend to the spouse for ganancial debts until the spouse also obtains their own discharge.

    Artículo 491. Efectos de la exoneración respecto de los bienes conyugales comunes. Si el concursado tuviere un régimen económico matrimonial de gananciales u otro de comunidad y no se hubiere procedido a la liquidación de ese régimen, la exoneración del pasivo insatisfecho que afecte a deudas gananciales contraídas por el cónyuge del concursado o por ambos cónyuges no se extenderá a aquel, en tanto no haya obtenido él mismo el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho.
  154. Artículo 492

    Artículo 492

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    AI-assisted research summary: La exoneración del deudor no perjudica a los acreedores frente a ciertos terceros obligados, y esos terceros no pueden invocar la exoneración.

    Artículo 492. Efectos de la exoneración sobre obligados solidarios, fiadores, avalistas, aseguradores y quienes, por disposición legal o contractual, tengan obligación de satisfacer la deuda afectada por la exoneración. 1. La exoneración no afectará a los derechos de los acreedores frente a los obligados solidariamente con el deudor y frente a sus fiadores, avalistas, aseguradores, hipotecante no deudor o quienes, por disposición legal o contractual, tengan obligación de satisfacer todo o parte de la deuda exonerada, quienes no podrán invocar la exoneración del pasivo insatisfecho obtenido por el deudor. 2. Los créditos por acciones de repetición o regreso quedarán afectados por la exoneración con liquidación de la masa activa o derivada del plan de pagos en las mismas condiciones que el crédito principal. Si el crédito de repetición o regreso gozare de garantía real será tratado como crédito garantizado.
  155. Artículo 493

    Artículo 493

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    AI-assisted research summary: Un acreedor afectado puede pedir al juez la revocación de la exoneración del pasivo insatisfecho en ciertos supuestos, y la solicitud solo puede hacerse dentro de tres años.

    Artículo 493. Supuestos de revocación de la concesión de la exoneración. 1. Cualquier acreedor afectado por la exoneración estará legitimado para solicitar del juez del concurso la revocación de la exoneración del pasivo insatisfecho en los siguientes casos: 1.º Si se acreditara que el deudor ha ocultado la existencia de bienes, derechos o ingresos. 2.º Si, durante los tres años siguientes a la exoneración con liquidación de la masa activa, o a la exoneración provisional, en caso de plan de pagos, mejorase sustancialmente la situación económica del deudor por causa de herencia, legado o donación, o por juego de suerte, envite o azar, de manera que pudiera pagar la totalidad o al menos una parte de los créditos exonerados. En caso de que la posibilidad de pago fuera parcial, la revocación de la exoneración solo afectará a esa parte. 3.º Si en el momento de la solicitud estuviera en tramitación un procedimiento penal o administrativo de los previstos en los ordinales 1.º y 2.º del apartado 1 del artículo 487, y dentro de los tres años siguientes a la exoneración en caso de inexistencia o liquidación de la masa activa, o a la exoneración provisional en caso de plan de pagos, recayera sentencia condenatoria firme o resolución administrativa firme. 2. La revocación no podrá ser solicitada una vez transcurridos tres años a contar desde la exoneración con liquidación de la masa activa, o desde la exoneración provisional en caso de plan de pagos.
  156. Artículo 494

    Artículo 494

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    AI-assisted research summary: Quien pague una deuda no exonerable o no exonerada, estando obligado por ley o contrato, adquiere derechos de repetición, regreso y subrogación contra el deudor y otros obligados. La misma regla se aplica al pago voluntario hecho por un tercero, según la legislación civil.

    Artículo 494. Efectos del pago por terceros de la deuda no exonerable o no exonerada. 1. Quienes, por disposición legal o contractual, tengan obligación de pago de la totalidad o parte de deuda no exonerable o no exonerada, adquirirán por el pago los derechos de repetición, regreso y subrogación frente al deudor y frente a los obligados solidariamente con el deudor, sus fiadores, avalistas, aseguradores y demás obligados por causa legal o contractual respecto de la deuda. 2. Lo previsto en el apartado 1 se aplicará igualmente, en los términos establecidos en la legislación civil, en caso de pago voluntario hecho por tercero de deuda no exonerable o no exonerada.
  157. Artículo 495

    Artículo 495

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    AI-assisted research summary: A debtor may ask for discharge under a payment plan, without liquidating the active estate, but must accept registration of the discharge and submit specified income-tax returns with the request.

    Artículo 495. Solicitud de exoneración mediante plan de pagos. 1. El deudor podrá solicitar la exoneración del pasivo con sujeción a un plan de pagos y sin liquidación de la masa activa. En la solicitud, el deudor deberá aceptar que la concesión de la exoneración se haga constar en el Registro público concursal durante el plazo de cinco años o el plazo inferior que se establezca en el plan de pagos. Deberá acompañar a la solicitud las declaraciones presentadas o que debieran presentarse del impuesto sobre la renta de las personas físicas correspondientes a los tres últimos ejercicios finalizados a la fecha de la solicitud, y las de las restantes personas de su unidad familiar. 2. La solicitud de exoneración mediante plan de pagos podrá presentarse en cualquier momento antes de que el juez acuerde la liquidación de la masa activa.
  158. Artículo 496

    Artículo 496

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    AI-assisted research summary: El deudor debe detallar en el plan de pagos el calendario de pagos y los recursos previstos, y el plan no puede liquidar todo su patrimonio ni alterar el orden legal de pago salvo consentimiento expreso de los acreedores afectados.

    Artículo 496. Contenido del plan de pagos. 1. En la propuesta de plan de pagos deberá incluir expresamente el deudor el calendario de pagos de los créditos exonerables que, según esa propuesta, vayan a ser satisfechos dentro del plazo que haya establecido el plan. 2. La propuesta de plan de pagos deberá también relacionar en detalle los recursos previstos para su cumplimiento, así como para la satisfacción de las deudas no exonerables y de las nuevas obligaciones por alimentos, las derivadas de su subsistencia o las que genere su actividad, con especial atención a la renta y recursos disponibles futuros del deudor y su previsible variación durante el plazo del plan y, en su caso, el plan de continuidad de actividad empresarial o profesional del deudor o de la nueva que pretenda emprender y los bienes y derechos de su patrimonio que considere necesarios para una u otra. El plan de pagos podrá incluir cesiones en pago de bienes o derechos, siempre que no resulten necesarios para la actividad empresarial o profesional del deudor durante el plazo del plan de pagos; que su valor razonable, calculado conforme a lo previsto en el artículo 273, sea igual o inferior al crédito que se extingue o, en otro caso, el acreedor integrará la diferencia en el patrimonio del deudor; y que se cuente con el consentimiento o aceptación del acreedor. El plan podrá establecer pagos de cuantía determinada, pagos de cuantía determinable en función de la evolución de la renta y recursos disponibles del deudor o combinaciones de unos y otros. El plan de pagos no podrá consistir en la liquidación total del patrimonio del deudor, ni alterar el orden de pago de los créditos legalmente establecidos, salvo con el expreso consentimiento de los acreedores preteridos o postergados.
  159. Artículo 497

    Artículo 497

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    AI-assisted research summary: This provision sets how long a payment plan lasts: usually three years, but five years in specified cases, and the period runs from judicial approval.

    Artículo 497. Duración del plan de pagos. 1. La duración del plan de pagos será, con carácter general, de tres años. 2. La duración del plan de pagos será de cinco años en los siguientes casos: 1.º Cuando no se realice la vivienda habitual del deudor y, cuando corresponda, de su familia. 2.º Cuando el importe de los pagos dependa exclusiva o fundamentalmente de la evolución de la renta y recursos disponibles del deudor. 3. El plazo del plan de pagos comenzará a correr desde la fecha de la aprobación judicial.
  160. Artículo 49

    Artículo 49

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    AI-assisted research summary: A judge has jurisdiction over an insolvency case when the debtor’s main interests are not in Spain but the debtor has an establishment there.

    Artículo 49. Competencia por razón de radicar en España un establecimiento. 1. Si el centro de los intereses principales del deudor no se hallare en territorio español pero tuviese en este un establecimiento, será competente para declarar y tramitar el concurso de acreedores el juez en cuyo territorio radique ese establecimiento y, de existir varios, donde se encuentre cualquiera de ellos, a elección del solicitante. Por establecimiento se entenderá todo lugar de operaciones en el que el deudor ejerza de forma no transitoria una actividad económica con medios humanos y materiales. 2. Los efectos de este concurso, que en el ámbito internacional se considerará concurso territorial, se limitarán a los bienes y derechos del deudor, afectos o no a la actividad de ese establecimiento, que estén situados en territorio español. En el caso de que sobre los bienes y derechos situados en el extranjero se abra un procedimiento de insolvencia, se tendrán en cuenta las reglas sobre reconocimiento de procedimientos extranjeros y coordinación de procedimientos paralelos previstas en el libro cuarto.
  161. Artículo 498

    Artículo 498

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    AI-assisted research summary: The court clerk must notify attending creditors of the payment plan proposal, and creditors may object within 10 days or propose limits on the debtor’s disposal or management rights during the plan.

    Artículo 498. Aprobación del plan de pagos. 1. El letrado de la Administración de Justicia dará traslado de la propuesta de plan de pagos a los acreedores personados, a fin de que, dentro del plazo de diez días, puedan alegar cuanto estimen oportuno en relación con la concurrencia de los presupuestos y requisitos legales para la exoneración o con la propuesta de plan de pagos presentada. Los acreedores personados podrán proponer el establecimiento de medidas limitativas o prohibitivas de los derechos de disposición o administración del deudor, durante el plan de pagos. 2. Presentadas las alegaciones de los acreedores, o transcurrido el plazo a que se refiere el apartado anterior, el juez, previa verificación de la concurrencia de los presupuestos y requisitos establecidos en esta ley, del contenido del plan de pagos y de las posibilidades objetivas de que pueda ser cumplido, denegará o concederá provisionalmente la exoneración del pasivo insatisfecho, con aprobación del plan de pagos en los términos de la propuesta o con las modificaciones que estime oportunas, consten o no en las alegaciones de los acreedores.
  162. Artículo 499

    Artículo 499

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    AI-assisted research summary: La exoneración se extiende a la parte del pasivo exonerable que quede impagada según el plan de pagos.

    Artículo 499. Extensión de la exoneración en caso de plan de pagos. 1. La exoneración se extenderá a la parte del pasivo exonerable que, conforme al plan, vaya a quedar insatisfecha. 2. Las acciones declarativas y de ejecución de los acreedores de deuda no exonerable o de las nuevas obligaciones asumidas por el deudor durante el plazo del plan de pagos se ejercitarán ante el juez del concurso por los trámites del incidente concursal.
  163. Artículo 401 bis

    Artículo 401 bis

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    AI-assisted research summary: After two years, the debtor may request a modification of the arrangement if non-compliance risk is not due to the debtor’s dolo, culpa, or negligence and the change is essential for the company’s viability.

    Artículo 401 bis. De la modificación del convenio. 1. Transcurridos dos años de su vigencia, el concursado podrá presentar propuesta de modificación del convenio que se encuentre en riesgo de incumplimiento por causa que no le sea imputable a título de dolo, culpa o negligencia y siempre que se justifique debidamente que la modificación resulta imprescindible para asegurar la viabilidad de la empresa. A la solicitud deberá acompañar una relación de los créditos concursales satisfechos, de los que estuvieran pendientes de pago y de aquellos que, devengados o habiendo sido contraídos durante el periodo de cumplimiento del convenio, no hubieran sido satisfechos, junto con un inventario de sus bienes y derechos, un plan de viabilidad y un plan de pagos. 2. La propuesta de modificación se tramitará conforme a las previsiones de esta ley para la aprobación de una propuesta de convenio si bien el cómputo de las mayorías necesarias para su aprobación se establecerá atendiendo a los importes de los créditos que quedan pendientes de pago conforme a lo que resulte del convenio que se propone modificar. 3. En ningún caso la modificación afectará a los créditos devengados o contraídos durante el periodo de cumplimiento del convenio originario ni a los acreedores privilegiados a los que se hubiera extendido la eficacia del convenio o se hubieran adherido a él una vez aprobado, a menos que se adhieran expresamente a la propuesta de modificación. 4. Mientras se encuentre en tramitación una propuesta de modificación de convenio no se admitirá a trámite solicitud de incumplimiento de convenio y de apertura de liquidación. 5. En ningún caso se admitirá que, modificado el convenio, el concursado proponga nueva modificación.
  164. Artículo 414 bis

    Artículo 414 bis

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    AI-assisted research summary: Debts contracted by the debtor while the arrangement is being complied with are treated as bankruptcy claims.

    Artículo 414 bis. Especialidades en caso de incumplimiento del convenio. 1. Los créditos contraídos por el deudor durante el periodo de cumplimiento del convenio tendrán la consideración de créditos concursales. 2. Las mismas reglas serán de aplicación en los casos de apertura de oficio de la declaración por nulidad del convenio aprobado.
  165. Artículo 415 bis

    Artículo 415 bis

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    AI-assisted research summary: When the debtor is a legal entity, the insolvency administrator must send the information needed to help sell the assets for publication in the insolvency liquidation portal.

    Artículo 415 bis. Publicidad de los bienes y derechos objeto de liquidación. En el caso de concursado persona jurídica, la administración concursal, una vez establecidas las reglas especiales de liquidación o acordado que la liquidación se realice mediante las reglas legales supletorias, deberá remitir, para su publicación en el portal de liquidaciones concursales del Registro público concursal, cuanta información resulte necesaria para facilitar la enajenación de la masa activa en los términos que reglamentariamente se determinen.
  166. Artículo 423 bis

    Artículo 423 bis

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    AI-assisted research summary: If an auction of mortgaged or pledged assets has no bidders, the security beneficiary may take the asset or right within the civil procedure deadlines. If that right is not used and the asset value is below the secured debt, the judge can award it to the beneficiary or to a person the interested party named; if the value is higher, a new auction without a minimum bid must be held.

    Artículo 423 bis. Adjudicación de bienes hipotecados o pignorados subastados en caso de falta de postores. 1. Si en la subasta de bienes o derechos hipotecados o pignorados realizada a iniciativa del administrador concursal o del titular del derecho real de garantía no hubiera ningún postor, el beneficiario de la garantía tendrá derecho a adjudicarse el bien o el derecho en los términos y dentro de los plazos establecidos por la legislación procesal civil. 2. En el caso de que no ejercitase ese derecho, si el valor de los bienes subastados, según el inventario de la masa activa, fuera inferior a la deuda garantizada, el juez, oídos el administrador concursal y el titular del derecho real de garantía, los adjudicará a este por ese valor, o a la persona natural o jurídica que el interesado hubiera señalado. Si el valor del bien o del derecho fuera superior, ordenará la celebración de nueva subasta sin postura mínima.
  167. Artículo 445 bis

    Artículo 445 bis

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    AI-assisted research summary: El artículo dice cuándo el incumplimiento del convenio se considera culpable.

    Artículo 445 bis. Incumplimiento culpable del convenio. 1. El incumplimiento del convenio se calificará como culpable cuando hubiera mediado dolo o culpa grave del deudor o, si los tuviere, de sus representantes legales y, en caso de persona jurídica, de sus administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de sus directores generales y de quienes, dentro del periodo de cumplimiento del convenio, hubieren reunido cualquiera de estas condiciones. 2. En todo caso, el incumplimiento se calificará como culpable en los siguientes supuestos: 1.º Si durante el periodo de cumplimiento del convenio hubieran salido fraudulentamente del patrimonio del deudor bienes o derechos. 2.º Si el deudor hubiera realizado cualquier acto jurídico dirigido a simular una situación patrimonial ficticia. 3. El incumplimiento del convenio se presume culpable, salvo prueba en contrario, cuando el deudor o, en su caso, sus representantes legales, administradores o liquidadores: 1.º Si durante el cumplimiento del convenio el deudor no hubiera reclamado el cumplimiento de las obligaciones exigibles. 2.º Si el deudor hubiera incumplido el deber de solicitar la liquidación de la masa activa. 3.º Si el deudor obligado legalmente a la llevanza de contabilidad, no hubiera formulado en tiempo y forma las cuentas anuales en alguno de los tres últimos ejercicios anteriores a aquel en que hubiera incumplido el convenio; no hubiera sometido esas cuentas a auditoría, debiendo hacerlo, o, una vez aprobadas, no las hubiera depositado en el Registro mercantil o en el registro correspondiente.
  168. Artículo 450 bis

    Artículo 450 bis

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    AI-assisted research summary: If a qualification report indicates a possible offence that is not prosecutable only on the victim’s complaint, the judge must notify the Public Prosecutor.

    Artículo 450 bis. Elevación de los informes al Ministerio Fiscal. En el caso de que en cualquiera de los informes de calificación se pusiera de manifiesto la posible existencia de un hecho constitutivo de delito no perseguible únicamente a instancia de persona agraviada, el juez, en la misma resolución por la que acuerde el emplazamiento de las personas que pudieran quedar afectadas por la calificación o declaradas cómplices, lo pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal por si hubiere lugar al ejercicio de la acción penal.
  169. Artículo 450 ter

    Artículo 450 ter

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    AI-assisted research summary: If the insolvency administration asks for the proceeding to be classified as culpable, any creditor or person with a legitimate interest may appear in section six to defend that classification.

    Artículo 450 ter. Personación de acreedores y demás legitimados. Si el informe de calificación de la administración concursal solicitara la calificación del concurso como culpable, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección sexta para defender esa calificación.
  170. Artículo 451 bis

    Artículo 451 bis

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    AI-assisted research summary: Certain parties may settle the economic content of an insolvency qualification report, but the settlement only takes effect if the insolvency judge approves it.

    Artículo 451 bis. Transacción. 1. La administración concursal, los acreedores que hubieran presentado informe de calificación y las personas que, según cualquiera de esos informes, pudieran quedar afectadas por la calificación o ser declaradas cómplices podrán alcanzar un acuerdo transaccional sobre el contenido económico de la calificación. 2. La eficacia del acuerdo transaccional está condicionada a la aprobación por el juez del concurso. Presentada la solicitud de aprobación, el letrado de la Administración de Justicia dará traslado de esa solicitud a los personados en la sección para que, en el plazo de diez días, aleguen lo que a su derecho convenga. 3. Contra el auto por el que se apruebe la transacción los personados en la sección que hubieran alegado en contra de que la transacción fuera aprobada podrán interponer recurso de apelación. Contra el auto por el que se deniegue la aprobación no cabrá interponer recurso alguno.
  171. Artículo 400

    Artículo 400

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    AI-assisted research summary: El concursado debe informar semestralmente al juez del concurso sobre su cumplimiento.

    Artículo 400. Información periódica. Con periodicidad semestral, contada desde la fecha de eficacia total o parcial de la sentencia aprobatoria del convenio, el concursado informará al juez del concurso acerca de su cumplimiento.
  172. Artículo 492 bis

    Artículo 492 bis

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    AI-assisted research summary: La exoneración de una deuda con garantía real solo alcanza a la parte pendiente en ciertos casos, y puede quedar revocada si la ejecución de la garantía cubre total o parcialmente la deuda exonerada.

    Artículo 492 bis. Efectos de la exoneración sobre las deudas con garantía real. 1. Cuando se haya ejecutado la garantía real antes de la aprobación provisional del plan o antes de la exoneración en caso de liquidación, solo se exonerará la deuda remanente. 2. En el caso de deudas con garantía real cuya cuantía pendiente de pago cuando se presenta el plan exceda del valor de la garantía calculado conforme a lo previsto en el título V del libro primero se aplicarán las siguientes reglas: 1.ª Se mantendrán las fechas de vencimiento pactadas, pero la cuantía de las cuotas del principal y, en su caso, intereses, se recalculará tomando para ello solo la parte de la deuda pendiente que no supere el valor de la garantía. En caso de intereses variables, se efectuará el cálculo tomando como tipo de interés de referencia el que fuera de aplicación conforme a lo pactado a la fecha de aprobación del plan, sin perjuicio de su revisión o actualización posterior prevista en el contrato. 2.ª A la parte de la deuda que exceda del valor de la garantía se le aplicará lo dispuesto en el artículo 496 bis y recibirá en el plan de pagos el tratamiento que le corresponda según su clase. La parte no satisfecha quedará exonerada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500. 3. Cualquier exoneración declarada respecto de una deuda con garantía real quedará revocada por ministerio de la ley si, ejecutada la garantía, el producto de la ejecución fuese suficiente para satisfacer, en todo o en parte, deuda provisional o definitivamente exonerada.
  173. Artículo 492 ter

    Artículo 492 ter

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    AI-assisted research summary: Los acreedores afectados deben informar la exoneración a los sistemas de información crediticia para que actualicen sus registros; el deudor puede pedir una copia de la resolución y solicitar directamente esa actualización.

    Artículo 492 ter. Efectos de la exoneración respecto de sistemas de información crediticia. 1. La resolución judicial que apruebe la exoneración mediante liquidación de la masa activa o la exoneración definitiva en caso de plan de pagos incorporará mandamiento a los acreedores afectados para que comuniquen la exoneración a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de sus registros. 2. El deudor podrá recabar testimonio de la resolución para requerir directamente a los sistemas de información crediticia la actualización de sus registros para dejar constancia de la exoneración.
  174. Artículo 493 bis

    Artículo 493 bis

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    AI-assisted research summary: A creditor may appear to defend a revocation request before the hearing, and an affected creditor may request asset tracing electronically or through property registries.

    Artículo 493 bis. Régimen de la revocación. 1. La solicitud de revocación se tramitará conforme a lo establecido para el juicio verbal. 2. Hasta la celebración de la vista, cualquier acreedor podrá personarse para defender la solicitud de revocación de la exoneración. Cualquier acreedor afectado por la exoneración podrá solicitar averiguación de bienes a través de los medios electrónicos de los que disponga la Administración de Justicia. En cuanto a las titularidades de bienes inmuebles y derechos reales, podrá solicitarse a través de la página web de registradores, o en cualquier registro de la propiedad.
  175. Artículo 493 ter

    Artículo 493 ter

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    AI-assisted research summary: Si se revoca la exoneración en los supuestos indicados, el juez debe reabrir el concurso o dictar auto de revocación, y los acreedores recuperan acciones contra el deudor para cobrar los créditos impagados.

    Artículo 493 ter. Efectos de la revocación de la concesión de la exoneración. 1. En los casos a que se refieren los ordinales 1.º y 3.º del apartado 1 del artículo 493, el juez, en la misma resolución en la que revoque la exoneración, acordará la reapertura del concurso de acreedores con simultánea reapertura de la sección de calificación. 2. En el caso a que se refiere el ordinal 2.º del apartado 1 del artículo 493, el juez dictará auto revocando total o parcialmente la exoneración concedida. Los acreedores recuperarán sus acciones frente al deudor para hacer efectivos los créditos no satisfechos a la conclusión del concurso. 3. La resolución en la que se revoque total o parcialmente la exoneración se notificará a los acreedores personados en el concurso de acreedores del deudor a los que pudiera beneficiar.
  176. Artículo 496 bis

    Artículo 496 bis

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    AI-assisted research summary: Certain debts are treated as due when provisional discharge is granted, and some debts stop accruing interest during the payment plan.

    Artículo 496 bis. Vencimiento e intereses. 1. Los créditos afectados por la exoneración se entenderán vencidos con la resolución judicial que conceda la exoneración provisional, descontándose su valor al tipo de interés legal. 2. Los créditos exonerables no devengarán intereses durante el plazo del plan de pagos. 3. Los créditos no exonerables tampoco devengarán intereses, salvo que gocen de garantía real, hasta el valor de garantía, conforme a las reglas establecidas en este capítulo.
  177. Artículo 498 bis

    Artículo 498 bis

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    AI-assisted research summary: Un acreedor afectado por la exoneración puede impugnar el plan de pagos dentro de 10 días; el juez no la concederá si se dan ciertos requisitos o carencias, salvo una excepción judicial en un caso concreto.

    Artículo 498 bis. Impugnación del plan de pagos. 1. Dentro de los diez días siguientes, cualquier acreedor afectado por la exoneración podrá impugnarla, y el juez no la concederá, en cualquiera de siguientes casos: 1.º Cuando el plan de pagos no le garantizara al menos el pago de la parte de sus créditos que habría de satisfacerse en la liquidación concursal. 2.º Cuando el plan de pagos no incluya la realización y aplicación al pago de la deuda exonerable, de la deuda no exonerable o de las nuevas obligaciones del deudor de la totalidad de los activos que no resulten necesarios para la actividad empresarial o profesional del deudor o de su vivienda habitual, siempre que los acreedores impugnantes representen al menos el cuarenta por ciento del pasivo total de carácter exonerable. 3.º Cuando se constatara la oposición al plan de pagos por parte de acreedores que representen más del ochenta por ciento de la deuda exonerable afectada por el plan de pagos, salvo que el juez, atendiendo a las particulares circunstancias del caso, lo imponga. 4.º Cuando el plan no destinara a la satisfacción de la deuda exonerable la totalidad de las rentas y recursos previsibles del deudor que excedan del mínimo legalmente inembargable, de lo preciso para el cumplimiento de las nuevas obligaciones del deudor durante el plazo del plan de pagos, siempre que se entiendan razonables a la vista de las circunstancias, y de lo requerido para el cumplimiento de los vencimientos de la deuda no exonerable durante el plazo del plan de pagos. 5.º Cuando no concurran los presupuestos y requisitos legales para la exoneración. 2. Todas las impugnaciones se tramitarán conjuntamente por el cauce del incidente concursal. De las impugnaciones presentadas se dará traslado al deudor, y al resto de acreedores para que puedan formular oposición. 3. La sentencia que resuelva la impugnación deberá dictarse dentro de los treinta días siguientes a aquel en que hubiera finalizado la tramitación del incidente y será susceptible de recurso de apelación, sin efectos suspensivos.
  178. Artículo 498 ter

    Artículo 498 ter

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    AI-assisted research summary: La exoneración provisional surte efectos en un momento determinado y el deudor debe informar al juez del concurso cada seis meses sobre el cumplimiento del plan de pagos y cualquier cambio patrimonial significativo.

    Artículo 498 ter. Efectos de la exoneración provisional. 1. La resolución judicial que conceda la exoneración provisional producirá efectos desde el término del plazo para la impugnación, si no se hubiera deducido, o desde la fecha de la sentencia judicial que la rechace. 2. Desde la eficacia de la exoneración provisional, cesarán todos los efectos de la declaración de concurso, que quedarán sustituidos por los que, en su caso, se establezcan en el propio plan de pagos. 3. Los deberes de colaboración e información subsistirán hasta la exoneración definitiva. Con periodicidad semestral, el deudor informará al juez del concurso acerca del cumplimiento del plan de pagos, así como de cualquier alteración patrimonial significativa.
  179. Artículo 499 bis

    Artículo 499 bis

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    AI-assisted research summary: If the debtor’s economic situation changes significantly after provisional discharge takes effect, the debtor or affected creditors may ask the judge to modify the approved payment plan.

    Artículo 499 bis. Alteración significativa de la situación económica del deudor. 1. Cuando, tras la eficacia de la exoneración provisional, se produjera una alteración significativa de la situación económica del deudor, tanto este como cualquiera de los acreedores afectados por la exoneración podrán solicitar del juez la modificación del plan de pagos aprobado. 2. De la solicitud se dará traslado al deudor y a los acreedores afectados. 3. La tramitación, aprobación e impugnación de la modificación del plan de pagos se realizará en los plazos y en la forma prevista para el plan de pagos original, y producirá los mismos efectos. 4. No podrá aprobarse más de una modificación del plan de pagos conforme a lo previsto en este artículo.
  180. Artículo 499 ter

    Artículo 499 ter

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    AI-assisted research summary: Un acreedor afectado puede pedir al juez la revocación de la exoneración provisional si el deudor incumple el plan de pagos.

    Artículo 499 ter. Revocación de la exoneración en caso de plan de pagos. 1. Cualquier acreedor afectado por la exoneración estará legitimado para solicitar del juez del concurso la revocación de la concesión provisional de la exoneración del pasivo insatisfecho si el deudor incumpliere el plan de pagos. 2. En el caso de que los pagos previstos en el plan dependan exclusiva o fundamentalmente de la evolución de la renta y recursos disponibles del deudor, también podrá revocarse la exoneración provisional a solicitud de cualquiera de esos acreedores si, al término del plazo del plan de pagos, se evidenciase que el deudor no hubiera destinado a la satisfacción de la deuda exonerable la totalidad de las rentas y recursos efectivos del deudor que excedan del mínimo legalmente inembargable, de lo preciso para el cumplimiento de las nuevas obligaciones del deudor durante el plazo del plan de pagos, siempre que se entiendan razonables a la vista de las circunstancias, y de lo requerido para el cumplimiento de los vencimientos de la deuda no exonerable durante el plazo del plan de pagos. 3. La revocación de la exoneración provisional supondrá la resolución del plan de pagos y de sus efectos sobre los créditos, y la apertura de la liquidación de la masa activa. No obstante, los actos realizados en ejecución del plan de pagos producirán plenos efectos, salvo que se probare la existencia de fraude, contravención del propio plan, o alteración de la igualdad de trato de los acreedores.
  181. Artículo 401

    Artículo 401

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    AI-assisted research summary: If the debtor believes the agreement has been fully complied with, they must file the supporting report and ask the insolvency judge for a declaration of compliance.

    Artículo 401. Cumplimiento. 1. El concursado, una vez que estime íntegramente cumplido el convenio, presentará al juez del concurso el informe correspondiente con la justificación adecuada y solicitará la declaración judicial de cumplimiento. El Letrado de la Administración de Justicia acordará poner de manifiesto en la oficina judicial el informe y la solicitud. 2. Transcurridos quince días desde la puesta de manifiesto, el juez, si estimare cumplido el convenio, lo declarará mediante auto, al que dará la misma publicidad que la de su aprobación.
  182. Artículo 402

    Artículo 402

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    AI-assisted research summary: Cualquier acreedor afectado puede pedir al juez que declare el incumplimiento del convenio.

    Artículo 402. Legitimación para solicitar la declaración de incumplimiento. 1. Cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que le afecte podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento. 2. La infracción de las medidas prohibitivas o limitativas del ejercicio por el deudor de las facultades de administración y de disposición sobre bienes y derechos de la masa activa durante el periodo de cumplimiento del convenio constituirá incumplimiento del convenio, cuya declaración podrá ser solicitada del juez por cualquier acreedor.
  183. Artículo 403

    Artículo 403

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    AI-assisted research summary: La solicitud de declaración de incumplimiento puede ejercitarse desde el incumplimiento y caduca a los dos meses desde la última publicación del auto de cumplimiento; si se estima, el juez declara resuelto el convenio y abre la liquidación.

    Artículo 403. Régimen de la solicitud y de la declaración de incumplimiento. 1. La acción para solicitar la declaración de incumplimiento del convenio podrá ejercitarse desde que se produzca el incumplimiento y caducará a los dos meses contados desde la última publicación del auto de cumplimiento. 2. La demanda de declaración de incumplimiento del convenio se tramitará por el cauce del incidente concursal. 3. En el caso de ser estimada, en la declaración de incumplimiento del convenio, el juez lo declarará resuelto y abrirá la fase de liquidación de la masa activa. 4. Contra la sentencia que resuelva el incidente cabrá recurso de apelación.
  184. Artículo 404

    Artículo 404

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    AI-assisted research summary: If the breach declaration becomes final, the settlement’s debt remissions, extensions, and other agreed changes stop having effect, and certain secured creditors may resume separate enforcement of their collateral.

    Artículo 404. Efectos de la declaración de incumplimiento. 1. Desde que alcance firmeza la declaración de incumplimiento, las quitas, las esperas y cualesquiera otras modificaciones de los créditos que hubieran sido pactadas en el convenio quedarán sin efectos. Asimismo, a partir de ese momento, los acreedores con privilegio especial a los que se hubiera extendido la eficacia del convenio o se hubieran adherido a él una vez aprobado podrán reiniciar o reanudar la ejecución separada de la garantía con independencia de la apertura de la fase de liquidación. En este caso, el acreedor ejecutante hará suyo el importe resultante de la ejecución en cantidad que no exceda de la deuda originaria. El resto, si lo hubiere, corresponderá a la masa activa del concurso. 2. La declaración de incumplimiento del convenio no afectará a la validez y eficacia de los actos realizados por el concursado o por terceros en ejecución del convenio. En particular, producirán plenos efectos los pagos realizados, las garantías de financiación constituidas y cualesquiera acuerdos societarios adoptados para dar cumplimiento a aquel, incluidas las modificaciones del capital social, de los estatutos y las estructurales.
  185. Artículo 405

    Artículo 405

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    AI-assisted research summary: Certain acts can be annulled or rescinded if they conflict with the agreement, harm equal treatment of creditors, or are prejudicial to the active estate within the stated time periods.

    Artículo 405. Anulación o rescisión de actos del concursado durante el periodo de cumplimiento del convenio. 1. No obstante lo establecido en el artículo anterior, desde que alcance firmeza la declaración de incumplimiento serán anulables los actos realizados durante el periodo de cumplimiento del convenio que supongan contravención del propio convenio o alteración de la igualdad de trato de los acreedores que se encuentren en igualdad de circunstancias. 2. Serán rescindibles conforme a lo establecido en el capítulo IV del título IV del libro primero los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor durante los dos años anteriores a la solicitud de declaración de incumplimiento del convenio o, en caso de imposibilidad de cumplimiento, de la solicitud de apertura de la fase de liquidación de la masa activa.
  186. Artículo 406

    Artículo 406

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    AI-assisted research summary: The debtor may request liquidation at any time, and the judge must issue an order opening the liquidation phase within 10 days of the request.

    Artículo 406. Apertura de la liquidación a solicitud del deudor. El deudor podrá pedir la liquidación en cualquier momento y el juez, dentro de los diez días siguientes a la solicitud, dictará auto abriendo la fase de liquidación.
  187. Artículo 407

    Artículo 407

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    AI-assisted research summary: El concursado debe pedir la liquidación cuando advierta que no puede cumplir los pagos comprometidos y las obligaciones posteriores, mientras el convenio siga vigente.

    Artículo 407. Deber de solicitar la liquidación. Durante la vigencia del convenio, el concursado deberá pedir la liquidación desde que conozca la imposibilidad de cumplir los pagos comprometidos en este y las obligaciones contraídas con posterioridad a la aprobación de aquel.
  188. Artículo 40

    Artículo 40

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    AI-assisted research summary: A judge may declare a joint insolvency proceeding for two registered domestic partners if certain common-asset facts are shown and the request comes from the partners or a creditor.

    Artículo 40. Declaración conjunta de concurso de pareja de hecho. El juez podrá declarar el concurso conjunto de dos personas que sean pareja de hecho inscrita, a solicitud de los miembros de la pareja o de un acreedor, cuando aprecie la existencia de pactos expresos o tácitos o de hechos concluyentes de los que se derive la inequívoca voluntad de los convivientes de formar un patrimonio común.
  189. Artículo 408

    Artículo 408

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    AI-assisted research summary: La administración concursal puede pedir la apertura de la liquidación si la actividad profesional o empresarial cesa total o parcialmente; el juez debe decidir en 5 días.

    Artículo 408. Apertura de la liquidación a solicitud de la administración concursal. La administración concursal podrá solicitar la apertura de la fase de liquidación en caso de cese total o parcial de la actividad profesional o empresarial. De la solicitud se dará traslado al concursado por plazo de tres días. El juez resolverá sobre la solicitud mediante auto dentro de los cinco días siguientes.
  190. Artículo 409

    Artículo 409

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    AI-assisted research summary: The court must open liquidation ex officio in specified cases, and the debtor may appeal the opening order or judgment.

    Artículo 409. Apertura de oficio de la liquidación. 1. La apertura de la fase de liquidación procederá de oficio en los siguientes casos: 1.º No haberse presentado dentro del plazo legal ninguna propuesta de convenio o no haber sido admitidas a trámite las que hubieren sido presentadas. 2.º No haberse aceptado por los acreedores ninguna propuesta de convenio. 3.º Haberse rechazado por resolución judicial firme el convenio aceptado por los acreedores. 4.º Haberse declarado por resolución judicial firme la nulidad del convenio aprobado por el juez. 5.º Haberse declarado por resolución judicial firme el incumplimiento del convenio. 2. En los casos 1.º y 2.º del apartado anterior, la apertura de la fase de liquidación se acordará por el juez sin más trámites, en el momento en que proceda, mediante auto que se notificará al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. En cualquiera de los demás casos, la apertura de la fase de liquidación se acordará en la propia resolución judicial que la motive y se hará efectiva una vez esta adquiera firmeza. 3. Contra el auto o la sentencia de apertura de la fase de liquidación el concursado podrá interponer recurso de apelación.
  191. Artículo 410

    Artículo 410

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    AI-assisted research summary: The judicial resolution opening the liquidation phase must be given the same public notice as the order declaring bankruptcy.

    Artículo 410. Publicidad de la apertura de la liquidación. A la resolución judicial que declare la apertura de la fase de liquidación, se dará la misma publicidad que a la del auto de declaración de concurso.
  192. Artículo 411

    Artículo 411

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    AI-assisted research summary: During liquidation, the rules in Title III of Book I continue to apply unless they conflict with this chapter’s specific rules.

    Artículo 411. Efectos generales. Durante la fase de liquidación seguirán aplicándose las normas contenidas en el título III del libro I de esta ley en cuanto no se opongan a las específicas del presente capítulo.
  193. Artículo 412

    Artículo 412

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    AI-assisted research summary: Si la administración concursal ha cesado por la eficacia del convenio, el juez debe reponerla o nombrar una nueva cuando acuerde la apertura de la liquidación.

    Artículo 412. Reposición de la administración concursal. Cuando en virtud de la eficacia del convenio la administración concursal hubiera cesado, el juez, en la misma resolución en la que acuerde la apertura de la liquidación, la repondrá en el ejercicio de su cargo o nombrará otra nueva.
  194. Artículo 413

    Artículo 413

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    AI-assisted research summary: When liquidation opens, a natural bankrupt loses management/disposal powers over the estate, may lose the right to maintenance from the estate except in minimum-need cases, and may request discharge if legal requirements are met. For a legal entity, the court order may declare dissolution and the administrators or liquidators cease.

    Artículo 413. Efectos especiales sobre el concursado. 1. Si el concursado fuera persona natural la apertura de la fase de liquidación producirá los siguientes efectos: 1.º La suspensión del ejercicio de las facultades de administración y de disposición sobre los bienes y derechos que integran la masa activa, con todos los efectos establecidos para la suspensión en el título III del libro primero. 2.º La extinción del derecho a alimentos con cargo a la masa activa, salvo cuando fuere imprescindible para atender a las necesidades mínimas del concursado, su cónyuge o pareja de hecho inscrita, descendientes bajo su potestad y ascendientes a su cargo. 3.º El derecho a solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho, si concurren los presupuestos y requisitos establecidos en esta ley. 2. Si la concursada fuera persona jurídica, la resolución judicial que abra la fase de liquidación contendrá la declaración de disolución si esa persona jurídica no estuviese disuelta y, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos a todos los efectos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en representación de la concursada en el procedimiento concursal y en los incidentes en los que sea parte.
  195. Artículo 414

    Artículo 414

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    AI-assisted research summary: When liquidation opens, deferred insolvency claims become due early and claims payable in other prestations are converted into money.

    Artículo 414. Efectos sobre los créditos concursales. Además de los efectos establecidos en el capítulo III del título III del libro I de esta ley, la apertura de la liquidación producirá el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
  196. Artículo 415

    Artículo 415

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    AI-assisted research summary: El juez puede fijar reglas especiales para la liquidación y modificarlas o dejarlas sin efecto, pero no puede exigir autorización judicial previa ni alargar la liquidación más de un año.

    Artículo 415. Reglas especiales de liquidación. 1. Al acordar la apertura de la liquidación de la masa activa o en resolución posterior, el juez, previa audiencia o informe del administrador concursal a evacuar en el plazo máximo de diez días naturales, podrá establecer las reglas especiales de liquidación que considere oportunas¸ así como, bien de oficio bien a solicitud de la administración concursal, modificar las que hubiera establecido. Las reglas especiales de liquidación establecidas por el juez podrán ser modificadas o dejadas sin efecto en cualquier momento, bien de oficio bien a solicitud de la administración concursal. 2. El juez no podrá exigir la previa autorización judicial para la realización de los bienes y derechos, ni establecer reglas cuya aplicación suponga dilatar la liquidación durante un periodo superior al año. 3. Contra el pronunciamiento de la resolución judicial de apertura de la fase de liquidación de la masa activa relativa al establecimiento de reglas especiales de liquidación o contra la resolución judicial posterior que las establezca, así como contra la resolución judicial que les modifique o deje sin efecto, los interesados solo podrán interponer recurso de reposición. 4. Las reglas especiales de liquidación establecidas por el juez quedarán sin efecto si así lo solicitaren acreedores cuyos créditos representen más del cincuenta por ciento del pasivo ordinario o más del cincuenta por ciento del total del pasivo. 5. Cuando se presente a inscripción en los Registros de bienes, cualquier título relativo a un acto de enajenación de bienes y derechos de la masa activa realizado por la administración concursal durante la fase de liquidación, el registrador comprobará en el Registro público concursal si el juez ha fijado o no reglas especiales de la liquidación, y no solo podrá exigir a la administración concursal que acredite la existencia de tales reglas, si no constare referencia alguna a las mismas en la resolución judicial ni en el Registro Público concursal. Téngase en cuenta que esta última actualización del apartado 5, establecida por la disposición final 28.2 de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, Ref. BOE-A-2025-76#df-28 , entra en vigor el 3 de abril de 2025, según determina su disposición final 38.1 Redacción anterior: "5. Cuando se presente a inscripción en los registros de bienes, cualquier título relativo a un acto de enajenación de bienes y derechos de la masa activa realizado por la administración concursal durante la fase de liquidación, el registrador comprobará en el Registro público concursal si el juez ha fijado o no reglas especiales de la liquidación, y no podrá exigir a la administración concursal que acredite la existencia de tales reglas."
  197. Artículo 416

    Artículo 416

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    AI-assisted research summary: This article is suppressed/removed.

    Artículo 416. De la presentación del plan de liquidación. (Suprimido)
  198. Artículo 417

    Artículo 417

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    AI-assisted research summary: This article is suppressed.

    Artículo 417. Criterios legales de elaboración del plan de liquidación. (Suprimido)
  199. Artículo 41

    Artículo 41

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    AI-assisted research summary: Regula cuándo puede pedirse la acumulación de concursos ya declarados y quién puede solicitarla.

    Artículo 41. Acumulación de concursos. 1. La acumulación de concursos ya declarados procederá en los casos de concursos de los cónyuges; de las parejas de hecho inscritas cuando concurran los mismos requisitos establecidos para la declaración conjunta del concurso de la pareja; de los socios, miembros, integrantes o administradores que sean personalmente responsables, total o parcialmente, de las deudas de una persona jurídica; de quienes sean miembros de una entidad sin personalidad jurídica y respondan personalmente de las deudas contraídas en nombre de esta; de las sociedades que formen parte de un mismo grupo; y de quienes tuvieren confundidos los respectivos patrimonios. 2. Cualquiera de los concursados o cualquiera de las administraciones concursales podrá solicitar al juez, mediante escrito razonado, la acumulación de los concursos conexos ya declarados. En defecto de esta solicitud, la acumulación podrá ser solicitada por cualquiera de los acreedores mediante escrito razonado. 3. La acumulación procederá aunque los concursos hayan sido declarados por diferentes juzgados.
  200. Artículo 418

    Artículo 418

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    AI-assisted research summary: Este artículo figura como suprimido.

    Artículo 418. Observaciones al plan de liquidación y propuestas de modificación. (Suprimido)

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